Acta N° 175/2026

Resolución

Del Nº 3.578/26 al Nº 3.596/26

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por el Sr. Secretario General, Ec. José CURBELO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan. 


RESOLUCIÓN Nº 3.578/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02755.

ANA KAREN TORTEROLO TAURIÑO. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN QUE SE ADJUNTA. 

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Ana Karen Torterolo Tauriño, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón No. 9380 de Florida. 

RESULTANDO: 

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica. 

CONSIDERANDO:

Lo establecido en el art. 25 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 12/21. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón No. 9380 de Florida hasta el ejercicio 2015 inclusive, conforme a lo previsto en el art. 25 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 12/21.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2016, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.579/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02234.

DIRECCIÓN DE VIALIDAD. SOLICITA COMPENSACIÓN PARA FUNCIONARIO SR. PABLO BERAZATEGUI FICHA N° 11.071.

VISTO: 

El planteo de la Dirección de Vialidad solicitando se disponga otorgar la compensación por cumplimiento de tareas riesgosas al funcionario Sr. Pablo Berazategui quien cumple tareas como soldador en el taller de Herrería.

RESULTANDO: 

Que conforme a lo informado por las Oficinas competentes, el funcionario percibe la compensación correspondiente a Régimen de Mayor Dedicación y realiza además horas extras.

CONSIDERANDO:

Que la Asesoría Jurídica informa que los funcionarios que perciben compensación por tareas ingratas tienen limitada su jornada laboral, no pudiendo por tanto percibir ni compensación por extensión horaria, ni horas extras.

ATENTO:

A lo informado por Liquidación de Haberes, la Asesoría Jurídica y la Dirección de Vialidad en actuaciones Nº 9, Nº 13, y Nº 16 respectivamente y a lo previsto en el artículo Nº 42 del Decreto 24/96 y en el artículo 114 del estatuto del funcionario que atento a disposiciones de los artículos 50 y 54 del NEF resulta aplicable. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DISPONER el pago de la Compensación del 30% por cumplimiento de tareas ingratas al funcionaro Sr. Pablo Berazategui ficha N.º 11.071 conforme a lo informado por su superior jerárquico y a la normativa vigente. (Artículo N.º 42 del Decreto 24/96).

2) DEJAR sin efecto a partir de su notificación, el Régimen de Mayor Dedicación que venía realizando el funcionario, y la compensación correspondiente, no pudiendo realizar horas extras, conforme a lo indicado por la Asesoría Jurídica y a lo previsto en el artículo 114 del estatuto del funcionario, que atento a disposiciones de los artículos 50 y 54 del NEF resulta aplicable.

3) PASE al Departamento de Vialidad para su conocimiento y notificación al funcionario. 

4) CON registro de los Departamentos de Administración y de Hacienda e intervención de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.580/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02714.

PRESIDENTE MARIO LEMA Y SECRETARIA LORENA SANNER. CLUB SOCIAL Y CULTURAL CAPILLA DEL SAUCE RAID FEDERADO ELIO MAIDANA SETIEMBRE 2026.

VISTO:

La solicitud presentada por la Comisión del Club Social y Cultural de Capilla del Sauce, mediante la cual solicita la colaboración de esta Intendencia con un camión cisterna para la realización de la 34.ª edición del Raid Hípico "Elio Maidana". 

RESULTANDO: 

Que la Dirección de Vialidad informa que no existen inconvenientes en brindar la colaboración solicitada. 

CONSIDERANDO:

Que el referido evento constituye una actividad deportiva y social de interés para la localidad de Capilla del Sauce, estimándose pertinente colaborar con su realización. ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y por las razones indicadas ut-supra. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) AUTORIZAR al Departamento de Obras, por intermedio de la Dirección de Vialidad, a prestar colaboración con la Comisión del Club Social y Cultural de Capilla del Sauce, facilitando un camión cisterna para el desarrollo de la 34.ª edición del Raid Hípico "Elio Maidana", de acuerdo con la disponibilidad operativa del servicio.

