Acta N° 162/2022

Resolución

Del Nº 4.127/22 al Nº 4.158/22

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 4.127/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03722.

ERGOSTAL S.A. PROMUEVE LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN POLO AGRO-INDUSTRIAL CON ÉNFASIS EN LA INDUSTRIA EXPORTADORA DEL CANNABIS.

VISTO:

La Resolución Nº 22/2022 adoptada por la Junta Departamental de Florida, donde se autoriza a esta Intendencia a celebrar contrato de comodato por el plazo de 10 (diez) años, con la empresa ERGOSTAL S.A., cediendo predio municipal de la localidad de FRAY MARCOS.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE.

1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.

2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.

3) SIGA luego a la Asesoría Notarial a fin de realizar las gestiones de estilo.

4) CON anotaciones del Departamento de Agrimensura, Unidad de Descentralización y Asesoría Jurídica, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.128/22.

EXPEDIENTE Nº 2018-86-001-03205.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SOLICITA SE INICIEN LOS TRÁMITES ANTE EL MEF SOLICITANDO LA EXONERACIÓN DE TRIBUTOS CORRESPONDIENTES A LA IMPORTACIÓN DE LUMINARIAS PARA PROYECTO SAN CONO.

ATENTO:

A que la Dirección General de Obras informa la adquisición de luminarias que han sido importadas para obra de iluminación de Proyecto BARRIO SAN CONO, correspondiendo oficiar al Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando la exoneración de los tributos -tasas e impuestos-, que pudieran corresponder a su importación conforme a lo dispuesto por el Art.463 de la Ley No.16.226 y en consideración al marco legal.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CÚRSESE oficio al Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando la exoneración de los tributos correspondientes a la importación de las luminarias de referencia, conforme a factura Pro-forma, que se adjunta, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO, pase para su reserva al Departamento de Obras.

RESOLUCIÓN Nº 4.129/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03576.

DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SOLICITUD DE EMPRESA PARA MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el arrendamiento a la empresa Enrique Daniel CATEPÓN, de un tractor sin chófer para el mantenimiento de espacios verdes en la localidad de 25 DE AGOSTO.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto de imputación, y que por otra parte la contratación se realizó sin la intervención preventiva de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por lo que se encuentra viciado del principio de ejecución.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos a fin de dar cumplimiento con los programas de bien público en el interior del departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continuase con la resolución No. 3838/2022.
RESOLUCIÓN Nº 4.130/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03523.

UNIDAD EJECUTIVA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 PADRÓN Nº 765 DE CASUPÁ.

VISTO:

Estos antecedentes, relativos a la iniciativa del Sr. Director General de Asuntos Legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 765 de CASUPÁ, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO:

I) Que en la actualidad, según informe técnico, surge que existen instalaciones irregulares y precarias, tales como construcciones de chapa, así como un estanque de agua.

II) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 1994.

III) Que el artículo 63°, de la Ley 18.308, declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

IV) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble, establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

V) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

VI) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia.

VII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 21/22, de fecha 20 de mayo de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada.

ATENTO:

A las disposiciones mencionadas y a lo dispuesto en el artículo 275, numeral 7, de la Constitución, Ley Nº 3.958, Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas y Resolución Nº 21/22, de fecha 20 de mayo de 2022, de la Junta Departamental de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 765, de la localidad catastral de CASUPÁ, con destino a integrar su cartera de tierras.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de FLORIDA-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.

3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 4.131/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00464.

DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA. COMPRA DE ESCÁNER PORTÁTIL.

VISTO:

El planteo realizado por el Departamento de Coordinaciones y Áreas Externas, respecto a la necesidad de contar con Scanner multimarca, con la asistencia de una Notebook.

RESULTANDO:

1) Que a través de las distintas Administraciones se ha renovado la flota vehicular, contando con unidades con nuevas tecnologías.

2) Que reiteradamente la flota requiere de mantenimiento técnico específico, careciendo esta Intendencia de instrumental adecuado.

3) Que habitualmente se realizan los mantenimientos en empresas de plaza, que generalmente se ve enlentecida la solución y por ende la atención a las diferentes dependencias, además de los costos que implica.

CONSIDERANDO:

Que las oficinas de competencia realizaron la cotización de precios de estilo así como las valoraciones técnicas de las ofertas.

ATENTO:

A lo expresado y teniendo en cuenta que la cotización de precios no excede el límite de compra directa.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER se adquirido mediante compra directa a la firma SERVIBOM S.R.L. un escáner Portátil Logística por un costo equivalente a USD 8.467,35 IVA incluido, más una notebook ofertada por la firma CONAGRO LIMITADA (BACKUP) por un monto equivalente a USD 550 IVA incluido, destinados al mantenimiento de la flota vehicular.

2) PASE al Departamento de Logística y Coordinaciones Externas para su conocimiento y confección de la solicitud de compra correspondiente.

3) CONTINÚE luego al Departamento de Abastecimientos y Departamento de Hacienda., para su registro y efectos correspondientes.

4) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.132/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00399.

WILMAN GARCÍA. SOLICITUD COLABORACIÓN CANASTAS DE MATERIALES 25 DE MAYO.

VISTO:

Estos antecedentes relacionados al informe social correspondiente al Sr. Wilman GARCÍA y su pareja, domiciliados en la localidad de 25 DE MAYO.

RESULTANDO:

Que se cumplieron por parte del Departamento de Desarrollo Social y Departamento de Arquitectura en forma conjunta las evaluaciones técnicas de estilo.

CONSIDERANDO:

La vulnerabilidad habitacional en que se encuentran la familia, y teniendo en cuenta las políticas de apoyo que se promueven en casos de la presente naturaleza.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE de una colaboración al Sr. Wilman GARCÍA y otra, de acuerdo a la cantidad de materiales de construcción indicados en el informe agregado en anexo de actuación No. 1, estableciéndose que la solicitud de compra de los materiales será confeccionada por el Departamento de Desarrollo Social, enmarcada en el Programa de Solución Habitacional de emergencia, imputándose los gastos al FONDO SOCIAL FLORIDA. 2) SIGA al Departamento de Desarrollo Social, para su conocimiento, seguimiento de las obras y demás efectos.

3) CON registro de Abastecimientos, Departamento de Hacienda, Departamento de Obras, y notificados los interesados archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.133/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01414.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP. Nº 558/22 DE LEÓN DANIEL PLANTEAMIENTO DEL SR. EDIL REALIZADO EN LA HORA PREVIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 05 DE MAYO DE 2022, SOLICITANDO SEA DECLARADA DE “INTERÉS DEPARTAMENTAL” LA REPRESA DE O.S.E. DE CASUPÁ.

VISTO:

La solicitud presentada por el Sr. Edil Daniel DE LEÓN y la adhesión a la misma por parte del Municipio de CASUPÁ, a efectos de que la represa de O.S.E. de CASUPÁ sea declarada de Interés Departamental.

CONSIDERANDO:

1) Que el proyecto “Presa de CASUPÁ” se trata de una obra que junto al proyecto NEPTUNA, garantizarán el abastecimiento de agua potable al sistema Metropolitano en condiciones de calidad, cantidad y máxima confiabilidad.

2) Que el contrato de préstamo CAF “Proyecto de Construcción de la Presa sobre Arroyo CASUPÁ en la cuenca del Río SANTA LUCÍA” aprobado por Resolución 2312/19, contaba con un plazo para su suscripción hasta el 3 de junio de 2021; la solicitud de prórroga fue otorgada y su vencimiento se cumple en el próximo 3 del mes de Junio de 2022.

3) Que la CAF y el financiamiento aprobado de 80 millones de dólares vigentes hasta el 3 de junio de 2022 para la ejecución de una obra más que importante para el país por garantizar nada más ni nada menos que el abastecimiento de agua potable del 60% de la población uruguaya, cuentan con 15 días de plazo; como establece el Proyecto detallado que luce adjunto en actuación Nº 4.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto Nº 13/2017.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente Proyecto de Decreto: “Art. 1 Declárese de Interés Departamental, la represa de O.S.E. de CASUPÁ, incluyéndose en la categoría “D” previsto en el artículo 5 del Decreto Nº 12/2017 de la Junta Departamental de Florida”.

RESOLUCIÓN Nº 4.134/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02549.

ASESORÍA JURÍDICA. JUZGADO DE PAZ. COMUNICA CONCILIACIÓN EN AUTOS CARATULADOS “SILVA ALFREDO C/ INTENDENCIA DE FLORIDA” IUE 492-561/2021.

VISTO:

El proceso judicial que por reparación patrimonial pretende iniciar el ex funcionario Fabricio SILVA, contra la Intendencia Departamental de Florida por el que reclama daños y perjuicios por la suma total de $ 4.000.000 y U$S 50.000, acorde a la conciliación administrativa celebraba comunicada en las actuaciones 2021-86-001-02549.

