Acta N° 164/2026
Resolución
Del Nº 3.347/26 al Nº 3.364/26
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por el Sr. Secretario General, Ec. José CURBELO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 3.347/26
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03291.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS. COMUNICA NOTIFICACIÓN DE EXPEDIENTE MINISTERIAL N° 2025-10-1-0003110 REFERENTE A LA SOLICITUD DE ESTA COMUNA DE AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR EMPRESA RAMÓN ÁLVAREZ (ART. 482 LITERAL D PUNTO 11 LUC).
VISTO:
I) Que por Resolución Nº 2.325/26, se dispuso la contratación directa a la Empresa Ramón C. ÁLVAREZ, para la ejecución de las obras detalladas en la misma, manteniendo los precios ajustados de la licitación M71, los cuales serían actualizados por paramétrica del MTOP.
II) Que la Sra. Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, comunica que fue observado por dicho Tribunal, por falta de crédito presupuestal disponible y por comienzo de ejecución del contrato en forma previa a su intervención.
CONSIDERANDO:
Que las tareas cumplidas por la mencionada empresa son indispensables para dar cumplimiento a los servicios de primera necesidad, en relación a la importancia de las obras viales en la zona, siendo la empresa Ramón C. ÁLVAREZ S.A. contratista activa del MTOP, en el tramo o circuito correspondiente de la Ruta Nacional Nº 5, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.348/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02511
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FCN.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el gasto generado mediante las FCN: Nº 2026 3506, 3509, 3508, 3510, 3507 de fecha 27 de mayo de 2025, por la cual se dispone el pago de las facturas Nº 12107, 12108, 12105, 12109, 12106 a la firma Lisvoy S.A. (arrendamiento de camión, cilindro, pala cargadora) motivada en que el monto de la contratación supera a la fecha el límite de compra directa, y que la autorización de los gastos, fue posterior a la prestación de los servicios.
CONSIDERANDO:
Que corresponde el pago del servicio, ya que la maquinaria arrendada es esencial para el cumplimiento de los cometidos de la Intendencia, lo que amerita la reiteración del gasto, encomendándose a las Dependencias emisoras, su correcto diligenciamiento futuro.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, reiterándose el gasto observado.
2) PASE a sus efectos a la Unidad de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas y Departamento de Hacienda.
3) CON conocimiento de las oficinas emisoras, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.349/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02352
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXP Nº 988/26. PLANTEAMIENTO DEL SUPLENTE DE EDIL ESTEBAN GALLERO, PRESENTADO EN LA HORA PREVIA DE LA SESIÓN DEL 05 DE JUNIO DE 2026, MEDIANTE EL CUAL SOLICITA GESTIONES ANTE EL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA LA CESIÓN DEL INMUEBLE DEL KIOSCO POLICIAL DE LA LOCALIDAD DE INDEPENDENCIA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DOTACIÓN MUNICIPAL.
ATENTO:
Al planteamiento presentado por el Suplente de Edil Sr. Esteban GALLERO, solicitando gestiones ante el Ministerio del Interior para la cesión del inmueble del Kiosco Policial de la localidad de Independencia y el fortalecimiento de dotación municipal.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚRSESE Oficio al Ministerio del Interior, elevando el planteamiento presentado detallado en el atento, siendo voluntad de este Ejecutivo optimizar el uso de los bienes públicos en la localidad de Independencia y fortalecer la dotación de servicios municipales, permitiendo mejorar la infraestructura operativa y la atención directa al ciudadano en la zona.
2) PASE a tales efectos a Prosecretaría, remitiéndose posteriormente a conocimiento del Edil gestionante.
3) CUMPLIDO, reingrese a Unidad de Descentralización, reservándose por un período prudencial en espera de la respuesta.
RESOLUCIÓN Nº 3.350/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02508
VECINOS DE BERRONDO Y 25 DE MAYO. COMISIÓN VECINAL UNIFICADA PARA COORDINAR ACCIONES ANTE MEVIR.
VISTO:
El Acta de Manifestación de Voluntad y Unidad Comunitaria, que consta en anexo a actuación Nº 1, suscrita por vecinos de las localidades de Berrondo y 25 de Mayo, constituyéndose en una Comisión Vecinal Unificada, para coordinar acciones ante el Movimiento de Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR), con el objetivo de concretar un plan de vivienda integral que incluya vecinos de ambas localidades y sus zonas de influencia.
