RESOLUCIÓN JDF Nº 28/25

Ref: JDF. Exp. Nº 909/25 - IF. Exp. Nº 01884/25. Anuencia para autorizar a particular (Sr. Julio Rodríguez) a circular por padrón Nº 6152, propiedad municipal, con el fin de extraer arena del álveo del río Santa Lucía Chico en zona de La Macana.
En sesión de la fecha, por unanimidad de miembros presentes (30 ediles), se aprobó la siguiente resolución:
VISTO: La solicitud de autorización presentada por el Sr. Julio Rodríguez para circular a través del padrón N° 6152 propiedad de la Intendencia.
CONSIDERANDO: 1) Que la Dirección Nacional de Hidrografía requiere que esta autorización sea otorgada mediante anuencia de la Junta Departamental por implicar un gravamen sobre el inmueble.
2) Que la autorización se concederá para circular a través del padrón por los senderos allí existentes, sin realizar intervenciones o mejoras de caminería interna, así como tampoco obras de infraestructura o desarraigo de árboles, ni acopio de materiales (por tratarse de un bien inmueble correspondiente a la categoría “rural natural”).
3) Que, asimismo, la autorización se concederá con carácter precario y revocable por el término de tres meses; debiendo presentar la autorización de la Dirección Nacional de Hidrografía una vez sea otorgada por dicha dependencia, siendo requisito imprescindible para futuras autorizaciones.
4) Que la Dirección Nacional de Hidrografía expide las autorizaciones por un plazo máximo de tres meses, resultando poco práctico para la Intendencia de Florida solicitar al legislativo Departamental intervención cada vez que se pretenda renovar la autorización, por lo cual se establecerá que para futuras autorizaciones la Intendencia de Florida podrá hacerlo mediante resolución del director general del Departamento de Obras, mediante el ejercicio de atribuciones delegadas.
ATENTO: A lo expuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
RESUELVE:
1°. CONCÉDASE anuencia a la Intendencia de Florida para autorizar al Sr. Julio Rodríguez a circular a través del padrón N° 6152 por los senderos allí existentes, sin realizar intervenciones o mejoras de caminería interna, así como tampoco obras de infraestructura o desarraigo de árboles, ni acopio de materiales, con carácter precario y revocable por el término de tres meses; debiendo presentar la autorización de Hidrografía una vez sea otorgada por dicha dependencia, siendo requisito imprescindible para futuras autorizaciones.
2°. ESTABLÉCESE que para futuras autorizaciones la Intendencia de Florida podrá hacerlo mediante resolución del director general del Departamento de Obras, mediante el ejercicio de atribuciones delegadas.
3°. Pase a la Intendencia.
Sala de Sesiones “Gral. José Gervasio Artigas” de la Junta Departamental, en Florida, a los quince días del mes de agosto de dos mil veinticinco.
(Fdo.) Ing. ENZO VISCAILUZ SASTRE, Presidente; SANDRO MARTÍNEZ MENESES, Secretario General.
Florida, agosto 18 de 2025.
VISTO:
La resolución N° 28/2025, adoptada por la Junta Departamental de Florida, en la que se autoriza a particular (Sr. Julio Rodríguez) a circular por padrón N° 6152, propiedad municipal, con el fin de extraer arena del álveo del río Santa Lucía Chico en zona de La Macana.
EL INTENDENTE DE FLORIDA
RESUELVE:
1 CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
FIRMADO:
Carlos Enciso Christiansen – Intendente
Ec. José Luis Curbelo – Secretario General