Acta N° 1053/2015

Resolución

Del Nº 19.087/15 al Nº 19.099/15

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 19.087/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00122.

MUNICIPIO CASUPÁ. SOLICITA CAMBIO DE GRADO DEL FUNCIONARIO JOSÉ DELEITES, FICHA Nº 15137.

ATENTO:

A los informes que componen el presente expediente y teniendo en cuenta la carencia de personal obrero suficiente para cumplir con las tareas encomendadas en el Municipio de Casupá,

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DISPONER la renovación del contrato del funcionario Sr. José Álvaro DELEITES, Ficha Nº 15137, en carácter de PEÓN, a partir del vencimiento de su actual contrato y hasta tanto exista resolución contraria.

2)PASE a la Unidad de Descentralización y Municipio de Casupá para su conocimiento y notificación del funcionario.

3)CONTINÚE a los Departamentos de Hacienda y Administración para su cumplimiento, anotación y registro.

4)CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.088/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00054.

MARIANELA MENA. PAGO DE PARTIDA A PROFESORA DE GIMNASIA, PAOLA CÁCERES, EN MENDOZA CHICO.

RESOLUCIÓN.

1)MODIFÍCASE en Numeral 1) de la Resolución Nº 18.964/15 de fecha 20 de enero de 2015, en relación a la partida mensual equivalente a $ 3.000 otorgada a los Vecinos de la localidad de Mendoza, la cual se extenderá hasta la finalización del actual período de Gobierno - sin perjuicio de su eventual prórroga, de así estimarlo las nuevas autoridades.

2)PASE al Departamento de Hacienda y continúese con lo establecido en la citada Resolución.

RESOLUCIÓN Nº 19.089/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00312.

NORMA GLORIA FERNÁNDEZ. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA DE PADRÓN 307 DE VILLA 25 DE AGOSTO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de contribución inmobiliaria efectuada por la Sra. Gloria Fernández, por el padrón Nº 307 urbano de 25 de Agosto y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 6.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DECLÁRASE la prescripción de la deuda generada por Impuesto de Contribución Inmobiliaria del padrón Nº 307 urbano de 25 de Agosto hasta el ejercicio 2009 inclusive (artículos 38 y 39 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada.

2)PASE para la notificación de la gestionante a la Unidad de Descentralización.

3)CONTINÚE al Departamento de Hacienda para su registro, e iniciar los trámites necesarios para obtener el cobro de la deuda que resulte desde el año 2010, a fin de evitar futuras prescripciones.

4)UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.090/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-01973.

GRUPO FLORIDA SUR, SR. FEDERICO APPOLONIA, GRUPO DE APICULTORES DE VILLA 25 DE MAYO “FLORIDA SUR”. SOLICITAN DESIGNAR A DICHA LOCALIDAD COMO “VILLA APÍCOLA”, EN LOS FESTEJOS DE LOS 140 AÑOS DE SU FUNDACIÓN.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes referidos al planteo efectuado por el Grupo de Apicultores de Villa 25 de Mayo de declararla como Villa Apícola, en forma similar a lo efectuado por leyes nacionales Nos. 18.493 y 17.916 con Sarandí Grande “Cuna Nacional de Raid Hípico” y en Cardal “Capital de la Cuenca Lechera”, lo informado por el Departamento de Desarrollo Sustentable y la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)CÚRSESE Oficio a los legisladores electos por el Departamento de Florida en el mes de octubre pasado, remitiéndose a tales fines a Prosecretaría.

2)CUMPLIDO, previo conocimiento de los gestionantes, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.091/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04684.

VALENTINA GARCÍA DEZA. DONACIÓN DE MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA POR ENCONTRARME EN SITUACIÓN DE DESALOJO.

RESOLUCIÓN.

1)NOTIFÍCASE a la Sra. Valentina García Deza, haciéndole saber la inviabilidad de hacer efectivo lo peticionado en virtud de los informes efectuados por las técnicas actuantes, habiendo sido derivada la situación a la Jefatura Departamental de INAU, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2)FACULTASE al Departamento de Desarrollo Social a realizar las comunicaciones del caso a la Oficina del Ministerio de Desarrollo Social Departamental.

3)CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.092/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03102.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN, DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS. ELEVA CONSULTA SOBRE LA ADMISIBILIDAD PARA CONCURSO, CIRCULAR 17/2014.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes remitidos por el Sr. Director del Departamento de Recursos Humanos que refieren al concurso efectuado en el grado 10 del Escalafón Directivo (programa 111 del Departamento de Cultura) y su resultado final, luego de culminadas las etapas correspondientes al proceso de presupuestación, que surgen de anexos adjuntos a actuación Nº 31.

ATENTO:

A lo establecido por la Modificación Presupuestal ejercicios 2012 y siguientes - Decreto Nº 30/12 de la Junta Departamental de Florida, al Reglamento de Concurso y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 33.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DISPONER la transformación o supresión de los cargos presupuestales de origen habilitando -en caso de ser necesario el cargo de la diferencia, efectuándose oportunamente las correcciones en el planillado respectivo, al amparo de lo establecido por el artículo 19 de la Modificación Presupuestal 2012 ejercicios 2012 y siguientes, Decreto 30/12 de la J.D.F, a fin de efectuar las presupuestaciones que se dirán a continuación, remitiéndose a tales efectos a los Departamentos de Administración y Hacienda.

2)PRESUPUESTAR en el cargo de Directivo I grado 10 del Escalafón Directivo R a la Sra. María del Carmen Noria Ficha 1169, perteneciente al Departamento de Cultura, programa 111, a partir del 1ero. de febrero del año en curso.

3)PRESUPUESTAR en el cargo de -Directivo IV grado 7 del Escalafón Directivo R- al Sr. Gustavo Pérez Ficha 8649, perteneciente al Departamento de Cultura, programa 111, a partir del 1ero. de febrero del año en curso, manteniéndose su actual retribución.

4)PASE para su conocimiento, cumplimiento, notificación de los funcionarios y comunicaciones (de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Concurso en la página Web de la Intendencia y del Departamento de Recursos Humanos y en un diario del Departamento por el plazo 10 días) a los Departamentos de Administración, Recursos Humanos, Hacienda y a la Unidad Comunicaciones, con posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 19.093/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04801.

MÓNICA SYLVIA BARRIOS ALBARENGA. SOLICITA SE LA EXONERE DEL PAGO DE LA PATENTE DEL VEHÍCULO MATRÍCULA OAC 5271, POR CONTAR CON IMPOSIBILIDAD FÍSICA PERMANENTE, OTORGADA POR BPS Y JUNTA MÉDICA DEL CES.

VISTO:

La solicitud de exoneración del pago de la patente de rodados por padecer imposibilidad física permanente.

CONSIDERANDO:

Lo informado por la Junta Médica del Centro Médico Municipal en actuación Nº 6 y por la Asesoría Jurídica en actuaciones Nº 8 y Nº 19 del expediente Nº 2014-86-001-04801.

ATENTO:

A lo establecido en el artículo 2 de la Ley 13.102.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)NO HACER LUGAR a la exoneración del pago de patente de rodado del vehículo Mat. OAC 5271, consecuentemente con lo informado por el Centro Médico y la Asesoría Jurídica.

2)NOTIFICADA la peticionante, archívese, sin perjuicio.

RESOLUCIÓN Nº 19.094/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00205.

SERGIO PALAVECINO Y OTROS. SOLICITAN AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR EL 3º FESTIVAL DEL PASO DE LA ARENA.

RESOLUCIÓN.

1)AUTORIZAR a las Comisiones de las Escuelas Nos. 27, 44 y 61, Comisión de MEVIR y Policlínica La Macana y Sociedad Tradicionalista El Maneador del Cabo Viejo, a realizar el 3er. Festival del Campamento Artiguista del Paso de la Arena, a realizarse el próximo 7 de febrero en el predio que comprende el Salón MEVIR del citado lugar, conforme a los informes de las oficinas de competencia.

2)NOTIFICADOS los interesados y con conocimiento del Departamento de Salud y Gestión Ambiental, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 19.095/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00269.

A.D.E.O.M. SOLICITA COLABORACIÓN ECONÓMICA PARA LA COMPRA DE ÚTILES ESCOLARES.

VISTO:

La solicitud formulada por ADEOM requiriendo la colaboración de la Intendencia, para hacer entrega de una canasta de útiles a los funcionarios con hijos escolares y/o liceales a cargo, con motivo del comienzo del año lectivo.

CONSIDERANDO:

1)Que en el marco del relacionamiento con el gremio, anualmente se contribuye con una partida para los fines mencionados, compartiendo la preocupación por el bienestar de la familia del funcionario.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)OTORGAR una partida de $ 495.000 (cuatrocientos noventa y cinco mil pesos uruguayos) a la Asociación de Empleados y Obreros Municipales, en carácter de donación para la adquisición de una canasta de artículos de estudio, para hijos de funcionarios que estén cursando Enseñanza Primaria o Secundaria.

2)DETERMINASE que, será obligación de los funcionarios, presentar dentro del plazo de sesenta días, contados a partir del inicio del año lectivo, la documentación que acredite la escolaridad, estableciéndose que, quienes no cumplan con ello, se les descontará de su sueldo el monto correspondiente, en el mes siguiente al vencimiento.

