Acta N° 711/2019

Resolución

Del N° 14.677/19 al N° 14.696/19

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Sr. Secretario General, Cr. Álvaro RODRÍGUEZ HUNTER, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 14.677/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03264.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 9925 de la firma Rodolfo ALOY (ases. técnico.) por un importe de $ 68.613.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se encuentra vigente el contrato con dicha empresa para los servicios contratados.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los programas promovidos de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del Artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.678/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02595.

DIRECTOR DE TRÁNSITO. TRANSFERENCIAS Y LICENCIAS CONDUCIR MOTOS SIN CARGO.

VISTO:

La iniciativa del Director General de Administración, de otorgar licencias conducir motos, sin cargo (abonando solo tasa de gestión), ante las distintas irregularidades que se han presentado en esta clase de vehículos, así como la transferencia municipal sin costo para el interesado, sugiriendo un régimen especial y transitorio hasta el mes de diciembre de 2019.

CONSIDERANDO:

I) Que se ha detectado por parte del Departamento de Tránsito y Transporte, la circulación de ciclomotores y motos, cuyos conductores carecen de licencia de conducir que los habilite reglamentariamente.

II) Que se reporta la falta de transferencia municipal en esta categoría de vehículos, lo que genera inconvenientes de naturaleza administrativa.

III) Que se sugiere establecer un régimen especial y transitorio hasta el mes de diciembre de 2019, para la expedición de licencias de conducir ciclomotores y motos de la Categoría G1 y G2, que sean tramitadas por primera vez, excluyéndose a las renovaciones, con validez por 2 años, con un costo para el interesado de una (1) Tasa por Gestión, así como para la realización de la transferencia de motos sin costo para el interesado.

IV) Que el objetivo consiste en continuar favoreciendo el acceso a la licencia de conducir a personas que, por razones económicas fundamentalmente, no la han tramitado, agravando con ello su situación, debido a las multas a las que son susceptibles por conducir sin estar habilitados.

V) Que se entiende que la mera tramitación de la licencia pone en contacto al conductor con las reglamentaciones acerca del tránsito, controla su estado de salud y la aptitud general para conducir, y con ello se contribuye al buen orden del tránsito en general, así como a la regularización de los aspectos registrales.

VI) Que el Ejecutivo entiende oportuno apoyar esta iniciativa.

ATENTO:

A lo previsto en los Artículos 133 y 222 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

ELÉVESE a la Junta Departamental de FLORIDA, el siguiente proyecto de Decreto:

1-ESTABLÉCESE -ad referéndum del Tribunal de Cuentas- que la Intendencia de FLORIDA podrá expedir licencias de conducir de ciclomotores y motos de la Categoría G1 y G2, que sean tramitadas por primera vez, excluyéndose a las renovaciones, con validez por 2 años, con un costo para el interesado de una (1) Tasa por Gestión, así como la realización de la transferencia de motos sin costo para el interesado.

2-REMÍTASE al Tribunal de Cuentas.

RESOLUCIÓN Nº 14.679/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03045.

CONO GERARDO GASSO, RINCÓN 948 25 DE MAYO. SOLICITUD DE TOLERANCIA PADRÓN 5488 DE FLORIDA.

VISTO:

La gestión iniciada por el Sr. Cono Gerardo GASSO, solicitando Tolerancia Calificada sobre la regularización de construcción en el padrón Nº 5.488, manzana Nº 303 de esta ciudad.

ATENTO:

A lo expresado, al informe contenido en actuación Nº 7, por parte del Departamento de Arquitectura, lo establecido en el Decreto de La Junta Departamental de FLORIDA Nº 43/2018 y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en la actuación Nº 9.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARAR la Tolerancia Calificada respecto al padrón Nº 5.488, manzana Nº 303 de esta ciudad, estableciéndose el cobro de un incremento en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria equivalente a un 50%, a partir del día de la fecha, al amparo de lo establecido en el Art. 7 del Decreto de la Junta Departamental de FLORIDA Nº 43/2018.

2) PASE a Unidad de Descentralización, para la notificación del interesado.

3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Arquitectura, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 14.680/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02869.

MÓNICA PÉREZ. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN 4160 DE LA CIUDAD DE FLORIDA.

VISTO:

La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana del padrón Nº 4160de la ciudad de FLORIDA presentada por la Sra. Mónica PÉREZ y la evacuación de vista anexa a actuación Nº 10.

RESULTANDO:

Que se ha acreditado la legitimación para el trámite, no existiendo registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.

