Acta N° 50/2021

Resolución

Del Nº 1.128/21 al Nº 1.154/21

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 1128/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00879.

INDA. CONVENIO INTENDENCIA DE FLORIDA-INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN (INDA).

ATENTO:

Al borrador del Convenio Marco entre el INSTITUTO DE ALIMENTACIÓN (INDA) y la Intendencia de FLORIDA (IDF), cuyo objeto es desarrollar programas y acciones conjuntas a favor de los hogares y personas que requieren apoyo en el marco de las políticas alimentario nutricionales establecidas a nivel nacional y departamental, anexo a actuación Nº 1.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR el Convenio INDA – IDF en los términos establecidos en documento anexo a actuación Nº 1.

2) PASE a la Asesoría Notarial para su suscripción y comunicaciones de estilo.

3) SIGA a las Direcciones Generales de Desarrollo Social y Hacienda para su conocimiento y efectos.

4) CUMPLIDO, archívese en la mencionada Asesoría.

RESOLUCIÓN Nº 1129/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01271.

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. OFICIO Nº 892/DSG/21, COMUNICA SITUACIÓN DENUNCIADA POR VECINOS DEL BARRIO PIEDRA ALTA, QUE MENCIONAN LAS MOLESTIAS QUE CAUSA EL TEMA DE RUIDOS MOLESTOS QUE PROVIENEN DE LA FINCA UBICADA EN LA CALLE ZELMAR MICHELINI Nº 331.

RESOLUCIÓN:

1) CURSESE oficio a la Jefatura de Policía de FLORIDA, en los términos indicados por el Departamento de Salud y Gestión Ambiental en actuación No. 2, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) CUMPLIDO resérvese en el citado Departamento.

RESOLUCIÓN Nº 1130/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01172.

DELIA GLADYS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ. SOLICITA AYUDA CON MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA REALIZAR SOLUCIÓN HABITACIONAL EN 25 DE AGOSTO.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Delia Gladys GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, en la que solicita colaboración consistente en materiales de construcción para la edificación de una habitación y de un baño, destinada a su hijo Sr. Jhoni Javier MÜLLER GUTIÉRREZ.

RESULTANDO:

Que se cumplieron por parte del Departamento de Desarrollo Social, con las evaluaciones técnicas correspondientes.

CONSIDERANDO:

La vulnerabilidad habitacional en el joven y su familia, y teniendo en cuenta las políticas de apoyo que se promueven en casos de la presente naturaleza.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE de una colaboración al Sr. Jhoni Javier MÜLLER GUTIÉRREZ, consistente en materiales de construcción de acuerdo al tipo y cantidad expresadas en actuación No. 8, teniéndose en cuenta que el Pórtland será proporcionado a través del stock existente en el Departamento de Vialidad, mientras que los bloques serán cedidos por parte de lo producido por el convenio IDF – BOQUITA, estableciéndose que la solicitud de compra de los materiales restantes, será confeccionada por el Departamento de Desarrollo Social.

2) SIGA al Departamento de Desarrollo Social, para su conocimiento, seguimiento de las obras y demás efectos.

3) CON registro de Abastecimientos, Departamento de Hacienda y notificada la interesada archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1131/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01294.

FLAVIO GONZÁLEZ. CONCEJAL SUPLENTE DEL MUNICIPIO DE FRAY MARCOS COMUNICA RENUNCIA.

RESOLUCIÓN:

1) HABIÉNDOSE tomado conocimiento de la renuncia acreditada ante el Municipio de FRAY MARCOS por parte del Concejal Flaviano GONZÁLEZ, la que ha sido aceptada, pase para lo propio al Departamento de Administración, Departamento de Hacienda y el citado Municipio.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1132/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01286.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. COMISIÓN DE CULTURA JDF SOLICITA LA PARTICIPACIÓN DE LA SRA. ENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA, MARIA LUZ FALERO, EN REUNIÓN DE FECHA 20 DE MAYO DE 2021, A REALIZARSE EN MODO DE VIDEOCONFERENCIA.

ATENTO:

A la invitación cursada por la Comisión de Cultura, Deportes, Turismo y Juventud, de la Junta Departamental de FLORIDA, en la que convoca a la Sra. Encargada del Departamento de Cultura -María Luz FALERO-, en reunión del día jueves 20 de mayo de 2021, a la hora 16:00, a realizarse en modo de videoconferencia.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la Sra. Encargada del Departamento de Cultura - María Luz FALERO, a comparecer ante la citación detallada en el visto.

2) CON conocimiento de la interesada y del Legislativo Departamental, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1133/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-01337.

