Acta N° 278/2023

Resolución

Del Nº 6.764/23 al Nº 6.781/23

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 6.764/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01440.

SECRETARIA GENERAL. ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE DESTINADO A REFUGIO DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE POR UN PERÍODO DE 5 MESES.

VISTO:

Los antecedentes con que se cuentan tendientes a contar con un inmueble como refugio nocturno destinado a personas en situación de vulnerabilidad social, en el marco del PLAN INVIERNO, desde la refrenda del acuerdo y por período de 5 meses.

RESULTANDO:

1) Que de las pesquisas realizadas, se logró valorar que el inmueble ubicado en calle URSINO BARREIRO Nº 470, resulta adecuado para los intereses que se persiguen.

2) Que de acuerdo al informe agregado por el Departamento de Arquitectura, el precio mensual se ajusta a lo indicado en el artículo 40 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera.

3) La nota agregada en actuación Nº. 10 en donde se establece el precio definitivo acordado del alquiler a abonar y gastos de contrato y servicio de administración.

ATENTO:

A lo expresado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER sea celebrado un contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en calle URSINO BARREIRO Nº. 470, de esta ciudad, para ser destinado a refugio nocturno de personas en situación de vulnerabilidad social, siendo la administradora la empresa Negocios Inmobiliarios María José CANCLINI, a partir de la suscripción del acuerdo y por un período de 5 meses de acuerdo al costo mensual indicado en anexo de actuación Nº. 10, devengado que será de cargo de esta Intendencia más los servicios de agua potable, energía eléctrica y los honorarios a favor de la administradora por gastos de contrato y servicio de administración.

2) ESTABLECESE que la confección de las solicitudes de compra serán ejecutadas por el Departamento de Desarrollo Social.

3) FACULTASE a la Asesoría Notarial a coordinar con la Señora CANCLINI, los trámites inherentes al contrato y al Departamento de Desarrollo Social a proveer de los servicios básicos (energía eléctrica y agua potable), así como otras acciones que puedan corresponder.

4) PASE a la Asesoría Notarial y al Departamento de Desarrollo Social a fin de tomar conocimiento y proceder en consecuencia.

5) CONTINÚE al Departamento de Hacienda para su registro y efectos que correspondan. 6) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.765/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01541.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FACTURAS DE COMPRA NO STOCK.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 118 a la firma Institución Eliana ACOSTA.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el monto de la contratación supera la compra directa.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los programas que se promueven, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.766/23.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-03498.

CERRO CHATO. SEÑOR LUZARDO PASTOR. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDAS DEL PADRÓN 554 CM: 14080 DE LA LOCALIDAD.

VISTO:

La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria sobre el inmueble padrón urbano N.º 554 de la localidad de CERRO CHATO.

RESULTANDO:

1- Que se ha acreditado la legitimación para el trámite, no existiendo registros de intimaciones.

2- Que el padrón de referencia presenta una duplicación del Código Municipal en el Sistema, correspondiendo asociarlo al CÓDIGO MUNICIPAL 14.042 conforme a lo informado por Recursos Financieros.

ATENTO:

A lo dispuesto en el artículo 25 del decreto JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 12/21, al dictamen favorable de la Asesoría Jurídica, y a lo informado por Recaudaciones y Recursos Financieros en actuaciones N.º 14 y N.º 15 respectivamente.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE prescripto el derecho al cobro del Impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto al padrón urbano N.º 554 de CERRO CHATO, por el período que va hasta el ejercicio 2011 inclusive, conforme a la documentación presentada, a lo previsto por el artículo 25 del decreto JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 12/21, y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

2) ESTABLECESE que el CÓDIGO MUNICIPAL correspondiente al padrón Nº 554 de CERRO CHATO es el 14.042, autorizándose dar de baja en el Sistema al CÓDIGO MUNICIPAL 14.080 conforme a lo indicado por el Departamento de Hacienda.

3) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista al gestionante de la deuda que resulte desde el año 2012.

4) UNA vez celebrado el Convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 6.767/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01182.

SEÑOR RUBÉN CAVIGLIA POR CIRCO LATINO. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN DESDE EL 26 DE MAYO DE 2023 POR EL PLAZO DE 21 DÍAS.

VISTO:

La gestión iniciada por el Señor Rubén CAVIGLIA, solicitando autorización para la instalación de circo, en predio propiedad del CLUB ATLÉTICO PEÑAROL sobre RAMBLA COSTANERA.

