Acta N° 65/2025
Resolución
Del Nº 1.329/25 al Nº 1.348/25
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por el Sr. Secretario General, Ec. José CURBELO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 1.329/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03458.
INSTITUTO DE ESTUDIOS MUNICIPALES. RELEVAMIENTO DE FUNCIONARIOS CON INTENCIÓN DE RETIRO INCENTIVADO SIN CAUSAL JUBILATORIO Y FUNCIONARIOS CON INTENCIÓN DE JUBILACIÓN CON O SIN INCENTIVO.
VISTO:
El programa de planificación institucional y con el objetivo de garantizar la continuidad del funcionamiento de los servicios municipales, la Dirección General de Administración a través del Instituto de Estudios Municipales, sugiere la realización de un relevamiento de intención de jubilación y/o retiro entre los funcionarios de la Intendencia de FLORIDA.
ATENTO:
A lo expresado y conforme a lo expresado por la Asesoría Jurídica.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR la realización de un relevamiento de intención de jubilación y/o retiro entre los funcionarios de esta Intendencia, facultando al Departamento de Administración, a coordinar y gestionar el extremo.
2) PASE al Departamento de Administración a los efectos ordenados.
RESOLUCIÓN Nº 1.330/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03248.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL KIOSCO UBICADO DENTRO DEL PRADO PIEDRA ALTA DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
Que por Resolución N.º 1104/25 se dispuso llamado a licitación para la concesión del Kiosco ubicado dentro del Prado PIEDRA ALTA.
RESULTANDO:
Que sólo se presentó una oferta correspondiente a la empresa FLEITAS PIZZORNO Ramiro Nicolás, que la misma cumple con todos los recaudos: oferta firmada, tiene RUPE en estado activo, y presenta recibo de compra del pliego.
CONSIDERANDO:
Que la propuesta presentada se ajusta a las condiciones requeridas, respecto a los servicios a ofrecer y la mejora del entorno, asumiendo la empresa, el compromiso del mantenimiento de la infraestructura e higiene.
ATENTO:
Al Pliego Particular que rige el procedimiento y al informe adjunto a actuación N.º 12 por parte de la Comisión Asesora de Adjudicaciones.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ADJUDICAR a FLEITAS PIZZORNO RAMIRO NICOLÁS, el objeto de la Licitación Abreviada N.º 19/2025 concesión del Kiosco ubicado dentro del Prado de la PIEDRA ALTA, por un monto mensual de $ 12.000, pagaderos dentro de los primeros cinco días de cada mes de acuerdo a lo establecido en el Artículo Sexto del Pliego de Condiciones, hasta la finalización del actual período de Gobierno Departamental.
2) PASE a sus efectos, conocimiento y notificación a los Departamentos de Hacienda, Contador Delegado del Tribunal de Cuentas, y de Abastecimientos.
3) SIGA a la Asesoría Notarial para la confección del Contrato y demás trámites de estilo.
4) CONTINÚE para su conocimiento y seguimiento al Departamento de Administración. Cumplido, archívese en la mencionada Asesoría.
RESOLUCIÓN Nº 1.331/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-02977.
DIRECCIÓN DE DEPORTES Y ACTIVIDAD FÍSICA. RECONOCIMIENTO POR SU PARTICIPACIÓN EN CAMPEONATO MUNDIAL DE ATLETISMO A LA JOVEN JULIA PATERNAIN.
VISTO:
La iniciativa del Director de Deportes tendientes a declarar ciudadana ilustre de FLORIDA a la joven Julia PATERNAIN.
CONSIDERANDO:
I) Que Julia PATERNAIN nació el 29 de septiembre de 1999 en la ciudad de LEÓN, MÉXICO.
II) Que es una destacada atleta uruguaya especializada en pruebas de fondo, reconocida por su esfuerzo, constancia y excelencia deportiva.
