Decreto 56/017 Reglamentación del Art. 486 de la Ley 18.719, Relativo al Registro de Empresas y Buques Afectados al Transporte Fluvial y Marítimo de Cargas y Pasajeros
Decreto reglamentario del artículo 486 de la ley N° 18719, del 27 de diciembre de 2010, que regula el funcionamiento del registro de empresas y buques afectados a servicios comerciales, nacionales e internacionales, fluviales y marítimos, de cargas y pasajeros, en servicios nacionales e internacionales, realizados por las unidades o buques de bandera nacional, que funcionará en forma centralizada en la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas