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RESOLUCIÓN N° 1554/25

Ref: IF. Exp. Nº 03890/25.
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Florida, 08 de diciembre de 2025.

 VISTO:

 La solicitud de los Sres. Silvana y Adriana CASTRO, Alfonso CROSA, María Eloísa CASTRO BOGGIA, Hernán FIOL y Sofía CUELLO, en tanto se solicita el cierre del tramo de un camino que transcurre de norte a sur entre los inmuebles rurales padrones N° 3768, 3371, 3772 y 19.819.

 

 CONSIDERANDO:

I)Que, de lo informado por las Oficinas de Agrimensura y Ordenamiento territorial, se observa que el tramo de camino indicado se encuentra encallado en todo su trayecto, sin pavimento. -

 II)Que, de norte a sur en sus primeros metros se circula por un trillo, visualizándose que el resto del tramo se encuentra totalmente en desuso, cubierto de chircales y arbustos, no permitiendo el tránsito de vehículos. -

 III)Que, el cierre del tramo del camino no deja predios enclavados, siendo los presentados los únicos que poseen frente al mismo. -

IV)Que según informa agrimensura se podría autorizar el cierre de un tramo del camino, no en forma definitiva, sino en forma temporal hasta que la Intendencia disponga lo contrario. -

 V)Que ha resultado acreditada correctamente la vinculación jurídica con los inmuebles y la legitimación a los efectos del presente petitorio. -

 

 ATENTO: A lo expresado

EL INTENDENTE DE FLORIDA

 RESUELVE:

 1)AUTORIZASE a los peticionantes, el cierre del tramo del camino que transcurre frente a los inmuebles de su propiedad, y según plano proporcionado, mediante la colocación de porteras en los extremos por parte de los interesados, debiendo contar con la supervisión de las oficinas de Agrimensura y Ordenamiento territorial, debiéndose además colocar carteles resistentes a la intemperie en los que se indique la Resolución que lo autorizó y que consta en el expediente 2025-86-001-03306.

 

 2)LOS costos de adquisición y colocación de las porteras, así como de la cartelería a instalarse, es de parte de los gestionantes. 

 

 

 3)SIENDO esta autorización referida a un tramo del camino, que no implica una desafectación definitiva al uso público, queda prohibido quitar los alambrados de los frentes de los padrones mencionados y que limitan con el camino, manteniendo delimitados los inmuebles como en la actualidad.

 

FIRMADO:

Carlos Enciso Christiansen – Intendente

Ec. José Luis Curbelo – Secretario General