III) Que en el año 2025 escribió una de las páginas más importantes del deporte nacional al obtener la medalla de bronce en la maratón del CAMPEONATO MUNDIAL DE ATLETISMO disputado en TOKIO, con un tiempo de 2 horas, 27 minutos y 23 segundos. IV) Que este logro marcó un hito histórico, al ser la primera medalla para URUGUAY en la prueba de 42 kilómetros y la primera vez que una atleta sudamericana accede al podio mundial en esta disciplina.
V) Que, aunque nació en MÉXICO y creció en CAMBRIDGE, INGLATERRA, Julia siempre mantuvo un profundo vínculo con URUGUAY y sus raíces. Desde niña, en su hogar se respiraba identidad uruguaya: cada mañana escuchaba programas radiales de nuestro país y compartía con orgullo las tradiciones familiares.
VI) Que el Ejecutivo comparte tal iniciativa.
ATENTO:
A lo expresado ut-supra.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLARASE visitante ilustre de FLORIDA a la joven atleta Julia PATERNAIN.
2) COMUNÍQUESE, publíquese, remitiéndose a tales efectos a la Unidad de Comunicaciones.
3) CON conocimiento del Departamento de Cultura y Deportes, oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.332/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03607.
JOSÉ MARIÑO. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR HÍPICAS EL 15 Y 16 DE NOVIEMBRE DE 2025. VISTO: La gestión iniciada por el Señor José MARIÑO, solicitando autorización y exoneración de impuestos, con motivo de realizar actividades hípicas benéficas en pista “MASTROPIERRO”, los días 15 y 16 de noviembre próximos.
ATENTO:
A lo expresado por las oficinas de competencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR la realización de las actividades hípicas promovidas para los días 15 y 16 de noviembre próximos por el Señor José MARIÑO, estableciéndose que la organización deberá prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose a la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma.
2) EXONERAR al mismo de los Impuestos a abonar, al amparo de lo establecido en el artículo 15 del Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA N°. 12/1998, no estando dentro del beneficio los gravámenes a abonar por Leyes Nacionales.
3) PASE a la Unidad de Descentralización, para la notificación del interesado.
4) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 1.333/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-02248.
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. SUGIERE LA REALIZACIÓN DE LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE CAMIÓN ABIERTO CON CHÓFER Y RETROEXCAVADORA CON CHÓFER PARA REALIZAR TAREAS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, BARRIDO DE CALLES Y TAREAS ANÁLOGAS EN LA CIUDAD.
VISTO:
El llamado a Licitación Abreviada para la contratación de una empresa que disponga de un camión y una retroexcavadora combinada con chofer; para desempeñar tareas al servicio de la Dirección General de Salud y Gestión Ambiental, en las condiciones establecidas en el Pliego Particular que rige el “Llamado”.
ATENTO:
El informe elaborado por la Comisión Asesora de Adjudicaciones respecto a la Licitación Abreviada N°. 13/2025, referida en el Visto.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ADJUDICAR a la firma MANAGU SAS hasta 200 horas mensuales de Camión con caja volcadora, capacidad de 7m3, con barandas bajas en parte trasera y altas en parte delantera, con chofer a un precio unitario de $ 1.140,7 impuestos incluidos, reajustable por IPC semestralmente, pagaderos a 10 días y hasta 200 horas mensuales de Retroexcavadora combinada con chofer a un precio unitario de $ 1.451,8 impuestos incluidos, reajustable por IPC semestralmente, pagaderos a 90 días. SE deja constancia que el adjudicatario deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo Noveno (Garantía), del Pliego Particular de Condiciones que rige el presente procedimiento licitatorio y demás especificaciones establecidas en el mismo.
2) CONTINÚE al Departamento de Hacienda, y a intervención de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.
3) PASE al Departamento de Abastecimientos para la notificación de los oferentes.
4) FECHO, siga luego a la Asesoría Notarial a fin de confeccionar la documentación de estilo.
5) CON conocimiento, continúe a los demás efectos correspondientes al Departamento de Salud y Gestión Ambiental.
6) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese en la Asesoría Notarial.
