Asociaciones Civiles y Fundaciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través de este trámite se podrá realizar el reconocimiento, reforma o disolución de Asociaciones Civiles y Fundaciones, así como la autorización para funcionar de Asociaciones Civiles o Fundaciones Extranjeras.
Seleccione la opción que le corresponda
Reforma
Requisitos
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas únicamente por Personas Físicas
- Testimonio Notarial del Acta de Asamblea que aprobó la reforma
- Nota dirigida al Ministro solicitando la aprobación de la reforma, indicando los artículos reformados, con certificación notarial de firmas del presidente y secretario de la entidad y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
- Certificación notarial que acredite cumplimiento de convocatoria y quorum para aprobar la reforma.
- Certificación notarial de Libros Sociales (ver formato en apartado “Enlaces relacionados”).
- Estatuto completo en papel simple formato A4 con la reforma incorporada.
Reforma de estatutos de Asociaciones Civiles Integradas total o parcialmente por Personas Jurídicas
- Testimonio Notarial del Acta de Asamblea que aprobó la reforma.
- Nota dirigida al Ministro solicitando la aprobación de la reforma, indicando los artículos reformados, con certificación notarial de firmas del presidente y secretario de la entidad y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
- Certificación notarial que acredite cumplimiento de convocatoria y quorum para aprobar la reforma.
- Certificación notarial de vigencia y representación de cada persona jurídica concurrente a la Asamblea que aprobó la reforma y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
- Certificación notarial de Libros Sociales (ver formato en apartado “Enlaces relacionados”).
- Estatuto completo en papel simple formato A4 con la reforma incorporada.
Reforma de Estatutos de Fundaciones
- Testimonio Notarial del Acta del Consejo de Administración que aprobó la reforma.
- Nota dirigida al Ministro solicitando la aprobación de la reforma, indicando los artículos reformados, con certificación notarial de firmas del fundador o representante legal y control de cumplimiento Ley 19.484, si correspondiere.
- Certificación notarial que acredite cumplimiento de quorum para aprobar la reforma.
- Certificación notarial de Libros Sociales.
- Estatuto completo en papel simple formato A4, con la reforma incorporada, conteniendo la comparecencia y una clausula de antecedentes donde se relacione la constitución, las reformas anteriores -si las hubiere- y la reforma en virtud de la que el Estatuto queda redactado de la forma presentada.
Otros datos de interés
Ante cualquier consulta, puede dirigirse a Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: 1825.
- Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Costos
- 2.530 $
Tasa de inscripción: pesos uruguayos dos mil quinientos treinta
El monto se encuentra sujeto a actualización.
La Oficina le otorgará un talón de pago para abonar en redes de cobranza.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Cargar los datos solicitados en el formulario web.
- Realizar el pago.
- Volver al formulario y seleccionar "finalizar".
Una vez realizado el pago y enviada la solicitud, dispondrá de 5 días hábiles para presentar la documentación original en Reconquista 535 piso 5 de 9:00 a 16:00 horas. El trámite no avanzará de etapa hasta que dicha documentación sea entregada.
A medida que su trámite avance, recibirá las notificaciones correspondientes a través del correo electrónico ingresado en el formulario de solicitud.
Ante cualquier consulta, diríjase a Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: 1825.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 16:0 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
En persona
- Deberá presentarse con la documentación detallada en el apartado de requisitos en la Oficina de Asuntos Constitucionales y Legales.
- Reconquista 535 Piso 5, Montevideo.
- Horario: lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Reconquista 535
- Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 16:00
- Teléfono: (+5982) 1825
- Montevideo, Montevideo
Enlaces de descarga