UNIDAD EJECUTIVA. PROGRAMA DENOMINADO OPORTUNIDAD LABORAL. LLAMADOS A BENEFICIOS JORNALES SOLIDARIOS.

VISTO:

El programa denominado “Oportunidad Laboral” aprobado legislativamente con fecha 12 de mayo del año en curso, se anexa proyecto, creado con el objeto de promover la inserción y reinserción en el mercado de trabajo de los beneficiarios que se dirán.

RESULTANDO:

I) Que se trata de un ofrecimiento de trabajo para aquellas personas desempleadas que puedan prestar tareas que aporten valor público –como ser mantenimiento de espacios públicos, pintura, bacheo, corte de pasto y similares- a los Gobiernos Departamentales, con el objetivo de sostener ese sector vulnerable de la población, que se encuentra afectada por los efectos económicos como consecuencia de la pandemia originada por el virus SARS-COV2.

II) Que estamos ante un programa de jornales solidarios, siendo el público objetivo de este programa personas entre 18 y 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal.

III) Que la Comisión Sectorial, definida por el artículo 48 de la ley 17.243, determinó para el Departamento de Florida la cantidad de 405 cupos para beneficiarios especialmente vulnerables.

CONSIDERANDO:

I) Que la convocatoria es realizada por cada Gobierno Departamental y la forma de selección se realizará por sorteo mediante procedimientos transparentes que garantizan a los interesados el beneficio de igualdad de oportunidades en el acceso al Programa.

II) Que los beneficiarios que participen del Programa no integrarán las nóminas de personal del Gobierno Departamental, ni están comprendidos en sus regímenes de remuneraciones y beneficios.

III) Que la duración de la contratación es por un término de seis meses, desarrollándose entre los meses de junio y noviembre de 2021, operando el cese por el vencimiento del plazo, incumplimiento de las tareas asignadas, por mera voluntad del beneficiario sin expresión de causa alguna o por incompatibilidad superviniente de acuerdo a lo previsto en el artículo 2do., de la ley referida.

IV) Que el monto máximo mensual nominal a abonar es de $ 12.500 por doce jornales efectivamente trabajados en una quincena, que es el plazo de tiempo que trabajarán por mes. Esta prestación se recibirá dentro de los primeros 10 días siguientes de ejecutado su trabajo cada mes.

V) Esta remuneración efectuada por el Gobierno Departamental no posee naturaleza salarial ni retributiva, es personal, intransferible e inembargable y no podrá constituir garantía de obligaciones ni ser afectada por retenciones, exceptuadas las relativas a pensiones alimenticias.

VI) El período trabajado será computado por el Banco de Previsión Social como actividad a los efectos jubilatorios y pensionarios, bajo la afiliación “Industria y Comercio”.

VII) Se establece que durante el período de trabajo se habilitará únicamente la percepción de subsidio por maternidad, enfermedad común y accidente de trabajo, teniendo además los beneficiarios del programa derecho a la asistencia médica gratuita de ASSE en todo el país.

VIII) Que las erogaciones derivadas de la aplicación de la presente ley, en particular en lo relativo a las prestaciones serán atendidas con cargo al Fondo Solidario COVID19, creado por la ley No. 19.874, sin perjuicio de los recursos que los Gobiernos Departamentales asignen.

ATENTO:

A lo expresado ut-supra y a lo establecido en la normativa aprobada.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) FACULTAR a la Dirección General de Administración a realizar el llamado a interesados para ocupar la cantidad de 405 cupos de trabajo del Programa “Oportunidad Laboral” jornales solidarios distribuidos entre “la ciudad de FLORIDA, LA MACANA, BERRONDO, 25 DE MAYO, CARDAL, INDEPENDENCIA, 25 DE AGOSTO, MENDOZA CHICO, MENDOZA GRANDE, LA CRUZ, PUEBLO BARCELÓ, SARANDÍ GRANDE, MACIEL, GOÑI, POLANCO DEL YÍ, SAN GABRIEL, MONTECORAL, CAPILLA DEL SAUCE, ALEJANDRO GALLINAL, NICO PÉREZ, ILLESCAS, VALENTINES, CERRO CHATO, REBOLEDO, CASUPÁ, FRAY MARCOS, CHAMIZO, sujeto al estricto cumplimiento de las condiciones expresadas en la presente resolución y en lo establecido en la Ley, por un término de seis meses -desarrollándose entre los meses de junio y noviembre de 2021- y por un monto máximo mensual nominal equivalente a $ 12.500 por doce jornales efectivamente trabajados en una quincena, que es el plazo de tiempo que trabajarán por mes.

Los cupos por los lugares referidos serán determinados de acuerdo a las necesidades de cada localidad, cantidad de inscriptos y población, entre otras variables, facultando al Departamento de Administración a tales fines en coordinación con el Ejecutivo Departamental.

2) ESTABLECER que los beneficiarios del Programa serán personas entre 18 y 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal.

La comprobación de que una persona se encuentra comprendida en cualquiera de las incompatibilidades previstas en el inciso primero del artículo 2do. de la referida ley, implicará su eliminación de la nómina de postulantes o el cese automático de su participación, según corresponda, siendo el ingreso por la modalidad de sorteo y mediante Escribano Público.

3) DETERMINAR una lista de prelación de suplentes suficientes a los efectos establecidos.

4) CONTINÚE a la Dirección General de Administración para el cumplimiento de lo dispuesto, otorgándose amplias facultades para su instrumentación, puesta en práctica y efectivización en coordinación con las áreas competentes, estableciéndose la inscripción vía web en la página creada a nivel nacional por AGESIC a saber; www.gub.uy/oportunidad laboral y con acceso a nivel departamental en la página floridaselevanta.uy, habilitándose como centros de apoyo y asesoramiento a tales fines la Oficina de Desarrollo Social, Oficina del Centro Público de Empleo, Municipios y Oficinas Administrativas del Interior, entre otros, durante los días 17 y 21 de mayo inclusive del presente año.

5) CUMPLIDO, reingrese a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 1134/21

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-03171.

EVA RAMÍREZ SILVA. REPRESENTANDO AL CENTRO “CRECER” DE EQUINOTERAPIA UBICADO EN LA MACANA SOLICITA SE MANTENGA LA COLABORACIÓN CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE 150 LITROS DE GASOIL.

VISTO:

La solicitud de colaboración consistente en combustible realizada por la Sra. Eva RAMÍREZ en representación del “CRECER EQUITACIÓN TERAPÉUTICA” con combustible, con el fin de apoyar el traslado de los participantes que acceden a dicho Centro. ATENTO: A la labor que cumple la Institución en nuestro medio, y de acuerdo a los antecedentes registrados en expedientes Nos. 4511/2018 y 4006/2019.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER una colaboración con “CRECER EQUITACIÓN TERAPÉUTICA” Eva RAMÍREZ, consistente en 150 lts., de combustible mensuales, a partir del mes de mayo y hasta diciembre del año en curso, en apoyo al traslado de la población que asisten.

2) PASE para conocimiento y registro al Departamento de Talleres y Depósitos.

3) NOTIFICADA la gestionante, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1135/21

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02169.

INICIATIVAS INTERNAS. NOTIFICACIÓN DIARIO OFICIAL.

ATENTO:

A lo establecido en el artículo 51 del Código Tributario.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PUBLÍQUESE en tres ediciones del Diario Oficial el texto provisto por la Asesoría Jurídica contenido en anexo a actuación Nº 1 a efectos de citar a propietarios y/o personas que se consideren con derecho a notificarse de las Resoluciones listadas, con un plazo de 30 días y bajo apercibimiento de tenerlo por notificado de no presentarse, al amparo de lo establecido en el art. 51 del Código Tributario, cometiéndose a la Unidad de Comunicaciones.

2) PASE a la Unidad de Comunicaciones a los efectos indicados, adjuntándose a estos obrados copia de la factura del costo de publicación.

3) CONTINÚE a División Administración Documental donde se reservará por el término de 30 días.

4) CUMPLIDO, reingrese a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 1136/21

EXPEDIENTE Nº 20218-86-001-01303.

TERRENOS URUGUAY S.R.L. SOLICITA FRACCIONAMIENTO DEL PADRÓN Nº 14186 DE LA CIUDAD DE FLORIDA.

VISTO:

La solicitud del Sr. José Antonio FORTI en representación de TERRENOS URUGUAY S.R.L quien en su calidad de propietario solicita cambio de categoría de suelo del padrón rural Nº 14.186 para posteriormente realizar una urbanización.

CONSIDERANDO:

1) Que de acuerdo a lo establecido en el Plan Local de la ciudad de FLORIDA el inmueble padrón rural Nº 14.186 se encuentra ubicado en suelo rural Potencialmente Transformable Residencial ZONA 14 del Plan Local y por ende se requiere a esos efectos presentar un Programa de Actuación Integrada (PAI) ( artículos 28, 29 y 31) del Plan Local.

2) Que el objetivo del presente PAI es transformar un sector de suelo rural para el desarrollo de una zona urbana con destino residencial.