2) COMETER a la Dirección de Vialidad la coordinación con los organizadores respecto de la fecha, horario y demás aspectos operativos necesarios para la prestación de la colaboración.

3) PASE al Departamento de Obras y a la Dirección de Vialidad para su conocimiento, notificación y cumplimiento, con posterior archivo.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.581/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02707.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXP. N° 1146/26 MARTÍNEZ JODAMI SOLICITUD DE INFORME DE LA EDIL SOBRE EL LLAMADO A LICITACIÓN DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE FLORIDA.

RESOLUCIÓN: 

1) REMITASE a la Junta Departamental de Florida las presentes actuaciones en respuesta al pedido de informes efectuado por la Sra. Edil Jodami Martínez y el Edil Alberto Mazza, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO, archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.582/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02588. 

DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE. PAGO DE PATENTE POR ERROR OAF 5162 Y OAF 5088.

VISTO:

El error administrativo informado por el Departamento de Tránsito y Transporte, quien solicita se tramite devolución del pago de tributo de patente de rodados y costo de empadronamiento efectuado indebidamente a la matrícula OAF 5088, propiedad de la Sra. Isabel Piñeyro, correspondiendo a la matrícula OAF 5162 propiedad de la Sra. Silvia Massullo. 

CONSIDERANDO: 

Que tratándose de un error administrativo constatado, corresponde a la Administración regularizar la situación. Que no se ha presentado reclamo por parte de la matrícula OAF 5088. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) FACULTAR al Departamento de Hacienda, en coordinación con el Departamento de Tránsito y Transporte, a gestionar la regularización de la situación ante el SUCIVE, sin perjuicio para las contribuyentes, efectuando la devolución del pago según factura adjunta a actuación N.º 1 a la Sra. Massullo, y desacreditando del Padrón N.º 904081206 Matrícula OAF 5088, el monto depositado según recibo N.º 67986979.

2) PASE a Administración Documental para notificar a las propietarias de las matrículas de referencia.

3) SIGA a los efectos indicados a los Departamentos de Hacienda y de Administración – Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.583/26

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02833.

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 2042/26 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. HÉCTOR DARÍO REYES MOREIRA.

VISTO: 

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de Florida por Oficio No. 2042/26, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Héctor Darío Reyes Moreira. 

ATENTO: 

A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360 y lo informado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Héctor Darío Reyes Moreira por el término de seis meses contados a partir del 6 de julio de 2026, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley No. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.


RESOLUCIÓN Nº 3.584/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02510.

GUSTAVO FUENTES. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE SANCIÓN NO DADA DE BAJA POR MULTA POR MOTIVOS QUE SE DETALLAN. 

VISTO:

La nota presentada por el Sr. Gustavo FUENTES, solicitando la prescripción de una sanción no dada de baja al retirar la libreta, luego de cumplir los seis meses de sanción y haber pago la multa correspondiente, en la Intendencia de Florida, hecho ocurrido en 2005. 

ATENTO: 

A lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 11.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE prescripta la multa aplicada, al Sr. Gustavo FUENTES, visto el tiempo transcurrido, atento a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N° 19.824 y a lo informado por Asesoría Jurídica en actuación nombrada.

2) PASE a Administración Documental a fin de notificar al gestionante de acuerdo a lo informado por Asesoría Jurídica en actuación referida.

3) SIGA al Departamento de Hacienda, para su registro, cumplimiento y demás efectos correspondientes.

4) CONTINÚE al Departamento de Administración, para su conocimiento y efectos.

5) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.


RESOLUCIÓN Nº 3.585/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-01949.

ALEJANDRO GARCÍA. LLAMADO EXTERNO DE CHÓFERES FLOTA LIVIANA.

