Acta N° 220/2016

Resolución

Del Nº 4.263/16 al Nº 4.286/16

En el local de la Intendencia de FLORIDA, el Intendente de FLORIDA, Sr. Oscar ARIZAGA BARÓN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 4.263/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02715.

DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SOLICITA MOTONIVELADOR Y OPERARIO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes y conforme al acuerdo alcanzado por parte del Departamento de Descentralización y Departamento de Vialidad, en cuanto al traslado de un operador de maquinaria pesada y el intercambio de Motoniveladoras y Bulldozer por razones operativas.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER que el funcionario Alberto CABRERA Ficha Nº 2422, sea trasladado desde el Departamento de Obras para cumplir funciones como operador de maquinaria a la orden del Departamento de Descentralización.

2) AUTORIZAR por razones operativas el intercambio de las Motoniveladoras citadas por los departamentos mencionados, así como el Bulldozer Nº 25 FIAT ALLIS BLANCO que una vez reparado permanecerá a la orden del Departamento de Descentralización.

3) PASE al Departamento de Descentralización y Departamento de Obras para su conocimiento y notificación.

4 )CON anotaciones del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 4.264/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02988.

CONTADORA DELEGADA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. OBSERVA RELACIONES DE PAGO.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la adquisición de materiales y servicios a Empresas proveedoras.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de adquirir insumos para el normal funcionamiento de las dependencias de la Comuna, que se encuentran al servicio de la comunidad, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.265/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-01637.

DIRECCIÓN DE DEPORTES DE INTENDENCIA DE FLORIDA. SOLICITA CONTRATACIÓN POR MECANISMO DE HORA DOCENTE A LA ENT. GIOVANA CAMARGO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes y de acuerdo a lo expresado por el Departamento de Cultura.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) MODIFICAR el numeral 1 de la resolución Nº 3442/2016, contenida en anexo de actuación Nº 3, en relación a la cantidad de horas a asignar a la Señora Giovanna CAMARGO, ya que a partir del 1 de setiembre próximo cumplirá un total de 36 horas mensuales de labor.

2) PASE al Departamento de Cultura para la notificación de la interesada.

3) CON registro del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 4.266/16.

EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04801.

JUAN CARLOS GÓMEZ. SOLICITA AJUSTE EN EL PRECIO DE SERVICIO DE BAROMÉTRICA.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Lo consultado por el Departamento de Contaduría en actuación Nº 67.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ESTABLÉCESE que los ajustes por IPC dispuestos por Resoluciones Nº 19.520/15 y 4.113/16 tienen carácter mensual.

2) PASE al Departamento de Hacienda a los efectos ya dispuestos.

3) CONTINÚE de acuerdo con lo establecido en Resolución Nº 4.113/16.

RESOLUCIÓN Nº 4.267/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02979.

LUIS CARAMÉS Y OTROS CASUPÁ FM Y LATORRE FM. SOLICITA APOYO POR TRASMISIÓN DE PARTIDOS POR ELIMINATORIAS DE SELECCIÓN URUGUAYA.

RESOLUCIÓN:

1) DISPONER sea contratada la pauta publicitaria ofrecida por CASUPÁ FM y LATORRE FM de FRAY MARCOS, a un costo de $ 8.000, con motivo de brindar a la población información vinculada a la Comuna, en oportunidad de la transmisión de los partidos por las eliminatorias del campeonato mundial de fútbol, ARGENTINA – URUGUAY y PARAGUAY – URUGUAY, facultándose a la Unidad de Comunicaciones a coordinar las acciones pertinentes.

2) PASE a la Unidad de Comunicaciones para su registro y notificar al interesado.

3) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.268/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02524.

MÓNICA BELLO. PRESCRIPCIÓN DE DEUDA PADRÓN URBANO 4232 Y ACCEDER A FACILIDAD 2016 VIGENTE.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de la Señora Mónica BELLO de prescripción de adeudos del padrón Nº 4232 urbano de FLORIDA y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 3, en cuanto a la no presentación de la documentación requerida a tales fines.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NO hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Mónica Bello por los fundamentos expuestos en el Visto y Considerando de la presente resolución.

2) PASE para su notificación y demás efectos a la Unidad de Administración Documental.

3) CUMPLIDO y estando de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.269/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02580.

RAÍCES SARANDIENSES. SOLICITA APOYO ECONÓMICO PARA LA FIESTA DE CAMPO RINCÓN DE TRADICIÓN LOS DÍAS 10 Y 11 DE SETIEMBRE.

VISTO:

La gestión iniciada por RAÍCES SARANDIENSES DE SARANDÍ GRANDE, solicitando colaboración económica para la entrega de premios en los 8º Juegos Camperos en el ruedo “RINCÓN Y TRADICIÓN” los días 10 y 11 de setiembre del corriente año.

CONSIDERANDO:

1) Que la presente Administración en reiteradas oportunidades y dentro de un gran espectro de acuerdo al presupuesto asignado, ha prestado sustento a Instituciones sociales, deportivas y culturales, personas y grupos organizados, habiendo actualmente comprometido sus alcances hasta la finalización del presente ejercicio, salvo situaciones excepcionales que luego de una valoración exhaustiva por parte de las oficinas de competencia y el Ejecutivo, ameriten asistencia.

2) Que si bien se reconoce la práctica que realiza el grupo presentado, fomentando la cultura en diferentes sitios de nuestro departamento, así como fuera de él.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFÍCASE a integrantes de RAÍCES SARANDIENSES DE SARANDÍ GRANDE, haciéndoles saber la imposibilidad de conceder la colaboración solicitada, en virtud del contenido de los considerandos que anteceden, pasando a tales efectos a Unidad de Descentralización.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.270/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02105.

LICEO DE MENDOZA GRANDE (GRUPO 4º A). REFERENTE PROYECTO “REPARO ECOLÓGICO”. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA CONSTRUIR PAREDES ECOLÓGICAS EN GARITAS DE RUTA Y FRENTE A CENTROS EDUCATIVOS.

RESOLUCIÓN:

1) NOTIFÍCASE a los presentados, haciéndole saber la imposibilidad de valorar la propuesta presentada, en virtud de que los resguardos peatonales ubicados en Rutas Nacionales, pertenecen a Jurisdicción Nacional, por lo que se encuentran regulados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por lo que se les exhorta a iniciar trámite ante esa Secretaría de Estado, pasando a tales efectos a la Unidad de Descentralización.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.271/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02620.

JUAN CASCALLAR. PRESCRIPCIÓN DE DEUDA PADRÓN 8061 URBANO Y ACCEDER A FACILIDAD 2016 VIGENTE.

RESOLUCIÓN:

1) NOTIFÍCASE al Sr. Juan CASCALLAR, haciéndole saber la imposibilidad de acceder a la prescripción peticionada, en virtud de no haber acreditado la documentación requerida oportunamente, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, siga a la Asesoría Jurídica.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.272/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02892.

MARCELO MARTÍNEZ. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL PADRÓN URBANO Nº 991 DE LA LOCALIDAD CATASTRAL CASUPÁ.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de Contribución inmobiliaria efectuada por el Sr. Marcelo MARTÍNEZ, por el padrón Nº 991 de la localidad de CASUPÁ y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 4.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE la prescripción de la deuda generada por Impuesto de Contribución Inmobiliaria del padrón Nº 991, de la localidad de CASUPÁ, hasta el ejercicio 2010 inclusive (artículos 38 y 39 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada.

2) PASE para la notificación del gestionante a la Unidad de Administración Documental.

3) CONTINÚE al Departamento de Hacienda para su registro, e iniciar los trámites necesarios para obtener el cobro de la deuda que resulte desde el año 2011, a fin de evitar futuras prescripciones.

4) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad, archívese, caso contrario continúe a la Asesoría Jurídica a sus efectos pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 4.273/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02054.

CERP FLORIDA. SOLICITA CONTENEDORES DE BASURA, BANCOS, MESAS, SILLAS Y MESAS FIJAS DE PIN - PONG.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud presentada por la Comisión de Becas y el Centro de Estudiantes del CERP del Centro (CECC).

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) COMUNICAR a los gestionantes, la imposibilidad de colaborar en esta oportunidad dado que, no se cuenta con aparatos de gimnasia ni mesas de tenis de ping-pong, las cuales ya están destinadas para su uso en nuestra ciudad y distintas localidades del interior.

2) ASIMISMO, comunicar en relación a los demás elementos solicitados que en virtud del trabajo que tiene actualmente la Sección Carpintería, por el momento no será posible colaborar, sin perjuicio de ser considerada la solicitud más adelante por el Departamento de Espacios Públicos.

3) PASE a División Administración Documental a los efectos dispuesto.

4) CUMPLIDO, archívese sin perjuicio.

RESOLUCIÓN Nº 4.274/16.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-04128.

UNIDAD DE SEGURIDAD VIAL. DEL INSTALADO EN COMERCIO GASTRONÓMICO “ME PLANTO” EN SEDE DEL CLUB UNIÓN, SIN AUTORIZACIÓN DE LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA CON FALENCIAS DESDE EL PUNTO DE LA SEGURIDAD VIAL.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes y lo expresado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFÍCASE al Señor Ramiro RODRÍGUEZ, titular del comercio gastronómico “ME PLANTO”, instalado frente al Nº 665 de la calle RIVERA de la ciudad de FLORIDA, estableciéndose que de persistir el incumplimiento, transcurridos 10 días hábiles se procederá al retiro del mismo por parte de esta Intendencia, mediante el Departamento de Obras, con cargo a los propietarios.

2) PASE a División Administración Documental para la notificación del interesado.

3) SIGA al Departamento de Obras, quien informará las resultancias del caso.

4) CONTINÚE al Departamento de Administración – Tránsito y Transporte, a fin de tomar conocimiento del cumplimiento de las medidas adoptadas.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese, en caso contrario, vuelva informado a esta Prosecretaría.

RESOLUCIÓN Nº 4.275/16.

EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-04485.

HARRINGTHON JAVIER ETCHEVERRY. PLANTEA SU SITUACIÓN FUNCIONAL.

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) El recurso de revocación administrativo interpuesto por el Sr. Harringthon Javier Etcheverry Quintana, contra la Resolución Nº 2.970/2016, -que no hizo lugar su petición de pago de diferencias salariales por haber desempeñado a su juicio tareas superiores al cargo que detentaba-, solicitando el diligenciamiento de prueba testimonial a efectos de que depongan sobre si tienen o no conocimiento de si el ex funcionario ejerció o no “...tareas inherentes al cargo V, como chófer de motoniveladora..."..

II) Que al respecto dictaminó la Asesoría Jurídica, en los términos que expone en actuación No. 30, estimando en síntesis que "…aunque los testigos propuestos (otros funcionarios municipales) declararan que el Sr. Etcheverry se desempeñó en ocasiones como conductor de la motoniveladora, no le da derecho al cobro de las diferencia pedidas..." y por las razones que expone en el citado dictamen.

III) Que se procedió a otorgar vista al recurrente de conformidad con lo dispuesto por el Art. 66 de la Constitución de la República y artículo 76 del Decreto 500/91, la cual fue evacuada dentro del plazo previsto, como surge de estos antecedentes, señalando en la misma que el rechazo de la prueba solicitada vulnera el debido proceso legal.

IV) Que analizados los mismos por la Asesoría Letrada en actuación Nº 38 estima que la resolución recurrida se ajusta a derecho, compartiendo que la prueba solicitada resulta inconducente, no para probar las funciones que pudo haber desempeñado el gestionante, sino para probar que el mismo tenga derecho a percibir las diferencias de sueldo que reclama.

Expresa que el criterio de la Administración es "que solamente el desempeño de tareas superiores por encomendación realizada por el Jerarca del Organismo y en la forma indicada en el Estatuto del Funcionario (artículos 14 y 15) da el derecho a percibir diferencias de salarios".

V) Sin perjuicio de lo expuesto, aconseja que siendo el tema opinable, -en cuanto a la conducencia o pertinencia de la prueba referida- revocar la recurrida, disponiendo se proceda a diligenciar la prueba testimonial ofrecida en la petición.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) REVOCAR la resolución Nº 2970/16 de fecha 4 de abril del año 2016, disponiendo el diligenciamiento de la prueba testimonial ofrecida en el recurso administrativo.

2) PASE a la Unidad de Administración Documental a los efectos de notificar al interesado.

3) CUMPLIDO, continúe a la Asesoría Jurídica a los efectos establecidos.

4) FECHO y previo informe de la Asesoría Jurídica, reingrese a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 4.276/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-00636.

DIRECCIÓN DE DESARROLLO SUSTENTABLE. INICIATIVA DE APOYO A FIRMA INTERESADA EN RADICARSE EN EL DEPARTAMENTO, EMPRENDIMIENTO INDUSTRIAL LÁCTEO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

El decreto sancionado por la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 28/16, por la cual se declara de “Interés Departamental” el proyecto de desarrollo de la cadena de producción de quesos para la exportación, a llevarse a cabo en zona muy próxima a la localidad de MENDOZA GRANDE, por la empresa SANDIT S.A., incluyéndose en al Categoría “B” del Decreto 41/95.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CÚMPLASE, publíquese, registrase.

2) PASE a la Unidad de Comunicaciones a sus efectos pertinentes.

3) CUMPLIDO, continúe al Departamento de Hacienda a efectos de registrar la exoneración concedida, conforme a la Categoría B otorgada al proyecto.

4) SIGA al Departamento de Desarrollo Sustentable para su conocimiento, notificación de los interesados, quienes deberán presentar oportunamente un informe de las actividades desarrolladas y del grado de cumplimiento de los objetivos planteados.

5) CON registro de la Asesoría Jurídica, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.277/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02553.

ALUMNOS DEL CURSO DE FOTOGRAFÍA. SOLICITAN EL SEGUNDO NIVEL DEL MISMO.

RESOLUCION:

1) NOTIFÍCASE a los gestionantes haciéndoles saber la imposibilidad de incluir el curso del 2do. nivel de fotografía en el presente año, en virtud de encontrarse comprometido el presupuesto anual destinado al Departamento de Cultura, pudiéndose incluir si este así lo considera en las actividades del año entrante, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CON registro del Departamento de Cultura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.278/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02037.

ESCUELA Nº 27 LA MACANA. SOLICITUD DE FOCOS Y JUEGOS.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes, lo informado por los Departamentos de Obras y Espacios Públicos y que se ha notificado a la Institución de lo actuado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR la entrega de los artefactos de iluminación solicitados, conforme a lo informado por División Electricidad.

2) CON conocimiento del Departamento de Obras, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.279/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02124.

SECRETARÍA GENERAL. DISPONER EL TRASLADO EN FORMA PROVISORIA DEL FUNCIONARIO RUBÉN ARIEL IBARBURU DE ACUERDO A LOS ANTECEDENTES QUE CONSTAN EN EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02085.

RESOLUCIÓN:

1) MANTENER en todos sus términos la compensación por mayor extensión horaria que percibe el funcionario Rubin Ibarburu, en función a las tareas asignadas en el Departamento de Administración - División Servicios Varios.

2) CON registro del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.280/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02642.

IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS. SOLICITA EXONERACIÓN PADRONES 5733, 10418 URBANO DE FLORIDA Y 617 URBANO SARANDÍ GRANDE.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud presentada por Autoridades de la IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS, y de acuerdo a lo informado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE la exoneración de todo Tributo por el presente ejercicio, los padrones Nos. 5733, 10.418 de FLORIDA y Nº 617 de SARANDÍ GRANDE, propiedad de la IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS, al amparo de lo previsto por el Artículo 69 de la Constitución de la República.

2) PASE a División Administración Documental a fin de notificar a los interesados.

3) SIGA a sus efectos al Departamento de Hacienda.

4) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 4.281/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02398.

ÁLVARO RIVA REY. ELEVA INICIATIVA PARA DESIGNAR CON EL NOMBRE “PASEO JOSÉ CÚNEO” UN ÁREA DEL CENTRO DE LA CIUDAD DE FLORIDA.

VISTO:

Estos antecedentes relacionados con la iniciativa del Director General del Departamento de Cultura, y que desde la remodelación del centro de la ciudad de FLORIDA, fue intención del Ejecutivo, designar un paseo con el nombre “JOSÉ CÚNEO”, lo que hasta hoy fue solo de hecho, no gestionándose el nombre frente al órgano competente.

CONSIDERANDO:

1) Que el artista plástico José CÚNEO PERINETTI nació en MONTEVIDEO el 11 de setiembre de 1887 y murió en BONN, ALEMANIA, el 19 de julio de 1977.

2) Que se casó con la floridense Virginia MATTOS el 27 de agosto de 1921 y se radicó en FLORIDA, en casa de la familia de su esposa, por dos años a partir de setiembre de 1930.

3) Que en ese lapso pintó lunas y ranchos en el barrio PRADO ESPAÑOL de FLORIDA, donde se radicó y desarrolló su identidad y mayor expresión artística, recogiendo bocetos que luego le permitieron seguir pintando estos cielos, en URUGUAY o fuera del país, hasta 1955.

4) Que se trata, junto a Torres GARCÍA, FIGARI, BARRADAS y PETRONA VIERA, de uno de los cinco artistas más destacados de la pintura nacional.

5) Que se trata de un fenómeno artístico único en el mundo, por la elección de la luna como temática central.

6) Que llevó los barrancos, lunas y ranchos del PRADO ESPAÑOL al mundo entero, así como acuarelas del campo uruguayo – cuya serie se inició también en los campos del departamento de FLORIDA.

7) Que es interés del gobierno departamental promover referencias floridenses asociadas a las lunas y ranchos de CÚNEO, como elemento de identidad cultural y por interés turístico.

8) Que en 2017 se dará la doble efemérides: 130 años de su natalicio y 40 años de su muerte.

9) Que esto dará mérito a actividades especialmente organizadas por la Dirección de Cultura para celebrarlas.

10) Que la comunidad de FLORIDA ha recibido con beneplácito la iniciativa de designar -de hecho- con el nombre de JOSÉ CÚNEO esa zona céntrica de la ciudad.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto por el art. 19 numeral 31 de la Ley Nº 9.515.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo 1. Desígnase con el nombre de “PASEO JOSÉ CÚNEO” al tramo de calles del centro de la ciudad de FLORIDA que se detalla a continuación: -El Mercado Municipal de FLORIDA -La cuadra de la calle Doctor URSINO BARREIRO comprendida entre calles ANTONIO MARÍA FERNÁNDEZ e INDEPENDENCIA.-Calle INDEPENDENCIA entre calles Doctor URSINO BARREIRO e ITUZAINGÓ. Calle ITUZAINGÓ desde calle INDEPENDENCIA hasta la PLAZA ASAMBLEA.

Artículo 2. Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN Nº 4.282/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02508.

BEATRIZ LAUDICIO. PRESCRIPCIÓN PADRÓN 324 URBANO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de contribución inmobiliaria efectuada por la Señora Beatriz LAUDICIO, del padrón Nº. 324 urbano de FLORIDA y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº. 10.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, Padrón Urbano Nº. 324 de FLORIDA hasta el ejercicio 2010 inclusive, conforme a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará la liquidación de la deuda a partir del año 2011, pudiendo el gestionante acogerse al beneficio de facilidades de pago vigente, en un plazo de 10 días hábiles a contar desde la notificación de la presente resolución.

3) SIGA a División Administración Documental para la notificación del interesado.

4) UNA vez acreditado su cobro, archívese, o en su defecto continúe a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 4.283/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-01954.

JUAN JOSÉ ALOY. PRESCRIPCIÓN DE DEUDA MATRÍCULA OAA 1640.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Patente de Rodados de la matrícula OAA 1640, presentada por el Sr. Juan José ALOY y que no ha sido presentada la documentación requerida, ni evacuada la vista conferida.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NO HACER LUGAR a la prescripción solicitada.

2) PASE a División Administración Documental para notificación del interesado y posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 4.284/16.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02671.

MARIO CÉSAR VILAR. PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL PADRÓN URBANO 7289 Y ACCEDER A FACILIDAD 2016.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de contribución inmobiliaria efectuada por el Sr. Mario César Vilar, del padrón No. 7289 urbano de Florida y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 7.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón urbano Nº 7289 de FLORIDA hasta el ejercicio 2010 inclusive, conforme a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará la liquidación de la deuda a partir del año 2011, pudiendo el gestionante acogerse al beneficio de facilidades de pago vigente, en un plazo de 10 días hábiles a contar desde la notificación de la presente resolución.

3) SIGA a División Administración Documental para la notificación del interesado.

4) UNA vez acreditado su cobro, archívese, o en su defecto continúe a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 4.285/16.

EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-02720.

JIMENA OCHOTORENA. SOLICITA HABILITACIÓN DE LOCAL SITO EN LEANDRO GÓMEZ 934 CON DESTINO A AUTOSERVICIO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la vista conferida a la Señora Jimena OCHOTORENA no fue evacuada oportunamente y conforme a los informes de la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER la suspensión de actividades del comercio causa de estos obrados cuyo titular es la Señora Jimena OCHOTORENA, a partir de su notificación, hasta tanto regularice la situación constatada, conforme a lo establecido por el Artículo 4 de la Ley Nº 15.896.

2) PASE para su notificación a Administración Documental.

3) SIGA al Departamento de Arquitectura, a fin de realizar los controles de estilo, elevando posteriormente el presente con el informe del caso.

4) OPORTUNAMENTE vuelva a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 4.286/16.

EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04396.

ÁREA ORDENAMIENTO TERRITORIAL. PLAN LOCAL CIUDAD DE FLORIDA.

VISTO:

Que por Decreto Nº 10/2016 se sancionó la aprobación por parte de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, el Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de FLORIDA y su micro región.

CONSIDERANDO:

Que en su Artículo 2 se padeció error en un Nº de Padrón, habiendo citado el Padrón Nº 12722, y debí decir Padrón Nº 12.772.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) REMITÁSE el presente a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para la modificación del artículo nombrado con la corrección indicada en el considerando.

2) PASE al Legislativo Departamental a sus efectos.

3) CUMPLIDO vuelva a este Despacho.

EN este estado, siendo el día veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, firma la presente acta en ausencia por licencia reglamentaria de su titular, el Señor Oscar ARIZAGA BARÓN, Intendente (I), conjuntamente con la Señora Secretaria General, Doctora Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.