Ley N° 20.159 de fecha 22/06/2023 Se exonera del IVA, durante la vigencia de la declaración de emergencia hídrica, la enajenación de aguas minerales y sodas

Se exonera del impuesto al valor agregado (IVA), durante la vigencia de la declaración de emergencia hídrica, la enajenación de aguas minerales y sodas.

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