Acta N° 494/2025

Resolución

Del Nº 11.200/25 al Nº 11.219/25

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 11.200/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00450.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. COMISIÓN DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y PROPIEDADES MUNICIPIALES. SOLICITA LA PARTICIPACIÓN DE DIRECTORES, TÉCNICOS Y/O PROFESONALES QUE DISPONGA EL SEÑOR INTENDENTE PARA ASISTIR A REUNIÓN DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2025.

RESOLUCIÓN:

1) AUTORIZAR a los funcionarios Ingeniero Agrimensor Sergio GIL, Señor Rubén ENCISO y el Arquitecto Héctor ARROSPIDE, acompañados por el Señor Director General del Departamento de Obras, a comparecer el próximo 25 de febrero, ante la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA.

2) NOTIFICADOS lo funcionarios a través del Departamento de Obras, pase a conocimiento del Legislativo Departamental.

3) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.201/25.

EXPEDIENTE Nº 2024-86-001-03595.

JOSÉ RICARDO PÉREZ. SOLICITA CHAPA ODI PARA VEHÍCULO PEUGEOT BOXER MATRÍCULA OAE 2819 PADRÓN 902409824.

ATENTO:

El planteo realizado por el Señor José Ricardo PÉREZ de chapa ODI para el vehículo PEUGEOT BOXER matrícula OAE 2819 y lo informado por la Junta Médica Municipal en anexo de actuación Nº. 5, en cuanto a no corresponder acceder a lo peticionado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NO hacer lugar a la solicitud del Señor José Ricardo PÉREZ de chapa ODI para el vehículo PEUGEOT BOXER matrícula OAE 2819, por los fundamentos expuestos por la Junta Médica del Centro Médico Municipal.

2) PASE a la Unidad de Administración Documental para su notificación, con posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 11.202/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00425.

IGLESIA EVANGÉLICA ASAMBLEA DE DIOS DE DURAZNO. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PARÓN Nº 3034 DE SARANDÍ GRANDE.

VISTO:

La gestión iniciada por la IGLESIA EVANGÉLICA ASAMBLEA DE DIOS de DURAZNO, en la que solicitan la exoneración de tributos sobre el padrón urbano de su propiedad Nº. 3034 de SARANDÍ GRANDE.

RESULTANDO:

Que fue acreditado el vínculo jurídico de los propietarios con el bien inmueble.

CONSIDERANDO:

Que los interesados se encuentran aparados por el artículo Nº. 134 de la Ley Nº. 12.802.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE exonerada de todo tributo hasta el presente ejercicio, el padrón urbano Nº. 3034 de SARANDÍ GRANDE, propiedad de la IGLESIA EVANGÉLICA ASAMBLEA DE DIOS de DURAZNO, al amparo de lo previsto por el artículo Nº. 134 de la Ley Nº. 12.802.

2) CON registro del Departamento de Hacienda y notificados los interesados a través de División Administración Documental archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.203/25.

EXPEDIENTE Nº 2024-86-001-02302.

ÁREA ACUÁTICA. SUGERENCIA PARA CUBRIR CON GUARDAVIDAS Y PROFESORES – ENTRENADORES TEMPORADA 2024 – 2025.

RESOLUCIÓN:

1) EXTENDER el período de contratación de la totalidad de Guardavidas y Profesores de Educación Física destinados a natatorios y zonas habilitadas para baños en este Departamento, estableciéndose que en el próximo mes de marzo deberán cumplir funciones hasta el día domingo 9 inclusive y no hasta el domingo 2 como se estableció en un principio.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, para su notificación y registros que correspondan.

3) CON conocimiento del Departamento de Cultura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.204/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00288.

SEÑOR FERNANDO RODRIGUEZ POR COVIADEOM FLORIDA. SOLICITA EXONERACIÓN DE IMPUESTOS PADRONES Nº 4085 Y 20.251 DE FLORIDA.

VISTO:

La gestión iniciada por la Cooperativa de Viviendas COVIADEOM FLORIDA, en relación a la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria de los padrones de su propiedad Nº 4085 y 20.251, al amparo del Artículo 159 de la Ley N.º 13.728.

RESULTANDO:

Que se ha acreditado la legitimación de la presentada.

CONSIDERANDO:

Al dictamen de la Asesoría Jurídica.

