Acta N° 151/2022

Resolución

Del Nº 3.831/22 al Nº 3.851/22

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 3.831/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01053.

CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 179 a la firma ERONAL S.A. (triturado residuos).

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que se han efectuado diversas contrataciones en forma directa a la mencionada empresa, que al día de la fecha el monto que se ha contratado supera ampliamente el tope de compra directa, por lo cual se está frente a un fraccionamiento de gasto, y que por otra parte no se procedió con el Art. 33 del TOCAF que establece “todo contrato se celebrará mediante el procedimiento de la licitación pública…”.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar por razones de urgencia con servicios externos destinados a los programas de higiene pública, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.832/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01035.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. PRESIDENCIA JDF. COMUNICA AJUSTE DE SALDOS DE LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES DE LOS GRUPOS 1, 2, 3, 5 Y 8, AL 01 DE ABRIL DE 2022.

RESOLUCIÓN:

1) HABIÉNDOSE tomado conocimiento de la Resolución de Presidencia de La Junta Departamental de Florida No. 52.02.2022, en la que se establece el ajuste de las Asignaciones Presupuestales del Programa de la Junta Departamental, Grupos 1, 2, 3, 5 y 8, a partir del 1° de abril del año 2022, para el presente trimestre, pase para lo propio al Departamento de Hacienda.

2) CUMPLIDO archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 3.833/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01337.

UNIDAD EJECUTIVA. PROGRAMA DENOMINADO OPORTUNIDAD LABORAL. LLAMADOS A BENEFICIARIOS JORNALES SOLIDARIOS.

VISTO:

Que por resolución No. 13/2022 adoptada por la Junta Departamental de Florida, se autoriza a esta Intendencia a extender el Programa Oportunidad Laboral, en el marco de la ejecución de los programas financiados por el FONDO SOCIAL FLORIDA (FSF), por los meses de abril y mayo de 2022.

RESULTANDO:

Que en la citada resolución se expresa que se autoriza a extender el Programa Oportunidad Laboral a nivel departamental en los mismos términos que el proyectado a nivel nacional, para todos los cupos que se están ejecutando financiados por recursos nacionales y departamentales, por los meses de abril y mayo de 2022 por 6 (seis) jornales, equivalente a un máximo mensual de $ 6.250 (pesos uruguayos seis mil doscientos cincuenta) por beneficiario, teniendo presente la forma de financiamiento establecida mediante transferencias de los fondos excedentes de los Programas 4 y 12.

CONSIDERANDO:

Que asimismo se establece que esta autorización será hasta la cantidad de beneficiarios que excedan los financiados por el Gobierno Nacional. Se financiará, en primer lugar, con transferencias del Programa 12 (URUGUAY TRABAJA) del FONDO SOCIAL FLORIDA y sólo en caso de insuficiencia del mismo se acudirá al Programa 4 (BRECHA DIGITAL). En caso de no utilizarse, los excedentes deberán volver a su programa de origen.

ATENTO:

A lo expresado ut-supra.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PRORROGAR la contratación de los beneficiarios de los programas por los meses de abril y mayo, quienes percibirán dentro de los primeros diez días siguientes de ejecutado su trabajo cada mes, un monto máximo mensual nominal equivalente a $ 6.250, siempre que hayan cumplido con las obligaciones que asumieron al ingresar al Programa.

2) FACULTAR a la Dirección General de Administración para el cumplimiento de lo dispuesto, otorgándose amplias facultades para su concreción, puesta en práctica, efectivización y asignación de funciones en coordinación con las áreas competentes de la Comuna, Municipios y Oficinas Administrativas.

3) ASIMISMO, se faculta a la Dirección de Administración a disponer las bajas y altas correspondientes, en caso a vía de ejemplo, de renuncia de los beneficiarios, comprobación de incompatibilidad superviniente, incumplimiento de las tareas asignadas, etc., en coordinación con las áreas competentes.

4) AUTORIZAR el pago a los beneficiarios en las condiciones establecidas, la suma mensual nominal de hasta el equivalente $ 6.250 por seis jornales efectivamente trabajados durante los meses de abril y mayo de 2022, siempre que hayan cumplido con las obligaciones que asumieron al ingresar al Programa.

5) CONFERIR amplias facultades al Departamento de Hacienda, a realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento de la prórroga dispuesta por Resolución de la Junta Departamental de Florida 13/22 y en los términos autorizados por la citada resolución.

6) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.834/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01038.

UNIDAD EJECUTIVA. DECRETO 106/22 DE FECHA 5 DE ABRIL DE 2022 QUE DISPONE EL CESE DE LA EMERGENCIA SANITARIA DEJANDO SIN EFECTO DECRETO 93/20 DE FECHA 13 DE MARZO DE 2020.

VISTO:

Que por decreto No. 106/22 de fecha 5 de abril de 2022, se deja sin efecto el Decreto No. 93/20 del 13 de marzo del 2020, que declaró la Emergencia Sanitaria por la pandemia de Sars-CoV2.

RESULTANDO:

I) Que como en el resto del país en el Departamento de FLORIDA se registra la misma disminución de casos en todas sus variantes.

II) Que también el Departamento de FLORIDA registra altos niveles de vacunación.

III) Que, dadas sus competencias, el Ministerio de Salud Pública ha resuelto eliminar todas las obligaciones que regían a los efectos de la protección de la salud humana, pasando a un régimen de “recomendaciones”, salvo casos debidamente fundados.

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración concluye que no es necesario mantener la obligatoriedad que fijaban las resoluciones, circulares, protocolos y procedimientos internos para reducir la posibilidad de contagios.

ATENTO:

A lo establecido en el artículo 274 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJAR sin efecto la obligatoriedad establecida por las resoluciones, circulares, protocolos o procedimientos internos, que generaron tratamiento diferencial, preferente o extraordinario para el desempeño de los funcionarios de la administración, en el goce de licencias médicas o especiales o teletrabajo, así como las medidas sanitarias o de higiene (incluyendo el uso de tapabocas o alcohol gel).

a) SE exceptúa del precepto anterior en lo que respecta al uso del tapabocas en el Centro Médico Municipal, donde seguirá siendo su uso obligatorio, dada la naturaleza del servicio.

b) SE mantiene plenamente vigente las agendas web incorporadas al normal funcionamiento de las distintas reparticiones de la Intendencia.

2) INSTAURAR la presencialidad como forma de desempeño de las tareas.

3) ADOPTAR las recomendaciones que anuncie el MSP que sean aplicables, en cuanto las medidas de cuidado personal, que pasarán a ser de exclusiva responsabilidad de los funcionarios.

4) ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración el seguimiento y la adopción de eventuales medidas, para circunstancias que ameriten e involucre áreas o aspectos funcionariales.

5) EXHORTAR a las reparticiones de la administración a mantenerse alertas, reportar o advertir la reaparición de eventuales focos a efectos de adoptar medidas.

6) CONTINÚE al Departamento de Administración a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto, librándose las comunicaciones y circulares pertinentes.

7) FECHO, siga a las Direcciones Generales de los Departamentos de Salud y Gestión Ambiental, Hacienda, Obras, Desarrollo Social, Cultura, Deportes, Turismo y Juventud, Asuntos Legales y de Transparencia, Unidad de Descentralización y Municipios, para su conocimiento y a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución.

8) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.835/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00917.

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. SUGIERE REALIZAR LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LA FERIA POR LAS FESTIVIDADES DE SAN CONO 2022. RESOLUCIÓN:

1) LLÁMESE a Licitación Abreviada para la organización y arrendamiento de los espacios públicos, comprendidos en la feria especial, que se realizará los días 28 y 29 de mayo de 2022 y los días 3, 4 y 5 de junio de 2022, con motivo de las festividades de SAN CONO, conforme a las condiciones que se señalan en el Pliego Particular que se agrega.

2) APROBAR el Pliego Particular de Condiciones contenido en anexo a actuación No. 12 fijándose su precio en $1.500.

3) PASE a Abastecimientos a fin de proceder conforme a lo ordenado.

4) CUMPLIDO con informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones reingrese a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 3.836/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00955.

CLUB UNIÓN ATLÉTICO FLORIDA. CLÍNICA DE BASKETBALL A CARGO DE CLIFF MORGAN EN ESTADIO 10 DE JULIO.

VISTO:

La propuesta realizada por el CLUB UNIÓN ATLÉTICA FLORIDA, en la que manifiesta la posibilidad de que se realice una actividad denominada CLÍNICA DE BASKETBALL a cargo del deportista CLIFF MORGAN, ex jugador de la NBA como así también de equipos uruguayos, dirigida a niños y jóvenes entre 8 y 18 años.

