Asociaciones Civiles y Fundaciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través de este trámite se podrá realizar el reconocimiento, reforma o disolución de Asociaciones Civiles y Fundaciones, así como la autorización para funcionar de Asociaciones Civiles o Fundaciones Extranjeras.
Seleccione la opción que le corresponda
Disolución
Requisitos
Testimonio Notarial.
- Para asociaciones civiles : del acta de Asamblea Extraordinaria que aprobó la reforma,
- Para fundaciones: del acta del Consejo de Administración que aprobó la reforma.
Certificación Notarial.
Tanto para asociaciones civiles como para fundaciones: de control de libros sociales, (ver modelo de certificados para uno y otro caso en enlaces de descarga al pie de página).
Para asociaciones civiles : que acredite cumplimiento de convocatoria (detallado si correspondiere, publicaciones y citaciones personales realizada u otras formalidades según estatuto) y quorum (cantidad de socios habilitados, cantidad de habilitados presentes en cada convocatoria y mayorías con las cuales se adoptaron las resoluciones) para aprobar la disolución,
Si los socios son personas jurídicas, para el caso de asociaciones civiles: de vigencia y representación de cada persona jurídica asociada que asistió a la Asamblea que aprobó la disolución.
Presentación de nota o escrito.
- Dirigida al Ministro, solicitando la aprobación de la disolución con certificación notarial de firmas de los representantes estatuarios de la entidad; tanto para asociaciones civiles, así como para fundaciones.
Otros datos de interés
Ante cualquier consulta, diríjase a Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: (+5982) 1825
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 17:00horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Costos
- 2.530 $
Tasa de inscripción: pesos uruguayos dos mil quinientos treinta
El monto se encuentra sujeto a actualización.
La Oficina le otorgará un talón de pago para abonar en redes de cobranza.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario o medio de identificación.
- Cargar los datos solicitados en el formulario web.
- Realizar el pago.
- Volver al formulario y seleccionar "finalizar".
- Una vez realizado el pago y enviada la solicitud, dispondrá de 5 días hábiles para presentar la documentación original en Reconquista 535 piso 5 de 9:00 a 16:00 horas. El trámite no avanzará de etapa hasta que dicha documentación sea entregada.
- A medida que su trámite avance, recibirá las notificaciones correspondientes a través del correo electrónico ingresado en el formulario de solicitud.
En persona
- Deberá presentarse con la documentación detallada en el apartado de requisitos en la Oficina de Asuntos Constitucionales y Legales.
- Reconquista 535 Piso 5, Montevideo.
- Horario: lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo, Montevideo
- Dirección: Reconquista 535
- Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 16:00
- Teléfono: (+5982) 1825
- Montevideo, Montevideo
Enlaces de descarga