VISTO:

El planteo efectuado por el Departamento de Logística y Coordinaciones Externas, manifestando la necesidad de contar con personal para ser destinado a tareas de chofer de flota liviana. 

ATENTO: 

A lo expresado por la Dirección General del Departamento de Administración, respecto a que resulta oportuno se realice un llamado abierto bajo la modalidad de contrato eventual de función pública, y teniendo en cuenta la documentación agregada por el Departamento de Recursos Humanos.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DISPONER se haga efectivo un llamado público a aspirantes para ocupar 3 vacantes, para cumplir funciones como choferes de flota liviana.

2) APROBAR las bases que regirán el llamado de acuerdo a la redacción dada en documento anexado en actuación No. 3.

3) DISPONER que el tribunal de valoraciones este integrado por: el Sr. Secretario General Ec. José Luis Curbelo, el Sr. Director General de Administración Ignacio Costa y el Sr. Director del Departamento de Logística y Coordinación de Áreas Externas Juan José Lema.

4) PASE al Departamento de Recursos Humanos a los efectos ordenados.

5) OPORTUNAMENTE, vuelva a este Despacho.


RESOLUCIÓN Nº 3.586/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02828.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. NO APRUEBA CAJA CHICA. 

VISTO: 

Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa la rendición de cuentas de los fondos fijos de reposición pertenecientes a los Departamentos de Tránsito y Transporte, Desarrollo Sostenible, Turismo, Servicios Varios, Centro Médico, Cecap, Secretaria Privada y Oficinas Administrativas de Capilla del Sauce y Mendoza Chico, por contener facturas con gastos previsibles y en un caso factura de consumidor final. 

CONSIDERANDO: 

Que se ha dispuesto la realización de las coordinaciones necesarias entre las Direcciones Generales y el Departamento de Hacienda, a fin de no realizar gastos que ameriten no ser aprobados. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DISPONER se proceda a la reposición de los fondos correspondientes a los gastos realizados, en el marco de lo establecido en el TOCAF.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda, Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.

3) CUMPLIDO archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.587/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02875.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. OBSERVA FCN. 

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nº 845, 849 a la firma Eronal S.A. (pala cargadora).

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que se han efectuado diversas contrataciones en forma directa a la mencionada empresa, por lo cual se esta frente a un fraccionamiento de gasto, no habiéndose realizado llamado a licitación y que la fecha de autorización del gasto fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra. 

CONSIDERANDO: 

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos necesarios para el cumplimiento de objetivos promovidos por la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado. 

ATENTO: 

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, con posterior archivo.


RESOLUCIÓN Nº 3.588/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02434.

MARY LUZ ACOSTA TERRA. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE PADRONES QUE SE ADJUNTAN EN NOTA.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Mary Luz Acosta Terra, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, sobre los padrones Nos. 9889 y 9890 de Florida.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica. 

CONSIDERANDO:

Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación No. 5.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrones Nos. 9889 y 9890 de Florida hasta el ejercicio 2020 inclusive, conforme a lo previsto en el art. 25 del Decreto de la Junta Departamental de Florida No. 12/21.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2021, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.589/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02671.

PROSECRETARIA. AMPLIACIÓN MURO PERIMETRAL. 

VISTO: 

Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el gasto generado mediante Resolución N.º 3543/26 de fecha 16 de julio de 2026, por la cual se amplía la licitación abreviada N° 26/26 para la construcción de hasta 136 metros de muro perimetral, luego de haber finalizado la inicial, contraviniendo el artículo N.º 74 del TOCAF. 

CONSIDERANDO:

I) Que la ampliación no supera el 100% de lo licitado, (artículo N.º 74 del TOCAF), conforme a lo informado por Abastecimientos.

II) Que los fondos para la ejecución ya fueron transferidos conforme a lo informado por el Hipódromo Irineo Leguisamo con aval del Departamento de Deportes y Actividad Física.