CONSIDERANDO:
Que la Administración ve con beneplácito la iniciativa que busca afianzar la identidad regional, el arraigo local de jóvenes y de familias rurales de la zona, aunando esfuerzos en pos de satisfacer una necesidad habitacional compartida.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CON conocimiento, CÚRSESE oficio a MEVIR, remitiendo el Acta adjunta, comunicando la disposición de la Administración de contribuir al objetivo desde nuestras competencias, pasando a Prosecretaría a esos efectos.
2) NOTIFICADOS los gestionantes, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.351/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02304
CENTRO PUBLICO DE EMPLEO DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOSTENIBLE. PROGRAMA URUGUAY IMPULSA: TRABAJO Y CAPACITACIÓN - EDICIÓN 2026.
VISTO:
El informe del Centro Público de Empleo (CEPE), dependiente del Departamento de Desarrollo Sostenible, en relación a la instrumentación departamental del Programa “Uruguay Impulsa: Trabajo Capacitación”, creado por Ley Nº 20.496, con el objetivo de promover la inserción y reinserción laboral de los colectivos más vulnerables. RESULTANDO:
Que se han definido los cometidos y responsabilidades de las áreas competentes de la Comuna y realizado las acciones necesarias para la instrumentación del Programa, estando las responsabilidades operativas a cargo del CEPE.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR las actuaciones informadas por los Departamentos de Desarrollo Sostenible y Hacienda, en relación a la implementación departamental del Programa “Uruguay Impulsa: Trabajo y Capacitación”.
2) ENCOMENDAR al CEPE la coordinación general del Programa, así como de las intervenciones interinstitucionales previstas por la Ley para alcanzar los objetivos de inserción laboral y de capacitación de los beneficiarios.
3) SIGA a todos sus efectos a los Departamentos de Desarrollo Sostenible, Administración y Hacienda, así como a las dependencias a las que se asignen trabajadores.
4) RESÉRVESE en el CEPE, para su seguimiento.
RESOLUCIÓN Nº 3.352/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02107
SECRETARÍA DE JUVENTUD. FLORIDA GAMER FESTIVAL 2026.
VISTO:
El informe contenido en actuación N° 1, donde la Secretaría de la Juventud comunica la realización de la Edición No. 5 del Floga "FLORIDA GAMER FESTIVAL 5", los días 4 y 5 de julio próximos solicitando colaboración de distintas áreas de esta Comuna para poder realizar la actividad.
ATENTO:
A los informes de las oficinas de competencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR lo actuado por la Secretaría de la Juventud, Departamento de Cultura, Departamento de Logística y Coordinaciones de Áreas Externas, Logística Interna y Unidad de Comunicaciones, respecto a las coordinaciones realizadas en función de la actividad nombrada.
2) AUTORIZAR al Departamento de Hacienda, a hacer entrega a la Sra. María José ASTENGO, de una partida de $ 50.000 (pesos uruguayos cincuenta mil), para gastos que surjan de imprevistos en la organización del evento referenciado en el visto, debiendo rendir cuentas de acuerdo a lo informado por el Departamento de Planificación y Presupuesto - Recursos Externos en su actuación N° 23.
3) PASE a la Dirección de Cultura y Secretaría de la Juventud para conocimiento de las actuaciones mencionadas.
4) CON conocimiento de las áreas citadas en el numeral 1, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.353/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01965
DIRECCIÓN DE OBRAS. LICITACIÓN PÚBLICA COLECTORES FRAY MARCOS Y CASUPÁ.
VISTO:
La iniciativa acreditada por el Departamento de Obras – Secretaría técnica, se inicie proceso de Licitación Pública para la "Ejecución de colectores pluviales en las ciudades de Fray Marcos y Casupá”, ejecución de cordón cuneta, badenes, suministro y colocación de cañería de hormigón armado, construcción de bocas de tormenta, cámaras y cabezales, además de la ejecución de bases para la posterior ejecución de riegos bituminosos.
ATENTO:
A los informes agregados por las oficinas de competencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) LLÁMESE a Licitación Pública, para la "Ejecución de colectores pluviales en las ciudades de Fray Marcos y Casupá”, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones que luce agregado a estos obrados.
2) APROBAR el Pliego Particular de Condiciones contenido en anexo de actuación Nº 5, fijándose el precio del mismo en $ 3.000.
3) PASE Departamento de Abastecimientos a fin de tomar conocimiento y proceder en consecuencia.
4) UNA vez cumplido y con informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, vuelva a este Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 3.354/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02442
DANILO ENRIQUE GÓMEZ GIMÉNEZ. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DE PADRÓN Nº 991.
