Acta N° 500/2012

Resolución

Del Nº 9.352/12 al Nº 9.359/12

En el local de la Intendencia de Florida, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil doce, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan. 


RESOLUCIÓN Nº 9.352/12.

EXPEDIENTE Nº  2010-86-001-03775.

HUMBERTO RAMÓN COSTABILE. ELEVA PLANTEAMIENTO EN REFERENCIA A DEUDA DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA DEL PADRÓN 2580.

RESOLUCIÓN. 

1)AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a iniciar acciones judiciales, para hacer efectivo el cobro de la deuda generada por el Padrón Nº 2580, por concepto del Tributo de Contribución Inmobiliaria. 

2)PASE a la citada Asesoría a sus efectos. 


RESOLUCIÓN Nº 9.353/12.

EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-04449.

OBRAS. LICITACIÓN ABREVIADA ACCESO NORTE DE BERRONDO.

RESOLUCIÓN.

1)ADJUDICAR a la Empresa VIALSERV S.A., el objeto de la licitación Nº 40/2012, -ejecución de tratamiento bituminoso en la Localidad Estación Berrondo-, conforme a su oferta y al pliego que rigió el llamado. 

2)PASE al Departamento de Abastecimientos, Departamento de Hacienda, y Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, para su notificación, registro y demás efectos. 

3)CON conocimiento del Departamento de Obras, archívese. 


RESOLUCIÓN Nº 9.354/12.

EXPEDIENTE Nº  2012-86-001-03871.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SUGIERE ADJUDICAR A LA EMPRESA VIALSERV S.A. TRABAJOS DE REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y ALCANTARILLADO EN CAMINO AL PARAJE MACIEL.

VISTO: 

El planteamiento formulado por la Dirección General de Obras, respecto a la reparación y mantenimiento urgente de cunetas en aproximadamente 1.300 mts., del camino vecinal en Paraje Maciel.

CONSIDERANDO: 

1)Que en la actualidad los equipos se encuentran destinados a obras en otros lugares del departamento, no estando previsto trabajar en esa zona, hasta la culminación de los actuales compromisos. 

2)Que se trata de una pujante zona rural de nuestro departamento, con importantes emprendimientos productivos, que ante inclemencias del tiempo desfavorables en su actual estado, limitaría enormemente la circulación y transporte de la producción. 

ATENTO:

Que consultada la Empresa VIALSERV S.A., su presupuesto permite la adjudicación en forma directa, y dispone de maquinaria para el comienzo de las obras en forma inmediata.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1)ADJUDICAR a la Empresa VIALSERV S.A., los trabajos de reparación y mantenimiento de cuentas en aproximadamente 1.300 metros de camino vecinal en Paraje Maciel, al precio de 220.900 más I.V.A. 

2)PASE a sus efectos al Departamento de Obras para realizar la solicitud de compras, -incluyendo por separado la alcantarilla y luego continúe al Departamento de Abastecimientos. 

3)ESTANDO de conformidad, siga al Departamento de Hacienda, y luego archívese. 


RESOLUCIÓN Nº 9.355/12.

EXPEDIENTE Nº  2012-86-001-03627.

NESTOR SEIBAL GUILLEN. PLANTEA SITUACIÓN DEL ÓMNIBUS RECORRIDO PALERMO - FLORIDA Y SOLICITA COLABORACIÓN PARA REPARACIÓN DEL MISMO.

VISTO:

Que por Resolución Nº 9.016/12, se dispuso la autorización de un préstamo al Sr. Nestor GUILLEN, para la reparación del ómnibus que utiliza en el recorrido Florida - Palermo.

RESULTANDO: 

Que ello se basó en lo informado por la Dirección General de Desarrollo Sustentable, -por el servicio social que representa para esa importante zona del Departamento-. Asimismo se tuvo en cuenta, el antecedente que se registra en el período 2005 - 2010. 

CONSIDERANDO: 

Que en base a lo informado por el Departamento de Hacienda, respecto a la modificación de criterio, lo que inhabilita el préstamo requerido, la Dirección General modifica su propuesta original, por la de donación por razones de urgencia social para la comunicación de una vasta zona central del Departamento. 

ATENTO:

Que conforme a lo informado por la Asesoría Jurídica, no existen inconvenientes, debiendo existir rubro para ello. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1)MODIFICASE la Resolución Nº 9.016/12, estableciéndose que se otorga al Sr. Nestor GUILLEN, en su carácter de titular de la línea de ómnibus Florida - Palermo, una donación de $ 24.000, realizándose la transposición del Rubro 555 al 340118.

2)NOTIFÍQUESE al gestionante y tome conocimiento la Dirección General de Desarrollo Sustentable. 

3)SIGA luego al Departamento de Hacienda y cumplido, archívese. 


RESOLUCIÓN Nº 9.356/12.

EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-02433. 

SECCIÓN TÉCNICA DE LA DIVISIÓN DE ARQUITECTURA, AMNISTÍA PARA LA REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES SIN PERMISO MUNICIPAL (FRANQUICIA). 

VISTO:

Estos antecedentes que hacen relación con la propuesta del Departamento de Arquitectura, de modificar determinadas disposiciones de la Ordenanza de Construcciones; 

CONSIDERANDO:

1)Que de acuerdo a lo informado por el mencionado Departamento, existe un considerable número de inmuebles, sobre todo en el interior de nuestro departamento, que carecen de los permisos de construcciones correspondientes; 

2)Que a los efectos de la planificación urbanística y de lograr una mayor justicia tributaria, resulta necesario y conveniente actualizar el registro municipal de construcciones; 

3)Que otorgar un régimen de franquicias en el pago de multas y recargos, así como la exoneración del pago de derechos de construcción, para lograr el concurso voluntario de los propietarios en la regularización de las construcciones, deviene una medida adecuada para la consecución de tal fin. 

ATENTO: 

A lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 275 de la Constitución de la República;

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto: 

Art. 1.-Modificase el inciso 5 del artículo 1º de la Ordenanza de Construcciones, el que quedará redactado de la siguiente forma: Inciso 5) Establécese un régimen de aprobación con carácter precario para las construcciones realizadas con anterioridad al año 2002, que no se ajusten a la presente Ordenanza (observaciones en cuanto a su implantación, áreas, alturas, ventilaciones, etc.); pero que a juicio del Departamento de Arquitectura no atenten contra la higiene del edificio y sus habitantes y no sean un factor de evidente desorden urbano. Las construcciones aprobadas bajo este régimen no podrán ser reformadas y/o ampliadas si no se prevén las obras necesarias para su total adecuación a las Ordenanzas vigentes. 

Art. 2.-Modificase el Art. 198 de la Ordenanza de Construcciones, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art.198. Al gestionar el permiso para edificar o reedificar, el interesado deberá exhibir recibo de la Tesorería Municipal o la Junta Local, en su caso, que acredite que pagó los derechos de edificación. El cobro de los referidos derechos no supone otorgamiento del permiso gestionado, quedando éste sujeto a la aprobación de la autoridad municipal. En caso de denegarse el permiso, se reintegrará el importe pagado con una deducción del 10%. Las oficinas técnicas municipales verificarán que el valor declarado de las obras (V.D.O.) se adecue a lo proyectado. En caso contrario, dejarán constancia de las observaciones, de las que se dará vista al promotor el que podrá aceptarlas al notificarse o, en caso de disentir, formular sus descargos, estándose a lo que resuelva la Dirección de Arquitectura. La inspección final será obligatoria para todos los permisos de edificación, reedificación, ampliación o reforma. Ninguna construcción podrá ser ocupada o utilizada sin que se obtenga la inspección final correspondiente. Los contraventores serán sancionados con multa, sin perjuicio de exigir el cese de la ocupación o utilización. Aquellas construcciones iniciadas con anterioridad al año 2007 con planos aprobados y que estén habitadas, se les dará una inspección final parcial de las obras, aunque no estén terminadas, siempre y cuando cumplan con condiciones mínimas de habitabilidad e higiene y de acuerdo a los siguientes requisitos: a)Lo que se halle edificado se ajuste a los planos oportunamente aprobados. b)La vivienda tenga terminados los servicios mínimos reglamentarios, baño y cocina y tenga conectada el agua corriente. c)Tenga un área edificada mínima techada de 32 metros cuadrados. Se hará constar en acta de inspección los porcentajes aproximados de los rubros que faltan para su terminación, como ser revoques, pisos (debe contar por lo menos con contrapisos), aberturas interiores, impermeabilización de azoteas, pinturas etc., y de los metros edificados techados a la fecha de la actuación. No podrán ser realizadas nuevas ampliaciones y/o reformas en el predio, ni obtener la reválida del permiso de construcción (de acuerdo a lo establecido en el Art. 4 de la Presente Ordenanza) hasta tanto no se obtenga la final de obras definitiva de las construcciones existentes.

Art. 3. Agréguese al artículo 1º de la Ordenanza de Construcciones, el siguiente inciso: Inc. 6) Al solicitar el Final de Obra en la Intendencia, el interesado deberá presentar un comprobante de la Oficina de Catastro de Florida, de la actualización de la Caracterización Urbana. 