CONSIDERANDO:

1) Que el funcionario fue cesado e inició ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo acción de nulidad, la que se tramitó en autos caratulados: “SILVIA FABRICIO c/ Intendencia Departamental de Florida. Acción de Nulidad Ficha 481/2018”.

2) Que el procurador General de Estado en dictamen 7/2020 dio la razón a la Intendencia entendiendo que el acto administrativo que dispuso el cese de Silva se dictó acorde a derecho.

3) Que no obstante lo anterior y aunque en definitiva el Tribunal no se expidió sobre el fondo del asunto por sentencia recaída anuló por razones de forma el cese del funcionario de referencia.

4) Que el T.C.A. consideró que el acto dictado por la Intendencia estuvo viciado desde el punto de vista procedimental al rechazarse el diligenciamiento de prueba y al no posibilitar “…el debido contralor de prueba relevante diligenciada…

5) Que la decisión del tribunal no fue unánime sino que una de las magistrados fue discorde, tal como obra de la sentencia de referencia.

6) Así Selva KLETT considera que corresponde confirmar la resolución de fecha 4 de diciembre de 2017 mediante la cual el INTENDENTE DE FLORIDA dispuso el cese de la contratación del Sr SILVA, por violación al deber general de no desarrollar tareas ajenas a la función en horario de trabajo. La Ministra comparte los argumentos sostenidos estimando que el funcionario sumariado incurrió en falta administrativa grave.

7) Que en cumplimiento de la sentencia del T.C.A se dispuso el reintegro del actor, habiendo sido dado de baja el mismo por renunciar a los cuadros funcionales.

8) En forma paralela y en vía civil la Intendencia fue citada por el actor a audiencia de conciliación previo a proceso reparatorio patrimonial, cuyos montos reclamados se indicaron en el VISTO del presente, la que quedó inútilmente tentada.

9) Que existiendo una sentencia anulatoria del T.C.A., es altamente probable que la Intendencia sea condenada a abonarle al actor daños y perjuicios, aunque no necesariamente en el monto que pretende el Sr. SILVA los que surgen de la conciliación.

10) Que se han venido realizando tratativas entre las partes en pos de llegar a un acuerdo sobre el litigio, existiendo la posibilidad de darlo por finalizado en las siguientes condiciones: El pago por parte de la Intendencia de Florida al Sr. SILVA de la suma total y final de $ 2.200.000 (dos millones doscientos mil pesos uruguayos), a abonar en veinte cuotas de $ 110.000, mensuales, iguales y consecutivas, que se abonarán a partir de la homologación judicial del acuerdo transaccional en la cuenta Caja de Ahorros a nombre del ex funcionario.

11) Que el Ejecutivo Departamental estima conveniente arribar a una transacción como forma de evitar el litigio pendiente.

ATENTO:

a lo expuesto y a lo dispuesto por el art. 35 numeral 11 de la Ley 9.515.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE FLORIDA

RESUELVE:

Solicitar anuencia a la Junta Departamental de Florida para transar con el Sr. SILVA en los siguientes términos:

1) La Intendencia de Florida abonará al Sr. Fabricio SILVA la suma total y final de $ 2.200.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos mil) sin perjuicio de los descuentos legales y/o judiciales pertinentes, a abonar en veinte cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 110.000 en la cuenta Caja de Ahorros a nombre del ex funcionario.

2) La primer cuota se abonará una vez sea homologada la transacción en sede judicial e intervenida por la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas.

RESOLUCIÓN Nº 4.135/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03520.

UNIDAD EJECUTIVA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 PADRÓN Nº 12 DE SARANDÍ GRANDE.

VISTO:

Estos antecedentes, relativos a la iniciativa del Sr. Director General de Asuntos Legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 12 de SARANDÍ GRANDE, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO:

I) Que en la actualidad, según informe técnico, surge que existen instalaciones irregulares y precarias tales como galpones de chapas, nylon y madera.

II) Que la Asesoría Notarial de la Intendencia informa que no surgen titulares en la información registral obtenida por dicho padrón.

III) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde el año 1983.

IV) Que el artículo 63°, de la Ley 18.308, declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

V) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

VI) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

VII) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia.

VIII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 17/22, de fecha 20 de mayo de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada.

ATENTO:

A las disposiciones mencionadas y a lo dispuesto en el artículo 275, numeral 7, de la Constitución, Ley Nº 3.958, Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas y Resolución Nº 17/22, de fecha 20 de mayo de 2022, de la Junta Departamental de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 12, de la localidad catastral de SARANDÍ GRANDE, con destino a integrar su cartera de tierras.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de FLORIDA-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.