RESOLUCIÓN Nº 1.334/25
EXPEDIENTE N° 2021-86-001-01651.
MINISTERIO DEL INTERIOR. CONVENIO MINISTERIO DEL INTERIOR – INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN - OFICINA DE SUPERVISIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA – INTENDENCIA DE FLORIDA.
ATENTO:
Al proyecto de Convenio Marco anexo en actuación N° a suscribirse entre el Ministerio del Interior – Instituto de Rehabilitación y esta Intendencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la suscripción del Convenio Marco entre el Ministerio del Interior – Instituto de Rehabilitación y esta Intendencia, el que tiene como objeto la conjunción de esfuerzos de manera de promover la formación y prácticas laborales y mejorar la empleabilidad e inserción social de las personas privadas de libertad, estableciéndose que el plazo de prórroga en ningún caso podrá sobrepasar el actual gobierno departamental.
2) PASE a Asesoría Notarial a los efectos de disponer la suscripción del mismo en los términos indicados.
RESOLUCIÓN Nº 1.335/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-02054.
DIRECCIÓN DE DEPORTES Y ACTIVIDAD FÍSICA. CONTRATACIÓN POR MECANISMO DE HORA DOCENTE DEL SEÑOR FERNANDO ANDRÉS NORIA.
VISTO:
Que la Dirección de Deportes y Actividad Física, en el marco de su compromiso con la promoción del deporte, ha solicitado el aumento de la carga horaria del Señor Fernando Andrés NORIA, quien actualmente cumple funciones como entrenador alterno de diversas escuelas deportivas y colaborador en la organización de eventos deportivos. RESULTANDO:
Que se considera de suma importancia aumentar dicha carga horaria para que el Señor NORIA asuma el rol de encargado y entrenador de la ESCUELA DE FUTSAL en el ESTADIO 10 DE JULIO, así como también para su colaboración en la organización de actividades y eventos deportivos en el departamento.
CONSIDERANDO:
Que el Señor NORIA ha demostrado capacidad y compromiso en el desempeño de sus funciones previas, por lo que se considera adecuado su ampliación horaria para cumplir con los nuevos objetivos propuestos.
ATENTO:
A lo expuesto ut-supra y por las razones invocadas.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) MODIFICAR la resolución Nº 204/25 del 31 de julio de 2025, en cuanto a la carga horaria del Señor Fernando Andrés NORIA, quien a partir del 15 de octubre de 2025 realizará tareas como encargado y entrenador de la ESCUELA DE FUTSAL en el ESTADIO 10 DE JULIO, además de continuar colaborando en la organización de eventos y actividades deportivas del Departamento.
2) AUMENTAR la carga horaria mensual del Señor NORIA a 150 horas mensuales, por el período comprendido entre el 15 de octubre de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, conforme a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 23/07 de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA y de acuerdo con lo dispuesto en la Modificación Presupuestal 2008-2010, donde se determina la creación de la "hora docente".
3) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro y demás efectos.
4) CON anotaciones de los Departamentos de Hacienda y Cultura, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.336/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03725.
DIRECCIÓN DE DEPORTES Y ACTIVIDAD FÍSICA. CONTRATACIÓN POR MECANISMO DE HORA DOCENTE DE LA JOVEN ANTONELLA MAGALLI BIANCHI OJEDA PARA LA LOCALIDAD DE 25 DE AGOSTO.
VISTO:
Que la Dirección de Deportes y Actividad Física, en el marco de las políticas institucionales orientadas a fomentar el deporte y la actividad física en todo el departamento, ha manifestado la necesidad de reforzar las actividades deportivas en la localidad de 25 DE AGOSTO.
RESULTANDO:
Que, a tales efectos, se requiere la contratación, bajo el régimen de hora docente dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 23/07 de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, de una persona capacitada para brindar apoyo en disciplinas deportivas y colaborar en actividades promovidas por dicha Dirección.
CONSIDERANDO:
Que se propone para cumplir estas funciones a la joven Antonella Magalli BIANCHI OJEDA, quien ejercerá tareas en la Plaza de Deportes de la localidad de 25 DE AGOSTO, en áreas de atletismo, multideportes y apoyo en actividades deportivas.