3) Que se han cumplido todas las etapas previas a la aprobación del presente PAI de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18308 y a la normativa departamental vigente.

4) Atento: A lo expuesto y dispuesto en los artículos 19, 21, 34 de la Ley 18.308 y el Plan Local de la ciudad de FLORIDA:

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1) Apruébese el Programa de Actuación Integrada del Padrón rural Nº 14.186 “FLORIDA OESTE” .

Art. 2) Declarase el padrón Nº 14.186 como suelo urbano integrándose al Zona (4) definida en el Plan Local de la ciudad de FLORIDA.

Art. 3) Uso del suelo: El uso principal del suelo será residencial.

Art. 4) División del Suelo. Posteriormente a la aprobación del PAI, se deberá presentar por parte del interesado el loteo definitivo para la aprobación de la Intendencia de FLORIDA, respetando el amanzanamiento previsto y lo establecido en la Ficha (5) – Zona 4 del Plan Local.

El área mínima de los lotes individuales será de 300 metros cuadrados y el frente mínimo de 10 metros.

Art. 5) Áreas Verdes. En lo relativo a espacios verdes se deberá cumplir con lo establecido en la Ficha 5 regulatoria de la zona (4) del Plan Local. En dicha Ficha se prevé un FOS máximo del 60% para viviendas, un retiro frontal obligatorio de 4 metros mínimo con cerco de setos vivos y del cual el 50% mínimo deberá estar enjardinado, además de la exigencia de contar con árboles en veredas cada 5 metros, sin desconocer los demás retiros previstos en la Ordenanza de Construcciones vigente.

Para este proyecto en particular se exigirá que cada predio del futuro loteo mantenga como mínimo un 20% de su superficie de suelo rústico (sin pavimentar), dentro del cual podrá estar incluido el referido en el jardín frontal.

En los predios a ceder a la Intendencia de acuerdo a los Art. 38 y 46 de la Ley N° 18308 y mencionado también en los Art. 18 y 22 de la Ordenanza Municipal vigente, se exigirá dejar indicado en el futuro plano de fraccionamiento un espacio destinado a áreas verdes (suelo rústico) que permita la infiltración natural de las aguas pluviales y bajar la velocidad de las mismas, que no será inferior a un 30 % del área total cedida y su ubicación será indicada por la Intendencia en el momento de la presentación del proyecto de fraccionamiento.

Art 6) Predios cedidos a la Intendencia.

De acuerdo a lo establecido en los Art. 38 y 46 de la Ley N° 18308 y mencionado también en los Art. 18 y 22 de la Ordenanza Municipal vigentes se prevé un área de 7308 m2 a ceder a la Intendencia compuesto por los solares identificados como MANZANA E y SOLAR 1 de la MANZANA L en el proyecto de amanzanamiento del presente documento, según surge del plano 9 del proyecto de amanzanamiento.

Art.7) Red Vial. La futura urbanización muestra un damero rectangular con tres calles que se conectan con la calle 60 y también una calle al Camino Público existente, previendo otra a través del Padrón lindero Nº 11420 que la Intendencia podrá exigir su apertura cuando dicho padrón se intervenga.

La construcción de las mismas estará a cargo del interesado.

Art.8) Agua potable y Energía eléctrica. Para la nueva urbanización, la dotación de los servicios públicos de agua potable (Plano 11) y energía eléctrica (Planos 14 a 17) estarán a cargo del inversor tal como lo prevé la legislación vigente. Los proyectos de instalación de agua potable y energía eléctrica serán aprobados por O.S.E. y U.T.E. respectivamente, la ejecución de las obras serán de cargo del interesado y se realizarán de acuerdo a la normativa de O.S.E. y U.T.E. respectivamente.

Art. 9) Red de Saneamiento. La red de saneamiento sobre la Calle N° 60 estará ubicada en el lado oeste del pavimento, para evitar ejecutar conexiones domiciliarias y así mantener la integridad de la carpeta asfáltica que la Intendencia ejecutó recientemente. Los predios frentistas a la calle Nº 60 se conectarán a esta nueva red (Plano 13).

Al resto de las calles se las dotará de colector público que drenará hacia un pozo de bombeo a ser instalado en el predio (Plano 13).

El proyecto de la red de saneamiento y el sistema de bombeo serán aprobados por O.S.E .y su ejecución estará a cargo del interesado con supervisión del organismo. La ejecución y el mantenimiento se realizarán de acuerdo a la normativa de O.S.E. y supeditada a las exigencias del organismo.