3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 4.136/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01469.

UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO. PROYECTO DE CONVENIO “IDF – DNE/ FUNDAEE”.

VISTO:

El borrador de Convenio a suscribir entre la Intendencia Departamental de Florida (IDF), la Dirección Nacional de Energía (DNE) dependiente del Ministerio de Industria Energía y Minería (MIEM) y la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) en calidad de fiduciaria del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (FUNDAEE) en anexo a actuación Nº 1 cuyo objeto es instrumentar acciones de cooperación mutua para potenciar por parte de la IDF el uso eficiente de la energía.

RESULTANDO:

Que el Convenio, suscrito en el marco del Plan Nacional de Eficiencia Energética, instrumenta líneas de Acción que brindan financiamiento no reembolsable y asesoramiento para la adquisición de equipamiento eficiente, asesoramiento para la toma de decisiones en la aplicación de política de viviendas, actividades de capacitación y comunicación, entre otras.

CONSIDERANDO:

Que el presente Convenio propicia a través del trabajo conjunto del MIEM la IDF y la CND la gestión del apoyo técnico y financiero para estimular el desarrollo de proyectos basados en tecnologías eficientes y movilidad eléctrica rentable, según necesidades y planificación anual de la IDF.

ATENTO:

a lo informado por la Unidad de Planificación y Planeamiento, y por la Asesoría Notarial en actuaciones Nº 1 y Nº 2.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR el Convenio a suscribir entre la DNE, la CND y la IDF, en los términos del documento anexo a actuación Nº 1 en expediente 2022-86-001-01469, a partir de su suscripción y hasta el 28 de febrero de 2025.

2) PASE a la Asesoría Notarial para la suscripción del Convenio y demás trámites de estilo. 3) CON conocimiento de los Departamentos de Hacienda, de Administración y de Logística y Coordinación de Áreas Externas siga a la Unidad de Planificación y Planeamiento para su reserva, encomendándole la coordinación y el seguimiento de las acciones a ejecutar.

RESOLUCIÓN Nº 4.137/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00677.

JOVANA RODRÍGUEZ. SOLICITA CEDER EL PERMISO DE REMISES AL SR. CLAUDIO DANIEL DALTO DE LA MATRÍCULA ORE 1002.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud presentada por la Esc. Andrea MOREIRA, en representación de los Sres. Jovana RODRÍGUEZ SOSA y Claudio Daniel DALTO BORCHE, respecto a la rescisión de cesión de permisario del vehículo Remis, matrícula Nº ORE 1002, de FLORIDA, y teniendo en cuenta la documentación acreditada y lo informado por Movilidad Urbana - act. Nº 10-, Tránsito y Transporte -act. Nº 11-, y Asesoría Jurídica -act. Nº 13-.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR al Sra. Jovana RODRÍGUEZ SOSA, la rescisión al amparo de lo establecido en el artículo 1431 del Código Civil, volviendo el taxímetro a nombre del Sr. Claudio Daniel DALTO BORCHE, vehículo matrícula ORE 1002, conforme a los informes agregados.

2) PASE a Administración Documental, para la notificación de los interesados.

3) SIGA al Departamento de Tránsito y Transporte, a sus efectos correspondientes.

4) CONTINÚE al Departamento de Hacienda para su registro y demás efectos establecidos.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.138/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01108.

RUACOR S.A. PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA (P.A.I.) PADRÓN RURAL Nº 19.639 “FLORIDA LOGÍSTICO”.

RESOLUCIÓN:

1) CURSESE oficio al Ministerio de Ambiente - División Promoción del Desarrollo Sustentable - Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica - Arq. Lucía CHABALGOITY, en los términos indicados por el Área de Ordenamiento Territorial adjuntando la documentación agregada en actuación No. 70, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO pase para su reserva al Área de Ordenamiento Territorial.

RESOLUCIÓN Nº 4.139/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03524.

UNIDAD EJECUTIVA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 PADRÓN Nº 585 DE CASUPÁ.

VISTO:

Estos antecedentes, relativos a la iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 585 de CASUPÁ, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO:

I) Que inspeccionado el inmueble de referencia surge que no existen construcciones, siendo un predio baldío.

II) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde hace más de 39 años.

III) Que el artículo 63°, de la Ley 18.308, declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

IV) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

V) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

VI) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia.

VII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 19/22, de fecha 20 de mayo de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada.