ATENTO:
A lo expuesto ut-supra y por las razones expuestas.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CONTRATAR, bajo el régimen de hora docente, a la Señora Antonella Magalli BIANCHI OJEDA, para cumplir una carga mensual de 80 horas, desempeñando funciones en la localidad de 25 DE AGOSTO, específicamente en la Plaza de Deportes, en las áreas de atletismo, multideportes y colaboración en actividades deportivas.
2) EL presente contrato tendrá vigencia desde el lunes 24 de noviembre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con las disposiciones presupuestales y normativas vigentes.
3) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro y demás efectos.
4) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y de la Dirección de Deportes y Actividad Física, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.337/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03700.
UNIDAD EJECUTIVA. ACUERDO DE HERMANAMIENTO ENTRE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL – ARGENTINA Y ESTA COMUNA CON MOTIVO DEL LANZAMIENTO DEL PROGRAMA “OJOS EN ALERTA” MOTIVANDO LA FIRMA DE UN ACUERDO DE HERMANAMIENTO ENTRE AMBAS CIUDADES.
VISTO:
El programa a promover por esta Intendencia denominado “OJOS EN ALERTA”. RESULTANDO: Que la Municipalidad de SAN MIGUEL – BUENOS AIRES REPÚBLICA ARGENTINA, ha desarrollado dentro de su sistema de prevención la herramienta informática denominada “OJOS EN ALERTA”, la cual ha acercado sensiblemente al vecino al sistema local de denuncias, avanzando de modo significativo en materia de prevención en seguridad ciudadana.
CONSIDERANDO:
Que esta Intendencia a valorado como beneficioso el instrumento, resultando de interés su implementación, lo que permitirá mejorar en cantidad y calidad el mapa del delito, habilitando una mejor planificación de los operativos públicos de control para la prevención y el posicionamiento inteligente de las patrullas policiales en sus respectivas cuadrículas, entre otras ventajas.
ATENTO:
A lo expresado y teniendo en cuenta la necesidad de suscribir un acuerdo de hermanamiento entre la Municipalidad de SAN MIGUEL, BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA y esta Intendencia, así como la firma de un convenio de colaboración para la incorporación de la herramienta “OJOS EN ALERTA”.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la suscripción de un acuerdo de hermanamiento entre la Municipalidad de SAN MIGUEL, BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA y esta Intendencia, el que tendrá como objetivo el hermanamiento entre las partes, como también manifestar la intención de establecer un régimen de colaboración mutua, para ejecutar acciones cooperadoras y recíprocas en las áreas de desarrollo económico, sustentabilidad, educación, cultura, turismo, seguridad, por medio del desarrollo e implementación de proyectos en cada una de estas áreas.
2) DISPONER la suscripción de un convenio de colaboración para la incorporación de la herramienta “OJOS EN ALERTA”, entre la Municipalidad de SAN MIGUEL, BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA y esta Intendencia, el que tendrá como objeto la implementación de políticas de innovación para la ejecución de la herramienta de prevención municipal denominada “OJOS EN ALERTA” en la jurisdicción de la Intendencia de FLORIDA, de acuerdo a sus realidades específicas, brindando asesoría, y asistencia para tal fin.
3) PASE a la Asesoría Notarial a fin de coordinar las acciones de estilo.
4) CON conocimiento del Departamento de Administración – Centro de Monitoreo y Departamento de Informática, de conformidad archívese en la citada Asesoría.
RESOLUCIÓN Nº 1.338/25
EXPEDIENTE N° 2011-86-001-05017.
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y TURISMO. CIRCUITOS Y RUTAS TURÍSTICAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE TURISMO, PATRIMONIO Y AMBIENTE.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la resolución N° 469/25 de fecha 22 de agosto de 2025, por la cual se renueva el contrato que se mantiene con la empresa del Señor Eduardo Gabriel ALONZO.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto de imputación.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos a fin de dar continuidad con los programas culturales que se promueven de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución N°. 469/2025.