Art. 4. Modificase el artículo 207 de la Ordenanza de Construcciones, el que quedará redactado de la siguiente manera: DISPOSICIÓN TRANSITORIA Art. 207. Inc. 1) Se otorga un plazo de 6 meses a contar de la fecha de vigencia de la presente disposición, a fin de regularizar los edificios (construcción y sanitarias) u obras realizadas sin la correspondiente autorización, con exoneración de recargos y multas prescriptos reglamentariamente. Asimismo, las construcciones, con destino a Vivienda, incluyendo construcciones complementarias con destino a cocheras, techados, garajes, barbacoas, depósitos, galpones u otros destinos, siempre que no excedan una superficie total edificada de hasta 120 m2 serán exonerados además de lo previsto en el inciso anterior, del pago de derechos de edificación correspondientes al Permiso de Construcción, dichas viviendas deberán ser existentes con anterioridad a la vigencia de la presente reglamentación. Dicho plazo de 6 meses, podrá ser prorrogable hasta igual plazo por resolución del Intendente. Inc. 

2) PRESUNCIÓN DE FINAL DE OBRA. En caso de no ampararse al régimen previsto en el inciso anterior, determínese la presunción de Obra Finalizada o Final de Obra para las construcciones cuyo Permiso Municipal se hubiese otorgado, bajo cualquier régimen (Vivienda Económica o Común), antes del año 2007. En estos casos, se presumirá a la obra como finalizada de conformidad con los planos presentados en su momento, sin necesidad de ningún otro trámite por parte del interesado. En caso de que la obra no hubiese finalizado, el interesado podrá solicitar la inspección y/o presentar prueba en contrario, sin perjuicio de la competencia de la Administración, en ejercicio de su poder de policía de la edificación, de realizar inspecciones de oficio a efectos de verificar, entre otros, la existencia de las construcciones, su estado, conformidad con los planos aprobados.

Art. 5.-Comuníquese, etc. 


RESOLUCIÓN Nº 9.357/12.

EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-03356.

SECRETARÍA GENERAL. REALIZAR LA CONTRATACIÓN DEL ING. CIVIL DIEGO CERIZOLA RODRÍGUEZ, POR EL TÉRMINO DE TRES MESES, EN CARÁCTER DE ASESOR AFECTADO AL DEPARTAMENTO DE OBRAS. 

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que es necesaria la renovación contractual del Ing. Civil Diego CERIZOLA, dada la dimensión de las obras en ejecución y proyectadas, y que por otra parte ha sido su intervención técnica valorada en forma positiva, obteniéndose óptimos resultados.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DISPONER la renovación contractual del Ing. Civil Diego CERIZOLA RODRÍGUEZ, a partir de su vencimiento y en las mismas condiciones que el anterior. 

2)PASE al Departamento de Obras para su conocimiento y notificación del interesado, siguiendo luego a la Asesoría Notarial. 

3)CON registro del Departamento de Administración y Departamento de Hacienda, archívese en la citada Asesoría. 


RESOLUCIÓN Nº 9.358/12.

EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-04944.

PROSECRETARÍA. DISPONER SE PROCEDA A REGULARIZAR LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS VIÁTICOS GENERADOS DURANTE LOS DÍAS 16 Y 20 INCLUSIVE DEL MES DE OCTUBRE POR PARTE DEL SUSCRITO INTENDENTE, CON MOTIVO DE SU ESTADÍA EN LOS ÁNGELES.

VISTO: 

Que se encuentran pendientes en el Departamento de Hacienda, la documentación correspondiente a los viáticos generados por el suscrito Intendente, con motivo del viaje realizado a la ciudad de Los Ángeles en el Estado de California, conforme a la autorización acordada por la Junta Departamental. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: 

1)DISPONER se proceda a la regularización de los viáticos generados por concepto de comisión de servicios, durante los días 16 y 20 inclusive del mes de octubre del año en curso; a la ciudad de Los Ángeles en el Estado de California. 

2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y luego archívese. 


RESOLUCIÓN Nº 9.359/12.

EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-04423.

MAURICIO NORIA. SOLICITUD DE CAJA CHICA PARA LA OFICINA DE UNIDAD DE DESCENTRALIZACIÓN.

VISTO:

Estos antecedentes. 

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DESIGNAR al funcionario Mauricio NORIA, como responsable de los fondos fijos de reposición, destinados a la Unidad de Descentralización.

2)CON registro del Departamento de Hacienda y notificado el interesado, archívese.