Acta N° 1037/2015

Resolución

Del Nº 18.839/15 al Nº 18.853/15

En el local de la Intendencia de Florida, la Intendenta de Florida, Sra. Sonia DÍAZ BOVE, asistida por el Sr. Secretario General, Álvaro RIVA REY, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 18.839/15.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00001.
SECRETARÍA GENERAL. DESIGNAR SECRETARIO GENERAL AL SR. ÁLVARO RIVA ENTRE EL 2 Y 16 DE ENERO DEL CORRIENTE INCLUSIVE.

VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por el Art. 277 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)DESÍGNASE Secretario General de la Intendencia de Florida, al Sr. Álvaro Riva Rey, a partir del día de la fecha hasta el 16 de los corrientes inclusive, sin perjuicio de continuar cumpliendo con las tareas inherentes a la Dirección del Departamento de Cultura.
2)PASE para su conocimiento, notificación, registro y demás efectos, a Secretaría General.
3)CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Administración, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.840/15.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00002.
JEFATURA POLICÍA FLORIDA, OFICIO 6693/2014. REMITE LICENCIA DE CONDUCIR INCAUTADA AL SR. WILMAR ARIEL MUNIZ TORRES.
VISTO:
Estos antecedentes,
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Wilman Ariel Muniz Torres, por el término de seis meses, contados a partir del 14 de diciembre de 2014, conforme a lo establecido por el Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191. 2)PASE para su notificación a la División Administración Documental.
3)SIGA luego al Departamento de Administración - Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
4)CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.841/15.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-00004.
JEFATURA POLICÍA DE FLORIDA, OFICIO 6737/14. REMITE LICENCIA DE CONDUCIR INCAUTADA AL SR. MAURICIO DANIEL LUZARDO VÁZQUEZ.
VISTO:
Estos antecedentes.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el retiro de la Libreta de Conducir y la prohibición para conducir vehículos al Sr. Mauricio Daniel Luzardo Vázquez, por el término de seis meses, contados a partir del día 21 de diciembre de 2014, conforme a lo establecido por el Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.
2)INTIMAR al mismo, a hacer entrega en el Departamento de Tránsito y Transporte de esta Intendencia, la Libreta de Conducir Categoría “G2” Nº 42.897, en un plazo de 24 horas a partir del día posterior al de su notificación, bajo apercibimiento de aplicársele las sanciones que para el caso correspondan.
3)PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4)SIGA luego al Departamento de Tránsito y Transporte, donde se reservará por el plazo indicado, elevando posteriormente el presente con el informe del caso.
5)CUMPLIDA esa instancia y con los informes correspondientes, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 18.842/15.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00005.
JEFATURA DE POLICÍA DE MALDONADO, OFICIO 1886/14. REMITE LICENCIA DE CONDUCIR INCAUTADA AL SR. GUILLERMO SIERRA ENCISO.
VISTO:
Estos antecedentes.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el retiro de la Libreta de Conducir y la prohibición para conducir vehículos al Sr. Guillermo Sierra Enciso, por el término de seis meses, contados a partir del día 06 de diciembre de 2014, conforme a lo establecido por el Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.
2)INTIMAR al mismo, a hacer entrega en el Departamento de Tránsito y Transporte de esta Intendencia, la Libreta de Conducir Categoría “G2” Nº 46.999, en un plazo de 24 horas a partir del día posterior al de su notificación, bajo apercibimiento de aplicársele las sanciones que para el caso correspondan.
3)PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4)SIGA luego al Departamento de Tránsito y Transporte, donde se reservará por el plazo indicado, elevando posteriormente el presente con el informe del caso.
5)CUMPLIDA esa instancia y con los informes correspondientes, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 18.843/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04276.
SOFIA HEBER. SOLICITA DEVOLUCIÓN DE LO ABONADO EN DEMASÍA POR CONCEPTO DE PATENTE DE RODADOS DE SU VEHÍCULO KIA, MATRÍCULA OAB 4646.
RESOLUCIÓN.
1)PROCEDASE por parte del Departamento de Hacienda, a realizar el descuento correspondiente y no se abonen multas ni recargos por el impuesto de patente de rodados sobre el vehículo matrícula Nº OAB 4646, realizándose las devoluciones que resulten necesarias, en virtud de la recategorización efectuada por SUCIVE, la cual no fue notificada en tiempo y forma.
2)CON registro del Departamento de Hacienda y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.844/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04872.
TIENDA MARÍA JOSÉ. COLABORACIÓN ECONÓMICA PARA EL GRUPO DE APOYO.