Art 10) Drenaje de aguas pluviales Dada la topografía del terreno se ejecutará un tramo con colectores pluviales con tuberías de 800 y 1000 mm y el resto de las aguas pluviales drenarán por cunetas paralelas a las calles con perfil rural. Los drenajes descargarán en el punto más bajo del terreno, al igual que ocurre en la situación actual (Plano 12 y anexo 2).

Art 11) La recolección de residuos será ampliada al sector a transformar, encontrándose a cargo de la Dirección General de Salud de la Intendencia de FLORIDA.

RESOLUCIÓN Nº 1137/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00533.

MARÍA ELISA LARROSA. SOLICITUD DE CONTINUIDAD DE CLASES DE CROCHET EN LA LOCALIDAD DE MENDOZA GRANDE.

ATENTO:

A la renuncia, presentada por la Sra. María Elisa LARROSA, y a lo informado por la Dirección de Cultura en actuación Nº 31.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACÉPTASE la renuncia de la Sra. María Luisa LARROSA al contrato de hora docente dispuesto por Resolución Nº 796/21, dejando constancia que no realizó la actividad durante los meses de abril y mayo, al no haber comenzado los cursos, con motivo de las normas sanitarias vigentes.

2) CON anotaciones de los Departamentos de Recursos Humanos y de Hacienda y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1138/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01314.

CLUB URUCAS-ISMAEL CARABAJAL Y MARÍA GIANNINI.

ATENTO:

I) Al planteamiento realizado por la Directiva del Club URUCAS de CASUPÁ anexo a actuación Nº 1 de ceder en comodato parte de un predio de su propiedad para la construcción de una piscina en condiciones a determinar.

II) Al informe de la Asesoría Notarial en relación a que se debe recabar la anuencia de la Junta Departamental dado el plazo del comodato.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CONFORMAR una comisión de trabajo integrada por Directores de Obras, Deportes, Descentralización y con participación del Municipio de CASUPÁ, y de la Directiva del Club URUCAS, a fin de evaluar la propuesta y en su caso establecer las bases contractuales a efectos de incluirse las mismas en el proyecto a ser enviado a la Junta Departamental.

2) PASE a la Dirección General de Obras a quien se le comete la coordinación de la Comisión, su notificación y elaboración de informe.

3)CUMPLIDO, reingrese a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 1139/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01343.

OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO O.S.E. AUTORIZACIÓN DE PASE EN RÉGIMEN DE COMISIÓN A ESTA COMUNA DEL FUNCIONARIO DE O.S.E. SR. CÉSAR CORDERO GONZÁLEZ.

ATENTO:

A la resolución Nº 337/21 adoptada por el Directorio de LA ADMINISTRACIÓN DE OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (O.S.E.) con fecha 14 de abril de 2021, disponiendo la autorización del Pase en Comisión a esta Comuna del funcionario Sr. César Darío CORDERO GONZÁLEZ, hasta la finalización del actual mandato.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACEPTASE el pase en régimen de en comisión a esta Intendencia desde O.S.E. del funcionario Sr. César Darío CORDERO GONZÁLEZ, desde el 14 de abril del corriente, para cumplir funciones en el Departamento de Obras, hasta la finalización del actual período de Gobierno Departamental.

2) PASE al Departamento de Administración –Recursos Humanos- para conocimiento, notificación, comunicaciones de estilo y demás efectos, tomando registro de las R/D adjuntas a la Resolución R/D 337/21 que constan en anexo a actuación Nº 1, relacionadas con el régimen de licencia de los funcionarios con pase en comisión desde O.S.E.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1140/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01333.

UNIDAD EJECUTIVA. CONVENIO IDF INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN INDA-MIDES EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19.

VISTO:

El proyecto de convenio a suscribirse entre esta Intendencia y el Instituto Nacional de Alimentación – Ministerio de Desarrollo Social en el marco de la emergencia Sanitaria COVID-19.

RESULTANDO:

Que el acuerdo tiene como objetivo acordar un marco institucional mediante acciones conjuntas, potenciando las fortalezas y capacidades de cada Organismo firmante, a favor de la población en situación de más vulnerabilidad en el departamento de FLORIDA.

ATENTO:

A que no se encuentran objeciones por parte de la Asesoría Notarial.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER sea suscripto el convenio entre los Organismo citados en el visto, tendiente a acordar un marco institucional mediante acciones conjuntas, potenciando las fortalezas y capacidades de cada Organismo firmante, a favor de la población en situación de más vulnerabilidad en el departamento de FLORIDA.

2) PASE a la Asesoría Notarial a fin de realizar las coordinaciones de estilo.

3) SIGA para su conocimiento y registro al Departamento de Desarrollo Social.

4) CUMPLIDO de conformidad archívese en la Asesoría nombrada.

