Asociaciones Civiles y Fundaciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través de este trámite se podrá realizar el reconocimiento, reforma o disolución de Asociaciones Civiles y Fundaciones, así como la autorización para funcionar de Asociaciones Civiles o Fundaciones Extranjeras.
Seleccione la opción que le corresponda
Reforma
Requisitos
Testimonio Notarial.
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas únicamente por Personas Físicas
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas total o parcialmente por Personas Jurídicas
- Del Acta de Asamblea que aprobó la reforma
Reforma de Estatutos de Fundaciones
- Del Acta del Consejo de Administración que aprobó la reforma.
Presentación de Nota o Escrito.
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas únicamente por Personas Físicas
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas total o parcialmente por Personas Jurídicas
- Dirigida al Ministro solicitando la aprobación de la reforma, indicando los artículos reformados, con certificación notarial de firmas del presidente y secretario de la entidad y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
Reforma de Estatutos de Fundaciones
- Dirigida al Ministro solicitando la aprobación de la reforma, indicando los artículos reformados, con certificación notarial de firmas del fundador o representante legal y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
Certificación Notarial.
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas únicamente por Personas Físicas
- Que acredite cumplimiento de convocatoria y quorum para aprobar la reforma.
- De Libros Sociales (ver formato en apartado “Enlaces relacionados”).
- Estatuto completo en papel simple formato A4 con la reforma incorporada.
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas total o parcialmente por Personas Jurídicas
- Que acredite cumplimiento de convocatoria y quorum para aprobar la reforma.
- De vigencia y representación de cada persona jurídica concurrente a la Asamblea que aprobó la reforma y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
- De Libros Sociales (ver formato en apartado “Enlaces relacionados”).
- Estatuto completo en papel simple formato A4 con la reforma incorporada.
Reforma de Estatutos de Fundaciones
- Que acredite cumplimiento de quorum para aprobar la reforma.
- De Libros Sociales.
- Estatuto completo en papel simple formato A4, con la reforma incorporada, conteniendo la comparecencia y una clausula de antecedentes donde se relacione la constitución, las reformas anteriores -si las hubiere- y la reforma en virtud de la que el Estatuto queda redactado de la forma presentada.
Otros datos de interés
Ante cualquier consulta, puede dirigirse a Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: 1825.
- Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Costos
- 2.530 $
Tasa de inscripción: pesos uruguayos dos mil quinientos treinta
El monto se encuentra sujeto a actualización.
La Oficina le otorgará un talón de pago para abonar en redes de cobranza.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Cargar los datos solicitados en el formulario web.
- Realizar el pago.
- Volver al formulario y seleccionar "finalizar".
- Una vez realizado el pago y enviada la solicitud, dispondrá de 5 días hábiles para presentar la documentación original en Reconquista 535 piso 5 de 9:00 a 16:00 horas. El trámite no avanzará de etapa hasta que dicha documentación sea entregada.
- A medida que su trámite avance, recibirá las notificaciones correspondientes a través del correo electrónico ingresado en el formulario de solicitud.
Ante cualquier consulta, diríjase a Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: 1825.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
En persona
- Deberá presentarse con la documentación detallada en el apartado de requisitos en la Oficina de Asuntos Constitucionales y Legales.
- Reconquista 535 Piso 5, Montevideo.
- Horario: lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Reconquista 535
- Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 16:00
- Teléfono: (+5982) 1825
- Montevideo, Montevideo
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