RESOLUCIÓN Nº 1.339/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03108.
ASOCIACIÓN PATRIÓTICA DEL URUGUAY. MARCHA DEL BICENTENARIO.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la resolución N° 1283/25 de fecha 10 de noviembre de 2025, por la cual le otorga una colaboración económica de $ 32.000 al Coronel Mario MENYOU con motivo de la realización de la “MARCHA DEL BICENTENARIO DE RINCÓN A SARANDÍ”. RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto de imputación.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de colaborar con las erogaciones operativas derivadas de la realización de la “MARCHA DEL BICENTENARIO DE RINCÓN A SARANDÍ”, en el marco de los festejos por el BICENTENARIO DE LA DECLARATORIA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado. ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Artículo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución N°. 1283/2025.
RESOLUCIÓN Nº 1.340/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03795.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. NO APRUEBA CAJA CHICA.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa la rendición de cuentas de los fondos fijos de reposición pertenecientes al Departamento de Administración por contener factura con gasto previsible.
CONSIDERANDO:
Que se ha dispuesto la realización de las coordinaciones necesarias entre las Direcciones Generales y el Departamento de Hacienda, a fin de no realizar gastos que ameriten no ser aprobados.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER se proceda a la reposición de los fondos correspondientes a los gastos realizados, en el marco de lo establecido en el TOCAF.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda, Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.
3) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.341/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03028.
GUARDIA MUNICIPAL. SOLICITUD DE CHÓFERES.
VISTO:
La observación realizada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República a la resolución N° A 132/25 de fecha 10 de octubre de 2025, por la cual se dispone el traslado de la funcionaria Señora María VÍA para el Centro de Monitoreo, motivada en que no hay vacantes en el cargo y grado en el Programa de afectación.
CONSIDERANDO:
Que razones de mejor Servicio fundamentan su traslado, teniendo la funcionaria el perfil idóneo para realizar las tareas encomendadas, ameritando la reiteración del gasto.
ATENTO:
A lo dispuesto por el literal b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el artículo 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el artículo 114 del TOCAF manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CUMPLIDO, con conocimiento de la Dirección General de Administración, siga conforme a la mencionada Resolución.
RESOLUCIÓN Nº 1.342/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03769.
DESARROLLO SOSTENIBLE. INVITACIÓN PARA VISITA DE NEGOCIOS DE JIANGSU ESIDERUI MATERIALS CO.,LTD.
RESOLUCIÓN:
1) CÚRSESE Oficio al Consulado General de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY en SHANGHAI, en los términos del documento anexo a actuación N.º 1 de Desarrollo Sostenible, solicitando la emisión de visas de negocios para los integrantes de la delegación de JIANGSU ESIDERUI MATERIALS CO., LTD., que ha sido invitada oficialmente para realizar una visita de negocios y analizar oportunidades de inversión y cooperación en FLORIDA.
2) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.343/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03767.
MÓNICA ISABEL FERNÁNDEZ BASIGNANI. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL PADRÓN URBANO N° 6645 DE FLORIDA.
VISTO:
La gestión iniciada por la Señora Mónica FERNÁNDEZ, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón urbano N°. 6645 de FLORIDA.
RESULTANDO:
Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:
Lo establecido en el artículo 25 del Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA N°. 12/21.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón urbano N°. 6645 de FLORIDA hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a lo previsto en el artículo 25 del Decreto de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA N°. 12/21.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2015, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.
3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.344/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03784.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE N° 1612/25 FIGUEROA ANGÉLICA PLANTEAMIENTO DE LA SEÑORA EDIL SOLICITANDO EXTENSIÓN DEL PLAZO DE AMNISTÍA DE REGULACIÓN DE ADEUDOS DE PATENTE DE RODADOS Y REEMPADRONAMIENTOS.