CONSIDERANDO:

El dictamen favorable de la Asesoría Jurídica.

ATENTO:

A lo previsto por el Artículo 38 del Código Tributario y a lo anteriormente expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE prescripto el derecho al cobro del Impuesto de Contribución Inmobiliaria sobre el padrón urbano Nº 4160 de la Ciudad de FLORIDA, por el período que va hasta el ejercicio 2013 inclusive, conforme a la documentación presentada y a lo previsto por el Artículo 38 del Código Tributario.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista a la gestionante de la deuda que resulte desde el año 2014.

3) UNA vez celebrado el Convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 14.681/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-01327.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN. LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL PARADOR DE LA PIEDRA ALTA.

VISTO:

Que por Resolución Nº 13.590/19, se adjudico a los Sres. Ramiro SUAREZ VÁSQUEZ, Nicolás y Santiago BRAUCHOK y Fernando PINTOS, la concesión de la explotación del Parador y Servicios Anexos al Parador PIEDRA ALTA.

RESULTANDO:

Que a raíz de la creciente del río se produjeron modificaciones en cuanto a las condiciones del edificio, situación que amerita dejar sin efecto la adjudicación realizada en virtud del incremento de las reparaciones necesarias a realizarse para el objeto de la presente licitación.

CONSIDERANDO:

I) Que todos los oferentes manifestaron su voluntad de desistimiento, en el proceso licitatorio, la cual se adjunta en anexo de actuación Nº 28, por el Departamento de Abastecimiento.

II) Lo informado por la Asesoría Notarial en actuación Nº 29 y el nuevo proyecto de Pliego adjunto.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJAR SIN EFECTO, la adjudicación realizada a los Sres. Ramiro Gonzalo SUAREZ VÁSQUEZ, Nicolás y Santiago BRAUCHOK, Fernando PINTOS, por Resolución Nº 13.590/19, aprobándose el acta de desistimiento suscripta por los oferentes, pasando a Abastecimiento para la notificación de todos los interesados.

2) LLÁMESE a Licitación Abreviada para la concesión de la explotación del Parador y Servicios anexos en el Parador PIEDRA ALTA de la ciudad de FLORIDA, en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones que luce agregado a estos obrados.

3) APROBAR el Pliego Particular de Condiciones contenido en anexo de actuación Nº 29, estableciendo su precio en $ 1.500.

4) PASE al Departamento de Abastecimientos a fin de tomar conocimiento y proceder en consecuencia.

5) UNA vez cumplido y con informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, vuelva a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 14.682/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02703.

MINISTERIO DEL INTERIOR. SOLICITA EXONERACIÓN DEL PADRÓN RURAL 15020 DE LA PRIMERA SECCIÓN CATASTRAL.

VISTO:

La gestión iniciada por el Ministerio del Interior, solicitando exoneración impositiva de padrón rural de su propiedad No. 15.020.

RESULTANDO:

Que fue acreditado mediante certificado notarial su vínculo jurídico con el inmueble.

CONSIDERANDO:

Los informes favorables agregados por el Departamento de Hacienda y la Asesoría Jurídica.

ATENTO:

A lo establecido en el Art. 463 de la Ley No. 12.226.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLÁRASE exonerado de todo Impuesto el inmueble propiedad del Ministerio del Interior, empadronado con el No. 15.020, al amparo de lo establecido por el Art. 463 Ley No. 12.226.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.

3) NOTIFICADOS los interesados archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.683/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02637.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL. FUNCIONARIO PARA TAREAS DE MANTENIMIENTOS Y APOYO EN HOGARES ESTUDIANTES DE MONTEVIDEO.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la asignación transitoria al Dpto. de Desarrollo Social, del funcionario Sr. Alberto ALONSO SEHARA.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente el objeto y programa imputado, y que por otra parte no existen vacantes en el escalafón y grado.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad por razones de urgencia de racionalizar los recursos humanos para el normal cumplimiento de los programas que se promueven, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del Artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. 14.552/2019.

RESOLUCIÓN Nº 14.684/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02566.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN. MULTA APLICADA A VEHÍCULO OIM 1101.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la multa aplicada al vehículo de esta Intendencia Matrícula OIM 1101.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el objeto y programa imputado.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad hacer efectiva la liquidación de la infracción aplicada, a fin de regularizar la situación técnica del vehículo vial, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. 14.600/2019.

RESOLUCIÓN Nº 14.685/19.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04437.