ATENTO:

A los informes favorables por las oficinas de competencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR al Señor Rubén CAVIGLIA a la instalación de circo, a partir del 26 de mayo próximo pasado y por el plazo de 21 días, en inmueble propiedad del CLUB ATLÉTICO PEÑAROL sobre RAMBLA COSTANERA de esta ciudad, estableciéndose que la organización deberá prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose a la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma.

2) DISPONER el pago por parte del interesado del valor de 5 UNIDADES REAJUSTABLES para las actividades desarrolladas, compensándose el resto de los tributos generados con la entrega de las entradas otorgadas a la Comuna al Departamento de Desarrollo Social y Secretaría de la Juventud, con destino a Escuelas y demás instituciones.

3) PASE a División Administración Documental para la notificación del interesado.

4) CON registro del Departamento de Hacienda y Departamento de Arquitectura, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 6.768/23.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00410.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. ARIEL PALLEIRO PLANTEAMIENTO DE LA HORA PREVIA DEL SEÑOR EDIL DEPARTAMENTAL SOLICITANDO LA EXCLUSIÓN DEL NOMBRE JULIO SOSA – CANELA EN EL NOMENCLATOR DEL DEPARTAMENTO DE FLORIDA.

VISTO:

La iniciativa del Señor Ariel PALLEIRO, de nombrar como "JULIO SOSA (KANELA)", una calle de la localidad de ILLESCAS, como forma de homenaje a la actividad que acompañó toda su vida.

CONSIDERANDO:

I) Que Julio SOSA, conocido como KANELA, nació en la localidad de ILLESCAS, en el seno de una familia humilde y numerosa.

II) Que a sus 16 años se mudó con su madre, Rosa PÉREZ, y sus 16 hermanos a MONTEVIDEO, concretamente al barrio CERRITO DE LA VICTORIA, donde vivió toda su vida.

III) Que fue bailarín de malambo, y comenzó su carrera como artista de Cabaret a los 16 años, con Salvador GRANATA.

IV) Que desde 1951 hasta 1954, participó en las Llamadas Barriales con "LOS MARISCALES"; entre 1955 y 1957, integró "FANTASÍA NEGRA"; con Carlos "PIRULO" ALBÍN, a quien consideraba su gran amigo.

V) Que entre 1958 y 1959, integró las revistas "PALÁN PALÁN" y "MAJARAY MEMBÉ", bajo la dirección de Hugo Alberto BALLE; desde 1960 hasta 1962, y en 1972, integró "FANTASÍA NEGRA", con los hermanos GIMÉNEZ, Pedro FERREIRA y Gloria PÉREZ BRAVO ("LA NEGRA JOHNSON").

VI) Que desde 1963 hasta 1971, integró "ACUARELAS DE CANDOMBE", y entre 1973 y 1974, "PIEL MORENA", ya como director, acompañado por Carlos MODERNELL y la mítica Rosa LUNA.

VII) Que desde 1977 hasta 2001, integró "KANELA Y SU BARAKUTANGA", y en 2002 "TRONAR DE TAMBORES".

VIII) Que a lo largo de su carrera compartió el escenario con grandes figuras del Carnaval de la época como Martha GULARTE, Rosa LUNA, Lágrima RÍOS, los hermanos GIMÉNEZ, Pedro FERREIRA, Hugo Alberto BALLE. Representó a URUGUAY en QUITO, en el FESTIVAL DE LAS NACIONES DE AMÉRICA, donde recibió el primer Premio como bailarín en el año 1953; obtuvo premios en ARUBA y NUEVA YORK, entre otros reconocimientos; Julio SOSA fue también PAE DE SANTOS en LA UMBANDA.

IX) Que KANELA falleció el 28 de diciembre de 2019, a los 86 años en MONTEVIDEO, teniendo el reconocimiento de varias personalidades de la cultura y la política, había participado por última vez en el Carnaval de ese año, donde había obtenido el primer premio del Concurso oficial de AGRUPACIONES DE CARNAVAL y había anunciado su retiro.

X) Que sus cenizas fueron esparcidas en su ILLESCAS natal, el domingo 5 de enero de 2020, por familiares, amigos y carnavaleros que viajaron hacia esta localidad para ello.

XI) Que el Ejecutivo comparte la iniciativa como forma de homenaje a su labor.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto en el Art. 19 numeral 31 de la ley 9.515.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la JUNTA DEPARTAMENTAL para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

1- DESÍGNASE con el nombre de "JULIO SOSA (KANELA)" en la localidad de ILLESCAS, el tramo de calle que discurre por los lados oeste de las manzanas 1 y 2.

2-COMUNÍQUESE, etc.

RESOLUCIÓN Nº 6.769/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-00385.

PROSECRETARIA. SOLICITUD DE DOCENTES PARA CURSOS REGULARES Y ENTRENAMIENTO DE PLANTELES 2023 EN NATATORIO CLIMATIZADO.

VISTO:

El informe elaborado por Encargado de Sección Piscinas y Deportes Acuáticos en su actuación N° 1, y teniendo en cuenta la apertura de los Cursos Regulares 2023, en el natatorio principal de FLORIDA, de acuerdo a la cantidad de Proyectos y Programas que se brindan desde dicho Centro Acuático, el número de personal para cumplir la tarea de enseñanza es insuficiente.

RESULTANDO:

I) Que se cuenta con antecedentes en programas y servicios que se ofrecen desde los 3 años y edad límite para su atención, destacando los programas de becas individuales, becas a instituciones públicas (CAIF, Club de Niños), becas instituciones de enseñanza (primaria, secundaria, escuela técnica, etc.), becas a Instituciones con programas de atención a personas con diferentes patologías y capacidades, (antecedentes JACOBO ZIBIL, TEA, BRAILE, Enfermedades pocos frecuentes, Parkinson, Ceguera y baja visión, etc.).

II) Que los programas que se ofrecen a los alumnos del interior con frecuencia y día especial (MENDOZA, 25 DE MAYO, CARDAL, CHAMIZO, FRAY MARCOS, CASUPÁ, extra departamental SAN RAMÓN, SAN BAUTISTA), así como Instituciones de enseñanza privada que muchas veces optan por nuestros servicios.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la demanda de alumnos y usuarios, se debería contar con 3 docentes de 30 hs semanales.

ATENTO:

A los informes favorables de las Direcciones Generales de Deportes en su actuación N° 3 y Cultura en su actuación N° 7 - 17 y Dirección de Piscina Municipal en su actuación N° 35.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER la contratación bajo la modalidad de función pública de los Señores Mauricio DUARTE, Bernardo GALAIN y Alberto CORUJO , como Docentes de Educación Física, Escalafón Docente - Grado 7, en régimen de 30 horas semanales, a partir de su notificación y hasta el 02 de diciembre del presente año.

2) PASE a los Departamentos de Recursos Humanos y Hacienda, para su registro, conocimientos y demás efectos que para el caso correspondan.

3) CON conocimiento de los Departamentos de Cultura y Administración, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.770/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01489.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 95.03.2023. SE CONCEDE LICENCIA REGLAMENTARIA AL SEÑOR INTENDENTE INGENIERO GUILLERMO LÓPEZ MÉNDEZ, DESDE EL 04 HASTA EL 11 DE JUNIO DE 2023, AMBOS INCLUSIVE, CONVOCÁNDOSE A SU SUPLENTE.

RESOLUCIÓN:

1) SE toma conocimiento de la Resolución de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 95.03.2023, mediante la cual se otorga ocho (8) días de licencia reglamentaria al suscrito Señor Intendente de FLORIDA, Ingeniero Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, en el período comprendido entre el 04 y el 11 de junio de 2023 ambos inclusive, convocándose a ocupar su lugar a la Señora Delia MUTAY JULIO.

2) PASE a la Asesoría Notarial, para cumplimiento de la tramitación de estilo.

3) SIGA a sus efectos a los Departamentos de Administración y Hacienda.

4) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.771/23.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-06998.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. DECRETO Nº 32/22 IMPLEMENTACIÓN DE UN PASE LIBRE EN EL TRANSPORTE DEPARTAMENTAL DE PASAJEROS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. INICIATIVA DE LOS SEÑORES EDILES OMAR GONZÁLEZ, SEBASTIÁN RODRÍGUEZ Y ANDREA PELUSO.

VISTO:

Lo dispuesto en el artículo 83 de la ley 18.651 en tanto obliga a todas las empresas de transporte colectivo nacional terrestre de pasajeros a transportar gratuitamente a las personas con discapacidad.

CONSIDERANDO:

1) Que resulta necesario la adopción de medidas a nivel del Gobierno Departamental para efectivizar la obligación dispuesta por la Ley de protección integral a personas con discapacidad.

2) Que en ese sentido la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA ha manifestado su inquietud y solicitado al Ejecutivo tome la iniciativa a través de sus Ediles Omar GONZÁLEZ, Sebastián RODRÍGUEZ y Andrea PELUSO, habiendo sido votada por la unanimidad de los miembros presentes.

3) Que el ejecutivo compartió la iniciativa y si bien oportunamente elevó a la JUNTA DEPARTAMENTAL un proyecto de decreto que con algunas modificaciones la JUNTA DEPARTAMENTAL aprobó, con posterioridad se recibe a las fuerzas vivas del Departamento que nuclea la Comisión Honoraria de Discapacidad de Florida y entendió que el proyecto oportunamente remitido debía ser corregido, atendiendo las sugerencias realizadas.

ATENTO:

A lo dispuesto en la Ley 18.651 en particular en sus artículos 82 y siguientes, los artículos 273 y 275 de la Constitución.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA para su consideración y aprobación el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo 1°.- ESTABLÉCESE la obligatoriedad del transporte gratuito a personas con discapacidad a las empresas concesionarias o permisarias de líneas departamentales de transporte colectivo de pasajeros, los que tendrán derecho a asiento y/o lugar reservado para personas en situación de discapacidad.

Artículo 2°.- Podrán acceder al beneficio aquellas personas que cumplan alternativamente alguno de los siguientes requisitos:

a) Estar en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, independientemente que sean beneficiarios de la Pensión por Invalidez del BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL.

b) Menores de 15 años que cobren pensión por invalidez.

c) En caso de personas mayores de 15 años que no se encuentren incluidas en el literal a), deberán contar con una valoración realizada por el MIDES hasta tanto se apruebe el Baremo único, en cuyo caso la vigencia del pase libre será de 6 meses, prorrogable por 6 meses más.

d) En el caso de menores no comprendidos en el literal b, deberán contar con una valoración realizada por el equipo del Centro o Clínica de Rehabilitación al cual concurren, en cuyo caso el plazo de vigencia del pase libre será de 6 meses, prorrogable por 6 meses más.

Artículo 3°.- En caso que el beneficiario requiera viajar acompañado, así constará en el pase libre que se otorgue, gozando el acompañante del mismo beneficio pero sin derecho a asiento.

Artículo 4°.- Las personas que hayan iniciado el trámite y que no tengan aún un certificado definitivo, gozarán de un pase libre transitorio por el plazo de 6 meses, el cual será prorrogable por otros 6 meses.

Artículo 5°.- El Intendente reglamentará el procedimiento para la obtención del pase libre una vez se haya valorado la discapacidad así como su plazo y establecerá las sanciones por incumplimiento a la presente normativa.

Artículo 6°.- Comuníquese a las empresas concesionarias o permisarias de líneas departamentales de transporte colectivo.

Artículo 7°.- Derogase los Decretos JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 32/2022 de fecha 30/11/2022 y JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA N° 12/23.

Artículo 8º.- Publicase, etc.

RESOLUCIÓN Nº 6.772/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01536.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FACTURAS DE COMPRA NO STOCK.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nº 1760 a la firma CITA S.A. (pasajes).

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el gasto de la factura Nº 1131 corresponde al ejercicio anterior y se imputó en el 2023, y que por otra parte la fecha de autorización del gasto de la factura Nº 1760 fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de regularizar situaciones de pago por servicios prestados oportunamente, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.773/23.

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00943.

UNIDAD EJECUTIVA. ESPACIOS PÚBLICOS.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la renovación del contrato de arrendamiento del inmueble padrón Nº 16.373.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el objeto y programa de imputación.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con inmuebles destinados a programas promovidos a través del Departamento de Espacios Públicos, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 6706/2023.

RESOLUCIÓN Nº 6.774/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-001453.

DIRECCIÓN CENTRO DE ARTES ESCÉNICAS DE FLORIDA. CONTRATAR A LA DOCENTE EVA SILVERA, PARA EL TALLER DE DANZAS FOLKLÓRICAS A DICTARSE EN LA LOCALIDAD DE ILLESCAS.

RESOLUCIÓN:

1) ACEPTASE a partir del 31 de mayo de 2023 la renuncia acreditada por la Señora Eva SILVERA, quien desempeño tareas en carácter de horas docentes en la localidad de ILLESCAS.

2) PASE para su registro del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda.

3) SIGA al Departamento de Cultura para su conocimiento y notificación de la interesada. 4) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.775/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01149.

DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. LLAMADO A LICITACIÓN PARA ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y OPERATIVA LOGÍSTICA DEL VERTEDERO DE SARANDÍ GRANDE.

VISTO:

La iniciativa realizada por la Unidad de Descentralización, tendiente a la necesidad de contar con servicio para la gestión, operación y mantenimiento del orden y limpieza del centro de recepción de residuos valorizables, voluminosos y restos de poda ubicado en el ex Vertedero de SARANDÍ GRANDE.

ATENTO:

A lo expuesto y de acuerdo al Pliego de Condiciones agregado por la Asesoría Notarial y el Departamento de Hacienda.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) LLAMASE a Licitación Pública para la gestión, operación y mantenimiento del orden y limpieza del Centro de Recepción de Residuos valorizables, voluminosos y restos de poda ubicado en el ex Vertedero de SARANDÍ GRANDE, en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones que luce agregado a estos obrados.

2) APROBAR el Pliego Particular de Condiciones contenido en anexo de actuación Nº. 17, fijándose el precio del mismo en $ 3.000.

3) PASE Departamento de Abastecimientos a fin de tomar conocimiento y proceder en consecuencia.

4) UNA vez cumplido y con informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, vuelva a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 6.776/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01160.

UNIDAD EJECUTIVA. HARAS “EL ENTREVERO” RAÚL IBARBURU REMATE DE PRODUCTORES EN LA JORNADA DEL 3 DE JUNIO.

VISTO:

La solicitud realizada por el Señor Raúl IBARBURU, propietario del Haras “EL ENTREVERO”, de realizar un remate de productos pura sangre el día tres de junio del presente año, en ocasión de realizarse la tradicional jornada hípica.

RESULTANDO:

El informe favorable del Señor Coordinador del HIPÓDROMO IRINEO LEGUISAMO, en tanto se obtenga la autorización de la DIRECCIÓN GENERAL DE CASINO.

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE CASINOS otorgó autorización tal sentido, en las condiciones que establece en anexo contenido en actuación Nº. 7.

ATENTO:

A lo expuesto ut-supra y por las razones invocadas.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR al Señor Raúl IBARBURU, propietario del Haras “EL ENTREVERO”, a realizar un remate productos pura sangre el día tres de junio del presente año, en las condiciones establecidas, no debiendo interferir con el cronograma de carreras estipulado.

2) PASE al Departamento de Administración y al Coordinador del HIPÓDROMO IRINEO LEGUISAMO a los efectos dispuestos, notificándose al interesado, con posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 6.777/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01532.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FACTURAS DE COMPRA NO STOCK.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 279 a la firma ERONAL (pala cargadora).

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que se han efectuado diversas contrataciones en forma directa a la mencionada empresa, que al día de la fecha el monto que se ha contratado supera ampliamente el tope de compra directa, por lo cual se está frente a un fraccionamiento de gasto, y que por otra parte el monto de la contratación supera la compra directa.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos destinados a programas promovidos a través del Departamento de Salud y Gestión Ambiental, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.778/23.

EXPEDIENTE Nº 2022-86-001-02978.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 1307/22 FERNÁNDEZ ALICIA SOLICITUD DE INFORMES DE LA SEÑORA EDIL REQUIRIENDO DETALLES DEL FESTIVAL DE LA INDEPENDENCIA ORGANIZADO EN NUESTRA CIUDAD.

RESOLUCIÓN:

1) REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Cultura, en respuesta al pedido de informe realizado por la Señora Edil Alicia FERNÁNDEZ, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.779/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-00880.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 377/23 RODRÍGUEZ GABRIELA, SOLICITUD DE INFORMES DE LA SEÑORA EDIL SOBRE PROYECTO DE CENTRO DE REHABILITACIÓN DE PERSONAS CON PROBLEMAS DE ADICCIONES.

RESOLUCIÓN:

1)REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta al pedido de informe realizado por la Señora Edil Gabriela RODRÍGUEZ, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.780/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-01174.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 569/23 RODRÍGUEZ GABRIELA SOLICITUD DE INFORMES DE LA SEÑORA EDIL REFERIDO A VÍNCULO LABORAL ENTRE LA COMUNA Y LA ABOGADA DOCTORA ROMINA ALBANO.

RESOLUCIÓN:

1) REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta al pedido de informe realizado por la Señora Edila Gabriela RODRÍGUEZ, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 6.781/23.

EXPEDIENTE Nº 2023-86-001-00960.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 407/23 RODRÍGUEZ GABRIELA SOLICITUD DE INFORMES DE LA SEÑORA EDIL REFERENTE A PROYECTOS DESTINADOS A LAS NECRÓPOLIS DE LA CAPITAL Y DEL INTERIOR DEL DEPARTAMENTO.

RESOLUCIÓN:

1) REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Obras, en respuesta al pedido de informe realizado por la Señora Edila Gabriela RODRÍGUEZ, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO archívese.

En este estado, siendo el día seis de Junio de dos mil veintitrés, se firma la presente acta conjuntamente por la Intendente Señora Delia MUTAY JULIO y el Secretario General Doctor Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.