RESOLUCIÓN Nº 1141/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01247.

SERGIO POMBO (ESCRIBANA CECILIA SORIA). SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN DE DEUDA PADRONES 6 Y 7 DE CASUPÁ.

VISTO:

La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria sobre inmuebles padrones urbanos Nº 6 y Nº 7 de CASUPÁ, presentada por el Sr. Sergio POMBO.

RESULTANDO:

Que se ha acreditado la legitimación para el trámite, no existiendo registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.

ATENTO:

A lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario, al dictamen favorable de la Asesoría Jurídica, y a lo anteriormente expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARASE prescripto el derecho al cobro del Impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto de los inmuebles urbanos padrones Nº 6 y Nº 7 de CASUPÁ, por el período que va hasta el ejercicio 2015 inclusive, conforme a la documentación presentada y a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista a la gestionante de la deuda que resulte desde el año 2016.

3) UNA vez celebrado el Convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 1142/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01102.

SRA. MIRNA GUADALUPE POR MIDES FLORIDA. SOLICITA INTEGRACIÓN DE EQUIPO INTERINSTITUCIONAL PARA FUNCIONAMIENTO DE REFUGIO.

VISTO:

El planteo realizado por el Ministerio de Desarrollo Social, respecto a las gestiones a ejecutar en el marco de las políticas de refugios, destinado a personas en situación de calle entre otros, durante la temporada invernal.

RESULTANDO:

1) Que por cuerda a parte se gestiona el arrendamiento de un inmueble destinado a tales efectos, que será de cargo de esta Intendencia.

2) Que por tanto resta la conformación de un equipo interdisciplinario entre las partes, a fin de regir el lugar.

CONSIDERANDO:

Que situaciones como la presentada se encuentran dentro de las políticas sociales que se promueven, y contando con el informe favorable del Departamento de Desarrollo Social.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) FACULTAR a la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social, a realizar las coordinaciones pertinentes con la Dirección del Ministerio de Desarrollo Social Departamental, a fin de conformar entre las partes un equipo técnico interinstitucional, que regule el refugio de marras.

2) SIGA al Departamento de Desarrollo Social, para su conocimiento, notificación de los gestionantes y cumplimiento de lo dispuesto.

3) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1143/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01369.

UNIDAD EJECUTIVA. SE REMITE NUEVO PLANILLADO Y MODIFICACIONES RELATIVO A LA CREACIÓN, PROGRAMAS Y FINANCIAMIENTO DEL FONDO SOCIAL FLORIDA (FSF) ANTECEDENTE EXPEDIENTE 2021-86-001-01267.

VISTO:

Que por resolución No.1068/21 de fecha 10 de mayo del año en curso, se remitió a la Junta Departamental solicitud de autorización para la creación del FONDO SOCIAL FLORIDA, destinado al financiamiento de programas sociales y de empleo transitorio, así como para contraer financiación bancaria, por hasta el equivalente al duodécimo del presupuesto de sueldos y gastos de la Intendencia, con un plazo máximo de pago de hasta diez (10) años, ad referéndum del correspondiente dictamen del Tribunal de Cuentas de la República.

ATENTO:

I) Teniendo en cuenta la resolución de la Comisión de Hacienda de fecha 19 de mayo del año en curso.

II) Que se acordaron modificaciones al proyecto con los Ediles de los Partidos Colorado, Frente Amplio, Nacional y el Ejecutivo, que se reflejan en el nuevo planillado que se adjunta vinculado a los programas sociales y de empleo transitorio, así como también en el monto a solicitar para contraer financiación bancaria.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) REMÍTASE a la Junta Departamental el nuevo planillado modificativo citado en el Atento y que se encuentra anexo a actuación No.1, a los efectos de su incorporación en el proyecto FONDO SOCIAL FLORIDA enviado por expediente No. 2021-86-001-01267.

2) ASIMISMO se establece en la suma de $ 102.000.000 (pesos uruguayos ciento dos millones) el monto crediticio por el cual se solicita autorización al Legislativo Departamental, lo que deberá ser incorporado en el proyecto FONDO SOCIAL FLORIDA.

3) REINGRESE a la Junta Departamental a los efectos dispuestos.

RESOLUCIÓN Nº 1144/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01125.

ADMINISTRACIÓN DOCUMENTAL. SOLICITA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE LA FUNCIONARIA LUCILA COSTA FICHA 11367.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la renovación del contrato que se mantiene con la funcionaria Sra. Lucila COSTA.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con vacantes en el escalafón y grado que ostenta.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con recursos humanos suficientes en áreas donde por su naturaleza así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. 1061/21.

