Acta N° 1001/2014
Resolución
Del Nº 18.273/14 al Nº 18.286/14
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 18.273/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04335.
REFORMULACIÓN DEL REGLAMENTO DEL REFUGIO DPTAL. DE FLORIDA.
VISTO:
La iniciativa de la Asesora Sra. Lorena Fernández, en tanto modificar el reglamento del Refugio de la ciudad de Florida.
CONSIDERANDO:
1)Que es un programa social que se inicia en el invierno del año 2012 albergando a personas con vulnerabilidad social que se encuentran en situación de calle, ubicado en la calle Gallinal y Rambla Costanera de Florida que funciona en la órbita de la Dirección General de Desarrollo Social.
2)La necesidad de crear un marco normativo que regule su uso, determine quienes serán los beneficiarios, sus derechos y sus obligaciones, establezca potestades y prohibiciones para lograr un entorno de convivencia dentro del orden.
3)La entrada en vigencia de la ley 19.120 en tanto prohíbe en su artículo 368 la ocupación indebida de los espacios públicos, prohibiendo el pernocte en los mismos.
ATENTO:
A estos antecedentes y a los informes precedentes.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APROBAR el siguiente REGLAMENTO DE USO DEL REFUGIO DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
Artículo 1)DEL INGRESO Sólo se permite el ingreso al refugio de hombres y mujeres mayores de edad, autoválidos y que se encuentren en situación de calle de forma temporal o permanente, producto de una situación de crisis individual, familiar o social.
El mismo, deberá realizarse a la hora 19.00 hasta la hora 09.00 desde el 1º de julio hasta el 1º de setiembre, y desde las 20 horas hasta las 08.30 el resto del año.
La capacidad máxima del refugio será de 8 cupos, cuatro mujeres y cuatro hombres.
Artículo 2)Los usuarios tendrán derecho a una cama y a un baño con ducha.
Artículo 3)Se les realizará a todos los usuarios una ficha social única con sus respectivos datos personales, siendo de competencia de la oficina de Desarrollo Social la sistematización de todas las fichas.
Artículo 4)Tendrán acceso al almuerzo diario que se brinda en los comedores de la ciudad y en invierno podrán acceder además al plan MÁS QUE UNA CENA CALIENTE que se dará en los respectivos comedores municipales.
Artículo 5)Podrán usar los electrodomésticos de uso común (heladera, estufa y calefón).
Artículo 6)Se les brindará acompañamiento de emergencia y cobertura médica a cargo del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 7)DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS colaborar con la limpieza del Refugio, para lo que se les dará los productos de limpieza necesarios para mantenerlo en óptimas condiciones - mantener el orden y la limpieza del lugar donde pernocten y deberán además secar el baño después de ducharse. Mantener el carné de asistencia vigente.
Es obligatorio el aseo diario.- Tener un comportamiento decoroso y de respeto mutuo entre ellos mismos y hacia el/la encargado/a del local.
Artículo 8)DE LAS PROHIBICIONES No se permitirán reuniones bailables.
El edificio es “Libre de Humo de Tabaco” por lo que queda estrictamente prohibido fumar en el edificio.
Será causa de expulsión del albergue el uso de alcohol, drogas u otras sustancias prohibidas.
No se permitirá el ingreso con animales, pudiendo permanecer los mismos fuera del edificio.
Artículo 9)DE LOS ENCARGADOS Los encargados del Refugio deberán brindar seguridad a los residentes en el horario en que se ofrece alojamiento, debiendo actuar como mediador en caso de existir un conflicto, debiendo comunicar cualquier situación adversa que aconteciera, careciendo de potestad para tomar resolución ante una eventual expulsión.
Llevarán una planilla de control de todos los residentes, debiendo controlar y cuidar responsablemente los artículos de limpieza, y electrodomésticos.
Artículo 10)Es obligatorio para todos los usuarios, llenar la ficha de ingreso y firmar el presente reglamento, en forma previa a su ingreso al refugio.
2)PASE para su registro al Departamento de Desarrollo Social.
3)CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.274/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04193.
BELKI LILIAN NUÑEZ. SOLICITA CANASTA DE MATERIALES.
VISTO
Estos antecedentes.
CONSIDERANDO:
El informe técnico del Departamento de Desarrollo Social y de la Secretaría de ese Departamento que constan en actuaciones Nº 2 y 3 del expediente Nº 04193/14 respectivamente.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)NO HACER LUGAR a lo solicitado en virtud de los informes de la Oficina competente.
2)CON conocimiento del Departamento de Desarrollo Social y notificada la interesada, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.275/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04311.
