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Última actualización: 27/08/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Licencia de importación de vehículos automotores nuevos

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es una licencia que habilita a realizar la importación de vehículos automotores nuevos ante la Dirección Nacional de Aduanas. 

La normativa sólo permite la importación de vehículos cero kilómetro fabricados en el año en curso o el inmediato anterior al momento de ingresar a territorio nacional.

Requisitos

Otros datos de interés

  • Las licencias con beneficio son aquellas amparadas al Decreto 316/992, en caso de contar con exoneraciones de otro tipo, no debe marcar la opción "con beneficio".
  • Para la autorización de excepciones de vehículos que se encuentren en territorio nacional desde una fecha anterior al año pasado, es necesario documentar que a la fecha de ingreso sí cumplía las condiciones previstas por la norma (adjuntar BL o tránsito).
  • Duración: 3 a 5 días.
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Costos

  • Formas de pago:
    • Redes de cobranza descentralizada con el documento del solicitante.
    • Sistema de pagos web (se habilita al registrar el cliente en Apia). 

Vías disponibles para realizar el trámite

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