III) Que la extensión del muro perimetral del Hipódromo es necesaria, por motivos de seguridad y para cumplir con los estándares acordados.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF). 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, reiterándose el gasto observado.

2) PASE a sus efectos a la Unidad de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas y Departamento de Hacienda.

3) CONTINÚE según Resolución N.º 3543/26.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.590/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02084.

PISTA NÁPOLES GASTÓN LÓPEZ FACUNDO PÉREZ. REALIZA PLANTEAMIENTO A DIRECCIÓN DE DEPORTES PARA 4TA FECHA DEL REGIONAL CENTRO DE VELOCIDAD EN TIERRA.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la resolución N° 3076/26 de fecha 2 de junio de 2026, por la cual se dispone de una colaboración de $ 30.000 al Sr. Gastón López, destinada al evento que promueve.

RESULTANDO: 

Que la observación se fundamenta en que la Oficina de Planificación y Presupuesto informa que el gasto debe afectarse al objeto 299000 del programa 02000000, el cual cuenta no cuenta con disponibilidad presupuestal. 

CONSIDERANDO: 

Que dicho gasto responde a la necesidad de brindar apoyo a actividades deportivas como la presente, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado. 

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. 3076/2026.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.591/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02913.

UNIDAD EJECUTIVA. DECLARAR VISITANTE ILUSTRE DE NUESTRO DEPARTAMENTO AL CR. ENRIQUE IGLESIAS CON MOTIVO DE LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA PERSONAS MAYORES A CELEBRARSE EL 1ERO DE OCTUBRE DE 2006. 

VISTO: 

La conmemoración del Día Internacional de las Personas Mayores a celebrarse en el departamento de Florida el día 1º de octubre de 2026, en el marco de la cual se contará con la presencia del Cr. Enrique V. Iglesias. 

RESULTANDO: 

I) Que el Cr. Enrique V. Iglesias nació en Asturias, España, en 1930, y llegó a nuestro país siendo niño, adoptando la nacionalidad uruguaya con profundo compromiso y genuino sentido de identidad, convirtiéndose en uno de sus ciudadanos más universales.

II) Que es Contador Público egresado de la Universidad de la República y ha desarrollado una extensa carrera al servicio del Estado uruguayo, de América Latina y de la comunidad internacional.

III) Que entre los cargos de mayor relevancia desempeñados se destacan los de Ministro de Relaciones Exteriores del Uruguay, Presidente del Banco Central del Uruguay, Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) durante diecisiete años, y Secretario General Iberoamericano, cargo desde el cual impulsó la consolidación del espacio iberoamericano como ámbito de encuentro político, cultural y de cooperación entre Europa y América Latina.

IV) Que ha recibido numerosas distinciones académicas y condecoraciones oficiales otorgadas por países, universidades y organismos internacionales, en reconocimiento a la dimensión global de su aporte intelectual y político.

V) Que en las últimas décadas ha desarrollado una activa reflexión y compromiso con los desafíos que plantea el envejecimiento poblacional y la longevidad, promoviendo una mirada centrada en los derechos, las capacidades y la participación social de las personas mayores, en consonancia con los principios impulsados por las Naciones Unidas y los organismos internacionales especializados en la materia.

VI) Que en ese marco fundó y preside la Fundación ASTUR, institución dedicada a promover políticas, proyectos y espacios de reflexión orientados al envejecimiento saludable, la participación ciudadana y el diálogo intergeneracional.

CONSIDERANDO:

I) Que la trayectoria pública, académica y diplomática del Cr. Enrique V. Iglesias trasciende ampliamente las fronteras del Uruguay, constituyendo un ejemplo de compromiso con el diálogo entre los pueblos, la cooperación internacional y la construcción de sociedades más justas, inclusivas y solidarias.

II) Que su legado más profundo reside en una concepción humanista del desarrollo, fundada en la convicción de que el crecimiento económico debe estar inseparablemente unido a la promoción de la dignidad humana, la democracia, la educación, la cultura y la solidaridad entre generaciones.

III) Que su labor como analista y publicista sobre el desarrollo económico, social y humano lo ha convertido en un permanente constructor de puentes entre gobiernos y sociedades, entre corrientes de pensamiento, entre generaciones y entre regiones del mundo.

IV) Que su compromiso con los desafíos que plantea la denominada “revolución de la longevidad” adquiere especial relevancia en un contexto mundial que exige repensar las formas de convivencia social, los sistemas de protección, las ciudades, las instituciones y las políticas públicas desde una perspectiva que coloque a las personas mayores en el centro de las transformaciones sociales del siglo XXI.

V) Que su presencia en el departamento de Florida con motivo de la conmemoración del Día Internacional de las Personas Mayores reviste un profundo significado institucional y simbólico, y que su reconocimiento como Visitante Ilustre constituye una reafirmación de los valores que su trayectoria encarna: el humanismo, el diálogo, la integración, la solidaridad intergeneracional y el compromiso con la construcción de una sociedad para todas las edades.

VI) Que dicha distinción honra al departamento de Florida y proyecta, al mismo tiempo, un mensaje de esperanza y responsabilidad frente a los desafíos y oportunidades que plantea una sociedad cada vez más longeva.

ATENTO:

A lo expuesto precedentemente y por las razones invocadas ut supra. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) DECLÁRSE “Visitante Ilustre” de nuestro Departamento al Cr. Enrique V. Iglesias, en ocasión de su presencia en nuestra ciudad, con motivo de la conmemoración del Día Internacional de las Personas Mayores, a celebrarse el día 1º de octubre de 2026.

2) FACULTAR al Departamento de Cultura a realizar las gestiones de estilo para hacer entrega al distinguido de un ejemplar de la presente resolución, así como de un presente institucional en testimonio del reconocimiento conferido, en el marco del acto conmemorativo referido.

3) PASE al Departamento de Cultura para su conocimiento y notificación del homenajeado.

4) CON conocimiento y registro del Departamento de Abastecimiento y de la Oficina de Relaciones Públicas, archívese de conformidad.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.592/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-00765.

OBRAS. LICITACIÓN SUMINISTRO DE HORMIGÓN.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la adjudicación de la Licitación Pública No. 1/2026, destinada a la adquisición de hormigón puesto en obra. 

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en lo establecido en los artículos sexto – ponderación de antecedentes – y décimo quinto – potestad de ponderar a exclusivo juicio el cumplimiento de las especificaciones contravienen lo dispuesto por el artículo 48 del Tocaf. 

CONSIDERANDO: 

Que dicho gasto responde a la necesidad de dar continuidad con los programas de orden social que se promueven, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado. 

ATENTO: 

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con las resoluciones Nos. 3062 y 3233/2026.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.593/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02703.

INSTITUCIÓN ATLÉTICO EL INCA. SOLICITUD DE COLABORACIÓN ECONÓMICA INSTITUCIÓN ATLÉTICA EL INCA 6 FECHA DEL REGIONAL CENTRO DE MOTOCROSS 2026. 

VISTO: 

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas al gasto generado mediante la resolución N° 3525/26 de fecha 15 de julio de 2026, por la cual se dispone de una colaboración económica destinada a la Institución Atlética el Inca de Casupá. al no contar con disponibilidad presupuestal en el Programa de afectación. CONSIDERANDO: 

Que la colaboración se presta, en el marco de la competición Regional – Centro de Motocross 2026 por la importancia del evento y los beneficios que aporta para la comunidad en su conjunto. 

ATENTO: 

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CONTINÚE con lo dispuesto por Resolución Nº 3525/26.


RESOLUCIÓN Nº 3.594/26 

EXPEDIENTE N° 2025-86-001-01920. 