ATENTO:

A lo previsto por el Artículo 159, de la Ley Nº 13.728.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE la exoneración de la deuda generada por el impuesto de Contribución Inmobiliaria, de los padrones urbanos Nº 4085 y 20.251 de FLORIDA, por el presente ejercicio, conforme a la documentación presentada y a lo previsto por el Artículo Nº 159 de la Ley Nº 13.728 que reza: "Las viviendas de interés social que, según el régimen de la presente ley, se otorguen en uso y goce a los socios de cooperativas gremiales o locales, no pagarán, mientras se mantengan en tal carácter, impuesto alguno que grave la propiedad del inmueble”.

2) PASE para su registro al Departamento de Hacienda.

3) SIGA a División Administración Documental a fin de notificar a los interesados, haciéndoles saber que anualmente deberán acreditar notarialmente ser propietarios del bien y abonar las tasas correspondientes.

4) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.205/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00334.

EDUARDO PUGLIESE SIRÉ. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE LOS PADRÓN Nº 8732, 1598 Y 5063 DE LA CIUDAD DE FLORIDA.

VISTO:

La gestión iniciada por el Señor Eduardo PUGLIESE, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrones Nos. 5063, 1598 y 8732 de FLORIDA.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Lo establecido en el artículo 25 del Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº. 12/21.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrones Nos. 5063, 1598 y 8732 de FLORIDA hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a lo previsto en el artículo 25 del Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº. 12/21.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2015, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.

3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.206/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00252.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL. COMITÉ DEPARTAMENTAL EMERGENCIA.

ATENTO:

A que la funcionaria Señora Patricia SARTORI fue traslada por razones de servicio al Comité Departamental de Emergencia, conforme a lo dispuesto por la Dirección General del Departamento de Administración, y teniendo en cuenta el informe agregado por el Departamento de Recursos Humanos.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJASE sin efecto la partida que percibe la funcionaria Señora Patricia SARTORI, por cumplir tareas en comedores de INDA del departamento, manteniéndose en todos sus términos el resto de las compensaciones que ostenta, como así también reintegro de pasajes.

2) CON anotaciones del Departamento de Recursos Humanos, Departamento de Hacienda y notificada que fuere la funcionaria, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.207/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00390.

ILEANA MARTÍNEZ. ASOCIACIÓN CIVIL. CADISAR. SOLICITA EXONERACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA DE LOS PADRONES Nº 3220, 3219, 2703 DE SARANDÍ GRANDE.

RESOLUCIÓN:

1) DECLÁRASE exonerado de todo tributo de Contribución Inmobiliaria a los inmuebles propiedad de la ASOCIACIÓN CIVIL CADISAR, empadronados con los Nos. 2703, 3219 y 3220 de SARANDÍ GRANDE, al amparo de lo establecido en el Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA de fecha 3 de marzo de 1982.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.

3) NOTIFICADOS los interesados a través de la Unidad de Descentralización archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.208/25.

EXPEDIENTE Nº 2024-86-001-03853.

OFICINA ADMINISTRATIVA 25 DE AGOSTO. SOLICITUD DE TRASLADO PROVISORIO DE FUNCIONARIA ERICA DAIANA OJEDA ALMADA FICHA Nº 11.819 A COMEDOR MUNICIPAL.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el traslado de la funcionaria Señora Daiana OJEDA, para cumplir funciones a la orden del Comedor de INDA en 25 DE AGOSTO.

RESULTANDO: Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con vacantes en el grado y escalafón que ostenta la funcionaria.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con recursos humanos en áreas donde por su naturaleza así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 11.099/2025.

RESOLUCIÓN Nº 11.209/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00460.

SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE LECHE DE FLORIDA. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PADRÓN Nº 840 DE FLORIDA.

VISTO:

La gestión iniciada por la SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE LECHE, solicitando la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana, del padrón urbano al Nº 840 y la documentación adjunta.

ATENTO:

A lo informado por la Asesoría Jurídica en su actuación Nº 5.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del padrón Nº 840 de FLORIDA, de la SOCIEDAD DE PRODUCTORES DE LECHE de FLORIDA, por el presente ejercicio, no así de las tasas, según lo establecido en el Decreto de la Junta Departamental 40/2011.

2) PASE para su notificación a División Administración Documental.

3) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.210/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00132.

COMISIÓN FOMENTO BARRIO SAN FERNANDO Y ANEXOS. EXONERACIÓN DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA.

ATENTO:

A lo informado por la Asesoría Jurídica en su actuación Nº 15.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJAR sin efecto lo dispuesto por Resolución Nº. 11046/25, disponiendo la exoneración a la ASOCIACIÓN DE FOMENTO BARRIO SAN FERNANDO de FLORIDA del pago de todos los tributos generados por el Padrón Nº 7578 de la ciudad de FLORIDA hasta el presente ejercicio, en virtud de lo dispuesto por Decreto de la Junta Departamental de fecha 3 de marzo de 1982.