VISTO:
La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria sobre el inmueble padrón urbano Nº 991 de la localidad de 25 de Agosto.
RESULTANDO:
Que se ha acreditado la legitimación para el trámite, no existiendo registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.
CONSIDERANDO:
El dictamen favorable de la Asesoría Jurídica y a lo anteriormente expuesto.
ATENTO:
A lo previsto por el artículo 25 del decreto de la Junta Departamental Nº 12/21.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLARASE prescripto el derecho al cobro de tributos respecto del inmueble padrón urbano Nº 991 de la localidad de 25 de Agosto, por el período que va hasta el ejercicio 2015 inclusive, conforme a la documentación presentada.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro y dar vista al gestionante de la deuda que resulte desde el año 2016.
3) UNA vez celebrado el convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.
RESOLUCIÓN Nº 3.355/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01777
ASESORÍA NOTARIAL. CONVENIO CON BATALLÓN 15 DE INFANTERÍA.
VISTO:
El Convenio suscrito entre la Intendencia Departamental de Florida y el Ministerio de Defensa Nacional – Comando General del Ejército – División Ejército II – Batallón de Infantería Mecanizado Nº 15 – Batallón de Ingenieros de Combate Nº 2, con fecha 18 de junio de 2026, para realizar la poda y/o raleo de hasta 1500 ejemplares de árboles distribuidos en diferentes puntos de la Ciudad de Florida a determinar por la IDF. ATENTO:
A los antecedentes favorables de cooperación entre las partes y a lo informado por la Asesoría Notarial.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR el Convenio de referencia, Documento adjunto a actuación Nº 1 en expediente Nº 2026-86-001-01777, en todos sus términos.
2) PASE a la Dirección de Espacios Públicos para su conocimiento y cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Intendencia, detalladas en la Cláusula “TERCERO”, previas a la iniciación de las tareas (pólizas de seguro varias, ropa y equipamiento de seguridad y protección de los operarios, herramientas, etc) así como la conducción de las tareas y su seguimiento, durante la ejecución, comunicaciones a UTE, cerramiento de calles y comunicación a los vecinos en las zonas intervenidas, actuando en coordinación con Tránsito y Transporte, Unidad de Comunicaciones, Técnica Prevensionista, Logística Externa y Unidad de Planificación y Planeamiento.
3) SIGA al Departamento de Hacienda, y Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
4) CUMPLIDO, archívese en la Asesoría Notarial.
RESOLUCIÓN Nº 3.356/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01170
COMISIÓN DIRECTIVA FICA. FUTBOL INFANTIL DE CASUPÁ SOLICITA EXONERACIONES DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA URBANA PADRÓN 1710 DE LA LOCALIDAD DE CASUPÁ.
VISTO:
La nota presentada por la Directiva del “Fútbol Infantil de Casupá”, solicitando la exoneración del pago de tributos respecto del padrón urbano Nº 1710 de Casupá, la documentación aportada, el informe de la Oficina de Contribución y Patente la vista evacuada y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.
ATENTO:
A lo previsto por el Decreto de la Junta de Vecinos de 1978.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLARAR EXONERADO de todo tributo, el padrón urbano Nº 1710 de la localidad catastral Casupá, hasta el presente ejercicio según lo dispuesto por el Decreto de la Junta de Vecinos de 1978.
2) PASE al Municipio de Casupá para notificar a la Directiva del Club la presente Resolución, así como la actuación Nº 11 de la Asesoría Jurídica.
3) SIGA luego al Departamento de Hacienda, a fin de tomar conocimiento y demás que corresponda.
4) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.357/26
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03186
UNIDAD EJECUTIVA. PROYECTO PARA RECAMBIO DE LUMINARIA DELTAZUL S.A MODERNIZACIÓN DEL PARQUE LUMÍNICO A 100% LED. IMPLEMENTACIÓN DE SGLI, TELE GESTIÓN PARA EL 100 % DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
La Resolución No. 21/2026 adoptada por la Junta Departamental de Florida, en la que otorga anuencia de esta Intendencia para la suscripción de contrato remunerado de desempeño con la empresa DELTAZUL S.A, a efectos de ejecutar el recambio de luminarias del departamento.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA luego a la Asesoría Notarial, Departamento de Hacienda y Departamento de Logística y Coordinaciones de Áreas Externas, para su conocimiento y demás efectos que correspondan.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.358/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01578
DIRECCIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE. VENTA DE RUEDAS DE MOTOS DESTRUIDAS.