RESOLUCIÓN.
1)DISPONER de una colaboración destinada a Tienda María José de Casupá equivalente a $ 2.000, a fin de financiar en parte el evento recreativo que promueven con motivo de festejar el Día de Reyes, y complementando la Resolución Nº 18.771/2014.
2)CON registro del Departamento de Hacienda y notificados los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.845/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-00921.
CENTRO MÉDICO MUNICIPAL. NECESIDAD DE CUBRIR VACANTE EN LABORATORIO CLÍNICO.
RESOLUCIÓN.
1)DISPONER la prórroga del contrato que se mantiene con la Empresa Unipersonal cuyo titular es el Sr. Pablo Andrés Bustelo Feria, en carácter de arrendamiento de servicio, a partir del día de su vencimiento hasta la finalización del actual período de gobierno, estableciéndose idéntica remuneración.
2)PASE para su registro y trámites de estilo a la Asesoría Notarial.
3)SIGA a registro del Departamento de Hacienda.
4)CON conocimiento del Departamento de Salud y Gestión Ambiental y notificado el interesado, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.846/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03056.
SECRETARÍA GENERAL. DISPONER EL TRASLADO DEL FUNCIONARIO ROGER OSORIO DESDE EL DEPARTAMENTO DE CULTURA A OTRA DEPENDENCIA DE ESTA INTENDENCIA.
VISTO:
La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el traslado del funcionario Sr. Roger Osorio, ficha 1890, para el Departamento de Administración, División Servicios Varios, para cumplir funciones en el Estadio 10 de Julio, a partir de la fecha de su notificación.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de racionalizar los recursos humanos, a fin de optimizar los servicios, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el Art. 15 y 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.847/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04944.
MIGUEL ÁNGEL LEMA MARENCO. SOLICITA DEVOLUCIÓN DE IMPORTE PAGO EN ABITAB POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA URBANA PADRÓN 20.209.
RESOLUCIÓN.
1)PROCEDASE por parte del Departamento de Hacienda, a acreditar al padrón Nº 20.209 de Florida lo pagado en demasía por concepto del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, en virtud haberse duplicado el pago oportunamente, debiendo acreditar recibos originales de pago.
2)CON anotaciones del Departamento de Hacienda y notificado el interesado, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 18.848/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04956.
CENTRO EDUCATIVO DE PRIMERA INFANCIA DE INAU DE SARANDÍ GRANDE. SOLICITA DONACIÓN DE JUEGOS DE MADERA.
VISTO:
La gestión iniciada por el Centro Educativo de Primera Infancia de INAU de Sarandí Grande, relacionada a la posibilidad de contar con juegos rústicos de madera destinados al patio del lugar.
CONSIDERANDO:
Que ha estado dentro de los objetivos de la presente Administración, prestar apoyo a las instituciones dependientes del Estado, con el propósito de que en forma conjunta se ofrezca a la población que asiste, mejores condiciones en su infraestructura.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER que el Departamento de Espacios Públicos - División Carpintería, confeccione los juegos rústicos de madera solicitados por el Centro Educativo de Primera Infancia de INAU de Sarandí Grande.
2)PASE al Departamento de Espacios Públicos para su registro.
3)CON conocimiento del Departamento de Hacienda y notificados los interesados archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 18.849/15.
EXPEDIENTE Nº 2011-86-001-05135.
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE, CONVENIO DE LA INTENDENCIA DE FLORIDA CON CND POR LÍNEA DE PRÉSTAMO PARA PYMES DEL AÑO 2006 EVALUACIÓN Y SITUACIÓN ACTUAL.
VISTO:
Lo informado por los Departamentos de Desarrollo Sustentable y Hacienda, referido a atrasos en los pagos de determinados beneficiarios del Programa Corporación. CONSIDERANDO:
1)Que la Empresa Vidart y Cía. Sociedad Colectiva adeuda del Vale suscrito con fecha 31/07/2007 una suma equivalente a U$S 3.416,68 más U$S 4.034,47 de intereses.
2)Que la Sra. Dinorah González adeuda del Vale suscrito con fecha 31/07/2007 una suma equivalente a U$S 3.526,60 más U$S 4.328,24 de intereses.
3)Que el Sr. Celso Batista adeuda del Vale suscrito con fecha 11/05/2007 una suma equivalente a U$S 3.526,60 más U$S 3.966,27 de intereses.