2) PASE a Administración Documental para notificación de los gestionantes.

3) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.211/25.

EXPEDIENTE Nº 2024-86-001-01317.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO ACUÁTICO DE FLORIDA, PROGRAMA DE DESARROLLO Y GESTIÓN SUBNACIONAL.

VISTO:

El llamado a Licitación Pública dispuesto por resoluciones Nos. 10.927/25 y 10.990/25 de fecha 7 y 21 de enero respectivamente del corriente año, para la construcción del CENTRO ACUÁTICO DE FLORIDA, consistente en la remodelación integral y ampliación de las instalaciones de la actual Piscina Municipal, para la construcción del citado Centro.

RESULTANDO:

Que de acuerdo a las resoluciones dictadas, el Departamento de Abastecimiento procedió a realizar el llamado a Licitación Pública N.º 1/2025- Construcción del CENTRO ACUÁTICO DE FLORIDA, consistente en la remodelación integral y ampliación de las instalaciones de la actual Piscina Municipal-, la cual se encuentra fijada su apertura el 26/2/25 hora 11:00.

CONSIDERANDO:

I) Que las empresas interesadas en presentarse al llamado solicitan prorroga argumentando que necesitan más tiempo para analizar un proyecto de tal magnitud para brindar a la administración una propuesta sólida y competitiva, además de que aguardan respuestas a consultas por parte del equipo técnico, lo que enlentece un poco el avance de su estudio.

II) Que conforme a lo expuesto se remitieron estos antecedentes a consideración de la Dirección de Obras sobre qué plazo a otorgar.

III) Que la Dirección General de Obras en actuación No. 38 informa que; atento a las distintas solicitudes de prórroga de plazo de apertura de la Licitación y dada la magnitud de la misma, se entiende conveniente para la Administración acceder al pedido.

IV) La prórroga permitirá que más empresas presenten sus ofertas, permitiendo tener más opciones sobre las cuáles trabajar, no obstante, dado que se pretendan optimizar los tiempos del proceso para poner en uso el Centro Acuático lo antes posible, se entiende que el tiempo prudencial es de 10 días hábiles.

ATENTO:

A lo establecido en el artículo N.º 51 del TOCAF.

EL INTENDENTE DE FLORIDA: RESUELVE:

1) PRORROGAR la fecha de apertura del llamado a Licitación Pública N.º 1/2025- Construcción del CENTRO ACUÁTICO DE FLORIDA-, para el día 17/03/25 hora 11:00.

2) CONTINÚE al Departamento de Abastecimientos a los efectos dispuestos.

RESOLUCIÓN Nº 11.212/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00519.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS. MEJORA EN EL PASO DE LOS DRAGONES - CAMINO DE LAS HOLANDESAS.

RESOLUCIÓN:

1) CURSESE oficio al MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, comunicando, que esta Intendencia autoriza en su totalidad las obras que contemplan la adecuación y mejora del acceso sur de la Ciudad de FLORIDA Ruta nacional Nº. 5 - (PASO DE LOS DRAGONES), pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) PASE para su reserva al Departamento de Obras.

RESOLUCIÓN Nº 11.213/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00421.

FLORIDA HIGH SCHOOL. SOLICITA EXONERACIÓN DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA DEL PADRÓN Nº 20.536.

VISTO:

La solicitud de exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria del Padrón Nº 20.536 de FLORIDA propiedad del HIGH SCHOOL, los antecedentes al respecto, la documentación agregada y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

ATENTO:

A lo previsto por el artículo 69 de la Constitución de la República.

El INTENDENTE FLORIDA RESUELVE:

1) EXONÉRASE a FLORIDA HIGH SCHOOL del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del padrón Nº 20.536 de FLORIDA de su propiedad, hasta el presente ejercicio, atento a lo previsto en artículo 69 de la Constitución de la República, debiéndose abonar las tasas correspondientes, y presentar anualmente la documentación acreditante para continuar gozando de la exoneración impositiva.

2) PASE para su notificación a División Administración Documental.

3) SIGA luego a registro del Departamento de Hacienda, y cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.214/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00329.

MUNICIPIO DE CASUPÁ. RENUNCIA VOLUNTARIA DEL ALCALDE LUIS OLIVA MONFORT.

RESOLUCIÓN:

1) REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA para su conocimiento, la renuncia acreditada por parte del Alcalde de CASUPÁ Señor Luis OLIVA MONFORT.

2) CUMPLIDO vuelva para su archivo.

RESOLUCIÓN Nº 11.215/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00419.

JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FLORIDA DE 2º TURNO OSCAR AYCAGUER RODRIGUEZ CONTRA COLISTA PASTORINI MARÍA PENSIÓN ALIMENTICIA A SUS HIJOS MENORES.

RESOLUCIÓN:

1) CURSESE oficio al JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FLORIDA de 2do. Turno, en respuesta a su similar Nº. 840/2024 aportando lo informado por el Departamento de Hacienda, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.216/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00343.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL. COMIENZO DEL AÑO LECTIVO 2025 RELACIONADO CON EMPRESAS AFECTADAS AL CONVENIO QUE MANTIENEN LAS INTENDENCIAS CON EL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE GRATUITO ESTUDIANTES ENSEÑANZA MEDIA PÚBLICA.

VISTO:

Que por resolución Nº. 11.089/2025, se dispuso la prórroga hasta el mes de mayo próximo, respecto a las adjudicaciones por traslados de estudiantes 2024, en virtud de encontrarse en proceso un nuevo llamado a precios por cuerda aparte.

ATENTO:

Que el Departamento de Desarrollo Social efectivizó en forma conjunta con el Departamento de Abastecimientos, ajustes vinculados a los traslados de referencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJASE sin efecto la resolución Nº. 11.089/2025, conforme a lo expresado en el visto.

2) PRORROGAR las adjudicaciones dispuestas para el traslado de estudiantes durante el ejercicio 2024, en forma excepcional hasta el mes de junio próximo inclusive, y de acuerdo al detalle contenido en actuación Nº. 24 (recorrido de empresas y montos), en tanto se sustancia el procedimiento administrativo en curso para el presente año lectivo.

3) PASE al Departamento de Hacienda para su registro e intervención de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

4) CONTINÚE al Departamento de Abastecimientos para la notificación de los adjudicatarios y al Departamento de Desarrollo Social para su seguimiento.

RESOLUCIÓN Nº 11.217/25.

EXPEDIENTE Nº 2024-86-001-02302.

ÁREA ACUÁTICA. SUGERENCIAS PARA CUBRIR CON GUARDAVIDAS Y PROFESORES / ENTRENADORES TEMPORADA ESTIVAL 2024 – 2025.

ATENTO:

A la renuncia acreditada por el Señor Juan SORIA, al cargo como Guardavidas en el Natatorio de CAPILLA DEL SAUCE.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACEPTASE la renuncia presentada por el Señor Juan SORIA al 20 de febrero próximo pasado, como Guardavidas del Natatorio de CAPILLA DEL SAUCE.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, para su registro notificación y demás efectos.

3) CON conocimiento del Departamento de Cultura y Unidad de Descentralización, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.218/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00577.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FACTURA DE COMPRA NO STOCK.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 4472 a la firma SALGADO Y CARBAJALES (brazo y herraje), facturas N° 48, 49 a la firma RYFOR SA. (Piedra).

RESULTANDO:

I) Que se han efectuado diversas contrataciones en forma directa a las mencionadas empresas y no se ha realizado llamado a licitación.

II) Que al día de la fecha el monto que se ha contratado supera ampliamente el tope de compra directa, por lo cual se está frente a un fraccionamiento de gasto.

ATENTO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11.219/25.

EXPEDIENTE Nº 2025-86-001-00569.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FACTURA DE COMPRA NO STOCK.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 2025, 1235 a la Firma HIPARCO SRL. (Vigilancia), factura N° 1304 a la Firma INSTITUCIÓN DEPORTIVA BOQUITA (Mano de obra), factura N° 6584 a la firma Andrés UTARAVICIUS (Flores), factura N° 226991 a la firma DRAYSER LTDA. (Tuerca, tornillo), facturas N° 101053, 101484, 100070, 100246, 101454 a la firma JALFER S.A. (Pintura, cal, enduído, pincel). RESULTANDO: I) Que los gastos de las facturas Institución Deportiva BOQUITA, DRAYSER LTDA. y facturas 101053, 100070 y 100246 de la firma JALFER SA., son del ejercicio anterior y se imputaron en el año 2025. II) Que la fecha de autorización de los gastos de las facturas de las firmas HIPARCO SRL, INSTITUCIÓN DEPORTIVA BOQUITA, Andrés UTARAVICIUS y facturas N° 101053, 101484, 101454 de la firma JALFER SA, fueron posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con Servicios Externos (Mano de Obra e insumos), necesarios para el cumplimiento de los objetivos trazados por la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

En este estado, siendo el día veinticinco de Febrero de dos mil veinticinco, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General, Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.