Acta N° 168/2022
Resolución
Del Nº 4.299/22 al Nº 4.327/22
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO y en su caso Prosecretario General, Dr. Ariel DÁRDANO PERDOMO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 4.299/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03498.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. RESOLUCIÓN JDF Nº 45/21 MINUTA DE COMUNICACIÓN A LA INTENDENCIA SOLICITANDO SE ASUMA INICIATIVA A LOS EFECTOS DE DECLARAR DE “INTERÉS DEPARTAMENTAL” EL PROYECTO DE REPRESA EN EL ARROYO CASUPÁ.
VISTO:
La minuta de comunicación contenida en la Resolución Nº 45/2021, a los efectos que el Ejecutivo tome la iniciativa de declarar de “INTERÉS DEPARTAMENTAL” el proyecto de construcción de una represa en el Arroyo CASUPÁ, en la Cuenca del RÍO SANTA LUCÍA.
CONSIDERANDO:
1) Que el Proyecto "PRESA EN CASUPÁ" se trata de una obra que junto al proyecto NEPTUNO, garantizarán el abastecimiento de agua potable al sistema Metropolitano en condiciones de calidad, cantidad y máxima confiabilidad, garantizando el abastecimiento de agua potable el 60% de la población uruguaya.
2) Que se anexa información complementaria en nota remitida a CAF BANCO DE DESARROLLO DE AMÉRICA LATINA, por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, contenida en anexo de actuación Nº. 4.
3) Que la envergadura y descripción de la obra surge agregada en actuación Nº 4 del expediente administrativo 2014-86-001-01414, con claros beneficios tanto para los productores, abastecimiento a la población, para la conservación de la biodiversidad, el funcionamiento de los ecosistemas, los sistemas productivos y el logro del desarrollo social y económico de la cuenca del RÍO SANTA LUCÍA.
4) Que además promoverá inversiones en nuevas formas de producción, con la posibilidad de compra de agua en bruto para riego, fomentando el desarrollo de una zona donde hoy predomina la ganadería extensiva.
5) Que el Ejecutivo entiende que no puede quedar ajeno a esta importante obra en el Departamento compartiéndose la iniciativa.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto Nº 13/2017.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y consideración, el siguiente Proyecto de Decreto: "Art. 1- Declárese de Interés Departamental, el " PROYECTO PRESA EN CASUPÁ "incluyéndose en el artículo 5 literal "D" del Decreto Nº 13/2017 de la Junta Departamental de Florida.
RESOLUCIÓN Nº 4.300/22.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00505.
ASESORÍA JURÍDICA. PEÑA MAGOLÉ CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ INTENDENCIA DPTAL. DE FLORIDA DEMANDA POR COBRO DE PESOS EXPEDIENTE 261-41/2020.
ATENTO:
Que por Resolución No. 29/22 de la Junta Departamental de fecha 16 de junio de 2022, se autorizó a la Intendencia de Florida a abonar la suma total y final de $ 618.983 (pesos uruguayos: seiscientos dieciocho mil novecientos ochenta y tres) por concepto de transacción con los siguientes funcionarios y acorde a los montos que se detallan: Álvaro MARTÍNEZ $ 60.048, Jesús Antonio PERUENA $ 88.069, Pablo CABRERA MANGO $ 57.378, Alberto Daniel CABRERA $ 49.354, Alfredo SILVA $ 40.491, Luis ZUBIRÍA $ 32.080, Washington CABRERA $ 81.397, Gerardo CASTRO $ 60.048, Antonio BÓVEDA $ 72.057 Y Esteban ADRIEN $ 78.061 y bajo las condiciones que en la misma se expresan.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la celebración de la transacción referida en el Atento de la presente resolución y en los términos autorizados por el Legislativo Departamental, remitiéndose el presente a la Asesoría Jurídica a los efectos legales pertinentes.
2) FECHO, continúe para su cumplimiento y conocimiento a los Departamentos de Hacienda, -con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas- y Administración.
3) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, notificados los interesados, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.301/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02549.
ASESORÍA JURÍDICA. JUZGADO DE PAZ COMUNICA CONCILIACIÓN EN AUTOS CARATULADOS “SILVA ALFREDO C/INTENDENCIA DE FLORIDA” IUE 492-561/2021.
ATENTO:
Que por Resolución Nº.30/22 de la Junta Departamental de fecha 16 de junio de 2022, se autorizó la Intendencia de Florida a abonar al Sr. Fabricio SILVA, la suma total y final de $ 2.200.000 (pesos uruguayos: dos millones doscientos mil) sin perjuicio de los descuentos legales y/o judiciales pertinentes; que se pagarán en veinte cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 110.000 (pesos uruguayos: cinto diez mil) depositándose en la cuenta del Banco República (B.R.O.U.): Caja de Ahorros a nombre del ex funcionario y bajo las condiciones que en la misma se expresan.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la celebración de la transacción referida en el Atento de la presente resolución y en los términos autorizados por el Legislativo Departamental, remitiéndose el presente a la Asesoría Jurídica a los efectos legales pertinentes.
2) FECHO, continúe para su cumplimiento y conocimiento a los Departamentos de Hacienda, -con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas- y Administración.
3) OPORTUNAMENTE, notificado el interesado y estando de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.302/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01689.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1246 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. ALEJANDRO GUSTAVO GLAUSIUSS TRAVERSO.
VISTO:
El Oficio Nº 1246/DSG/22/ar, de la Jefatura de Policía de Florida, comunicando el resultado del Acta de Prueba de Espirometría, realizada al Sr. Alejandro Gustavo GLAUSIUSS TRAVERSO.
ATENTO:
A lo establecido en los artículo 45 y 46 de la Ley Nº 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Alejandro Gustavo GLAUSIUSS TRAVERSO, por el término de seis meses, contados a partir del día 28 de mayo de 2022, conforme a lo establecido por los Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.
2) CÚRSESE Oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4) SIGA luego al Departamento de Administración - Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
5) OPORTUNAMENTE, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.303/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01691.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 375/22 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. WILSON URIEL CAMARÓN MORENO.
VISTO:
El Oficio Nº 375/22 de la Dirección Nacional de Policía Caminera, remitiendo el resultado del acta de espirometría realizado al Sr. Wilson CAMARON.
ATENTO:
A lo previsto por los artículos 45 y 46 de la ley 18.191; al Art. 1 de la Ley 19.360, a lo establecido en el art. 28 de la ley 19.824 y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la prohibición de conducir vehículos, al Sr. Wilson Uriel CAMARON MORENO por el término de seis meses contados partir del día 14 de mayo de 2022, conforme a lo establecido por los artículos 45 y 46 de la Ley No. 18.191, no pudiendo realizar trámites para renovación de la libreta de conducir por el tiempo estipulado de la interdicción.
2) CÚRSESE oficio al Congreso de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a esos efectos a Prosecretaría.
3) SIGA para su notificación a la División Administración Documental.
4) CONTINÚE a registro del Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte.
5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.304/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01809.
DIRECCIÓN RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBRO PADRÓN RURAL Nº 5.321.
VISTO:
El planteo efectuado por el Departamento de Hacienda, respecto a la deuda generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, sobre el padrón rural Nº. 5.321 CM 27637.
RESULTANDO:
Que se hicieron efectivas las gestiones administrativas tendientes a su cobro.
CONSIDERANDO:
Que al día de la fecha no se compareció por parte de quien surge ser su responsable, a regularizar la situación de adeudos.
ATENTO:
A lo expresado y conforme a lo expresado por la Asesoría Jurídica.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a iniciar acciones judiciales tendientes al cobro de pesos, por concepto de deudas vinculadas al padrón rural No. 5321 CM 27637.
2) PASE a la citada Asesoría a sus efectos.
RESOLUCIÓN Nº 4.305/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01536.
DIRECCIÓN RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBRO PADRÓN RURAL Nº 9.260.
VISTO:
Estos antecedentes relacionados con adeudos vinculados al padrón rural Nº. 9.260 y que se ha cumplido, infructuosamente, con el procedimiento en vía administrativa.
ATENTO:
A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 12.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ENCOMENDAR a la Asesoría Jurídica dar inicio a las acciones judiciales necesarias para hacer efectivo el cobro de la deuda generada por concepto de contribución inmobiliaria del padrón rural Nº. 9.260.
2) PASE a sus efectos a la Asesoría Jurídica.
3) OPORTUNAMENTE, y con las resultancias del caso, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 4.306/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01530.
DIRECCIÓN RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBRO PADRÓN RURAL Nº 8.629.
VISTO:
Estos antecedentes relacionados con adeudos vinculados al padrón rural Nº. 8.629 y que se ha cumplido, infructuosamente, con el procedimiento en vía administrativa.
ATENTO:
A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 12.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ENCOMENDAR a la Asesoría Jurídica dar inicio a las acciones judiciales necesarias para hacer efectivo el cobro de la deuda generada por concepto de contribución inmobiliaria del padrón rural Nº. 8.629.
2) PASE a sus efectos a la Asesoría Jurídica.
3) OPORTUNAMENTE, y con las resultancias del caso, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 4.307/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01535.
DIRECCIÓN RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBRO PADRÓN RURAL Nº 2.534.
VISTO:
Estos antecedentes relacionados con adeudos vinculados al padrón rural Nº. 2.534 y que se ha cumplido, infructuosamente, con el procedimiento en vía administrativa.
ATENTO:
A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 12.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ENCOMENDAR a la Asesoría Jurídica dar inicio a las acciones judiciales necesarias para hacer efectivo el cobro de la deuda generada por concepto de contribución inmobiliaria del padrón rural Nº. 2.534.
2) PASE a sus efectos a la Asesoría Jurídica.
3) OPORTUNAMENTE, y con las resultancias del caso, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 4.308/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03290.
RECURSOS HUMANOS. VENCIMIENTO DE CONTRATOS (ZAFRALES).
VISTO:
El planteo efectuado por el Municipio de FRAY MARCOS, respecto al vencimiento del contrato en carácter de zafral que se mantiene con los funcionarias/es Sra. Julia Adriana PIANO Ficha Nº. 15.326, y Sr. José Luis MOLITERNO Ficha Nº. 15.325 y la necesidad de su renovación.
RESULTANDO:
Que se ha valorado como satisfactorios sus desempeños, en función de las tareas que les fueron asignadas.
CONSIDERANDO:
Que por tanto corresponde dictar resolución al respecto, disponiéndose la renovación contractual, teniendo en cuenta los antecedentes relacionados.
ATENTO:
A lo expresado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la renovación contractual en carácter de zafral que se mantiene con los funcionarias/os Sra. Julia Adriana PIANO Ficha Nº. 15.326, y Sr. José Luis MOLITERNO Ficha Nº. 15.325, en iguales condiciones a partir de su vencimiento y por el plazo de tres meses, para continuar cumpliendo funciones a la orden del Municipio de FRAY MARCOS.
2) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro.
3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda, y notificación de los interesados por parte de la Unidad de Descentralización archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.309/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01396.
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. SOLICITA REALIZACIÓN DE LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE 1000 TUBOS CON ESPECIFICACIÓN QUE SE DETALLA CON DESTINO AL ENCAPSULADO, RECICLAJE Y VALORIZACIÓN DE RESIDUOS DE ESTA INTENDENCIA.
VISTO:
Estos antecedentes y las Resoluciones Nº 4026/22 del Ejecutivo Comunal que amplía 100% la licitación Abreviada Nº 11/21 para la adquisición de tubos para encapsulado de residuos, adjudicada a la Empresa SULTRAM S.A. y la Resolución N° 1367/22 del Tribunal de Cuentas de la República que no formula observaciones al procedimiento.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚRSESE oficio al Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando la exoneración de los tributos correspondientes a la importación de 1.000 tubos de polipropileno para la planta de valorización, reciclado y encapsulado de residuos, según factura Proforma de la Empresa que se adjunta y conforme a la normativa vigente, pasando a Prosecretaría a esos efectos.
2) CUMPLIDO, pase a su reserva al Departamento de Abastecimientos.
RESOLUCIÓN Nº 4.310/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01048.
FERNANDO SANDEZ, ANDREA SANDEZ. SOLICITUD DE COLABORACIÓN Y LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES PARA EVENTO EN FRAY MARCOS EN EL MARCO DEL CAMPEONATO REGIONAL DE LA FEDERACIÓN URUGUAYA DE MOTOCICLISMO.
VISTO:
La gestión iniciada por los/as Sres./as. Fernando y Andrea SANDEZ, solicitando autorización y otros con el fin de realizar campeonato de motociclismo en pista “LA CHACRA” de FRAY MARCOS, en el marco de la 3era. fecha del campeonato regional centro, los días 25 y 26 de junio próximos.
ATENTO:
A lo expresado por las oficinas de competencia, y que se cuenta con el aval de la Federación Nacional de Motociclismo.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR la realización de las actividades de motociclismo promovidas para los días 25 y 26 de junio próximos por los/as Sres./as. Fernando y Andrea SANDEZ, en pista “LA CHACRA” de FRAY MARCOS, estableciéndose que la organización deberá prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose a la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma.
2) ESTABLECESE de una colaboración destinada a los organizadores, consistente en 30 medallas, 3 trofeos y asistencia del camión cisterna para riego de pista, contribución que será de cargo de la Unidad de Descentralización.
3) PASE a la Unidad de Descentralización para su conocimiento y notificación de los interesados, haciéndoles saber además que deberán abonar la tasa de gestión de estilo.
4) archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 4.311/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01556.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP. Nº 651/22 GOÑI SCITTI SILVANA PLANTEAMIENTO DE LA SRA. EDIL SOLICITANDO DESIGNAR CON EL NOMBRE DE “JUAN CARLOS DE LIMA DEL CASTILO” UNA DE LAS TRIBUNAS DEL ESTADO CAMPEONES OLÍMPICOS DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
El Decreto No. 13/2022 sancionado por la Junta Departamental de Florida, tendiente a designar con el nombre "JUAN CARLOS DE LIMA DEL CASTILLO" una tribuna del ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS de FLORIDA.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA luego al Departamento de Cultura y Departamento de Espacios Públicos para su conocimiento.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.312/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01728.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. RESOLUCIÓN JDF Nº 31/22 APROBACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA DE FLORIDA EJERCICIO 2020 DICTAMINADA POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS.
VISTO:
La resolución No. 31/2022 adoptada por la Junta Departamental de Florida, donde se aprueba de la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de esta Intendencia, Ejercicio 2020, dictaminada por el Tribunal de Cuentas.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA luego al Departamento de Hacienda, para su conocimiento, registro y cumplimiento de lo dispuesto en la citada resolución.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.313/22.
EXPEDIENTE Nº 2010-86-001-02557.