ATENTO:
A lo expuesto.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)INTIMAR a la Empresa Vidart y Cía. Sociedad Colectiva, Sra. Dinorah González y Sr. Celso Batista, al pago de las sumas indicadas en los considerandos con plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día posterior al de su notificación, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones judiciales pertinentes.
2)PASE a División Administración Documental, a los efectos de proceder a notificar la intimación de pago en forma individual mediante telegrama colacionada con acuse de recibo (TCCPC), de acuerdo al texto anexado.
3)CUMPLIDO, resérvese en el Departamento de Hacienda, quien oportunamente informará las resultancias del caso.

RESOLUCIÓN Nº 18.850/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04996.
CR. D.T.C.R. OBSERVA RELACIÓN DE PAGO 30.763 Y 30.766.
VISTO:
La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago a Tesorería y Centro Comercial e Industrial de Florida, por un importe total de $ 40.550 y $ 2.870, por concepto de complemento y tickets de viáticos.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de hacer efectivo el pago de los gravámenes relacionados a funcionarios de la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el Art. 15 y 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.851/15.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00020.
ÁLVARO RIVA REY. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA DISPONER TRASLADOS DE CURSILLISTAS DE BALLET QUE PARTICIPARAN EN UN CURSO ENTRE EL 16 Y EL 27 DE FEBRERO DE 2015.
RESOLUCIÓN.
1)FACULTASE al Departamento de Cultura, a coordinar la participación de la Prof. Ma. José Barreiro, Paulina Rodríguez, Luciana Ruiz y Martina Dey, en el 1er. Workshop internacional de danza clásica “Mtra. Agrippina Vaganza”, que dictarán George Kasatkian (Rusia) y Alejandro Godoy (Uruguay), siendo los costos de pasajes de cargo de esta Intendencia.
2)PASE al citado Departamento, para su conocimiento y notificación de las interesadas.
3)CON registro del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.852/15.
EXPEDIENTE Nº 2010-86-001-00774.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, RESOLUCIÓN J.D.F. Nº 09/10, NO SE HACE LUGAR A OBSERVACIÓN DEL TRIBUNAL CUENTAS A DECRETO DEL ORGANISMO QUE DISPUSO LA REMISIÓN DE ADEUDOS DE TASAS QUE GRAVAN INMUEBLES DE LA IGLESIA CATÓLICA (ANTECEDENTES E.E. 08466/06 Y 04394/07) (SE AGREGA NOTA 14/03/11).
VISTO:
El Decreto 40/2014 sancionado por la Junta Departamental de Florida.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1)CÚMPLASE, regístrese, etc.
2)PASE a División Administración Documental para la notificación de los interesados. 3)SIGA para su registro al Departamento de Hacienda.
4)CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 18.853/15.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04608.
D.G.D.S., FONDO DE GARANTÍAS PARA LAS MIPYMES DE FLORIDA (FLOGAR) DE FDI PRODUCTIVO PRY 2013/1053 INTENDENCIA ADEF.
VISTO:
El Proyecto 2013/1053 “Unidad de Promoción del Emprendimiento y Fondo de Garantía”, aprobado por la Comisión Sectorial de Descentralización, con fecha 20 de febrero de 2014;
CONSIDERANDO:
1)Que el proyecto se enfoca en la generación de una Unidad de Promoción del Emprendedor con el objeto de apoyar la creación, promover y fortalecer a los emprendimientos y a las micro y pequeñas empresas del departamento de Florida.
2)Que la Unidad funcionará en la órbita de la Agencia de Desarrollo Económico de Florida, brindando servicios de capacitación, asesoramiento técnico, articulación con entidades financieras y con las cadenas productivas más representativas del departamento.
3)Que para la implementación del Proyecto, resulta necesario la constitución de un Fideicomiso de Garantía de forma de aumentar las posibilidades de las MIPYMES de acceder a servicios financieros adecuados a sus emprendimientos.
4)Que por Resolución Nº 17.231/2014, de fecha 8 de agosto de 2014, se facultó al Departamento de Desarrollo Sustentable a cumplir con las acciones necesarias para la implementación del proyecto de referencia.
