Decreto 343/023 Suspensión de la retención de IRPF- IRNR para contratos de arrendamiento temporario con fines turísticos por el período mencionado

Se suspende la retención dispuesta por los literales c) y d) del artículo 36 del Decreto n° 148/007, de 26 de abril de 2007, y los literales b) y d) del artículo 32 del Decreto n° 149/007, de 26 de abril de 2007, para aquellos contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo no supere los 31 días

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