RESOLUCIÓN Nº 1145/21

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-02438.

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. GESTIÓN Y MANTENIMIENTO PARA LA PLANTA DE ENCAPSULADO.

VISTO:

La Resolución Nº 726/21, de fecha 26 de febrero de 2021, por la cual se prorroga el contrato que se mantiene con la Empresa ERONAL S.A.

RESULTANDO:

I)Que la oficina de Recursos Externos, informa que la prórroga del contrato debe afectarse al programa 08000000, objeto 278000, el cual, cuenta con disponibilidad presupuestal.

II) Que todo contrato se celebrará mediante el procedimiento de la licitación.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de continuar contando con el plan de acción que se desarrolla en la Planta de Valorización y Encapsulado de Residuos.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en Resolución Nº 726/21.

RESOLUCIÓN Nº 1146/21

EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-04305.

PABLO SOLER SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DE PATENTE DE RODADOS EN MATRÍCULA 809249.

VISTO:

Estos antecedentes respecto a la deuda generada por el Impuesto de Patente de Rodados vehículo matrícula Nº 809249.

RESULTANDO:

Que se hicieron efectivas las gestiones administrativas tendientes a su cobro.

CONSIDERANDO:

Que al día de la fecha no se compareció por parte de quien surge ser su responsable, a regularizar la situación de adeudos.

ATENTO:

A lo expresado por Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA. RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a iniciar acciones tendientes al cobro de pesos, por concepto de deudas vinculadas al vehículo matrícula Nº 809249.

2) PASE a la citada Asesoría a sus efectos.

RESOLUCIÓN Nº 1147/21

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01042.

JORGE OLIVERA. VENTA DE VIVIENDA ECONÓMICA.

VISTO:

La solicitud de autorización para vender vivienda económica presentada por el Sr. Jorge OLIVERA.

CONSIDERANDO:

Lo expresado al respecto por la Oficina Jurídica y lo establecido por el Art.15 de la Ordenanza de Vivienda Económica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CONCEDER autorización al Sr. Jorge OLIVERA para vender su vivienda económica empadronada con el Nº. 124, manzana No. 10 de MENDOZA GRANDE, conforme a los informes precedentes.

2) PASE para su notificación a la Unidad de Descentralización.

3) SIGA luego al Departamento de Arquitectura a sus efectos y posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 1148/21

EXPEDIENTE Nº 2011-86-001-00666.

DIÓCESIS DE MELO. SOLICITA EXONERACIÓN DE CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA PADRONES 365 Y 1601 DE CERRO CHATO.

VISTO:

La gestión iniciada por el la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA DIÓCESIS DE MELO, en la que solicitan la exoneración de los tributos sobre el padrón urbano de su propiedad No. 365 de esta ciudad.

RESULTANDO:

Que fue acreditado el vínculo jurídico de los propietarios con el bien inmueble.

CONSIDERANDO:

Que los interesados se encuentran aparados por el art. 134 de la Ley No. 12-802 y el art. No. 69 de la Constitución de la República.

ATENTO:

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE exonerada de todos tributo hasta el presente ejercicio, el padrón urbano No. 365 de CERRO CHATO, propiedad de la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA DIÓCESIS DE MELO, al amparo de lo previsto por el art. 134 de la Ley 12.802 y art. 69 de la Constitución de la República.

2) PASE a la Unidad de Descentralización a fin de notificar a los interesados, haciéndole saber además que por el padrón No. 1601 deberán presentar los extremos correspondientes para su exoneración.

3) SIGA a sus efectos al Departamento de Hacienda para su registro.

4) CUMPLIDO de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1149/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01255.

COLABORACIÓN CON PARTICULARES. INCENDIO FINCA DE LOS MOLLES CENICIENTOS ESQUINA LARRAÑAGA: MARÍA JOSÉ QUINTANA.

VISTO:

La gestión iniciada por el área técnica de Desarrollo Social respecto al incendio acaecido en la finca de la Sra. María José QUINTANA, siendo las pérdidas totales.

RESULTANDO:

Que se cumplieron por parte del Departamento de Desarrollo Social, con las evaluaciones técnicas correspondientes.

CONSIDERANDO:

La vulnerabilidad habitacional en que se encuentra la Sra. QUINTANA y su familia y teniendo en cuenta las políticas de apoyo que se promueven en casos de la presente naturaleza.

