RSPEBT

Requisitos para importar y comercializar Sistemas de Alimentación para Vehículos Eléctricos

La inclusión de los SAVEs en el Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión entrará en vigencia a partir del 20 de julio de 2024. Esto significa que a partir de esa fecha se exigirá la certificación de un OCP reconocido y la autorización de la Ursea para importar y comercializar SAVEs en Uruguay.
SAVEs

En la Resolución N° 368/023 del 11 de julio de 2023, la Ursea aprobó la incorporación de los Sistemas de Alimentación para Vehículos Eléctricos (SAVE) al Anexo I del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT). Dicha resolución, que entrará en vigencia a partir del próximo 20 de julio de 2024, implica una serie de requisitos para la importación y comercialización de SAVEs en Uruguay.

A partir de la fecha de entrada en vigor, todos los SAVEs importados y comercializados en el país deberán estar certificados por un Organismo de Certificación de Productos (OCP) reconocido por la Ursea. Esta certificación debe cumplir con la norma técnica UNIT-IEC 61851-1:2017. Además, se requiere contar con la autorización expresa de la Ursea para la comercialización de estos productos.

Es importante destacar que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 280/03 del 10 de julio de 2003 establece que la Dirección Nacional de Aduanas solo dará trámite a las solicitudes de importación de equipamiento eléctrico sujeto a la reglamentación de seguridad y calidad dictada por la Ursea, previa acreditación del cumplimiento de dicha reglamentación.

Proporcionamos un listado de Organismos de Certificación de Productos reconocidos, para facilitar el cumplimiento de estos requisitos. Además, toda la información necesaria para realizar el trámite de solicitud de autorización ante esta Unidad se encuentra disponible en el siguiente enlace: Autorización de Productos Eléctricos Baja Tensión.

Se insta a los interesados a prever los tiempos necesarios para obtener la certificación del producto ante el OCP y la autorización de la Ursea, con el fin de cumplir con el nuevo requisito dentro del plazo establecido.

Por consultas se puede comunicar por teléfono con Ursea al (2) 1508100 - 0800 8773 o concurrir personalmente a nuestras oficinas, previa agenda web.

Etiquetas