VISTO:
La iniciativa del Departamento de Tránsito y Transporte, sugiriendo se tramite la venta de ruedas acopiadas en el parque de máquinas, provenientes del desarme de motos retenidas por infracciones de tránsito, no regularizadas.
RESULTANDO:
Que su venta permite optimizar el uso y mejorar las condiciones ambientales del espacio ocupado.
CONSIDERANDO:
Que conforme al volumen ofertado, se está en condiciones de realizar un llamado a compra directa, con las especificaciones correspondientes para asegurar el cabal cumplimiento de las normativas legales y ambientales propias de la gestión de residuos de caucho.
ATENTO:
A lo establecido en el Decreto 358/015 y la Ley 19.829 de Gestión de Residuos del Ministerio Ambiente y a lo informado por los Departamentos de Tránsito y Transporte y de Abastecimientosy por la Dirección General de Administración.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) FACULTAR al Departamento de Abastecimientos a realizar un llamado a Compra Directa para adjudicar la adquisición de neumáticos de motos en desuso, acopiados en el parque de máquinas.
2) ESTABLÉCESE que el adjudicatario asume la responsabilidad total del lote en carácter de gestor de residuos , obligándose a la destrucción definitiva e inutilización vial de los neumáticos y llantas de conformidad con lo establecido en el Decreto 358/015 y la Ley 19.829 de Gestión de Residuos del Ministerio Ambiente, quedando expresamente prohibida su comercialización como repuesto operativo , debiendo acreditarse su destino final (fundición/triturado) mediante certificado de disposición emitido por la planta habilitada, para acceder a la adjudicación.
3) PASE a los efectos indicados al Departamento de Abastecimientos.
4) REINGRESE con informe a este Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 3.359/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-00644
DIRECCIÓN DE OBRAS. CAMIÓN REGADOR DE ASFALTO.
VISTO:
Que por resolución No. 3002/2026, se tuvo por presentado en tiempo y forma el recurso de reposición acreditado por la firma Hacht S.A. contra el llamado a licitación abreviada No. 4/2026, destinada a la adquisición de un camión con equipo regador de asfalto, y concomitantemente se dispuso la suspensión del procedimiento competitivo en la etapa que se encontraba, hasta tanto se resolviera el extremo, al amparo del artículo 73 del TOCAF.
RESULTANDO:
Que el recurso acreditado refiere a la inclusión de un requisito que sólo puede ser cumplida por una sola marca en el mercado, pudiendo el objeto licitado ser cumplido con otro tipo de vehículo y de acuerdo a lo informado por el Arquitecto Facundo Urban por parte de la Dirección General del Departamento de Obras.
ATENTO:
A lo expresado por la Asesoría Jurídica en actuación No. 30, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del TOCAF.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) HACER lugar al recurso interpuesto por la firma Hacht S.A., disponiendo la anulación del procedimiento licitatorio dispuesto por resolución No. 2648/2026, debiéndose realizar un nuevo llamado con un nuevo pliego que cumpla con las garantías del procedimiento competitivo de contratación, conforme a lo dispuesto por el artículo 49 del TOCAF.
2) PASE al Departamento de Abastecimientos a fin de notificar a los interesados y agregar un nuevo pliego particular de condiciones, el que será valorado posteriormente por la Asesoría Notarial.
3) CUMPLIDO vuelva a este Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 3.360/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-00164
INICIATIVAS INTERNAS. INSTALACIÓN DE NUEVOS CRUCES SEMÁFOROS DENTRO DE LA CIUDAD.
VISTO:
La propuesta realizada desde la Dirección de Tránsito con el equipo de movilidad urbana respecto a la urgente necesidad de la instalación de nuevos cruces semafóricos en la ciudad de Florida.
CONSIDERANDO:
1) Que los semáforos cumplen un papel fundamental en la organización del tránsito urbano, evitando siniestros y regulando los flujos de vehículos, bicicletas y peatones, minimizando significativamente el riesgo de accidentes, y tienen además un rol social importante ya que garantizan que los peatones, incluyendo personas mayores, niños y personas con discapacidad, puedan cruzar de manera segura y previsible, promoviendo una convivencia más ordenada entre todos los actores de la vía pública.