3)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda, continuando luego a la Dirección General de Administración, y con notificación a ADEOM, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.096/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03474.

PROSECRETARÍA. TRÁMITES DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN AUTORIZADOS POR LA INTENDENCIA Y QUE FUERON PRESENTADOS CON FIRMA FALSA DE PROFESIONAL ARQUITECTA.

VISTO:

Los antecedentes referidos al Expediente Nº 2014-86-001-01284 y la resolución del Ejecutivo Nº 17.330/2014 del 1º de Setiembre de 2014, por la que se dispone que el Departamento de Arquitectura proceda a concluir sobre la forma de proceder respecto a la regularización de los trámites que no se ajustan a la normativa vigente, como consecuencia de las irregularidades detectadas en la actuación del funcionario Eduardo Aguerre.

CONSIDERANDO:

I)Que en actuaciones 8, 9 y 59, el Departamento de Arquitectura estableció la forma de proceder respecto a los trámites indicados en el Visto de la presente resolución.

II)Que de forma previa se otorgó vista a los particulares interesados de estas actuaciones, a efectos de que puedan realizar las consideraciones que estimen pertinentes, los que no formularon objeciones.

III)Que de acuerdo al dictamen contenido en actuación 16 del Expediente Administrativo 1284/2014 y al contenido en actuación 12 del presente, se entiende que debe darse intervención a la Junta Departamental, a efectos de obtener su aval en el procedimiento, a efectos de sanear las irregularidades provenientes por la actuación del funcionario Eduardo Aguerre.

IV)Respecto al procedimiento de referencia, el Departamento de Arquitectura clasificó los casos planteados en tres literales, otorgando una solución distinta en cada caso, sin perjuicio de que los particulares interesados puedan presentarse a asumir la regularización pertinente con el profesional que ellos designen o elijan.

V)El procedimiento establecido por el Departamento de Arquitectura es el siguiente:

a)Tratándose de planos suscritos por la Arq. S. Tabárez en cuya actuación interviene el funcionario E. Aguerre: se deberá proceder a la revisión de cada uno, adjuntando informe correspondiente.

En caso de no existir observaciones, el permiso resultará subsanado.

b)Tratándose de planos de Regularización de construcciones con firma apócrifa: -se realizará la inspección por arquitecto municipal a los efectos de verificar que los mismos se ajustan a lo declarado.

En caso afirmativo el permiso otorgado se convalidará, adjuntando el informe correspondiente del caso.

De no ajustarse el plano a la realidad, el propietario deberá realizar la regularización de las construcciones de acuerdo a lo que corresponda.

c)Tratándose de planos de Construcción o Reformas con firma apócrifa: 1)Obras nuevas proyectadas: si éstas se encuentran terminadas o con la estructura y techado terminado y ajustado a lo declarado oportunamente, se validarán los planos presentados como regularización, en un trámite interno con la conformidad del propietario de la obra.

Se procederá de igual forma con los derechos de construcción abonados.

2)Ampliaciones y/o reformas realizadas sin los correspondientes permisos, se deberá dar aviso al propietario de la obligación de la presentación de planos de regularización de todas las construcciones, validando lo abonado anteriormente por concepto de derechos, debiéndose abonar solo lo que corresponda a la intervención realizada y/o las obras no declaradas.

3)Construcciones no iniciadas o iniciadas sin estructura finalizada: se notificará al propietario de que se debe revalidar el permiso, presentando un nuevo plano o una firma técnica habilitante.

Si este plano coincide en todo con la realidad se sugiere que el propietario valide solo el plano de estructura y el resto se podría validar con los planos ya presentados para que el no incurra en más gastos.

Ello, además de la posibilidad antes mencionada de cambiar la firma del técnico actuante. Para los casos señalados en los literales b) y c)numeral 1, la Intendencia realizará por medio de profesional, una nueva Declaración Jurada de caracterización Urbana abonando los timbres Catastrales siempre y cuando coincida con la realidad puesto que de no coincidir los planos con la realidad, el propietario deberá presentar una Declaración Jurada de Caracterización Urbana nueva.

Para el caso de situaciones no contempladas, se estudiará y se dará solución a cada caso concreto.

Se procederá con la flexibilidad necesaria a fin salvaguardar los intereses del contribuyente involucrado, eximiendo en todos los casos a la comuna de ulteriores responsabilidades en caso de constatarse defectos o anomalías en las obras realizadas (siempre los planos serán de regularización de construcciones existentes).

Se otorgará un plazo de 30 días a los interesados a efectos de que se presenten para coordinar actuaciones necesarias a fin de regularizar la situación y validar, en caso de corresponder.

