Ley N° 20.007 de fecha 25/11/2021 Se sustituye el artículo 49 de la Ley n° 15.939, de 28 de diciembre de 1987
Se sustituye el artículo 49 de la Ley n° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, a fin de habilitar a las profesiones de ingeniero forestal y de técnico terciario forestal para firmar planes de manejo y ordenación para las labores de explotación y regeneración de bosques