PROSECRETARIA. INICIAR GESTIONES DE EXPROPIACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES TERRITORIALES ART. 63 DE LA LEY Nº 18.308 DEL 18/06/2008 DEL PREDIO PADRÓN Nº 499 MANZANA Nº 61 DE LA CIUDAD DE SARANDÍ GRANDE.
VISTO:
La iniciativa del Sr. Intendente de Florida, en Resolución Nº 267/10, en tanto se proceda a la expropiación del padrón Nº 499 de SARANDÍ GRANDE, a fin de que integre la cartera de tierras de la Intendencia.
CONSIDERANDO:
I) Que inspeccionado el inmueble de referencia, surge que se encuentra ocupado de forma ilegítima.
II) Que el padrón registra importante deuda desde hace más de 39 años.
III) Que el artículo 63°, de la Ley 18.308, declara de utilidad pública la expropiación por parte de la Administración de los inmuebles en estado de abandono, que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social no hayan sido explotadas por más de 10 años a efectos de integrar la cartera de tierras.
IV) Que el abandono está dado por la omisión de los deberes relativos a la propiedad inmueble establecidos en el artículo 37° de la misma ley, tales como conservar, cuidar, rehabilitar, etc.
V) Que el Ejecutivo Departamental considera conveniente a los intereses de la Administración, proceder a la expropiación del inmueble con destino a integrar su cartera de tierras.
VI) Que de acuerdo a lo previsto por el Art. 35, numeral 35, de la Ley Nº 9.515, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Florida para designar, a los efectos de su expropiación, el inmueble de referencia, por Resolución Nº 3.936/22.
VII) Que la Junta Departamental de Florida, mediante Resolución Nº 26/22, de fecha 16 de junio de 2022, concedió a la Intendencia de Florida, la autorización solicitada.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 35°, numeral 35, de la Ley 9.515; Ley Nº 3.958; Ley Nº 18.308, concordantes y modificativas; y a lo dispuesto en el artículo 275°, numeral 7, de la Constitución y Resolución Nº 26/22, de fecha 16 de junio de 2022, de la Junta Departamental de Florida.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DESIGNASE para ser expropiado el inmueble urbano empadronado con el Nº 499, de la localidad catastral de SARANDÍ GRANDE, con destino a ampliar la cartera de tierras de la Comuna.
2) PASE a la Asesoría Notarial, para su inscripción en el Registro de Propiedades -Sección Inmobiliaria de Florida-, continuando luego a División Agrimensura para proceder ante la Dirección Nacional de Catastro de Florida.
3) REINGRESE luego a la Asesoría Jurídica a sus efectos.
RESOLUCIÓN Nº 4.314/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01413.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP. Nº 526/22 CAETANO NICOLÁS PLANTEAMIENTO DEL SR. SUPLENTE DE EDIL REALIZADO EN LA HORA PREVIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 05 DE MAYO DE 2022 SOLICITANDO INCLUSIÓN EN EL NOMENCLATOR DE SARANDÍ GRANDE DEL NOMBRE “JUAN BENITO CASTELLI”.
VISTO:
La iniciativa del Sr. Suplente de Edil Nicolás CAETANO, de nombrar como “JUAN BENITO CASTELLI”, una calle de la Ciudad de SARANDÍ GRANDE, como forma de homenaje.
CONSIDERANDO:
I) Que JUAN BENITO CASTELLI, fue descendiente de emigrantes, los cuales se radicaron en SARANDÍ GRANDE en 1860.
II) Que comenzó su negocio de carpintería en 1923, anexando luego el rubro de herrería. III) Que en 1930, empieza con la Empresa fúnebre, en la cual figuran 480 servicios brindados en forma gratuita a personas con bajos recursos.
IV) Que tuvo su faceta Docente, siendo profesor honorario en la Escuela Industrial, hoy llamada ESCUELA AGRARIA.
V) Que ingresó al Directorio de la Caja Popular de SARANDÍ GRANDE, realizando gestiones personalmente para dotar de agua corriente a la necrópolis, según planos que aún se conservan.
VI) Que integró la Junta Local.
VII) Que fue Presidente del CLUB DEPORTIVO.
VIII) Que el Ejecutivo comparte apoyar la iniciativa.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 19 numeral 31 de la ley 9.515.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elevar a la Junta Departamental para su estudio y consideración, el siguiente Proyecto de Decreto: 1- Designase con el nombre “JUAN BENITO CASTELLI”, en la ciudad de SARANDÍ GRANDE, la calle que continúa 18 DE JULIO, que transcurre paralela a la vía férrea desde calle JUAN ANTONIO LAVALLEJA hacia el Norte, culminando en la entrada del Cementerio.
2- Comuníquese, etc.
RESOLUCIÓN Nº 4.315/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-00388.
DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO EN LA LOCALIDAD DE ALEJANDRO GALLINAL.