RESOLUCIÓN:
1) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, remitiéndose el planteo realizado por la Señora Edil Angélica FIGUEROA, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2) CON conocimiento de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, archívese sin perjuicio.
RESOLUCIÓN Nº 1.345/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-02335.
UNIDAD EJECUTIVA. PROYECTO DE DECRETO SOBRE PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN EN CAMINERÍA RURAL LUEGO DE EVENTOS CLIMÁTICOS ADVERSOS.
VISTO:
El Decreto dictado por la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA que regula la circulación de tránsito pesado en la caminaría departamental de FLORIDA.
RESULTANDO:
I) Que dicho Decreto tiene como finalidad preservar la infraestructura vial departamental, evitar daños al sistema de caminería durante períodos de saturación hídrica y promover una convivencia responsable entre los distintos usuarios de la vía pública.
II) Que el artículo 14° del citado Decreto dispone que la Intendencia deberá reglamentarlo dentro de los noventa (90) días a partir de su promulgación.
III) Que corresponde establecer las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada implementación, control y fiscalización.
CONSIDERANDO:
I) Que resulta necesario fijar criterios claros para la determinación de los períodos de suspensión de tránsito pesado, los procedimientos de comunicación y solicitud de permisos excepcionales, así como las pautas de actuación de los funcionarios encargados de la fiscalización.
II) Que el cumplimiento efectivo de la normativa requiere la coordinación entre las Direcciones de Tránsito y Transporte, Obras, Administración Documental, Vialidad, y las Juntas Locales o Municipios.
III) Que corresponde reglamentar en forma precisa y operativa las disposiciones contenidas en el Decreto.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Artículo 1° — Ámbito de aplicación. Apruébese la reglamentación del Decreto Departamental sobre “Circulación de Tránsito Pesado”, aplicable a todo el territorio del departamento de FLORIDA, incluyendo caminería rural, suburbana y urbana de tierra y/o material granular bajo jurisdicción municipal.
Artículo 2° — Determinación de suspensión de tránsito. La Dirección General de Administración, a través de las Direcciones de Tránsito y Transporte y de Obras, controlará los registros oficiales de precipitaciones emitidos por el Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET), y/o los registros pluviométricos de las diferentes seccionales policiales correspondientes a cada zona donde existe caminería departamental a preservar. Posteriormente al registro de por lo menos 20 mm o más de precipitaciones acumuladas en las 24 horas anteriores, la Dirección de Vialidad podrá disponer la suspensión de circulación de tránsito pesado conforme a lo dispuesto en el Decreto de JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA 21/25. La restricción se mantendrá hasta 72 horas posteriores al cese efectivo de las lluvias, salvo resolución fundada en contrario.
Artículo 3° — Comunicación pública. La Intendencia comunicará la suspensión o rehabilitación de la circulación de tránsito pesado por los siguientes medios: Publicación en la página web institucional. Difusión en redes sociales oficiales. Notificación a medios radiales y televisivos locales. Comunicación directa a Municipios y Juntas Locales. Aviso a través del sistema “OJOS EN ALERTA” y el Centro de Monitoreo Departamental. Cada comunicado indicará la fecha y hora de inicio, respetando el período ventana de 24 horas Posteriores a las precipitaciones, y finalización estimada del período de restricción.
Artículo 4° — Solicitud de permisos excepcionales. Los traslados de ganado a frigoríficos y locales de feria que estén programados con anticipación, los vehículos de transporte agrícola que trasladen cosechas que requieran urgente embolso y recolección, los traslados de ración y, en general, todos aquellos casos que revistan carácter excepcional y/o deriven en una situación de necesidad o emergencia, y que se consideren fehacientemente justificados, podrán solicitar permisos a la Intendencia Departamental, quedando habilitados solo luego de expresa autorización. Las solicitudes para circular durante el período de restricción deberán presentarse ante la Dirección de Vialidad, mediante correo electrónico a camineriarural@florida.gub.uy, o al número telefónico
092510575 por aplicación WhatsApp, con los siguientes datos: a) Identificación del solicitante y del vehículo. b) Tipo y peso de la carga. c) Motivo fundado de la solicitud. d) Trayecto y kilometraje aproximado. La autorización deberá ser otorgada expresamente por Dirección de Vialidad, quien pondrá a disposición de los usuarios un servicio 24 horas, y podrá ser otorgada en forma genérica o limitada a un trayecto, horario o día determinado. Este trámite será gratuito.