ATENTO:

A lo expuesto ut-supra.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE de una colaboración a la Sra. María José QUINTANA, consistente en materiales de construcción de acuerdo al tipo y cantidad expresadas en anexo a actuación No. 1, teniéndose en cuenta que el portland será proporcionado a través del stock existente en el Departamento de Vialidad, mientras que los bloques serán cedidos por parte de lo producido por el convenio IDF – BOQUITA, estableciéndose que la solicitud de compra de los materiales restantes, será confeccionada por el Departamento de Desarrollo Social.

2) SIGA al Departamento de Desarrollo Social, para su conocimiento, seguimiento de las obras y demás efectos.

3) CON registro de los Departamentos de Abastecimientos y Hacienda y notificada la interesada archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1150/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01253.

CR. D.T.C.R. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 82 de la firma Ana Clara INVERNIZZI (ases. Prof.) por un importe de $ 87.139.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el contrato no se encuentra intervenido por la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con recursos humanos técnicos en áreas donde por su naturaleza así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1151/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00271.

INTENDENCIA DE CERRO LARGO. SOLICITUD DE PASE EN COMISIÓN DEL FUNCIONARIO SR. JOSÉ CARLOS SILVA SANTOS.

VISTO:

Que mediante oficio Nº 18/2021 el Sr. Intendente de CERRO LARGO solicita se autorice el pase en régimen de “en comisión” del funcionario de esta Comuna Sr José Carlos SILVA SANTOS.

CONSIDERANDO:

Que entre los organismos públicos debe primar el espíritu de cooperación.

ATENTO:

A lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº 15.851.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR el pase en régimen de “en comisión”, del funcionario Sr. José Carlos SILVA SANTOS Ficha Nº 11.217, con destino a la Intendencia de CERRO LARGO hasta la finalización del actual período de gobierno.

2) CURSESE oficio al Organismo de referencia.

3) PASE al del Departamento de Recursos Humanos para su registro, notificación, y comunicaciones correspondientes.

4) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1152/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00970.

UNIDAD EJECUTIVA. CIRCULAR 15/21 DEL CONGRESO DE INTENDENTES COMUNICANDO DECRETO 418 DEL 23 DE MARZO DE 2021 QUE ESTABLECE NUEVAS MEDIDAS ANTE EL AVANCE DE COVID 19.

ATENTO:

Que lo comunicado por circular No. 15/21 del Congreso de Intendentes refiere al Decreto del Poder Ejecutivo No. 418 del 23 de marzo de 2021, por el cual se establecen las nuevas medidas ante el avance del COVID-19 en nuestro país.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

CON conocimiento y habiéndose adoptado al respecto por el Ejecutivo Departamental Resolución No. 890/21, archívese sin perjuicio.

RESOLUCIÓN Nº 1153/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00745.

JUZGADO LETRADO DE 1ERA., INSTANCIA DE CONCURSO DE 2DO., TURNO. EDUARDO ANDRÉS CAPEL ESTÉVEZ COMUNICARLE EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA MATRÍCULA OAB 9942 PADRÓN 1113884.

VISTO:

El planteo de la firma RAMALUX S.A. relacionada con el cambio de titularidad del vehículo matrícula OAB 9942 y el oficio Nº 19/2021 del JUZGADO LETRADO DE 1A. INSTANCIA DE CONCURSO DE 2DO. TURNO, en anexo a actuación Nº 1.

ATENTO:

A lo previsto por el al art. 60 del texto ordenado de SUCIVE del año 2021, a la vista evacuada por la firma RAMALUX, y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DECLARAR la empresa RAMALUX S.A. RUT 214605070019, como sujeto pasivo de los tributos respecto del vehículo padrón 1113884, matrícula OAB 9942 a partir de 14/6/2018, resultando responsable de los adeudos anteriores a esa fecha el Sr. Eduardo Andrés CAPEL ESTÉVEZ, conforme a la documentación presentada y a la normativa vigente.

2) PASE a Administración Documental para notificación del interesado.

3) SIGA a sus efectos a los Departamentos de Tránsito y Transporte y de Hacienda.

4) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1154/21

EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01284.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN JDF. SOLICITA LA PARTICIPACIÓN DEL SR. ALCALDE DEL MUNICIPIO DE CASUPÁ, LUIS OLIVA MONFORT, EN FUTURA REUNIÓN A REALIZARSE EN MODO DE VIDEOCONFERENCIA.

RESOLUCIÓN:

1) AUTORIZAR al Sr. Alcalde del Municipio de CASUPÁ Luis OLIVA, a comparecer ante la convocatoria realizada por la Comisión de Descentralización de la Junta Departamental de FLORIDA, a modo de video conferencia.

2) CON conocimiento del citado Municipio y el Legislativo Departamental, archívese.
EN este estado, siendo el día veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.