Informe N° 176-2018
Informes
Montevideo, 20 de junio de 2018.
Sr. Gerente de Regulación Ing. Alfredo Piria
Ref.: Exp 0457-02-006-2018 Informe INF-00176-2018
Informe sobre la propuesta de modificación en el Estructura Tarifaria: Tarifa Triple Horario
Introducción.
El presente cambio se limita a un cambio en la estructura tarifaria y no refiere al nivel de la tarifa eléctrica. El mismo surge a propuesta de la Dirección Nacional de Energía, plasmada en nota enviada a UTE con fecha 23 de marzo de 2018. En esta instancia la DNE propone la elaboración de una Tarifa Triple Horario para el sector residencial. En base a ese planteo, la Gerencia de Análisis Tarifario de UTE realiza la propuesta que se presenta en esta oportunidad. Llega a URSEA, la nota Nº 84572, junto con el pliego tarifario formulado y un informe elaborado por la Gerencia de Análisis Tarifario de UTE. Cabe destacar que URSEA ha participado de la actividad de presentación de la mencionada tarifa en UTE, así como ha estado en comunicación con el técnico coordinador del tema de la DNE en el transcurso del proceso de diseño de la mencionada tarifa.
Características de la Tarifa Triple Horario (TRT) La nueva tarifa propuesta, que se adiciona a las ya existentes para la modalidad de consumo residencial en carácter opcional, tiene las siguientes características:
- El cargo fijo permanece igual al de la Tarifa Doble Horario Residencial (TRD).
- El cargo por potencia contratada y el cargo por potencia en punta son iguales a los de la Tarifa Doble Horario Residencial.
TDR | TRT | |
Cargo fijo mensual $ | 340 | 340 |
Cargo por potencia contratada $/kW | 58,3 | 58,3 |
Cargo por energía punta $/kWh | 8,157 | 8,157 |
Cargo por energía fuera de punta $/kWh | 3,267 | --- |
Cargo potencia llano $/kWh | --- | 4,424 |
Cargo por potencia valle $/kWh | --- | 1,706 |
Como novedad en relación a lo existente surge lo siguiente, citando los aspectos que a juicio de esta asesoría surgen como los más importantes:
- Se sustituye el cargo por energía fuera de punta (horario de 0:00 hs a 17:00 y 23:00 a 24:00 hs) por dos nuevos cargos: el primero se aplica a la energía consumida en el valle(0:00 hs a 17:00 hs) y el segundo aplicado a la energía consumida en un tramo horario que se agrega denominado “Llano Corto” (7:00 hs a 17:00 hs y 23:00 a 24:00 hs). Es decir, este tramo corresponde a las 11 horas del actual tramo fuera de punta de la Tarifa Doble Horario Residencial (TRD, luego de descontadas las horas de valle habituales (de 0:00 a 07:00 horas).
- Tiene carácter opcional para todos los clientes de las modalidad de consumo residencial que tengan potencias contratadas entre 3.7 kW y 40 kW.
- Es una tarifa con medición de potencia y cobro de potencia contratada (PC).
- En los servicios con potencia contratada igual o mayor a 12 kW la contratación de potencia podrá realizarse en cada tramo horario de facturación de potencia, con un mínimo de 12 kW y deberá respetar la condición: Potencia contratada en Punta-Llano menor o igual a potencia contratada en Valle.
- Se cobra demás el recargo por potencia excedentaria para los clientes con Potencia contratada mayor o igual a 10 kW.
Es importante destacar que en la construcción de esta tarifa, se tuvieron en cuenta dos
componentes de costos:
- Costos de generación agrupados según tramo horario. Para su cálculo se utiliza como aproximación el concepto de parque óptimo (se comparte lo expresado en el informe que “en una situación de parque óptimo los costos marginales constituyen una aproximación sintética de los costos de generación del sistema. En un sistema pequeño, con inversiones discretas que pueden representar una proporción relevante de la demanda, la utilización del promedio a 10 años de los costos marginales de generación puede considerarse una aproximación razonable”). Para el cálculo de dichos costos marginales, se utiliza se utiliza un modelo de simulación a futuro de la unidad de Planificación del Abastecimiento, con un escenario a diciembre de 2017. Se tienen en cuenta las pérdidas para el cálculo tanto las pérdidas técnicas como no técnicas.
- Costos de red ajustados por nivel de tensión y energizados según coeficientes de uso de la red, a los efectos de cuantificarlos por KWh. Se realiza una estimación del componente de redes que deben incorporarse en los precios de la energía de los tres tramos de la Tarifa Residencial Triple Horario. Este cálculo requiere estimar los valores de las redes de Media y Baja Tensión que aún no están definidos.