PAOLA GARRIDO. SOLICITA TRASLADO A FUNDACIÓN TELETÓN.
VISTO:
Estos antecedentes y lo informado por el Centro Médico Municipal, respecto a la imposibilidad de realizar traslados desde el interior del Departamento, debido a la extensa carga horaria cotidiana que cumple el chofer del micro asignado.
CONSIDERANDO:
Que aún comprendiendo los motivos de la solicitud, en atención a la seguridad del chófer y de los pasajeros, es imposible incrementar la carga horaria.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)NOTIFICAR a la gestionante, que se ofrece realizar el traslado a la Fundación TELETÓN desde la ciudad de Florida en el micro gestionado por el Centro Médico Municipal, debiendo realizar las coordinaciones pertinentes con esa Dependencia.
2)PASE para su notificación, a División Administración Documental.
3)CON conocimiento del Centro Médico Municipal, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.276/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04353.
COMISIÓN DEL CLUB DE BOCHAS FERROCARRIL, FILIAL 25 DE AGOSTO. SOLICITA COLABORACIÓN DE LA COMUNA CONSISTENTE EN UN TROFEO, CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL CAMPEONATO TRES ORILLAS INTERDEPARTAMENTAL.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud de colaboración formulada por la Comisión del Club de Bochas Ferrocarril Filial 25 de Agosto, con motivo de la realización del Campeonato Tres Orillas Interdepartamental, con la participación de Clubes de Bochas de los Departamentos de San José, Canelones y Florida, a realizarse el 15 de noviembre del año en curso,
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER en carácter de colaboración la entrega a la Comisión del Club de Bochas Ferrocarril Filial 25 de Agosto, de un trofeo, con motivo de la realización del Campeonato Tres Orillas Interdepartamental.
2)PASE a Unidad de Descentralización a fin de realizar la correspondiente solicitud de compras.
3)CUMPLIDO y notificados los interesados, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.277/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04358.
JEFATURA POLICÍA DE FLORIDA, OFICIO 5886/14. REMITE LICENCIA DE CONDUCIR INCAUTADA A MATIAS ANDRÉS LÓPEZ BOVE.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes relativos al oficio remitido por la Jefatura de Policía de Florida y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 3.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Matías Andrés López Bove por el término de quince meses, contados a partir del 19 de octubre de 2014, conforme a lo establecido por los artículos 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.
2)PASE para su notificación a la División Administración Documental.
3)SIGA luego al Departamento de Tránsito y Transporte, a través de la Dirección General de Administración, donde se reservará por el plazo indicado, elevando posteriormente el presente con el informe del caso.
4)CUMPLIDA esta instancia y de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.278/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04357.
JEFATURA POLICÍA FLORIDA, OFICIO 5902/14. REMITE LICENCIA DE CONDUCIR INCAUTADA AL SR. DUBER HUMBERTO MACIEL GONZÁLEZ.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes relativos al oficio remitido por la Jefatura de Policía de Florida y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 3.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Duber Humberto Maciel González, por el término de seis meses, contados a partir del 20 de octubre de 2014, conforme a lo establecido por el Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.
2)INTIMAR al Sr. Duber Humberto Maciel González la entrega en el Departamento de Tránsito y Transporte de esta Intendencia, de la libreta de conducir vigente Categoría D Nº 20510 o en su defecto la constancia de la denuncia de extravío, en un plazo de 24 horas, contados a partir del día siguiente al de su notificación.
3)PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4)SIGA luego al Departamento de Tránsito y Transporte, a través de la Dirección General de Administración, donde se reservará por el plazo indicado, elevando posteriormente el presente con el informe del caso, a quien se encomienda además verificar la expedición de la libreta retenida que no surge de la ficha de conductor agregada, como lo señala la Asesoría Jurídica.
5)CUMPLIDA esta instancia y de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.279/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04366.
DIRECCIÓN DE CULTURA-DEPORTE. AGUSTINA APAZA, DEPORTISTA ARGENTINA EN FLORIDA, 21 Y 22 DE NOVIEMBRE DE 2014.
VISTO:
Que la deportista argentina Agustina Apaza, Campeona Mundial de Cross Country realizará actividades de carácter informativo y formativo en la disciplina MTB los días 21 y 22 de noviembre del corriente.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Cultura, la presentación de la citada deportista, se inscribe dentro de los objetivos de promoción de la actividad física y deportiva planteados por la Administración.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APROBAR lo actuado por el Departamento de Cultura, en relación a la coordinación de la presentación de la deportista Agustina Apaza, consistente en préstamo de las instalaciones del Centro Cultural para la exposición teórica, alojamiento y difusión del evento.