ATENTO:

A las disposiciones mencionadas y a lo dispuesto en el artículo 275, numeral 7, de la Constitución, Ley Nº 3.958, Ley Nº 18.038, concordantes y modificativas y Resolución Nº 19/22, de fecha 20 de mayo de 2022, de la Junta Departamental de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 585, de la localidad catastral de CASUPÁ, con destino a integrar su cartera de tierras.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de Florida-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.

3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 4.140/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03526.

UNIDAD EJECUTIVA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 PADRÓN Nº 579 DE CASUPÁ.

VISTO:

Estos antecedentes, relativos a la iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 579 de CASUPÁ, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO:

I) Que en la actualidad, según informe técnico, en el inmueble existe una construcción de ladrillo muy deteriorada en estado ruinoso.

II) Que el padrón registra importante deuda desde hace más de 39 años y se encuentra embargado por deudas por esta Intendencia. Dicha deuda a la fecha asciende a la suma de $ 705.314.

III) Que el artículo 63° de la Ley 18.308 declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

IV) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble, establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

V) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

VI) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia.

VII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 18/22, de fecha 20 de mayo de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada.

ATENTO:

A las disposiciones mencionadas y a lo dispuesto en el artículo 275, numeral 7, de la Constitución y Leyes Nº 3.958, Ley Nº 18.308, concordante y modificativa y Resolución Nº 18/22, de fecha 20 de mayo de 2022, de la Junta Departamental de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 579, de la localidad catastral de CASUPÁ, con destino a integrar su cartera de tierras.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de Florida-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.

3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 4.141/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03527.

UNIDAD EJECUTIVA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 PADRÓN Nº 580 DE CASUPÁ.

VISTO:

Estos antecedentes, relativos a la iniciativa del Sr. Director General de Asuntos legales y Transparencia de la Intendencia, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 580 de CASUPÁ, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.

CONSIDERANDO:

I) Que inspeccionado el inmueble de referencia surge que no existen construcciones, siendo un predio baldío.

II) Que por otra parte el inmueble registra adeudos tributarios desde hace más de 39 años y se encuentra embargado por esta Intendencia.

III) Que el artículo 63°, de la Ley 18.308, declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años, a efectos de integrar la cartera de tierras.

IV) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.

V) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.

VI) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia.

VII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 20/22, de fecha 20 de mayo de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada

ATENTO:

A las disposiciones mencionadas y a lo dispuesto en el artículo 275, numeral 7, de la Constitución, Ley Nº 3.958, Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas y Resolución Nº 20/22, de fecha 20 de mayo de 2022, de la Junta Departamental de Florida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 580, de la localidad catastral de CASUPÁ, con destino a integrar su cartera de tierras.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de FLORIDA-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.

3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 4.142/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00520.

PROSECRETARIA. SECRETARIA NACIONAL DEL DEPORTE PASE EN COMISIÓN MAGDALENA MARTÍNEZ.

VISTO:

La gestión iniciada por Presidencia de la República, en la que solicita el pase en régimen de en comisión de la funcionaria de esta Intendencia Sra. Magdalena MARTÍNEZ Ficha No. 11.336.

ATENTO:

A la normativa vigente.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR el pase en régimen de en comisión de la funcionaria Sra. Magdalena MARTÍNEZ Ficha No. 11.336, hacia la Secretaría Nacional de Deportes a partir de su notificación y hasta la finalización del actual período de gobierno nacional, manteniéndose en todos su términos la compensación que percibe.

2) CURSESE oficio a Presidencia de la República comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) SIGA a Recursos Humanos a fin de notificar a la interesada y realizar las comunicaciones de estilo.

4) CON conocimiento del Departamento de Obras, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.143/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00239.

FUNCIONARIO CONO PÉCORA FICHA Nº 9514. SOLICITA LICENCIA ESPECIAL.

RESOLUCIÓN:

1) DEJASE sin efecto a partir del 1 de junio próximo, la licencia especial sin goce de sueldo correspondiente al funcionario Sr. Cono PÉCORA Ficha No. 9514, debiéndose reintegrar a sus tareas habituales a la orden del Área Acuática.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro y notificación del interesado.

3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y conocimiento del Departamento de Cultura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.144/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01511.

CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 511 a la firma Jorge ZABALA (filmación), facturas Nº 82057, 82060 a la firma COAA. LTDA. (transporte).

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los distintos programas que se promueven de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.145/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00056.

ESTABLECIMIENTO HEBER. COMUNICA FORESTACIÓN EN LOS PADRONES QUE SE DETALLAN Nº 12.839, 14.168 Y 19.332.