VISTO:
La resolución Nº. 27/2022 adoptada por la Junta Departamental de Florida, autorizando a esta Intendencia a enajenar a M.E.V.I.R. la fracción 1 del inmueble padrón Nº 467 de la localidad catastral ALEJANDRO GALLINAL, con destino a soluciones habitacionales.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la enajenación del inmueble señalado como la fracción 1 del inmueble padrón Nº 467 de la localidad catastral ALEJANDRO GALLINAL, con un área de 2208 m², con destino a construir soluciones habitacionales, según plano de mensura adjunto en actuación Nº 20.
2) PASE para la notificación de los interesados a División Administración Documental.
3) SIGA luego a la Asesoría Notarial para la formalización de la compraventa, con posterior remisión al Departamento de Hacienda a sus efectos pertinentes.
4) CON anotaciones del Departamento de Agrimensura archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 4.316/22.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03624.
MARCELO SARTORI SECRETARIO OFICINA ADM. MENDOZA GRANDE. DENUNCIA ROTURA CONTENEDOR DE RESIDUOS EN CALLE VALERIO FRENTE A CAPILLA EN MENDOZA GRANDE.
ATENTO:
Que por resolución Nº. 28/2022 de la Junta Departamental de Florida de fecha 17 de junio de 2022, se autorizó a la Intendencia de Florida a transar con el Sr. Sergio LEZAETA en la suma de U$S 320 (dólares americanos trescientos veinte) por concepto de rotura de contenedor embestido en la localidad de MENDOZA por vehículo matrícula OTP 2351, propiedad de su empresa y bajo las condiciones que en la misma se expresan.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la celebración de la transacción referida en el Atento de la presente resolución y en los términos autorizados por el Legislativo Departamental, remitiéndose el presente a la Asesoría Jurídica a los efectos legales pertinentes.
2) FECHO, continúe para su cumplimiento y conocimiento al Departamento de Hacienda, -con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) OPORTUNAMENTE notificado el interesado y estando de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.317/22.
EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-00900.
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA DEPORTE TURISMO Y JUVENTUD. CONVENIO ENTRE INTENDENCIA DE FLORIDA Y FEDERACIÓN URUGUAYA DE NATACIÓN.
VISTO:
Que la Dirección General de Cultura considera conveniente la celebración de un acuerdo con la FEDERACIÓN URUGUAYA DE NATACIÓN (F.U.N.), fundando la gestión en un consolidado crecimiento de las actividades del Área Acuática, que ha dado como resultado un buen posicionamiento de los nadadores locales en el contexto nacional.
RESULTANDO:
Que asimismo, se menciona el buen desempeño en la gestión del escenario deportivo, que con este convenio adquirirá condiciones adecuadas para transformarse en un centro regional para la práctica de deporte, competencias o actividades artísticas, como se señala.
CONSIDERANDO:
Que es de interés de la Dirección General de Cultura, suscribir este documento, que permitirá a FLORIDA contar con equipamiento técnico de avanzada, además de recibir contingentes de deportistas -como ha ocurrido antes- lo que la transforma además en un destino de turismo deportivo.
ATENTO:
A lo informado por la Dirección de Deportes en su actuación Nº 22 y la Asesoría Notarial en su actuación Nº 33.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR la propuesta de acuerdo entre la Intendencia Departamental de Florida (I.D.F.) y la FEDERACIÓN URUGUAYA DE NATACIÓN (F.U.N.), anexa por la Piscina Municipal en su actuación Nº 20.
2) DISPONER la firma del Convenio a suscribir entre la INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA y la FEDERACIÓN URUGUAYA DE NATACIÓN, fijándose su plazo hasta el final del presente período de Gobierno, remitiéndose a la Asesoría Notarial para su suscripción y trámites de estilo.
3) SIGA a sus efectos a la Dirección General de Deportes, encomendándole la gestión, seguimiento, y mejora continua del proyecto.
4) CUMPLIDO, archívese en la Asesoría Notarial.
RESOLUCIÓN Nº 4.318/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01639.
GRUPO DE PADRES APOYO ESCUELA Nº 45 DE VALENTINES. SOLICITA PERMISO Y COLABORACIÓN PARA REALIZAR HÍPICAS EL 9 DE JULIO 2022.
VISTO:
La gestión iniciada por el grupo de padres de apoyo de la Escuela No. 45 de VALENTINES, solicitando autorización para realizar actividades hípicas en pista de Carlos LATORRE el próximo 9 de julio.
ATENTO:
A lo expresado por las oficinas de competencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR la realización de las actividades hípicas promovidas para el próximo 9 de julio por el grupo de padres de apoyo de la Escuela No. 45 de VALENTINES, estableciéndose que la organización deberá prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose a la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma.
2) AUTORIZAR a la Unidad de Descentralización a coordinar la entrega de un trofeo, como contribución de esta Intendencia al evento.
3) ESTABLÉCESE que se deberá por parte de la organización o rematador responsable pagar el 7% del impuesto total del evento, conforme lo expresa el Departamento de Hacienda en actuación No. 10.
4) PASE a la Unidad de Descentralización para su conocimiento y notificación de los interesados.