2)PASE a conocimiento de los Departamentos de Cultura, Abastecimientos, Hacienda y Unidad de Comunicaciones. 3
3)CUMPLIDO, de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.280/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04346.
OFICINA TÉCNICA ARQUITECTURA, PROYECTO NUEVO PARCELARIO, CEMENTERIO DE CASUPÁ, PANTEONES ELEVADOS.
RESOLUCIÓN.
1)APROBAR el proyecto zonificación de parcelas para Panteones Elevados destinado a la Necrópolis de Casupá, de acuerdo a la documentación contenida en actuación Nº 1.
2)PASE al Departamento de Arquitectura, Departamento de Descentralización y Municipio de Casupá para su registro, y demás efectos que correspondan.
3)CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.281/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04315.
OMAR ITURBURÚA, FIESTA CRIOLLA RUEDO COSTAS DE ARIAS, RUTA 12 KM 11.200, SOLICITAN APOYOS.
VISTO:
La solicitud del Sr. OMAR MATÍAS ITURBURÚA en tanto solicita se declare de Interés Departamental la FIESTA CRIOLLA RUEDO COSTAS DE ARIAS, a desarrollarse el 14 de diciembre de 2014.
CONSIDERANDO:
1)Que desde hace 6 años se vienen desarrollando estas fiestas hípicas-criollas, en donde se realizan actividades típicas de nuestras tradiciones rurales, como desfile de caballería gaucha, juegos camperos, pialadas, pruebas de riendas.
2)Que la actividad ha sido anualmente apoyada por la comuna y está incluida en el calendario anual DESTINO FLORIDA.
3)Que tanto la Dirección de Cultura como de Desarrollo Sustentable, han informado favorablemente en tanto brindar su apoyo.
4)Que es de interés del Ejecutivo apoyar este tipo de eventos que promueven la cultura, el conocimiento de nuestras tradiciones y el turismo interno.
ATENTO:
A lo expuesto y dispuesto en el Decreto 41 de 1995.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elevar a la Junta Departamental para su estudio y consideración el siguiente proyecto de Decreto.
Artículo 1)Declarase de Interés Departamental la FIESTA CRIOLLA RUEDO COSTAS DE ARIAS a desarrollarse el domingo 14 de diciembre en la RUTA 12 KM. 11.200.
RESOLUCIÓN Nº 18.282/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04351.
VIRGINIA NUÑEZ - DIRECTORA - CENTRO DE REHABILITACIÓN ECUESTRE “SIN LIMITES”.
VISTO:
La gestión iniciada por la Sra. Virginia Núñez, solicitando apoyo publicitario.
CONSIDERANDO:
1)Que estando próxima la finalización del presente ejercicio anual, y analizada que fuera la ejecución presupuestal de los diferentes programas y sus respectivos rubros, este Ejecutivo ha dispuesto extremar la racionalización de los gastos.
2)Que son múltiples y cada vez mayores los ofrecimientos publicitarios que a diario se reciben de diferentes organizaciones, siendo imposible colaborar con todas sin dejar de cumplir con las metas trazadas por la Administración.
3)Que en consecuencia deben arbitrarse medidas administrativas necesarias para que, por lo que resta del presente ejercicio, ello se realice en un marco de racionalización y con un criterio de máxima austeridad.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)NOTIFÍCASE a la gestionante, haciéndole saber la imposibilidad de acceder a su petición, en virtud del contenido de los considerandos que anteceden, pasando a tales efectos a División Administración Documental.
2)CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.283/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03500.
MTRO. VICTOR SABBÍA. SOLICITUD DE ESPACIO EN ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS, LOS DÍAS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES, EN HORARIO DE 10.40 A 11.40 HS. PARA REALIZAR ACTIVIDAD FÍSICA.
RESOLUCIÓN.
1)NOTIFÍCASE al Mtro. Víctor Sabbia, haciéndole saber que fueron realizadas las coordinaciones para el uso de las instalaciones del Estadio Campeones Olímpicos por parte de quienes integran el CECAP, estableciéndose que las actividades deberán sin excepción estar vigiladas por un responsable, y que de generarse algún tipo de acontecimiento que cause anomalías en el lugar, cesará la autorización en forma inmediata, siempre y cuando medie informe de las Oficinas de competencia, pasando a tales efectos a División Administración Documental.
2)CON registro del Departamento de Cultura y División Servicios Varios, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.284/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04334.
SECRETARÍA GENERAL. LLAMAR A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL CAMPING PARQUE ROBAINA.