RESULTANDO:

Que la actividad es valorada por el Departamento de Cultura, como una excelente y novedosa oportunidad de formación, no solo deportiva sino también personal para las franjas etareas que implica.

ATENTO:

A que el evento se encuentra dentro de los objetivos de la presente Administración, en materia de fomento del deporte.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR lo actuado por el Departamento de Cultura, respecto a las coordinaciones realizadas, con motivo de realizarse la Clínica de BASKETBALL a cargo del deportista Cliff MORGAN.

2) DISPONER de una colaboración destinada al CLUB UNIÓN ATLÉTICA FLORIDA, Sr. Pablo MASCHERONI LAY, consistente en una partida económica equivalente a $ 30.000, pagadera en dos oportunidades iguales y consecutivas de $ 15.000, liquidando los desembolsos en los meses de abril y mayo del corriente año, como contribución de esta Intendencia en las actividades promovidas.

3) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda.

4) NOTIFICADOS los interesados y con conocimiento del Departamento de Cultura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.837/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00886.

AGREMIACIÓN CRIADORES CABALLOS CRIOLLOS DE FLORIDA. 51ª MARCHA FUNCIONAL DE CABALLOS CRIOLLOS “MATILDE GALLINAL”.

VISTO:

La nota presentada en representación de la AGREMIACIÓN CRIADORES CABALLOS CRIOLLOS DE FLORIDA, en la cual comunica una nueva edición de la Marcha Funcional de Caballos Criollos, denominada el presente año “MATILDE GALLINAL”, a desarrollarse desde el 22 de mayo al 05 de junio de 2022, tomando como sede el PREDIO DE LA ASOCIACIÓN RURAL DE FLORIDA con recorrido por Ruta 56 y caminos adyacentes, y solicita colaboración del Departamento de Tránsito y Transporte y declaración como actividad “de interés departamental y cultural”.

CONSIDERANDO:

Que se trata de una prueba de evaluación y selección de la Raza, estando el CABALLO CRIOLLO fuertemente arraigado a la tradición cultural, laboral y económica de nuestro Departamento.

ATENTO:

A lo informado por el Departamento de Tránsito y por la Dirección General de Administración.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR las coordinaciones agendadas por el Departamento de Tránsito y Transporte para colaborar con la seguridad vial del evento, notificándose a los gestionantes.

2) PASE a la Asesoría Jurídica para elaborar el proyecto de decreto a ser elevado a la Junta Departamental.

RESOLUCIÓN Nº 3.838/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03576.

DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SOLICITUD DE EMPRESA PARA MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES.

VISTO:

La necesidad puesta de manifiesto por la Unidad de Descentralización, de continuar con el cumplimiento a tareas de mantenimientos de Espacios Verdes en la localidad de 25 DE AGOSTO, dada las características de la localidad.

ATENTO:

A lo informado por el Área de Recursos Externos en su actuación Nº 52.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER nuevamente el arrendamiento de tractor (con sus accesorios, pala y zorra), según se detalla en presupuesto adjunto en actuación Nº 3 por Abastecimientos, por un período de tres meses, sin chofer asignado, a la Empresa del Sr. Enrique Daniel CATEPON REYES, dada la necesidad de los servicios de mantenimiento de espacios verdes en la localidad de 25 DE AGOSTO, detallados en el visto, teniéndose en cuenta las consideraciones expuestas por el Área de Recursos Externos en actuación No. 52.

2) PASE a la Asesoría Notarial para la confección del contrato pertinente.

3) CONTINÚE luego al Departamento de Hacienda, y Unidad de Descentralización, para su registro y demás efectos.

4) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.839/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00679.

SR. DARWIN OCAÑO. SOLICITA TRASLADO POR ENTRENAMIENTO EQUIPO CHARRÚA DE FÚTBOL EN SILLA DE RUEDAS.

VISTO:

La gestión iniciada por el joven Darwin OCAÑO, solicitando apoyo para su traslado a la ciudad de TRINIDAD, a fin de continuar con los entrenamientos en el equipo CHARRÚA DE FÚTBOL EN SILLAS DE RUEDAS.