5) CON registro del Departamento de Hacienda y Departamento de Salud y Gestión Ambiental, archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 4.319/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01751.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 29619 a la firma BLAKEDOR S.A. (repuestos), factura Nº 22213 a la firma UMIRAL S.A. (gasas, algodón. etc.); facturas Nº 22766, 22777 a la firma ELECTROMEDICAL S.A. (implementos enfermería).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el cumplimiento de los programas de bien público que se promueven, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.320/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01756.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 4940 a la firma IDEFOTO S.A. (libreta con plastificado).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que el gasto corresponde al ejercicio 2020 y se imputó en el 2022.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de dar cumplimiento con compromisos contraídos oportunamente, en virtud de los programas dirigidos a los contribuyentes, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.321/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01725.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP. Nº 724/22 CLUB CICLISTA SAN ANTONIO SOLICITA QUE SEA DECLARADO DE INTERÉS DEPARTAMENTAL EL EVENTO DENOMINADO “CAMPEONATO PIEDRA ALTA FLORIDA DE CICLISMO” ORGANIZADO POR ESA INSTITUCIÓN DEPORTIVA A REALIZARSE EN LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO PRÓXIMOS.
VISTO:
La solicitud presentada por el CLUB CICLISTA SAN ANTONIO, a efectos de que el "CAMPEONATO PIEDRA ALTA FLORIDA DE CICLISMO", a realizarse los sábados 9, 16, 23 y 30 de Julio y el sábado 6 de Agosto de 2022, sea declarado de Interés Departamental.
CONSIDERANDO:
I) Que el denominado CAMPEONATO PIEDRA ALTA FLORIDA DE CICLISMO es una actividad organizada con un grupo de deportistas de nuestro Departamento.
II) Que dicho Campeonato se llevará a cabo los sábados 9, 16, 23 y 30 de Julio, y el sábado 6 de Agosto del presente año, y será el primero como tal que se realiza desde hace muchos años en FLORIDA en la modalidad de bicicleta de ruta; ya que anteriormente las actividades realizadas fueron carreras de un día o campeonatos de MTB.
III) Que éste Campeonato posibilitará durante más de un mes tener actividad deportiva en nuestra Ciudad del mejor nivel de la región, en todas sus categorías; destacando que nuestros deportistas tendrán la posibilidad de competir sin la necesidad de movilizarse en esas fechas a otros Departamentos, con los costos que eso representa.
IV) Que participarán deportistas desde los 16 años, sin tope máximo de edad, divididos en tres competencias y categorías de acuerdo a su edad.
V) Que se estima que vendrán más de 150 deportistas de otros Departamentos, todos ellos con sus respectivos acompañantes, generando así movimiento turístico y económico en nuestra Ciudad.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto Nº 13/2017.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elévese a la Junta Departamental de Florida, para su estudio y su consideración, el siguiente proyecto de Decreto: "Art.1- Declárese de Interés Departamental el "CAMPEONATO PIEDRA ALTA FLORIDA DE CICLISMO", a realizarse los sábados 9, 16, 23 y 30 de julio, y el sábado 6 de Agosto de 2022, incluyéndose en la categoría "D" previsto en el artículo 5 del Decreto Nº 13/2017 de la Junta Departamental de Florida. Art.2- Comuníquese, etc.".
RESOLUCIÓN Nº 4.322/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01743.
COMISIÓN PRO FESTEJOS 25 DE AGOSTO Y CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO INDEPENDENCIA. PROYECTO MIRADOR ESPERANZA. SOLICITA PUENTE FERROVIARIO RETIRADO EN EL MARCO DE LAS OBRAS DEL CONSORCIO DEL FERROCARRIL CENTRAL COMO TESTIMONIO DE LA HISTORIA DE LA LOCALIDAD DE 25 DE AGOSTO.
VISTO:
El planteo de los vecinos de 25 DE AGOSTO -Comisión Pro-Festejos- y directiva DEL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO INDEPENDENCIA solicitando apoyo de la Intendencia para gestionar ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P.), en el marco del PROYECTO MIRADOR ESPERANZA, el histórico puente ferroviario recientemente retirado por las obras del CONSORCIO DEL FERROCARRIL CENTRAL.
RESULTANDO:
Que el PROYECTO MIRADOR apoyado por las fuerzas vivas de la comunidad apunta a perpetuar el patrimonio material e inmaterial de la localidad para conocimiento de las futuras generaciones.
CONSIDERANDO:
Que el citado puente ha formado parte fundamental de la vida de 25 DE AGOSTO, que tiene múltiples significaciones para los pobladores, siendo además referente regional por sus características estéticas y sus funciones, por lo que se considera legítima la petición, ameritando el apoyo de la Administración.
ATENTO:
A la nota adjunta a actuación Nº 1.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CURSESE oficio al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, trasladando la inquietud de los vecinos, pasando a esos efectos a Prosecretaría.
2) PASE a la Oficina Administrativa de 25 de Agosto, para notificación de los gestionantes, reservándose.
RESOLUCIÓN Nº 4.323/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01742.