Artículo 5° — Fiscalización. La fiscalización de la normativa será realizada por los funcionarios de las Direcciones de Tránsito y Transporte, Obras, Vialidad, personal de Municipios o Juntas Locales habilitado para tal fin, así como también podrán ser constatada a través de mecanismos de fiscalización electrónica. Los funcionarios podrán requerir al conductor la documentación personal, la libreta de propiedad del vehículo, y el permiso excepcional de circulación cuando corresponda. En caso de infracción, se labrará acta circunstanciada que deberá contener: Fecha, hora y lugar de constatación. Datos del vehículo y del conductor. Tipo de carga transportada. Kilometraje estimado recorrido. Fotografías u otros medios probatorios. Con el acta, en su caso, se formará expediente comunicando los antecedentes y hechos constatados y previo informe del Director de Vialidad, pasará a resolución del Director General de Obras para su control y eventual aplicación de la sanción correspondiente.
Artículo 6° — Multas y cobro. Posteriormente a la aplicación de la multa correspondiente, la misma será cargada a la patente del vehículo, de corresponder, a través del Departamento de Tránsito al SUCIVE, contando el infractor con todas las garantías del debido procedimiento; esto es, notificación, para el caso de contar con el dato correspondiente, y posibilidad de presentación de recurso administrativo. Las infracciones serán sancionadas conforme al régimen de multas establecido en el Decreto JDF 21/25, calculadas en función del peso, distancia recorrida y caminería deteriorada, y de no ser posible su cobro conjuntamente con la patente de rodados se efectivizará mediante intimación directa a la persona responsable. La reincidencia dentro de un período de doce (12) meses implicará un incremento del cincuenta por ciento (50%) de la multa y la suspensión temporal del otorgamiento de permisos especiales.
Artículo 7° — Convenios de uso especial. Las empresas o instituciones que requieran utilizar caminería rural con fines excepcionales (forestales, agrícolas, industriales, etc.) podrán celebrar convenio con la Intendencia, el cual deberá especificar: a) Caminos a utilizar, plazo de uso y tipo de carga. b) Plan de mantenimiento y compromiso de reparación posterior. c) Garantía económica o depósito previo. El trámite se iniciará a través de Administración Documental con una nota de la parte interesada y solicitud de celebrar convenio al amparo de lo establecido en el art. 11 del Decreto de JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA 21/25, abonándose la tasa de gestión correspondiente. Con la solicitud se dará pase a informe previo del Director de Vialidad a los efectos de realizar las constataciones requeridas, realizar el informe previo y posteriormente se realizará convenio a través del Director de Obras. Previo al inicio de la operación se labrará acta de constatación del estado del camino, a cargo de la Dirección de Vialidad. Se establece en 10 días hábiles el plazo posterior al período especial determinado para que la empresa o institución repare el camino deteriorado.
Artículo 8° — Señalización. La Dirección de Vialidad dispondrá la instalación de cartelería indicativa en los accesos y tramos principales de caminería rural, con la leyenda: “PROHIBIDO CIRCULAR TRÁNSITO PESADO EN DÍAS DE LLUVIA O POSTERIORES. — INTENDENCIA DE FLORIDA” (o similar).
Artículo 9° — Entrada en vigencia. La presente reglamentación entrará en vigencia a partir del día 30 de diciembre de 2025, previa publicación en la página web institucional y en al menos un medio de comunicación departamental. Posteriormente a dicha fecha existirá un plazo de gracia de 60 días, en el cuál la Intendencia Departamental aplicará y fiscalizará la presente reglamentación, no obstante, no tendrá aplicación el régimen sancionatorio.