5)Que en cumplimiento de lo resuelto se ha proyectado que la Intendencia de Florida conjuntamente con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República (en calidad ambas de fideicomitentes) y con República Negocios Fiduciarios Sociedad Anónima (en calidad de fiduciaria), celebren un contrato de fideicomiso sobre cada una de las estipulaciones establecidas en el contrato de Fideicomiso que se agrega, a saber y entre otras:
a)La Intendencia destinará al patrimonio fiduciario la suma de $ 1.000.000 y la OPP de $ 500.000.
b)El patrimonio referido, a través de la gestión a llevar adelante por el fiduciario, servirá de aval parcial a las operaciones de crédito realizadas por las instituciones que se interesen en participar del programa y sean admitidas como beneficiarias del fideicomiso.
c)El patrimonio fiduciario será el único respaldo de las garantías que se emitan, no asumiendo los fideicomitentes ninguna obligación adicional distinta a las que se establezcan en los avales particulares que en cada caso se emitan.
d)Se entenderá por garantía los contratos de fianza subsidiaria que el fiduciario suscribirá a favor de las Instituciones Financieras Destinatarias (IFD), fianza que será emitida por el monto global máximo de garantía otorgado a cada IFD y podrá ser utilizado contra el requerimiento de la referida IFD en los montos y términos indicados en el proyecto de contrato y documentos a él relacionados y que se anexan a la presente, así como las condiciones que se establezcan en cada garantía particular.
e)Que para exigir la garantía se deberán cumplir, entre otros que se puedan estipular, los requisitos expresamente indicados en el artículo 6.2 del contrato de fideicomiso anexo.
f)El plazo del Fideicomiso será de 30 años.
g)Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo Séptimo del mismo documento, se constituirá un Comité Técnico integrado por uno o más representantes de la Intendencia (con voz y voto) y del fiduciario (con voz y sin voto) y por un representante de la OPP (con voz y voto), con los cometidos indicados en los puntos 7.2.1 a 7.3.3.
h)Que además de la obligación de la Intendencia de depositar la suma señalada en el literal a), deberá abonar al Fiduciario los gastos, honorarios y tributos que sean consecuencia de la gestión y administración de los bienes fideicomitidos; asimismo deberá abonar por concepto de comisiones fiduciarias la suma que las partes acuerden, inscribir el contrato de fideicomiso en el Registro Nacional de Actor Personales-Sección Universalidades en la forma y plazo establecidos en el documento proyectado y asegurar el funcionamiento del Comité Técnico.
i)Las obligaciones de la OPP son las indicadas en el numeral 8.2 y las del Fiduciario en el artículo Noveno de referido documento.
j)Que el Fiduciario emitirá las garantías tomando como referencia los pronunciamientos del Comité Técnico y respetando los límites señalados en el artículo Décimo, numerales 10.1 a 10.5.
k)Las acciones de recupero se regirán por lo establecido en el artículo Décimo Primero. l)Se establecerá la posibilidad de integración de nuevos fideicomitentes.
m)Los gastos, impuestos y honorarios que se originen por la constitución y extinción del fideicomiso, así como los derivados de la enajenación a favor de los fideicomitentes de los activos que quedaren remanentes en el patrimonio fiduciario al término del plazo o una vez extinguido el fideicomiso, serán de exclusivo cargo de la Intendencia de Florida.
n)De exclusivo cargo del patrimonio fiduciarios serán, entre los demás indicados en la cláusula Décima cuarta, los costos de conservación del patrimonio fideicomitido, los tributos que graven al patrimonio del Fideicomiso, cualquier imposición, gravamen o deducción que se imponga legal, judicial o reglamentariamente sobre el Fideicomiso, la remuneración del Fiduciario y todas las demás obligaciones de contenido económico contraídas por la Fiduciaria, que resulten indispensables para el fiel cumplimiento del mandato fiduciario.
o)La Fiduciaria percibirá como contraprestación por los servicios de estructuración y administración del Fideicomiso, y cumplimiento del mandato fiduciario, la retribución de UI 1.000 más IVA mensuales.
6)Que existe crédito presupuestal disponible para realizar el gasto, de acuerdo a lo que surge informado en las actuaciones Nos. 6 y 11 del presente Expediente.
7)Que de acuerdo a lo previsto por el artículo 33 literal C) numeral 1) del TOCAF y teniendo en cuenta la naturaleza de las partes contratantes (OPP y República Negocios Fiduciarios S.A.), puede contratarse directamente;
ATENTO:
A lo expuesto y a lo previsto por la Ley Nº 17.703, Art. 35 numeral 10 de la Ley Nº 9.515, concordantes y modificativas;
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
SOLICITAR anuencia a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, a los efectos de suscribir el contrato de fideicomiso adjunto, con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República y con República Negocios Fiduciarios Sociedad Anónima.

EN este estado, siendo el día siete de enero de dos mil quince, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendenta, Sra. Sonia DIAZ BOVE y Secretario General Álvaro RIVA REY.