UNIDAD EJECUTIVA. COMISIÓN PRO FESTEJOS Y VECINOS DE VILLA 25 DE AGOSTO Y CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO INDEPENDENCIA. SOLICITAN USUFRUCTO DE LAS INSTALACIONES EN DESUSO DE A.F.E.
ATENTO:
A la solicitud de la Comisión Pro-festejos y Vecinos de Villa 25 DE AGOSTO y del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO INDEPENDENCIA de celebrase un Convenio para el usufructo de las instalaciones de A.F.E. (Estaciones, Oficinas y anexos), con la finalidad de generar Centros Culturales locales, regionales y de Capacitación.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚRSESE Oficios al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P.) y Administración de Ferrocarriles del Estado (A.F.E.), trasladando la inquietud y solicitud presentada por las instituciones referidas en el atento, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2) CUMPLIDO, continúe a la Unidad de Descentralización a fin de notificar a las instituciones gestionantes, reservándose en la Oficina Administrativa de 25 DE AGOSTO, por un plazo prudencial, en espera de las respuestas.
RESOLUCIÓN Nº 4.324/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01356.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. COMISIÓN DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ÁREA METROPOLITANA JDF SOLICITA ENTREVISTA CON EL SR. INTENDENTE ING. GUILLERMO LÓPEZ MÉNDEZ CON EL FIN DE PLANTEAR INQUIETUDES DE SUS EDILES INTEGRANTES.
VISTO:
El planteo de la Comisión de Desarrollo Productivo y Área Metropolitana de la Junta Departamental de Florida, solicitando entrevista con el Sr. Intendente con el fin de plantear inquietudes relacionadas al Área.
CONSIDERANDO:
Que la comunicación fluida entre el Ejecutivo y el Legislativo Departamental en la búsqueda de soluciones, es prioridad de la Administración, porque beneficia a la población en su conjunto.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) COMUNICAR a la Comisión de Desarrollo Productivo y Área Metropolitana de la IDF, que sus integrantes serán recibidos por el Sr. Intendente el día 29 de junio del corriente a las 16 horas, para tratar las inquietudes planteadas.
2) CON conocimiento de la JDF, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 4.325/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01537.
MARCELO SILVERA. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA INSTALAR PARQUE DE DIVERSIONES EN PLAZA DE SAN CONO EN FESTIVIDADES DE SAN CONO.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Marcelo SILVEIRA, solicitando autorización para la instalación de parque de diversiones mecánico en plaza de SAN CONO, entre los días 3 y 12 de junio próximo pasado.
RESULTANDO:
Que por parte de las oficinas de competencia se realizaron los informes e inspecciones de estilo en tiempo y forma.
CONSIDERANDO:
El tiempo transcurrido y que el gestionante debe hacer efectivo lo devengado por ocupación de espacio público, conforme informa el Departamento de Hacienda en actuación Nº. 7.
ATENTO:
A lo expresado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) NOTIFÍCASE al Sr. Marcelo SILVEIRA de las presentes actuaciones, haciéndole saber que deberá hacer efectivo el pago por ocupación de espacio público, equivalente a una Unidad Reajustable por día por el período que va desde el 3 al 12 de junio próximo pasado, pasando a tales efectos a División Administración Documental.
2) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese una vez se constate lo dispuesto en el numeral 1.
RESOLUCIÓN Nº 4.326/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01775.
DESARROLLO SOSTENIBLE. CENTRO TÉCNICO DE EMPLEO. PROGRAMA OPORTUNIDAD LABORAL FASE 2.
VISTO:
Estos antecedentes referidos al programa denominado Fase Dos del Programa “OPORTUNIDAD LABORAL” aprobado legislativamente, creado con el objeto de promover la inserción y reinserción en el mercado de trabajo de los beneficiarios que se dirán, con el objeto y las condiciones previstas en la Ley N° 19.952, de la fecha 20 de mayo de 2021, salvo las excepciones que se expresan en el citado proyecto de Ley, que luce anexo en actuación Nº. 1.
RESULTANDO:
I) Que la Fase Dos del Programa Oportunidades Laborales adjudica 260 cupos para personas desocupadas en el Departamento de FLORIDA.
II) Que los beneficiarios/as del Programa realizarán trabajos transitorios, de julio a octubre de 2022.
III) Que las postulaciones se realizaron a través del formulario en línea, desde las 08:00 horas de la mañana del 10 de junio a las 12:00 horas de la mañana del 17 de junio.
CONSIDERANDO:
I) Que el mismo está dirigido a personas entre 18 y 65 años de edad, que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal.
II) Que el/la beneficiaria recibirá por concepto de la prestación transitoria “OPORTUNIDADES LABORAL”, una retribución máxima mensual nominal equivalente a $ 12.500 (pesos uruguayos doce mil quinientos), siempre que hayan cumplido con las obligaciones que asumieron al ingresar al Programa, por doce jornales efectivamente trabajados en una quincena. Esta prestación se recibirá dentro de los primeros 10 días siguientes de ejecutado su trabajo cada mes.
