Decreto 352/023 Se establece, a partir del 1° de julio de 2024, en relación a las jubilaciones mínimas servidas por el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales

Se establece, a partir del 1° de julio de 2024, en relación a las jubilaciones mínimas servidas por el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales, un adelanto de un tres por ciento a cuenta del próximo ajuste correspondiente a las mismas de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 67 inciso 2 de la Constitución Nacional

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