VISTO:
Que ante la proximidad de la temporada estival, corresponde resolver respecto a la explotación del Camping Parque Robaina de nuestra ciudad.
CONSIDERANDO:
Que para ello se entiende pertinente realizar el correspondiente llamado a interesados.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER se proceda a efectuar llamado a interesados para la concesión de la explotación del Camping y venta de bebidas, comestibles, frutas, verduras y leña en el Camping Parque Robaina de esta ciudad y demás condiciones expresadas en el artículo 6to. del Pliego Particular de Condiciones, desde diciembre de 2014 hasta la finalización del actual período de gobierno.
2)APROBAR el Pliego de Condiciones que regirá el llamado, contenido en anexo de actuación Nº 7.
3)PASE a sus efectos al Departamento de Abastecimientos.
4)REALIZADA la apertura de propuestas, pase a informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.
5)VUELVA luego a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 18.285/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04406.
UNIDAD EJECUTIVA. LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA, PADRES. SOLICITAN COLABORACIÓN DE COMBUSTIBLE PARA TRASLADO, CON EL FIN DE PARTICIPAR, GENERACIÓN 2004, EN FINALES NACIONALES EN LA CIUDAD DE LAS PIEDRAS, LOS DÍAS 8 Y 9 DE NOVIEMBRE.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud presentada por padres de la selección 2004 de la Organización de Fútbol Infantil de Florida de colaboración en gas oil para el traslado de la selección a la ciudad de Las Piedras los días 8 y 9 de octubre del año en curso, con motivo de disputar las finales en el Campeonato Nacional y teniendo en cuenta el desempeño deportivo y logros obtenidos representando al Departamento.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPÓNGASE de una colaboración a la Organización de Fútbol Infantil de Florida, consistente en 60 litros de Gasoil a fin de solventar en parte el traslado de sus deportistas en virtud de los compromisos contraídos referidos en el Visto y Considerando.
2)PASE al Departamento de Talleres y Depósitos para su conocimiento y registro.
3)CONTINÚE a la Unidad de Administración Documental para la notificación de los interesados.
4)CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 18.286/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03940.
FABRICIO BARRIOS. SOLICITA VIABILIDAD URBANÍSTICA DE PROYECTO DE UN COMPLEJO GASTRONÓMICO, CON LA INCLUSIÓN DE UN SALÓN DE FIESTAS Y EVENTOS.
VISTO:
La solicitud formulada por el Sr. Fabricio Barrios, para que se autorice la construcción de un complejo gastronómico con la inclusión de un salón de fiestas y eventos en el padrón rural Nº 6.777;
CONSIDERANDO:
1.Que el artículo 39 de la Ley Nº 18.308 de fecha 18/06/2008, prevé que los propietarios de terrenos categorizados como suelo rural tienen derecho a la realización de los actos precisos para la utilización y explotación agrícola, forestal, en general productiva rural o minera y extractiva, a las que estén efectivamente destinados, conforme a su naturaleza, sin más limitaciones que las impuestas por la legislación aplicable.
2.La misma norma establece que “otros usos” que pudieren ser admisibles por no implicar riesgos de su transformación, necesitarán de la oportuna autorización de la Intendencia Municipal, si así lo dispusieran los instrumentos de ordenamiento territorio que se aprueben.
3.Que en las Directrices Departamentales, único instrumento aprobado a la fecha, no se encuentra prevista la posibilidad de que la Intendencia autorice usos como el solicitado. 4.Que el Área de Ordenamiento Territorial se ha expedido entendiendo que aunque el padrón sea rural, el emprendimiento, por su envergadura y su frecuencia de actividades no implicaría riesgos de transformación del uso del suelo.
5.Que se informa asimismo que dicho inmueble se encuentra emplazado en la futura Zona 13 “Chacras de Florida” del Plan Local en elaboración (Enclave suburbano) en la cuál está previsto este tipo de actividades para dicha zona.
6.Que el Ejecutivo Departamental estima conveniente autorizar la actividad de referencia, atento a lo que surge del informe del área técnica en la materia.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo previsto por los artículos 262, 273 numeral 1º, 275 numeral 6º de la Constitución, Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas;
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:
Art. 1. Facultase a la Intendencia de Florida, a autorizar la construcción de un complejo gastronómico con la inclusión de un salón de fiestas y eventos, en el padrón rural empadronado con el Nº 6.777, siempre que se cumplan con cada uno de los requisitos que la normativa vigente y oficinas municipales competentes exijan.
EN este estado, siendo el día seis de noviembre de dos mil catorce, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.