VISTO:

Estos antecedentes relativos a los Proyectos de Forestación presentado por FORESTAL ORIENTAL en Establecimiento HEBER, en los padrones 12.839, 14.168 y 19.332, ubicados en la 9na. Sección Catastral de FLORIDA.

CONSIDERANDO:

1) Lo informado por el Área Técnica del Equipo de Ordenamiento Territorial Sector Forestal- y el Director del Departamento de Urbanismo y Vivienda.

2) Que por decreto No. 15/2013 sancionado por la Junta Departamental de Florida con fecha 20 de junio de 2013, se aprobaron las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización Primaria de Suelos del Departamento de Florida, siendo promulgadas por resolución de fecha 25 de junio de 2013.

3) Que los proyectos de referencia cumplen con el marco regulatorio vigente.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR el Proyecto de Forestación, acreditado por Forestal Oriental en Establecimiento HEBER, en los padrones 12.839, 14.168 y 19.332, ubicados en la 9na. Sección Catastral de FLORIDA, de acuerdo a lo establecido por Decreto 15/13 de la Junta Departamental de Florida.

2) PASE a División Administración Documental a efectos de notificar a los interesados.

3) CONTINÚE al Departamento de Urbanismo y Vivienda- Área Ordenamiento Territorial- para su conocimiento y efectos.

4) ESTANDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.146/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00188.

MINISTERIO DE AMBIENTE. COMUNICA PRESENTACIÓN ANTE EL FRIGORÍFICO MODELO DE PROYECTO FORESTAL “LA PALMA”, CORRESPONDIENTE AL PADRÓN Nº 1.702 DE LA LOCALIDAD DE FLORIDA DEPARTAMENTO DE FLORIDA.

VISTO:

La comunicación cursada por el Ministerio de Ambiente relacionada a la evaluación ambiental del Proyecto Forestal “LA PALMA” presentado por FRIGORÍFICO MODELO S.A.

RESULTANDO:

Que el Área Forestal de Ordenamiento Territorial informa que el proyecto forestal de referencia -tramitado en expediente 04010/2021 en esta Intendencia-, no ha sido aprobado, por exceder el límite porcentual de forestación fijado por la Directriz Departamental en la materia, estando en reserva a la espera de su reformulación, considerándose oportuno comunicar la situación al Ministerio.

ATENTO:

Al informe del Área Forestal de Ordenamiento Territorial, contenida en actuación Nº 3 y a lo establecido por la Directriz Departamental en la materia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CURSESE oficio al Ministerio de Ambiente y a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA), remitiendo lo informado por el Área Forestal respecto al proyecto de referencia, pasando a esos efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.147/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01772.

PROSECRETARIA. DECRETO MINISTERIO DEL INTERIOR 165/2021.

VISTO:

Estos antecedentes referentes al Convenio suscrito oportunamente con el Ministerio del Interior (M I)- Jefatura de Policía de Florida – para contrato de servicios de 6 Policías eventuales a la orden de “Guardia Municipal” en el marco del Decreto 860/1973, y el Decreto M I 165/2021 adjunto a actuación N.º 6 que establece nuevas obligaciones para la Intendencia.

RESULTANDO:

I- Que mediante oficio Nº 580/DSG/22 de fecha 23 de marzo de 2022 la Jefatura de Policía de Florida comunica que considera innecesaria la suscripción de nuevo convenio, opinión compartida por la Asesoría Notarial de la Intendencia.

II- Que Contaduría informa que corresponde la suscripción de nuevo contrato en función de las modificaciones establecidas en el Decreto M I 165/21 y teniéndose en cuenta que el convenio original fue suscrito en otro período de gobierno con otras autoridades, por lo que de no regularizarse la situación, los pagos serán observados por el Tribunal de Cuentas.

ATENTO:

a lo expuesto y la necesidad de regularizar la situación a la brevedad.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CÚRSESE oficio a la Jefatura de Policía de Florida, poniendo en su conocimiento lo informado por Contaduría y comunicando la voluntad de la Administración de suscribir nuevo Convenio, adjuntando Resolución N°4068/22.

2) CUMPLIDO, pase a reserva a “Guardia Municipal” en espera de las resultancias.

RESOLUCIÓN Nº 4.148/22.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02334.

CRUZ ALTA.

VISTO:

La nueva nota presentada por el CENTRO DIURNO CRUZ ALTA, comunicando que abrió una cuenta en el B.R.O.U., solicitando que la colaboración mensual, que esta Comuna presta, sea depositada en la misma.