Consideraciones sobre la tarifa propuesta
Como concepto general y a nivel de metodología de diseño, esta asesoría, está de acuerdo con la mecánica de formulación de esta tarifa, la cual se alinea a la metodología de cálculo de los cargos por el uso de las redes, en la que se analiza y valoriza en profundidad los costos asociados a las redes, así como se tiene en cuenta la contribución de los costos de red en los distintos tramos horarios.
De acuerdo a lo informado por la Gerencia de Análisis Tarifario de UTE, la construcción de la nueva tarifa parte de considerar “como eje” la tarifa doble horario, en particular el valor de su energía en horario punta. Ese valor se mantiene y se determinan valores para los tramos de valle y llano.
Para los actuales usuarios comprendidos en la tarifa doble horario, resulta beneficiosa en la medida que los consumidores tengan posibilidades de trasladar consumos desde horario llano a valle. A modo de ejemplo para usuarios con una potencia contratada de 3,7 kW, y un consumo en horario punta de 25% de su consumo total, la tarifa triple horario es conveniente frente a la doble horario en la medida que en el horario llano el consumo sea superior al 32% del consumo total.
Se realizaron simulaciones propias de cálculos para usuarios que consumen 250 KWh y para un consumidor promedio de la tarifa doble horario residencial de 567 KWh, con una potencia contratada de 3.7 kV, como se muestra en los dos cuadros a continuación. Estas simulaciones se realizaron a los efectos de comparar los precios de la energía consumida por tarifa triple horario frente a la tarifa doble horario. Se puede observar que, dependiendo de la estructura de consumo, la tarifa triple horario es generalmente conveniente frente la tarifa doble horario, y que los mayores ahorros son los de los consumidores que pueden desplazar su consumo hacia el valle.
Consumo de 250 KWh
PC KW | %Consumo | Consumo kWh | TRT/TDR %Factura IVA Inc. | ||
%Punta | %Llano | %Valle | |||
3,7 | 15% | 20% | 65% | 250 | -13% |
3,7 | 15% | 33% | 52% | 250 | -7% |
3,7 | 15% | 40% | 45% | 250 | -4% |
3,7 | 15% | 50% | 35% | 250 | 0% |
3,7 | 25% | 20% | 55% | 250 | -10% |
3,7 | 25% | 33% | 42% | 250 | -4% |
3,7 | 25% | 40% | 35% | 250 | -1% |
3,7 | 25% | 50% | 25% | 250 | 3% |
3,7 | 30% | 20% | 50% | 250 | -8% |
3,7 | 30% | 33% | 37% | 250 | -3% |
3,7 | 30% | 40% | 30% | 250 | 0% |
3,7 | 30% | 50% | 20% | 250 | 4% |
Consumo de 567 KWh
PC KW | %Consumo | Consumo kWh | TRT/TDR %Factura IVA Inc. | ||
%Punta | %Llano | %Valle | |||
3,7 | 15% | 20% | 65% | 250 | -16% |
3,7 | 15% | 33% | 52% | 250 | -9% |
3,7 | 15% | 40% | 45% | 250 | -5% |
3,7 | 15% | 50% | 35% | 250 | 1% |
3,7 | 25% | 20% | 55% | 250 | -12% |
3,7 | 25% | 33% | 42% | 250 | -5% |
3,7 | 25% | 40% | 35% | 250 | -2% |
3,7 | 25% | 50% | 25% | 250 | 3% |
3,7 | 30% | 20% | 50% | 250 | -10% |
3,7 | 30% | 33% | 37% | 250 | -4% |
3,7 | 30% | 40% | 30% | 250 | 0% |
3,7 | 30% | 50% | 20% | 250 | 4% |
Conclusiones y recomendaciones
A partir del análisis realizado, esta asesoría no presenta objeciones a la implementación del cambio de estructura propuesta, que en esta oportunidad se limita a la incorporación de la mencionada tarifa triple horario residencial.
Cabe destacar que las conclusiones sobre la bondad del traspaso de los clientes de la tarifa doble horario residencial a la tarifa triple horario residencial, depende fuertemente de la estructura de consumo del cliente y que los mayores ahorros se observan en mayor medida en los clientes que tienen posibilidades de desplazar su consumo hacia el valle.
FIRMAN:
Ec. Sergio Pérez de la Llana Enc. División Aspectos Económicos.
Ec. Ximena García de Soria. Asesora Gerencia de Regulación.
Ec. Sebastián Kruk. Regulación Asesor Gerencia de Regulación.