DESARROLLO SOSTENIBLE. CONVENIO “PLAN VALE” CON INTENDENCIA DE FLORIDA.

VISTO:

El Convenio suscrito entre República Negocios Fiduciarios S.A., en su calidad de fiduciario del Fideicomiso Plan de Valorización de Envases, y la Intendencia de Florida con fecha 16 de diciembre de 2025, con anuencia de la Junta Departamental de Florida otorgada a través de Resolución JDF 57/2025 de fecha 11 de noviembre de 2025, para la implementación del “Plan Vale” para la recuperación de envasados y materiales de envasado.

RESULTANDO: 

Que la cláusula 4.1 ii del Convenio establece la obligación de la Intendencia de poner a disposición del “Plan Vale” la infraestructura civil del predio localizado en el padrón 11.430 de la ciudad de Florida para la instalación y operación de la Planta de Clasificación. 

CONSIDERANDO: 

Que corresponde por tanto ceder en comodato el predio de referencia, en las condiciones establecidas en el Convenio Marco de referencia.

ATENTO:

Al Convenio de Recuperación de Envases y Material de Envasado que consta en anexo a actuación N.º 31, a la Resolución JDF N.º 57/2025, a los documentos anexos a actuación N.º 69 de Desarrollo Sostenible, y al visto favorable de la Asesoría Notarial. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CEDER en comodato a REPÚBLICA NEGOCIOS FIDUCIARIOS S.A., en su calidad de Fiduciario del FIDEICOMISO PLAN DE VALORIZACIÓN DE ENVASES (Plan VALE), la fracción del Inmueble que forma parte del padrón matriz N.º 11.430 de la localidad de Florida, debidamente señalizado y determinado en croquis que se adjunta como Anexo A, y que forma parte integrante del presente contrato, con destino a la instalación de una Planta de Clasificación, por el plazo indicado en la Cláusula Cuatro.

2) PASE a la Asesoría Notarial para la confección del contrato de Comodato y demás trámites de estilo en coordinación con la Dirección de Desarrollo Sostenible.

3) CON registro del Departamento de Agrimensura, archívese en la citada Asesoría.


 

RESOLUCIÓN Nº 3.595/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02678.

DIRECCIÓN DE DEPORTES Y ACTIVIDAD FÍSICA. ESCUELA DE BASKET DE SARANDÍ GRANDE Y FLORIDA SOLICITA COLABORACIÓN PARA INDUMENTARIA. 

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la colaboración otorgada para la compra de hasta $ 29.500, para la adquisición de indumentaria deportiva destinada a la Escuela de Basquetbol de Sarandí Grande y Florida. 

RESULTANDO: 

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto de imputación. 

CONSIDERANDO: 

Que dicho gasto responde a la necesidad de dotar de indumentaria adecuada a integrantes de planteles deportivos de escuelas dependientes de esta Intendencia, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado. 

ATENTO: 

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con las resoluciones Nos. 3536 y 3561/2026. 


RESOLUCIÓN Nº 3.596/26 

EXPEDIENTE N° 2026-86-001-02915.

UNIDAD EJECUTIVA. RESPUESTA A PLANTEAMIENTO DE LA COOPERATIVA NACIONAL DE PRODUCTORES DE LECHE (CONAPROLE) DE AMPLIAR LA CAPACIDAD OPERATIVA DEL COMPLEJO INDUSTRIAL FLORIDA. 

RESOLUCIÓN: 

1) CÚRSESE Oficio a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (CONAPROLE), remitiéndose respuesta al planteo formulado con el objetivo de ampliar la capacidad operativa del Complejo Industrial Florida.

2) PASE al Departamento de Obras - Área de Ordenamiento Territorial, para su conocimiento, registro y reserva por un período prudencial en espera de respuesta. 


 

En este estado, siendo el veintinueve de Julio de dos mil veintiséis, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y el Secretario General, Ec. José Luis CURBELO, designado a tales efectos.