ATENTO:

A los informes del Departamento de Hacienda.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR al Departamento de Hacienda a depositar la colaboración mensual dispuesta por Resolución Nº 1.827/21, contenida en actuación Nº 8, en la cuenta solicitada, detallada en la nota anexa en act. Nº 20, por Tesorería.

2) PASE al Departamento de Hacienda a fin dar cumplimiento a lo dispuesto, notificándose a los gestionantes.

3) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.149/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01105.

ALEJANDRO GONZALO GARCÍA. SOLICITA LA EXONERACIÓN DEL PADRÓN RURAL Nº 18.916 DE BERRONDO.

VISTO:

La gestión iniciada por el Sr. Alejandro GARCÍA solicitando exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural sobre el padrón No. 18.916, al amparo de la Ley No. 17.296 artículo 448.

RESULTANDO:

Que los propietarios de padrones rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan las 200 hectáreas índice CONEAT 100 estarán exonerados, en su caso, del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural por hasta las primeras 50 (cincuenta) hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100.

ATENTO:

A la documentación acreditada y de acuerdo a lo expresado por el Departamento de Hacienda y la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) EXONERAR del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural el padrón No. 18.916 por el ejercicio 2021, propiedad del Sr. Alejandro GARCÍA, de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 18.916 artículo 448.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.

3) NOTIFICADO el interesado a través de División Administración Documental, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.150/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01329.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL. SOLICITA PAGO HORAS EXTRAS A PERSONAL AFECTADO A COMEDORES DEL DEPARTAMENTO PARA EL DÍA 16/05/22.

RESOLUCIÓN:

1) AUTORIZAR al Departamento de Desarrollo Social, a realizar el próximo 16 de mayo hasta 45 horas extras simples, con motivo del corrimiento del feriado nacional, -18 de mayo-, y a los efectos de un normal funcionamiento de los Comedores de I.N.D.A. distribuidos en todo el departamento.

2) CON conocimiento de los Departamentos de Desarrollo Social, Hacienda y Administración, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.151/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01082.

CLUB ATLÉTICO CANDIL. SOLICITA DONACIÓN DE 4 COLUMNAS DE 10 METROS PARA DE LUMÍNICA.

VISTO:

La gestión iniciada por el CLUB ATLÉTICO CANDIL, solicitando cuatro columnas destinadas a la red lumínica de su campo de juego.

ATENTO:

Al informe agregado por las oficinas de competencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER sean cedidos en carácter de donación al CLUB ATLÉTICO CANDIL, la cantidad de cuatro columnas de 9 metros destinadas al campo de juego que mantienen los gestionante.

2) CON conocimiento del Departamento de Logística y Coordinaciones externas y notificados los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.152/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01237.

IRMA MOREIRA PADRÓN Nº 192 LA CRUZ. SOLICITUD DE TOLERANCIA.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Irma MOREIRA solicitando Tolerancia Calificada sobre la regularización de construcción en el padrón No. 192 de LA CRUZ.

ATENTO:

A lo expresado, al informe contenido en actuación No. 8 por parte del Departamento de Arquitectura, y a lo establecido en el Decreto de La Junta Departamental de Florida No. 43/2018.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARAR la tolerancia calificada respecto al padrón No. 192 de LA CRUZ, estableciéndose el cobro de un incremento en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria equivalente a un 40%, a partir del día de la fecha, al amparo de lo establecido en el art. 3 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 43/2018.

2) PASE a la Oficina Administrativa de LA CRUZ para la notificación de la interesada.

3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Arquitectura, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 4.153/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00941.

GRUPO DE CROCHET DE CASUPÁ. SOLICITA NUEVA PROFESORA.

VISTO Y CONSIDERANDO:

El planteo realizado por asistentes al curso de crochet de CASUPÁ, en el que solicitan continuar contando con su dictado por el presente año lectivo, y teniendo en cuenta que el Departamento de Cultura es conteste con la propuesta.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CONTRATAR a la Sra. Jacqueline de Lourdes BLANCO SOSA, para cumplir 16 horas mensuales como Docente del curso de crochet en CASUPÁ, a partir del mes de junio próximo y hasta el mes de diciembre del año en curso, conforme a lo dispuesto en el artículo 6to del Decreto Nº 23/07 de la Junta Departamental de Florida, establecido en la Modificación Presupuestal 2008-2010 donde se determina la creación de la "hora docente"

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro y demás efectos.

3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda, Departamento de Cultura y notificados los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.154/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00843.

