Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Registro de señales de radio y televisión
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Trámite que permite el registro de señales de radio y televisión y su titularidad.
Iniciar trámite en línea
Requisitos
Previo a la realización de dicho trámite se deberá realizar el siguiente paso: