Acta N° 461/2017

Resolución

Del Nº 8.866/17 al Nº 8.886/17

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 8.866/17.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-03374.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, SÁNCHEZ, MIRIAM. SOLICITUD DE INFORMES DE LA SRA. EDILA DEPARTAMENTAL REQUIRIENDO DETALLES DE LAS OBRAS DE FIDEICOMISO, MONTOS, EMPRESAS ENCARGADAS, CUMPLIMIENTO DE LEY, ETC.

RESOLUCIÓN:

1) CÚRSESE Oficio a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, en respuesta a la solicitud de informes efectuada por la Sra. Edila Departamental, Miriam SÁNCHEZ, pasando a tales efectos a la Unidad Asesora.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.867/17.

EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04939.

UNIDAD EJECUTIVA. CONTRATO DE CESIÓN DE CRÉDITO - INDUCCIÓN MAGNÉTICA S.A. - BANCO BILBAO VIZCAYA - ARGENTINA - URUGUAY E INTENDENCIA DE FLORIDA, ACTA Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Lo informado de actuación Nº 22, por el Departamento de Hacienda, respecto a la no renovación por parte de las Firmas IMSA y a AITI, de la garantía adicional del Contrato Remunerado por desempeño, de acuerdo a Convenio de Garantía Adicional que tuvo a la vista la Asesoría Jurídica.

ATENTO:

A lo expresado por la Asesoría Jurídica y Contaduría en actuaciones Nos. 26 y 28 respectivamente.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) INTIMAR a la firma IMSA y a AITI, a la renovación de la garantía adicional en las mismas condiciones que la anterior, bajo apercibimiento de retención de pagos pendientes así como la comunicación correspondiente al cesionario, estableciéndose que en el acuerdo referido está prevista la mora automática y que se recogen como válidas las notificaciones mediante telegrama colacionado.

2) ENCOMENDAR al Departamento de Asuntos Legales y Transparencia - Asesoría Jurídica, a realizar la notificación dispuesta en el numeral 1.

3) CUMPLIDO, continúe al Departamento de Hacienda - Contaduría, a fin de realizar la transacción contable referida en actuación Nº 28.

4) FECHO reingrese a la Asesoría Jurídica a los efectos correspondientes.

RESOLUCIÓN Nº 8.868/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03753.

LANS CLADERA, MARIANA, RAQUEL, SILVINA, PEDRO. SOLICITUD DE RECATEGORIZACIÓN DEL PADRÓN 13753, UBICADO EN LA 8VA. SECC. CATASTRAL DEL DEPARTAMENTO DE FLORIDA - PARAJE INDEPENDENCIA.

VISTO:

La solicitud de los propietarios el inmueble rural Nº 13.753 de la localidad Paraje Independencia del Departamento de Florida de que se recategorice el mismo a los efectos de poder instalar en el inmueble una planta industrial de productos lácteos con destino a la exportación.

CONSIDERANDO:

1) Que por JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 15/2013, se aprobaron las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización de Suelos del Departamento y según lo previsto por el Art. 55 de la norma de referencia, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29 in-fine de la ley Nº 18.308, los aspectos de carácter no sustancial podrán modificarse o regularse por Decreto de la Junta Departamental.

2) Que se definen como no sustanciales, aquellas situaciones preexistentes que no fueron contempladas en la Categorización de Suelos y que a posteriori se detecten o se considere necesario o conveniente contemplar o modificar, entre otras, usos de suelos existentes que no hayan sido reconocidos en la norma, incorrecciones en planos, croquis de fraccionamientos, cambio de categorización de suelos por usos.

3) Que el padrón rural Nº 13.753 requiere ser recategorizado según los informes contenidos en el presente expediente pasando a ser de enclave suburbano industrial.

4) Que se han cumplido todas las etapas previas necesarias a estos efectos tales como obtención del informe de correspondencia por parte de la DINOT, aprobación del EAE, publicaciones, Resolución aprobando la Revisión de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Florida de los padrones de referencia.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

ELÉVESE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1. Recategorícese el padrón rural Nº 13.753, vinculado a Paraje Independencia como Suelo Suburbano, subcategoría Enclave Industrial.

RESOLUCIÓN Nº 8.869/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04352.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA RELACIONES DE PAGO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 57787 de la firma SERVICOLOR S.R.L. (impresión), por un importe de $ 6.240; factura Nº 10579 de la firma DEMOCRACIA S.R.L. (publicidad), por un importe de $ 15.000; factura Nº 742448 de la firma Carlos A. GUICHÓN S.R.L. (Serv. fúnebre), por un importe de $ 15.706; facturas Nº 12999/13000 de la firma MIDESTAR S.A. (placas), por un importe total de $ 59.682 y factura Nº 943319 de la firma TRANSPORTE INTEGRAL S.A. (pasajes), por un importe de $ 3.696.

ATENTO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.870/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04319.

RECURSOS HUMANOS. FALLECIMIENTO DE FUNCIONARIO AFECTADO AMBIENTAL.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La comunicación realizada por el Departamento de Salud y Gestión Ambiental.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) HABIÉNDOSE tomado conocimiento del fallecimiento del funcionario Sr. Sergio Marcel PÉREZ MONTAÑO, pase para su registro a los Departamentos de Administración -Recursos Humanos-, y Hacienda.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.871/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03884.

SERGIO DA ROSA. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL CICLOMOTOR MATRÍCULA OAB 140, PADRÓN 44482.

VISTO:

La solicitud de prescripción de deuda del tributo de patente de rodados del ciclomotor matrícula OAB 140, presentada por la Sra. Elena SANSEVIERO. Que no existen registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE la prescripción de la deuda generada por el Impuesto de Patente de Rodado impago del vehículo ciclomotor matrícula OAB 140, Padrón 44482 hasta el ejercicio 2011 inclusive (artículos 38 y 39 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada y a lo solicitado por la contribuyente.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista a la contribuyente de la deuda que resulte desde el año 2012, notificándole que mientras no se realice la transferencia vehicular, continuará vinculada al vehiculo y será responsable de las deudas que el mismo genere.

3) UNA vez celebrado el Convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 8.872/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04163.

RICHARD MOREIRA OCAMPO. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PADRÓN 419, DE LA MANZANA 15, DE LA CIUDAD DE SARANDÍ GRANDE.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de Contribución Inmobiliaria, respecto del padrón Nº 419, de la ciudad de SARANDÍ GRANDE, presentada por el Sr. Richard Javier MOREIRA OCAMPO, quien ha acreditado mediante documentación, la vinculación jurídica con el inmueble, y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 6.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE la prescripción de la deuda generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 419, de la ciudad de SARANDI GRANDE, hasta el ejercicio 2011 inclusive (Art. 38 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista al peticionante de las deudas que resulten desde el año 2012, e iniciar los trámites necesarios para obtener el cobro de las mismas a fin de evitar futuras prescripciones.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad, archívese, caso contrario continúe a la Asesoría Jurídica a sus efectos pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 8.873/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04225.

RENZO GALAIN. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PARÓN 2465/001 DE LA CIUDAD DE FLORIDA, PROPIEDAD RENZO ZELMAR GALAIN.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de Contribución Inmobiliaria, respecto del padrón Nº 2.465/001, de la ciudad de FLORIDA, presentada por el Sr. Renzo Zelmar GALAIN TARIGO, quien ha acreditado mediante documentación, la vinculación jurídica con el inmueble, y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 6.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE la prescripción de la deuda generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 2.465/001, de la ciudad de FLORIDA, hasta el ejercicio 2011 inclusive (Art. 38 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista al peticionante de las deudas que resulten desde el año 2012, e iniciar los trámites necesarios para obtener el cobro de las mismas a fin de evitar futuras prescripciones.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad, archívese, caso contrario continúe a la Asesoría Jurídica a sus efectos pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 8.874/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04343.

DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SOLICITUD DE LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CAMPING FRAY MARCOS.

VISTO:

Que ante la proximidad de la temporada estival, corresponde resolver respecto a la explotación de los campings del interior del departamento.

CONSIDERANDO:

Que para ello se entiende pertinente realizar en cada caso el correspondiente llamado a interesados.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER se proceda a efectuar llamado a interesados para la concesión de la explotación del Camping y venta de bebidas, comestibles, frutas, verduras y leña en el Camping de FRAY MARCOS, por el período diciembre 2017 - 31 de octubre 2018.

2) APROBAR el Pliego de Condiciones que se agrega en actuación Nº 3, fijándose su precio en $ 1.500.

3) PASE a sus efectos al Departamento de Abastecimientos.

4) REALIZADA la apertura de propuestas, pase a informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.

5) VUELVA luego a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 8.875/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-02787.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, OFICINA CONTRIBUCIÓN Y PATENTE. ELEVA DEUDA DE LOS VEHÍCULOS MATRÍCULA OTP 2829, OTP 2826, OTP 2830, OTP 2832, OAC 1842, OTP 2947, OTP 3002, OTP 3001.

VISTO:

Las actuaciones cumplidas y de acuerdo a lo expresado por la Asesoría Jurídica precedentemente.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a iniciar acciones judiciales, para el cobro de los adeudos generados por el Impuesto de Patente de Rodados, vehículos matriculas Nos. OTP 2829, OTP 2826, OTP 2830, OTP 2831, OTP 2832, OTP 2833, OAC 1842, OTP 2847, OTP 3002 y OTP 3001, propiedad de la Empresa “FORESTEC S.A.”.

2) PASE a sus efectos a la citada Asesoría.

3) OPORTUNAMENTE vuelva a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 8.876/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04088.

LIGA REGIONAL DE FÚTBOL - CERRO CHATO. SOLICITA COLABORACIÓN PARA TRANSPORTE EN OCASIÓN DEL TORNEO SUB 15.

VISTO:

La gestión iniciada por la Liga Regional de Fútbol de Cerro Chato, solicitando apoyo económico a fin de participar con su Selección Sub 15 en el Torneo de Selecciones de O.F.I.

CONSIDERANDO:

Que dentro de los objetivos trazados por la Administración, se encuentra el de fomentar el deporte en todas sus disciplinas entre niños, jóvenes y adultos, por lo que resulta de orden brindar apoyo a instituciones como la presentada, teniendo en cuenta su desempeño deportivo y más aún cuando representan al departamento en campeonatos de la citada naturaleza.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER de una colaboración económica en efectivo a la LIGA DE FÚTBOL DE CERRO CHATO, Dr. Néstor CABANA y otro, equivalente a $ 10.000, como contribución de la Comuna en las actividades que promueven.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.

3) NOTIFICADOS los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.877/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03298.

SRA. CLAUDIA FERREIRA. SOLICITA MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN DE UNA HABITACIÓN.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud efectuada por la Sra. Claudia FERREIRA, en relación a la necesidad de contar con materiales de construcción para la edificación de un baño, y teniendo en cuenta la necesidad habitacional, la situación de emergencia social, y de acuerdo a lo expresado por el Departamento de Desarrollo Social.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE de una colaboración en forma excepcional a la Sra. Claudia FERREIRA, consistente en materiales de construcción: 7 bolsa de Pórtland de 25 Kg. c/u y 300 bloques, estableciéndose que la solicitud de compra correspondiente será confeccionada por el Departamento de Desarrollo Social.

2) SIGA al Departamento de Desarrollo Social, para su conocimiento, seguimiento de las obras y demás efectos.

3) CON registro de Abastecimientos, Departamento de Hacienda y notificada la interesada archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.878/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03306.

JUAN PABLO PEREYRA. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN Nº 5579.

RESOLUCIÓN:

1) NOTIFICASE al interesado haciéndole saber la imposibilidad de acceder a lo peticionado, en virtud de no haber acreditado la documentación requerida oportunamente, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.879/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04340.

JURÍDICA TRIBUNAL DE LO CONTECIOSO ADMINISTRATIVO, TRASLADO DEMANDA EN LOS AUTOS CARATULADOS FERNÁNDEZ DANIEL C/INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA - ACCIÓN DE NULIDAD.

VISTO:

Estos antecedentes.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a proceder a la contestación de la acción de nulidad iniciada por el funcionario Daniel FERNÁNDEZ, ante el Tribunal de Contencioso Administrativo.

2) PASE a sus efectos a la citada Asesoría.

RESOLUCIÓN Nº 8.880/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03974.

LETICIA GONZÁLEZ. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE UN PUESTO DE FRUTAS Y VERDURAS, EN LA PLAZA ARTIGAS DE LA LOCALIDAD DE 25 DE MAYO.

RESOLUCIÓN:

1) AUTORIZAR a la Sra. Leticia GONZÁLEZ, a hacer uso del espacio de feria franca en PLAZA ARTIGAS de la Localidad de 25 DE MAYO los días sábados, debiendo previamente acreditar contar con Carné de Salud y Carné de Manipulación de Alimentos, debiendo cumplir con las normas vigentes por derecho de espacio.

2) PASE a la Unidad de Descentralización para su conocimiento y notificación de la interesada.

3) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.881/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03904.

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA. SOLICITA ADJUDICACIÓN DE VIVIENDA 34, EN BARRIO SITIO PINTADO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 8.814/2017, se dispuso la realización de sorteo para la adjudicación de vivienda Nº 34, ubicada en el Complejo Habitacional PIAI, y teniendo el cuenta el acta refrendada por el Notario actuante anexa en actuación Nº 22.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ADJUDICAR al Sr. Ricardo LEAL, la vivienda Nº 34, ubicada en el Complejo Habitacional PIAI de esta ciudad, en virtud del contenido del visto y considerando que antecede.

2) APROBAR la lista de suplentes que surge del acta referenciada.

3) PASE a la Asesoría Notarial a fin efectuar la documentación de estilo.

4) CON conocimiento del Departamento de Desarrollo Social, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 8.882/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04323.

ALCALDE SR. CAYETANO STOPINGI PRADO. SOLICITA LICENCIA REGLAMENTARIA.

ATENTO:

A lo establecido por el Art. 23 del Reglamento de los Municipios y a lo informado por la Asesoría Notarial en su actuación Nº 4.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) SE toma conocimiento de la licencia solicitada por el Sr. Alcalde del Municipio de SARANDÍ GRANDE, Cayetano STOPINGI, como asimismo que asumirá el cargo de Alcalde el Concejal Sr. Ricardo FERNÁNDEZ, por el plazo de la misma.

2) PASE a sus efectos a los Departamentos de Hacienda, Administración y luego continúe al Municipio de referencia.

3) DE conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.883/17.

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04335.

REFORMULACIÓN DEL REGLAMENTO DEL REFUGIO DEPARTAMENTAL DE FLORIDA.

VISTO:

La necesidad de realizar algunos cambios en el Reglamento vigente manifestada por la Directora General de Desarrollo Social.

CONSIDERANDO:

1) Que con el correr del tiempo el Reglamento vigente se encuentra desactualizado en algunos aspectos, necesitando su adecuación a la nueva realidad que se presenta.

2) Que en base a ello deviene necesario establecer algunos cambios que redundarán en beneficio del Refugio y de las personas que se ampara.

ATENTO:

A estos antecedentes y a los informes precedentes.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR el siguiente REGLAMENTO DE USO DEL REFUGIO DE LA CIUDAD DE FLORIDA:

Artículo: 1) DEL INGRESO Sólo se permite el ingreso al refugio a hombres y mujeres mayores de edad del Departamento de Florida, con un máximo de 75 años, autoválidos y que se encuentren en situación de calle de forma temporal o permanente, producto de una situación de crisis individual, familiar o social. El mismo, deberá realizarse a la hora 19.00 hasta la hora 09.00 desde el 1º de julio hasta el 1º de setiembre, y desde las 20 horas hasta las 08.30 el resto del año. La capacidad máxima del refugio será de 8 cupos, cuatro mujeres y cuatro hombres.

Artículo 2) Los usuarios tendrán derecho a una cama y a un baño con ducha.

Artículo 3) Se les realizará a todos los usuarios una ficha social única con sus respectivos datos personales, siendo de competencia de la oficina de Desarrollo Social la sistematización de todas las fichas.

Artículo 4) Tendrán acceso al almuerzo diario que se brinda en los comedores de la ciudad y en invierno podrán acceder además al plan MÁS QUE UNA CENA CALIENTE, que se dará en los respectivos comedores municipales.

Artículo 5) Podrán usar los electrodomésticos de uso común (heladera, estufa y calefón).