ATENTO:

A los antecedentes relacionados y teniendo en cuenta que el Sr. OCAÑO, representa junto a otra integrante deportista, al Departamento de FLORIDA en los diferentes torneos, y que por otra parte el contexto se encuentra dentro de las políticas de apoyo en materia deportiva.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER de una colaboración al joven Darwin OCAÑO, consistente en 15 litros de gasoil en forma semanal, a fin de participar junto a su compañero de equipo, de los entrenamientos que insume el conjunto CHARRÚA DE FÚTBOL EN SILLAS DE RUEDAS, a partir del día de la fecha y hasta el mes de noviembre del año en curso.

2) PASE al Departamento de Logística y Coordinaciones Externas para su registro.

3) NOTIFICADO el interesado, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.840/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01518.

SINDICATO ÚNICO DE POLICÍAS DEL URUGUAY (S.U.P.U.) ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS POLICIALES EN ACTIVIDAD Y RETIRO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL SINDICATO POLICIAL OFICIO Nº 089/21. SOLICITAN COLABORACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE TEJIDO PERIMETRAL EN TERRENO QUE DA FRENTE DE SU SEDE Nº 1, SITA EN CALLE GRAUERT Nº 1400 (EX SEDE DEL CLUB CANDIL), CON REFERENCIA A CONVENIO VIGENTE. RESOLUCIÓN DE ESTA COMUNA Nº 762/21, Y JUEGOS RÚSTICOS PARA INSTALARLOS EN DICHO PREDIO.

VISTO:

La gestión iniciada por el SINDICATO ÚNICO DE POLICÍAS DEL URUGUAY –SUPU-, relacionada a la posibilidad de contar con cercado perimetral y con juegos rústicos de madera destinados al patio de su sede.

ATENTO:

Al convenio suscrito de cooperación dispuesto por resolución No. 762/2021.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR los trabajos realizados por el Departamento de Espacios Públicos, respecto al cercado perimetral de la sede que posee el SUPU, así mismo se faculta al Departamento citado a confeccionar los juegos rústicos de madera de acuerdo a los materiales descriptos en actuación No. 4.

2) PASE a División Administración Documental para la notificación de los interesados.

3) CON conocimiento de los Departamentos de Espacios Públicos y Abastecimientos, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.841/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03388.

ELBA BEATRIZ SILVA. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PADRÓN Nº 554 DE VILLA 25 DE MAYO.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Elba SILVA, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón urbano No. 554 de 25 DE MAYO.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Lo establecido en el art. 25 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 12/21.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón urbano No. 554 de 25 DE MAYO hasta el ejercicio 2010 inclusive, conforme a lo previsto en el art. 25 del Decreto de la Junta Departamental de Florida Nº. 12/21.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2011, correspondiendo continuarlos mediante el expediente 2502/2021, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.

3) CUMPPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.842/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03177.

VÍCTOR FRATTINI. SOLICITA LA EXONERACIÓN DE PATENTE EN LAS FECHAS INDICADAS YA QUE NO CIRCULÓ Y POR LA ANTIGÜEDAD.

VISTO:

La solicitud de exoneración del pago de deuda de patente generada por el vehículo matrícula 803.344, la documentación agregada y lo informado por las oficinas competentes.

RESULTANDO:

Que si bien no corresponde la exoneración solicitada, ya que no surgen elementos para determinar en forma fehaciente la no circulación del vehículo, resulta acorde con la normativa y en el sentido solicitado por el peticionante, establecer que el derecho al cobro de los tributos por el período que va hasta el año 2011 inclusive se encuentra prescripto.

ATENTO:

A lo dispuesto en el artículo 18 del Texto Ordenado de SUCIVE que permite la prescripción de oficio y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE prescripto el derecho al cobro de la deuda generada por el Impuesto de Patente de Rodado impago del vehículo matrícula 803.344 de FLORIDA hasta el ejercicio 2011 inclusive, conforme a la documentación presentada, a lo dispuesto en el artículo 18 del Texto Ordenado de SUCIVE y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 23.

2) Con registro del Departamento de Hacienda y notificado el interesado, de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.843/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01079.

LIGA DE FUTBOL DE FLORIDA. SOLICITA LOCOMOCIÓN PARA EL DÍA 16 E ABRIL 2022 PARA TRASLADARSE A TREINTA Y TRES.