ANA LEONOR CÁCERES. SOLICITUD DE TOLERANCIA PADRÓN Nº 2.781, MANZANA 138 B, SARANDÍ GRANDE.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Ana Leonor CÁCERES solicitando tolerancia calificada sobre la regularización de construcción en el padrón No. 2781, manzana No. 138 B de SARANDÍ GRANDE.

ATENTO:

A lo expresado, al informe contenido en actuaciones Nos. 1 y 8 por parte del Departamento de Arquitectura, a lo establecido en el Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 43/2018 y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación No. 10.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARAR la tolerancia calificada respecto al padrón No. 2781, manzana No. 138 B de SARANDÍ GRANDE, estableciéndose el cobro de un incremento en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria equivalente a un 25%, a partir del día de la fecha, al amparo de lo establecido en el art. 3 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 43/2018. 2) PASE al Municipio de SARANDÍ GRANDE para la notificación de la interesada.

3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Arquitectura, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 4.155/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01348.

CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas al gasto generado por las FCN 2022 2838, 2889, 2890, 2891 de fechas 28 de abril de 2022 por la cual dispone el pago de la factura Nº 353631 a la firma Enrique FIERRO (comestibles); facturas Nº 3093, 3094, 3095 a la firma NIDANCO S.R.L. (frutas, verduras).

RESULTANDO:

Que la misma se fundamenta en que los bienes fueron adquiridos previamente a la autorización del gasto, por lo que no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que los insumos de referencia fueron adquiridos en forma urgente para dar cumplimiento a servicios esenciales de la Comuna y provistos satisfactoriamente, por lo que amerita la reiteración del gasto.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.156/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01285.

DESARROLLO SOCIAL. TRASLADO FUNCIONARIA MARÍA SILVIA CASTRO A DESEMPEÑAR TAREAS EN COMEDOR 85 (25 DE AGOSTO).

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el traslado de la funcionaria Sra. María Silvia CASTRO para el Dpto. de Desarrollo Social.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el objeto y escalafón de imputación no se encuentra previsto presupuestalmente, y que por otra parte no existen vacantes en el cargo y grado respectivo.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de racionalizar los recursos humanos para prestación de un mejor servicio, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. A-346.

RESOLUCIÓN Nº 4.157/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01489.

PROSECRETARIA. SOLICITUD ESCUELA Nº 14 PINTADO.

VISTO:

La iniciativa planteada por vecinos de la localidad de PUEBLO BARCELÓ quienes solicitan colaboración de la Intendencia para pintar la Escuela Nº 14 de la localidad.

CONSIDERANDO:

Que la Escuela ha ofrecido sus servicios a la comunidad de PUEBLO BARCELÓ y zonas aledañas durante 100 años y que es objetivo de la Administración trabajar mancomunadamente con las Instituciones que promueven el desarrollo de las localidades donde se desempeñan y del Departamento en su conjunto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER una colaboración con la Escuela Nº 14 ESTACIÓN PINTADO PUEBLO BARCELÓ, consistente en la donación de 8 latas de 20 lts. de pintura blanca pasando al Departamento de Administración -Servicios Varios-, para tramitación de la solicitud de compras correspondiente.

2) SIGA a sus efectos al Departamento de Hacienda.

3) NOTIFICADA la Institución gestionante, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.158/22.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01423.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SUGIERE CONTRATACIÓN DE EMPRESA PARA MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE VERTICAL – ASCENSOR DE ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS.

VISTO:

La culminación de las obras de remodelación del ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS de esta ciudad.

RESULTANDO:

1) Que las instalaciones se encuentran dotadas de un equipo de transporte vertical – ascensor.

2) Que por tanto resulta conveniente contar con técnicos responsables de su mantenimiento.

CONSIDERANDO:

Que la propuesta económica realizada por la Empresa OTIS SERVICE, se ajusta a los intereses de esta Administración.

ATENTO:

A lo expresado y a los informes de las oficinas de competencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER sea suscrito entre esta Intendencia y la Empresa OTIS SERVICE, el contrato de servicio agregado en anexo de actuación No. 1, a un precio mensual equivalente a $ 8.331 más IVA reajustable de acuerdo a lo indicado en el ítem D, a partir de la fecha de refrenda y hasta la finalización del actual período de gobierno departamental, y de acuerdo a lo indicado por el Departamento de Hacienda en actuación No. 14.

2) PASE a la Asesoría Notarial a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto.

3) CON registro del Departamento de Hacienda, Departamento de Abastecimientos, Departamento de Obras y Departamento de Administración, archívese de conformidad en la citada Asesoría.

EN este estado, siendo el día treinta de Mayo de dos mil veintidós, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General, Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.