2) Que el proceso ha incluido un análisis de distintos puntos de la ciudad, en especial aquellos que presentan mayor riesgo en la circulación vehicular con seguridad, teniéndose en cuenta los siguientes factores de siniestralidad: velocidad de circulación, flujo vehicular, visibilidad, proximidad a centros de estudio, circulación de ómnibus locales e interdepartamentales con paradas de pasajeros, aumento del flujo vehicular en horas pico, mal posicionamiento de los vehículos previo a incorporarse a vías de circulación.
3) Que según este estudio, movilidad urbana informa sobre puntos estratégicos, que deja de manifiesto la necesidad de contar con 7 semáforos más dentro de la planta urbana de la Ciudad de Florida.
4) Que la Dirección General de Administración adjunta propuesta recibida de la empresa CABLEX SA para la instalación de nuevos cruces semofóricos y la incorporación de un software de tele gestión de controladores que permita operar, programar y visualizar los nuevos semáforos a instalar.
5) Que tras el relevamiento técnico realizado por la Dirección se concluye que la migración a otros sistemas, implicaría riesgos de incompatibilidad con la infraestructura instalada, así como un incremento desproporcionado en los costos de integración, por lo que ha entendido que la oferta de CABLEX es la única que satisface técnica y económicamente.
6) Que de la propuesta presentada se desprende que el software de control de tráfico es propiedad intelectual exclusiva de la firma CABLEX S.A diseñado específicamente para operar con los controladores de marca Newtesc Tecnología E Comercio Ltda. por lo que no existe en el mercado local soluciones genéricas que garanticen la comunicación bidireccional y el procesamiento de datos en tiempo real necesario para la red semafórica de esta jurisdicción.
7) Que los costos ofrecidos se consideran acordes con la propuesta presentada, entendiendo que la migración a otros sistemas implicaría riesgos de incompatibilidad con la insfraestructura ya instalada, así como un incremento desproporcionado en los costos de integración.
8) Que siendo la forma de pago propuesta en cuotas mensuales y fijas durante 126 meses, el contrato excedería el período de gobierno requiriéndose autorización de la Junta Departamental.
ATENTO:
A lo expresado y lo dispuesto en el artículo 35 numeral 10 de la Ley N° 9515.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Solicitar a la Junta Departamental autorización para la adquisición de semáforos, e incorporación de un software de tele gestión de controladores a la empresa CABLEX SA, mediante compra directa por excepción (artículo 33 literal D numeral 3 “Exclusividad”) y según propuesta recibida y contenidas en actuaciones 2 y 6.
RESOLUCIÓN Nº 3.361/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-00351
INICIATIVAS INTERNAS. LLAMADO PARA DIRECTOR DE OBRA DEL CENTRO ACUÁTICO FLORIDA EN EL MARCO DEL PROGRAMA PDGS.
VISTO:
Que por Resolución N.º 2190/26 de fecha 27 de febrero de 2026, en el marco del “Programa de Desarrollo y Fortalecimiento de la Gestión Fiscal y Servicios Subnacionales”, acuerdo entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y la Intendencia de Florida, se dispuso un llamado público para la contratación de un consultor en Dirección de Obras para el proyecto del “Centro Acuático de Florida”.
RESULTANDO:
I) Que acorde a la guía de procedimiento se formularon los Términos de Referencia y se recabó la NO objeción del BID para la contratación, liberándose los fondos de preinversión del Proyecto.
II) Que el Llamado fue publicado en el portal de Uruguay Concursa (Llamado Nº 5521/2026) y en el Portal de la Intendencia de Florida,
III) Que se adjunta acta del informe de evaluación de la Comisión de Calificación, en anexo a actuación Nº 24, recomendando la contratación del postulante Arq. Jorge Pérez Huelmo, habiéndose valorado las competencias técnicas, la idoneidad para el cargo y la adecuación al perfil requerido.
CONSIDERANDO:
Que se está, por tanto, en condiciones de disponer la contratación, ad referéndum de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas en la Intendencia.
ATENTO:
A lo expuesto, a los documentos anexos a actuación Nº 1, al acta de evaluación de la Comisión de Calificación anexa a actuación Nº 24, y a la documentación del postulante seleccionado, anexa a actuación Nº 26 de la Dirección de Obras.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPÓNGASE la contratación - ad referéndum de la intervención de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas (TCR) en la Intendencia- del Arq. Jorge Pérez Huelmo, en calidad de arrendamiento de obra, para la elaboración de los productos especificados en TDR adjunto a actuación Nº 1, por un monto total de $ 2.400.000 (pesos uruguayos dos millones cuatrocientos mil) más IVA con un plazo de ejecución de doce meses a partir de la suscripción del contrato.