III) Que esta prestación no posee naturaleza salarial ni retributiva, es personal, intransferible e inembargable, y no podrá constituir garantía de obligaciones ni ser afectada por retenciones, exceptuándose las relativas a pensiones alimenticias.
IV) Que el mecanismo de selección de las personas beneficiarias será a través de sorteos que se realizarán entre el 24 y el 29 de junio en FLORIDA ciudad y las siguientes localidades 25 DE MAYO, CARDAL, INDEPENDENCIA, 25 DE AGOSTO, CHAMIZO, FRAY MARCOS, CASUPÁ, REBOLEDO, CERRO COLORADO, ILLESCAS, VALENTINES, NICO PÉREZ, CERRO CHATO, CAPILLA DEL SAUCE, MONTECORAL, SAN GABRIEL, SARANDÍ GRANDE, PINTADO, LA CRUZ, GOÑI, MACIEL, POLANCO, MENDOZA CHICO, MENDOZA GRANDE, BERRONDO, estando sujetos los cupos a las inscripciones de cada localidad. Las personas sorteadas serán contactadas por el equipo de trabajo del Centro Técnico de Empleo.
V) Que el período en el que los beneficiarios y las beneficiarias participen del Programa será computado por el BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL (B.P.S.) como de actividad a los efectos jubilatorios y pensionarios, bajo la afiliación "Industria y Comercio". Esto habilitará únicamente la percepción de los subsidios por maternidad, por enfermedad común y accidente de trabajo.
VI) Que los beneficiarios del Programa tendrán derecho a la asistencia médica gratuita a través de los servicios de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, en todo el país, en las condiciones que les correspondan conforme a las normas que resulten aplicables.
VII) Que a partir del tercer mes de participación en el Programa Fase Dos, los beneficiarios del mismo puedan realizar excepcionalmente una actividad laboral complementaria, en el sector privado, por un máximo de 8 (ocho) jornales mensuales.
VIII) Que la participación en el programa finalizará ya sea por vencimiento de plazo, por incumplimiento de las tareas asignadas, o por voluntad de la persona beneficiaria sin expresión de causa alguna.
ATENTO:
A lo expresado ut-supra y a lo establecido en la normativa aprobada.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) FACULTAR a la Dirección General de Administración a realizar el llamado a interesados para ocupar la cantidad de 260 cupos de trabajo del programa denominado Fase Dos del Programa Oportunidades Laborales distribuidos entre ciudad de FLORIDA y las siguientes localidades 25 DE MAYO, CARDAL, INDEPENDENCIA, 25 DE AGOSTO, CHAMIZO, FRAY MARCOS, CASUPÁ, REBOLEDO, CERRO COLORADO, ILLESCAS, VALENTINES, NICO PÉREZ, CERRO CHATO, CAPILLA DEL SAUCE, MONTECORAL, SAN GABRIEL, SARANDÍ GRANDE, PINTADO, LA CRUZ, GOÑI, MACIEL, POLANCO, MENDOZA CHICO, MENDOZA GRANDE, BERRONDO, estando sujetos los cupos a las inscripciones de cada localidad, sujeto al estricto cumplimiento de las condiciones expresadas en la presente resolución, en lo establecido en las leyes citadas y demás normativa concordante y vigente, por un término de cuatro meses -desarrollándose entre los meses de julio y octubre de 2022- y por un monto máximo mensual nominal equivalente a $ 12.500 por doce jornales efectivamente trabajados en una quincena, que es el plazo de tiempo que trabajarán por mes.- Los cupos por los lugares referidos serán determinados de acuerdo a las necesidades de cada localidad, cantidad de inscriptos y población, entre otras variables, facultando al Departamento de Administración a tales fines en coordinación con el Departamento de Desarrollo Sostenible –CEPE- y el Ejecutivo Departamental.
2) ESTABLECER que los beneficiarios del Programa serán personas entre 18 y 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal. La comprobación de que una persona se encuentra comprendida en cualquiera de las incompatibilidades previstas en la ley, implicará su eliminación de la nómina de postulantes o el cese automático de su participación, según corresponda, siendo el ingreso por la modalidad de sorteo y mediante Escribano Público.
3) DETERMINAR una lista de prelación de suplentes suficientes a los efectos establecidos.
4) CONTINÚE a la Dirección General de Administración para el cumplimiento de lo dispuesto, otorgándose amplias facultades para su instrumentación, puesta en práctica y efectivización en coordinación con el Departamento de Desarrollo Sostenible -CEPE- y demás áreas competentes.
5) CUMPLIDO, reingrese a este Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 4.327/22.
EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-01772.
CR. D.T.C.R. OBSERVA CAJA CHICA.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa la rendición de cuentas de los fondos fijos de reposición pertenecientes al Departamento de Obras, dado que se incluyeron facturas cuya adquisición pudo ser prevista.
CONSIDERANDO:
Que los gastos fueron generados por circunstancias excepcionales que ameritan su reiteración.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CUMPLIDO, archívese.
EN este estado, siendo el día veinticuatro de Junio de dos mil veintidós, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General, Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.