Artículo 6) Se les brindará acompañamiento de emergencia y cobertura médica a cargo del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 7) DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS - colaborar con la limpieza del Refugio, para lo que se les dará los productos de limpieza necesarios para mantenerlo en óptimas condiciones. - mantener el orden y la limpieza del lugar donde pernocten y deberán además secar el baño después de ducharse. - Mantener el carné de asistencia vigente. - Es obligatorio el aseo diario. - Tener un comportamiento decoroso y de respeto mutuo entre ellos mismos y hacia el/la encargado/a del local.

Artículo 8) DE LAS PROHIBICIONES -no se permitirán reuniones bailables. - El edificio es “Libre de Humo de Tabaco” por lo que queda estrictamente prohibido fumar en el edificio. - Será causa de expulsión del albergue el uso de alcohol, drogas u otras sustancias prohibidas. - No se permitirá el ingreso con animales, pudiendo permanecer los mismos fuera del edificio.

Artículo 9) DE LOS ENCARGADOS. Los encargados del Refugio deberán brindar seguridad a los residentes en el horario en que se ofrece alojamiento, debiendo actuar como mediador en caso de existir un conflicto, debiendo comunicar cualquier situación adversa que aconteciera, careciendo de potestad para tomar resolución ante una eventual expulsión. Llevarán una planilla de control de todos los residentes, debiendo controlar y cuidar responsablemente los artículos de limpieza, y electrodomésticos.

Artículo 10) Es obligatorio para todos los usuarios, llenar la ficha de ingreso y firmar el presente reglamento, en forma previa a su ingreso al refugio.

Artículo 11) Salvo situaciones excepcionales, las que se determinarán a criterio de las Trabajadoras Sociales o de la Dirección General, así como también por orden judicial, no se admitirán reingresos.

2) PASE para su conocimiento y registro al Departamento de Desarrollo Social y Asesoría Jurídica.

3) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.884/17.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-00060.

FERNANDO ROMERO Y PEDRO TECHERA. PROPUESTA PARA EXPLOTACIÓN DE CAMPING DE LA LOCALIDAD DE CHAMIZO.

RESOLUCIÓN:

1) NOTIFICASE al Sr. Fernando ROMERO y Santiago TECHERA, haciéndoles saber la imposibilidad de acceder a lo peticionado en virtud de lo expresado en actuación Nº 22 por parte de la Asesoría Jurídica, pasando a tales efectos a la Oficina Administrativa de Chamizo.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.885/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03701.

MARÍA VIRGINIA CUADRO. SOLICITA DESVINCULACIÓN DE LA MOTO YUMBO, MATRÍCULA OAZ 808.

VISTO:

La nota presentada por la Sra. María Virginia CUADRO BERRONDO, solicitando la desvinculación de la moto, marca Yumbo, matrícula OAZ 808.

CONSIDERANDO:

Los informes de las Oficinas de Tránsito y Transporte -actuación Nº 2- y Asesoría Jurídica -actuaciones Nº 4 y 10-.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESVINCULAR a la Sra. María Virginia CUADRO BERRONDO, de la multa impuesta y las que devengan, en virtud de encontrase identificado el infractor.

2) NOTIFIQUESE a la gestionante, comunicándole la imposibilidad de acceder a la desvinculación de vehículo en mérito a que la documentación presentada, no es suficiente para proceder en consecuencia, pasando a tales efectos a Administración Documental.

3) PASE a los Departamentos de Administración -Transito y Transporte- y Hacienda.

4) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 8.886/17.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-03780.

MARIANA AGUIRRE SÁNCHEZ. PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL PADRÓN 486, DE 25 DE AGOSTO.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La solicitud de prescripción de deuda de Contribución Inmobiliaria, respecto del padrón Nº 486 de la localidad de 25 de Agosto, presentada por la Sra. Mariana AGUIRRE SÁNCHEZ, quien ha acreditado mediante documentación, la vinculación jurídica con el inmueble desde el año 2010, y lo informado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 11.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE la prescripción de la deuda generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 486, de 25 DE AGOSTO, por el período que va desde el año 2010 y hasta el ejercicio 2011 inclusive (Art. 38 del Código Tributario), conforme a la documentación presentada.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista a la peticionante de las deudas que resulten anteriores y posteriores al período prescripto, e iniciar los trámites necesarios para obtener el cobro de las mismas a fin de evitar futuras prescripciones.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad, archívese, caso contrario continúe a la Asesoría Jurídica a sus efectos pertinentes.

EN este estado, siendo el día diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y la Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.