2) PASE a intervención de la Contadora Delegada del TCR.
3) CUMPLIDO, sin objeciones, con conocimiento de la Dirección General de Obras, continúe a la Asesoría Notarial para la suscripción del contrato, y al Departamento de Hacienda, a sus efectos.
RESOLUCIÓN Nº 3.362/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02531
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura N° 45 a la firma Aviva SAS (arrendamiento de camión); facturas N° 1, 2, 3, 4, 5 a la firma Enrique Catepón (arrendamiento de camión). RESULTANDO: Que la observación se fundamenta en que la factura Aviva SAS es del ejercicio 2025 y se imputó en el año 2026, que las fechas de autorización del gasto de la factura de la firma Aviva SAS fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra y que las facturas de Enrique Catepón indican consumidor final.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos necesarios para el cumplimiento de objetivos promovidos por la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, con posterior archivo.
RESOLUCIÓN Nº 3.363/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02517
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. NO APRUEBA CAJAS CHICAS.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa la rendición de cuentas de los fondos fijos de reposición pertenecientes al Departamento de Espacios Públicos, Unidad de Descentralización y Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, por realizar gastos previsibles y otros.
CONSIDERANDO:
Que se ha dispuesto la realización de las coordinaciones necesarias entre las Direcciones Generales y el Departamento de Hacienda, a fin de no realizar gastos que ameriten no ser aprobados.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER se proceda a la reposición de los fondos correspondientes a los gastos realizados, en el marco de lo establecido en el TOCAF.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda, Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.
3) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 3.364/26
EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01585
CLUB DE LEONES – CLAUDIA VERA. SOLICITA COLABORACIÓN PARA MEJORAS Y FORTALECIMIENTOS DE LOS SERVICIOS BRINDADOS.
VISTO:
La solicitud del Club de Leones de Fray Marcos en tanto solicitar la donación de un inmueble que permita desarrollar una infraestructura acorde con las necesidades del Club de Niños de la localidad de Casupá.
CONSIDERANDO:
1) Que el Club de Leones, es una institución que administra el Caif y el Club de niños de la localidad de Casupá.
2) Que en ese sentido vienen trabajando en coordinación con el INAU, con la intención de avanzar en un proyecto de ampliación y fortalecimiento de los servicios que se brindan desde Casupá requiriéndose como condición fundamental, la disponibilidad de un predio adecuado donde poder desarrollar una infraestructura acorde a las necesidades actuales y futuras.
3) Que actualmente el Club de Niños funciona en un inmueble que presenta importantes limitaciones edilicias, demandado elevados costos de mantenimiento, además de implicar un gasto mensual de alquiler de aproximadamente $U 26.000, lo que representa una carga importante para la institución.
4) Que contar con un nuevo predio, permitiría concretar la construcción de un nuevo centro, y fortalecer el trabajo social que se desarrolla diariamente con los niños, niñas y familias de la localidad.
5) Que este apoyo representa una inversión directa al futuro de la comunidad, promoviendo la inclusión, el desarrollo integral y mejores condiciones para quienes más los necesitan.
6) Que todo lo expresado ha resultado ratificado y apoyado por el Municipio de Casupá, desde donde se considera que el proyecto será de un alto impacto social, orientado al desarrollo integral, contribuyendo al fortalecimiento del tejido social de la comunidad. 7) Que a esos efectos se ha ofrecido el padrón N° 1011 como posible ubicación para el desarrollo del nuevo centro, en función de las características y potencial adecuación al destino solicitado.
8) Que el Sr. Intendente comparte la iniciativa, entendiendo conveniente para la administración el inmueble sea dado en comodato, y que el padrón N° 1011 fracción N° 2, cuenta con dimensiones que permiten proyectar el crecimiento futuro del Club de Niños.
ATENTO:
A lo expuesto y dispuesto en el artículo 35 numeral 10 de la Ley N° 9515
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Solicitase autorización al Legislativo Departamental, para otorgar en comodato al INAU, el padrón N° 1011, fracción N° 2 de la localidad de Casupá, y según plano realizado por Agrimensura en actuación N° 13, condicionado a que el mismo sea utilizado para la construcción de un nuevo centro para el Club de Niños de la localidad y por el plazo de 30 años.
En este estado, siendo el día primero de Julio de dos mil veintiséis, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y el Secretario General, Ec. José Luis CURBELO, designado a tales efectos.