VISTO:

La nota presentada en representación de la LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA, solicitando colaboración de la Intendencia en el marco del Torneo “COPA NACIONAL DE SELECCIONES DE OFI”, para el traslado del plantel de la Categoría “Absoluta” de la Selección de FLORIDA a la ciudad de TREINTA Y TRES para disputar Cuartos de Final, fase a la que clasificaron.

CONSIDERANDO:

Que los logros obtenidos y el mérito de quienes han llegado hasta esta instancia, representando a nuestro Departamento, amerita la colaboración de la Intendencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER una colaboración con la LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA, consistente en la contratación de la empresa CIUDAD DE FLORIDA, para el traslado de referencia ya realizado el día 16 de abril del corriente.

2) PASE a Secretaría Privada para la confección de la Solicitud de Compra correspondiente. 3) SIGA a Administración Documental para notificación de las autoridades de la LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA.

4) CONTINÚE a sus efectos a los Departamentos de Abastecimientos y Hacienda, y cumplido, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.844/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01037.

ÁREA ACUÁTICA PISCINA DEPARTAMENTAL. FILIAL PARKINSON FLORIDA. SOLICITA CONTAR CON LOS SERVICIOS DE ÁREA ACUÁTICA.

VISTO:

La solicitud presentada por integrantes de la FILIAL PARKINSON DE FLORIDA, solicitando la posibilidad de asistir a los cursos curriculares en PISCINA CLIMATIZADA de esta ciudad, y concomitantemente se les exonere de la cuota por asistencia.

ATENTO:

A los informes de las oficinas de competencia y dada la naturaleza de la organización.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR la asistencia de hasta 10 personas integrantes de la FILIAL PARKINSON FLORIDA, a los cursos curriculares en PISCINA CLIMATIZADA de FLORIDA, exonerándoseles del valor por cuota mensual de asistencia de acuerdo a los días y horarios expresados por el Área Acuática y hasta el mes de noviembre del año en curso.

2) PASE a División Administración Documental para la notificación de los interesados.

3) CON registro del Departamento de Cultura y conocimiento del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.845/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00699.

SRA. GABRIELA ARISTEGUI. TITULAR DEL KIOSCO DE PLAZA PISON, SOLICITA LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR ARREGLOS EN EL MISMO.

VISTO:

La nota presentada por la titular del Kiosco ubicado en PLAZA PISÓN en el Municipio de SARANDÍ GRANDE, solicitando autorización para reacondicionar el mismo.

RESULTANDO:

Que, conforme a lo informado por el Departamento de Arquitectura, existen antecedentes en la materia, resultando beneficioso para la estética de la Plaza, y para beneficio de la población, siempre que las reformas se ajusten a la Ordenanza vigente.

ATENTO:

A lo informado por las oficinas competentes.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la Sra. Gabriela ARISTEGUI a realizar los arreglos solicitados en el Kiosco de referencia.

2) PASE al Municipio de SARANDÍ GRANDE para su conocimiento y notificación de la interesada.

3) SIGA al Departamento de Arquitectura para supervisar el seguimiento de la obra, en concordancia con la estética de la Plaza y con la normativa vigente.

4) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 3.846/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01022.

CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por las FCN 2021 9085, 10536 de fecha 30 de noviembre, 31 de diciembre de 2021 por la cual dispone el pago de las facturas Nº 5496, 5560 a la firma FERMIL S.R.L. (pala cargadora).

RESULTANDO:

I) Que la observación se fundamenta en que se han efectuado diversas contrataciones en forma directa a la mencionada empresa por mantenimiento de pala cargadora, superando el tope de compra directa estando ante un fraccionamiento de gasto.

II) Que no se procedió con el Art. 33 del TOCAF que establece que todo contrato se celebrará mediante el procedimiento de la licitación pública.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos necesarios para el cumplimiento de objetivos promovidos por la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, con posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 3.847/22.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01611.

UNIDAD EJECUTIVA. COSTO DEL SINIESTRO SOBRE SEMÁFORO.

VISTO:

El siniestro de tránsito producido el 13/04/2020; el que tuvo como resultado dañas en uno de los semáforos ubicado en la intersección de las calles BATLLE Y ORDOÑEZ y FRUCTUOSO RIVERA de nuestra ciudad; así como la información emanada del parte policial del accidente que se adjuntó oportunamente.

ATENTO:

A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJASE sin efecto la resolución No. 3788/2022.