Culminados el procedimiento indicado, el propietario manifestará por escrito su conformidad con la validación del trámite de regularización.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)SOMETER a aprobación de la Junta Departamental el procedimiento sugerido por el Departamento de Arquitectura, a efectos de sanear las omisiones detectadas en los permisos detallados en el presente expediente, sin perjuicio de la facultad de los interesados de presentarse asumiendo la regularización con el profesional que ellos designen o elijan.

2)UNA vez aprobado, los antecedentes deberán volver al Departamento de Arquitectura a efectos de iniciar los procedimientos tendientes a subsanar los permisos municipales.

RESOLUCIÓN Nº 19.097/15

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-00006.

DPTO. ESPACIOS PÚBLICOS. RENOVACIÓN CONTRATO FUNCIONARIO ÁLVARO FERREIRA, FICHA Nº 11219.

RESOLUCIÓN.

1)MODIFICASE el numeral 1 de la Resolución Nº 18.898/2015, en relación al término de la prórroga del contrato del Sr. Álvaro FERREIRA, ya que el mismo se extenderá hasta tanto exista Resolución contraria.

2)NOTIFICADO el funcionario, pase al Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda.

3)CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 19.098/15.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-00357.

RUBÉN ENCISO Y OTROS. SOLICITAN APOYO ECONÓMICO POR PARTICIPACIÓN DE DOS INTEGRANTES EN LA ULTRAMARATÓN DE 24 HORAS EN TORINO ITALIA 11 Y 12 ABRIL 2015.

VISTO:

La solicitud de colaboración presentada por el Club de Corredores de la Piedra Alta, con el fin de participar de la Ultramaratón de 24 horas en Torino - Italia, a celebrarse los días 11 y 12 de abril próximos.

CONSIDERANDO:

1)Que se trata de un importante núcleo de deportistas de diferentes edades, que se han destacado en múltiples eventos, a nivel nacional e incluso compitiendo a nivel internacional.

2)Que dos de sus integrantes los Sres. María José ARAUJO HERNÁNDEZ y Marcel Rene ROSOLINO PÉREZ, cuentan con el derecho dado su desempeño, para participar activamente del evento.

3)Que la Intendencia en el marco de su política deportiva, entiende conveniente prestar la colaboración requerida, ya que el espíritu de la actividad, trasciende los resultados deportivos ya que oficiarán como embajadores del departamento y el País.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)OTORGAR al Club de Corredores de la Piedra Alta, una colaboración equivalente a U$S 1.000, destinado a los Sres. María José ARAUJO HERNÁNDEZ y Marcel Rene ROSOLINO PÉREZ, quienes participarán de la Ultramaratón de 24 horas en Torino - Italia en el próximo mes de abril, en virtud del contenido del considerando que antecede.

2)PASE a División Administración Documental para la notificación de los interesados.

3)CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Cultura, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 19.099/15.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-02524.

FIBERMAR S.A. (ANDREA PELUSO). SOLICITA COMPENSAR DEUDA DE VEHÍCULOS OAB 1406, OTP 2295 Y OTP 2296 POR TRABAJOS DE CAMINERÍA REALIZADOS EN UN TRAMO DE 6 KM. DEL CAMINO VECINAL SITO EN RUTA 6 DESDE ESTANCIA LOS NARANJALES.

VISTO:

Estos antecedentes referidos a la petición planteada por la firma Fibermar S.A. de compensar deuda de vehículos OAB 1406, OTP 2295 y OTP 2296, por trabajos de caminería realizados en un tramo de 6 km. del camino vecinal sito en Ruta 6 desde Estancia Los Naranjales.

CONSIDERANDO:

I)Que de acuerdo a lo informado por la Instructora Dra. Adriana Bruno de fs. 61 a 63 y la Asesoría Jurídica en actuación Nº 43, existió un error de interpretación en la propuesta por el Sr. Director General de Obras en ese entonces, conducta que sin embargo no generó perjuicios para la Administración.

II)En efecto, surge de estos antecedentes que las obras de caminería ejecutadas eran necesarias en la zona y que la suma reclamada es acorde al servicio prestado y precios de mercado.

III)Que en consecuencia y no surgiendo otros elementos de juicio, se dispondrá su pago a la empresa, en virtud de no resultar posible compensar la misma con el impuesto patente de rodados desde la entrada en vigencia del SUCIVE, no resultando pertinente la exoneración de multas y recargos, conforme a lo dictaminado por las áreas citadas, previa vista por el término legal.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)OTORGAR vista a la empresa Fibermar S.A. de lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 43 y de la presente resolución.

2)PASE a tales efectos a la Unidad de Administración Documental.

3)FECHO y prestada la conformidad por la empresa, continúe al Departamento de Hacienda para el pago de la factura de referencia.

4)CUMPLIDO, archívese.

EN este estado, siendo el día seis de febrero de dos mil quince, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.