Asociaciones Civiles y Fundaciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través de este trámite se podrá realizar el reconocimiento, reforma o disolución de Asociaciones Civiles y Fundaciones, así como la autorización para funcionar de Asociaciones Civiles o Fundaciones Extranjeras.
Seleccione la opción que le corresponda
Reconocimiento
Requisitos
Testimonio Notarial.
- Testimonio Notarial del acta de Asamblea fundacional para asociaciones civiles.
Escritura pública
- De primera copia de escritura de constitución, testimonio de acta notarial de constitución protocolizada, o testimonio notrarial por exhibición de testamento; para el caso de las fundaciones.
Certificación Notarial.
- De control de libros sociales, tanto para asociaciones civiles, así como para fundaciones (ver modelo de certificados para uno y otro caso en enlaces de descarga al pie de página).
- Para el caso de los clubes cannábicos individualizando a los socios y a acreditando que todos cumplen con el artículo 25 del Decreto N° 120/014.
- Para el caso de las fundaciones acreditación de capital inicial (certificado notarial o comprobante del Banco firmado por ejecutivo de cuentas).
Presentación de nota o escrito.
- Dirigida al Ministro solicitando la aprobación del estatuto y el reconocimiento de la personería jurídica con certificación notarial de firmas de los representantes estatuarios de la entidad, tanto para asociaciones civiles, así como para fundaciones.
Otros datos de interés
Ante cualquier consulta, comuníquese con Atención al Usuario Central, MEC:
- Teléfono: (+5982) 1825.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Costos
- 2530 $
- Tasa de inscripción: pesos uruguayos dos mil quinientos treinta.
- El monto se encuentra sujeto a actualización.
- La Oficina le otorgará un talón de pago para abonar en redes de cobranza.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
- Cargar los datos solicitados en el formulario web.
- Hacer click en "Siguiente" y proceder al pago.
- Una vez realizado el mismo por cualquiera de las vías disponibles desde el formulario en línea apretar el botón "Finalizar".
- Una vez realizado el pago y enviada la solicitud, dispondrá de 5 días hábiles para presentar la documentación original en Reconquista 535 piso 5 de 9:00 a 16:00 horas. El trámite no avanzará de etapa hasta que dicha documentación sea entregada.
- A medida que su trámite avance, recibirá las notificaciones correspondientes a través del correo electrónico ingresado en el formulario de solicitud.
En persona
- Deberá presentarse con la documentación detallada en el apartado de requisitos en la Oficina de Asuntos Constitucionales y Legales.
- Reconquista 535 Piso 5, Montevideo.
- Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Enlaces de descarga
- Modelo de Certificado Notarial de Libros Sociales de Asociaciones Civiles (.pdf 37.26 KB)
- Modelo de Certificado Notarial de Libros Sociales de Fundaciones (.pdf 28.49 KB)
- Estatuto Tipo (.pdf 554.75 KB)
- Instructivo para estatuto (.pdf 413.32 KB)
- Manual de usuario (.pdf 1.54 MB)
- Requisitos Documentales (.pdf 218.37 KB)
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