Artículo 10 – Pase a conocimiento registro y demás efectos a los Departamentos de Administración - Dirección de Tránsito y Transporte, Departamento de Obras, Departamento de Vialidad, Departamento de Hacienda, Unidad de Descentralización, Municipios de CASUPÁ, FRAY MARCOS y SARANDÍ GRANDE, Unidad de Comunicaciones y Asesoría Jurídica.
Artículo 11 – Cumplido archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 1.346/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03377.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE N° 1413/25 MARTÍNEZ JODAMI SOLICITUD DE INFORMES DE LA SEÑORA EDIL SOBRE GARITAS DE PARADAS DE ÓMNIBUS EN EL DEPARTAMENTO.
RESOLUCIÓN:
1) REMITASE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA las presentes actuaciones en respuesta al pedido de informes efectuado por la Señora Edil Jodami MARTÍNEZ y Señor Edil suplente Alberto MAZZA, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.347/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03466.
DOCTORA BEATRIZ DOS SANTOS POR ANEP CODICEN. COMUNICA AUTORIZACIÓN DE PASE EN COMISIÓN DE SERVICIO DE LA FUNCIONARIA SEÑORA VIRGINIA CASTRO.
VISTO:
Que la funcionaria en régimen de comisión Señora Virginia CASTRO Ficha N°. 472, de acuerdo a informe superior debe de cumplir un régimen de mayor extensión horaria equivalente a 40 horas semanales, a la orden del Departamento de Administración - Centro de Monitoreo.
RESULTANDO:
Que la petición se fundamenta en la necesidad de dar cumplimiento con las obligaciones que demanda el área a que pertenece.
CONSIDERANDO:
Que por tanto corresponde asignar a la funcionaria un régimen de 40 horas semanales, y concomitantemente ordenar el pago de la compensación por mayor dedicación a la tarea equivalente a un 15% prevista a tales efectos.
ATENTO:
A lo expuesto ut-supra y por las razones invocadas.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER que la funcionaria en régimen de comisión Señora Virginia CASTRO Ficha N°. 472, cumpla un régimen 8 horas diarias de labor en función de las tareas asignadas, a partir del día posterior al de su notificación, estableciéndose que en consecuencia percibirá mensualmente la compensación por mayor dedicación a la tarea equivalente a un 15%, del Escalafón de Administrativo, Grado 3.
2) PASE al Departamento de Administración para su conocimiento y notificación de la interesada.
3) CON registro del Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 1.348/25
EXPEDIENTE N° 2025-86-001-03188.
DIRECCIÓN DESCENTRALIZACIÓN. LICITACIÓN CAMPING DE LA LOCALIDAD DE CHAMIZO.
VISTO:
El llamado a Compra Directa para la explotación y venta de bebidas y comestibles, frutas y verduras, y leña en camping de la Localidad de CHAMIZO del Departamento de FLORIDA, dispuesto por resolución 1082/25 de fecha 21 octubre del año en curso.
CONSIDERANDO:
Los informes anexos por la CADEA en actuación N°. 13 y la sugerencia realizada.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ADJUDICAR al Señor Agustín GUADALUPE la explotación y venta de bebidas y comestibles, frutas y verduras, y leña en camping de la Localidad de CHAMIZO del Departamento de FLORIDA, desde el mes de diciembre de 2025 hasta la finalización del actual período de gobierno, sin perjuicio de lo expuesto la Intendencia de FLORIDA se reserva el derecho de rescindir el contrato, si su juicio no se ha prestado un servicio conveniente y hayan surgido irregularidades que ameriten su rescisión.
2) PASE para su conocimiento y notificación al Departamento de Abastecimiento y a la Asesoría Notarial para la confección de la documentación de estilo.
3) CON registro de los Departamentos de Hacienda y Unidad de Descentralización, oportunamente archívese en la citada Asesoría.
En este estado, siendo el día diecinueve de Noviembre de dos mil veinticinco, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y el Secretario General, Ec. José Luis CURBELO, designado a tales efectos.