2) INTIMAR a los Sres. Cono Fernando PIÑEYRO PEÑA (domiciliado en calle 13 metros vivienda 21, FLORIDA) y Álvaro Martín GILARDONI ANGELO al pago de una suma equivalente a 1920,9 dólares americanos e ilíquidos, en un plazo no mayor a los 1os 10 días contados a partir del día posterior al de las notificaciones, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales tendientes a su cobro, establécese que el Sr. GILARDONI ANGELO se lo notificará por TCCPC por domiciliarse en la ciudad de FRAY BENTOS.

3) PASE a sus efectos a División Administración Documental.

4) CUMPLIDO reingrese a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 3.848/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00736.

MEVIR LA CRUZ. COMUNICA QUE SE ESTÁ REALIZANDO UN NUEVO NÚCLEO DE VIVIENDAS EN LOS PADRONES Nº 391.

VISTO:

La gestión iniciada por MEVIR, solicitando autorización para fraccionamiento y exoneración de padrón de su propiedad No. 391 de LA CRUZ.

ATENTO:

El informe favorable agregado por la Asesoría Jurídica, y a lo establecido el Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 16/1992.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE exonerado de todo tributo hasta el presente ejercicio, los inmuebles propiedad de MEVIR, empadronado con el No. 391 de LA CRUZ, al amparo de lo establecido en el Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 16/1992.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.

3) CONTINÚE luego al Departamento de Obras, a fin de dar trámite a la autorización de fraccionamiento peticionada.

RESOLUCIÓN Nº 3.849/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00674.

LEONARDO GIUDICE. DIRECTOR LICEO “RAMÓN GODAY”. SOLICITA APOYO EN TRANSPORTE PARA TRASLADO DE ESTUDIANTES.

VISTO:

Que por resolución No. 3784/2022, se facultó al Departamento de Abastecimientos a realizar un llamado competitivo de precios para el traslado de regreso de seis estudiantes desde CASUPÁ a Reboledo y CERRO COLORADO.

ATENTO:

Al informe agregado por el Departamento de Abastecimientos, respecto a las resultancias administrativas ejecutadas.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CONTRATAR los servicios de la empresa Luis Humberto SILVA, para el traslado de seis alumnos desde el liceo de CASUPÁ a REBOLEDO y CERRO COLORADO, a un costo mensual equivalente a $ 35.200.-, debiéndose realizar los descuentos que correspondan a feriados, vacaciones de invierno y primavera, hasta el mes de diciembre del año en curso.

2) PASE al Departamento de Desarrollo Social a fin de realizar las anotaciones, coordinaciones y notificaciones que correspondan.

3) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 3.850/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00688.

LEONARDO CORUJO. SITUACIÓN FUNCIONAL.

VISTO:

Que el funcionario Sr. Alfonso PEREIRA Ficha No. 11.612, pasará a cumplir funciones de chofer en el camión recolector de la zona este del departamento.

ATENTO:

A la normativa vigente, respecto a las nuevas tareas encomendadas.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ENCOMENDAR al funcionario Sr. Alfonso PEREIRA Ficha No. 11.612, tareas de chofer en el camión recolector en la zona este de este departamento, dejándose sin efecto la compensación que percibe por mayor extensión horaria equivalente a un 15%.

2) DISPONER que el mismo en su lugar perciba la compensación denominadas ingratas equivalente a un 30%.

3) PASE a la Unidad de Descentralización a fin de notificar al interesado.

4) CON registro del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 3.851/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01006.

CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas al gasto dispuesto para hacer efectivo el pago de las facturas Nº 1036, 1034, 1035, 1038, 1031, 1037 de la firma INSTITUCIÓN DEPORTIVA BOQUITA (espacios verdes, mano de obra); factura Nº 1024 de la firma CUATRO VIENTOS PRODUCCIONES S.R.L. (publicidad); factura Nº 3007 de la firma NIDANCO S.R.L. (frutas, verduras); factura Nº 162431 de la firma JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA (vigilancia); factura Nº 8043 de la firma Javier RODRÍGUEZ (amplificación), factura Nº 1966 de la firma Luis CARAMÉS (publicidad).

RESULTANDO:

Que la misma se fundamenta en que la fecha de autorización del gasto es posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos e insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos promovidos por la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

EN este estado, siendo el día veinticinco de Abril de dos mil veintidós, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General, Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.