DIRECCIÓN ARQUITECTURA. PLANTEA SITUACIONES REFERENTES A CONSTRUCCIÓN DE SEGUNDA VIVIENDA EN TERRENOS DE BENEFICIARIOS EN BARRIO RENACER PINTADO.

ATENTO:

A lo solicitado por la Dirección de Arquitectura en actuación Nº 71.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)MODIFÍCASE el numeral 1), de la Resolución Nº 14.445/198, anexa en actuación Nº 69, estableciéndose que debió decir “EXONERAR por vía de la excepción, el pago de los derechos por concepto de obras sanitarias y CONFECCIONAR planos de Instalación Sanitaria por parte del Departamento de Arquitectura, a los beneficiarios del Complejo Habitacional SITIO PINTADO que construyan una segunda vivienda para familiares, en los predios de los que son comodatarios, no así de las tasas de gestión y expedición que no resulten ser de competencia del Ejecutivo Comunal.

2)CONTINÚE con lo dispuesto en la citada resolución.

RESOLUCIÓN Nº 14.686/19.

EXPEDIENTE Nº 2017-86-001-04425.

SR. DAVID GUICHÓN DOM. RUTA 94 KM. 88. SOLICITUD DE RECATEGORIZACIÓN PADRÓN 18069 EN SU TOTALIDAD Y PARTE DEL PADRÓN 18068 EMPRESA TUNASOL S.A. INTERÉS EN UBICAR ALLÍ FRIGORÍFICO EN EL RUBRO AVES.

VISTO:

La solicitud realizada por David Marcelo GUICHÓN en representación de TUNASOL S.A para que se recategoricen los padrones rurales Nº 18.069 y padrón Nº 18068 vinculados a la localidad de CHAMIZO.

CONSIDERANDO:

I) Que por JDF Nº 15/2013 se aprobaron las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización de Suelos del Departamento de acuerdo a lo previsto por el artículo 29 in fine de la ley No. 18.308, los aspectos de carácter no sustancial podrán modificarse o regularse por Decreto de la Junta Departamental.

II) Que se definen como no sustanciales, aquellas situaciones preexistentes que no fueron contempladas en la Categorización de Suelos y que a posteriori se detecten o se considere necesario o conveniente contemplar o modificar, entre otras, usos de suelos existentes que no hayan sido reconocidos en la norma, incorrecciones en planos, croquis de fraccionamientos, cambio de categorización de suelos por usos.

III) Que los padrones rurales números 18069 y 18068 vinculado a la localidad de CHAMIZO requieren ser recategorizados según los informes contenidos en el presente expediente pasando a ser rural a de Enclave suburbano subcategoría industrial.

IV) Que se han cumplido todas las etapas previas necesarias a estos efectos tales como obtención del informe de correspondencia por parte de la DINOT, aprobación del EAE, publicaciones, Resolución aprobando la Revisión de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de FLORIDA de los padrones de referencia.

ATENTO

A lo expuesto.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

ELÉVESE a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de Decreto:

Art. 1. Recategorícese los padrones rurales Nº 18.069 y 18.068 según planos que surgen del presente, (actuación Nº 42) y vinculados a la localidad de CHAMIZO como Suelo Suburbano, subcategoría Enclave Industrial.

Art. 2. Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN Nº 14.687/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02702.

UNIDAD EJECUTIVA. SOLICITA COLABORACIÓN GRUPO DE APOYO A LA MOVIDA TELETÓN DE 25 DE MAYO DEPARTAMENTO DE FLORIDA.

ATENTO:

Al Convenio Nº 008 celebrado entre la FUNDACIÓN TELETÓN Rehabilitación Infantil y los organizadores de la “MOVIDA TELETÓN 25 DE MAYO 4ª EDICIÓN”.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) MODIFICAR el numeral 1) de la Resolución Nº 14.580/19, estableciéndose que la colaboración dispuesta se otorga a la Sra. Rina FERREIRA C.I. 2.595.557-1 en representación del Grupo de Apoyo organizador de la “MOVIDA TELETÓN 25 DE MAYO 4ª EDICIÓN”, conforme a Convenio adjunto a actuación Nº 1.

2) CUMPLIDO, continúe conforme a lo dispuesto por Resolución Nº 14.580/19.

RESOLUCIÓN Nº 14.688/19.

EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-03995.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. SUGIERE CONTRATACIÓN DE O.N.G. BOQUITA.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración manifiesta la necesidad de regularizar la situación contractual que se mantiene con la Asociación Civil “INSTITUCIÓN DEPORTIVA BOQUITA”, en el marco del Programa Comunidades Solidarias, en virtud de lo informado por el Departamento de Administración –Recursos Humanos- en relación al ingreso de funcionarios a la Intendencia provenientes de la O.N.G. y por el Departamento de Hacienda – Recursos Externos - que establece los montos correspondientes a abonar a la Asociación.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PRORRÓGASE el Contrato que se mantiene con la Asociación Civil “INSTITUCIÓN DEPORTIVA BOQUITA” en el marco del Programa Comunidades Solidarias en las mismas condiciones establecidas en el Convenio anexo a Actuación Nº 151 de la Asesoría Notarial en expediente Nº 03995/16, para cumplimiento de las tareas en él descriptas, y conforme a lo informado por el Departamento de Recursos Humanos y a los montos estipulados por el Departamento de Hacienda - Recursos Externos - en actuaciones Nº 187 y 190 respectivamente, desde su vencimiento y hasta la finalización del actual período de Gobierno Departamental.

2) PASE a la Asesoría Notarial para la suscripción de la prórroga del Contrato, en función de los montos establecidos por el Departamento de Recursos Externos en actuación Nº 190.

3) SIGA a conocimiento y efectos a los Departamentos de Hacienda, y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.

4) CON conocimiento de los Departamentos de Administración –Servicios Varios- y Descentralización, archívese en la Asesoría Notarial.

RESOLUCIÓN Nº 14.689/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03293.

SECRETARÍA GENERAL. DISPONER EL REINTEGRO DE GASTOS AL SR. ARTURO TORRES, POR LA ESTANCIA DE DELEGACIÓN CHINA ENTRE LOS DÍAS 20 Y 21 DE SETIEMBRE DE 2019.

VISTO:

Que oportunamente el Sr. Intendente en ejercicio junto a una delegación de empresarios del departamento, visitó en el mes de setiembre próximo pasado, la ciudad de SHENYANG WANG JINGYING – REPÚBLICA CHINA, con el fin de participar de la 18 CONFERENCIA DE SHENYANG NEW WORD SITIES EXPO organizada por la Asociación de ciudades HERMANAS DEL MUNDO.

RESULTANDO:

1) Que de la instancia citada la Empresa CHINA FOREST –EMPRESA FORESTAL-, se vio interesada en la comercialización de madera y la posibilidad de asociarse a proyectos productivos, en el que participan además de esta Intendencia la ASOCIACIÓN RURAL DE FLORIDA, por lo que se agenda su visita entre los días 20 y 21 de setiembre próximo pasado.

2) Que resulta de importancia la participación y presencia del país asiático, con el fin experimentar nuevas formas de comercio que beneficien al departamento en su conjunto.

CONSIDERANDO:

Que esta Intendencia como anfitrión oficial debió financiar los costos de alojamiento y otros del grupo empresarial extranjero, por lo que corresponde disponer el reintegro de los gastos al Sr. Director del Departamento de Desarrollo Sustentable Arturo TORRES, contra la factura que personalmente hizo efectiva.

ATENTO:

A lo expresado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) REINTEGRAR al Sr. Director del Departamento de Desarrollo Sustentable Arturo TORRES, lo devengado por gastos durante la estancia de la delegación de la REPÚBLICA DE CHINA que visitó esta ciudad los días 20 y 21 de setiembre próximo pasado, suma equivalente a U$S 1.153,58, estableciéndose que se deberá acreditar ante el Departamento de Hacienda la factura correspondiente.

2) PASE para su registro al Departamento de Hacienda.

3) CON conocimiento del Departamento de Desarrollo Sustentable, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 14.690/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02555.

TEATRO 25 DE AGOSTO. PREVISIÓN HORAS EXTRAS MES DE SETIEMBRE PARA FUNCIONARIAS DE PORTERÍA Y LIMPIEZA.

VISTO:

El planteo efectuado por el Departamento de Cultura, respecto a la ampliación de la proyección de horas extras para el presente mes de octubre.

RESULTANDO:

Que lo peticionado se encuentra motivado por el cúmulo de compromisos artísticos contraídos en la sala del TEATRO 25 DE AGOSTO, y que se encuentran dirigidos a la ciudadanía en su conjunto.

CONSIDERANDO:

Que el fomento de la cultura contribuye en la formación de niños, jóvenes y adultos, a través del arte, por lo que resulta de orden el incremento de horas extraordinarias de trabajo.

ATENTO:

A lo expresado.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR el incremento de hasta 150 horas extras en la previsión para el mes de octubre perteneciente al Departamento de Cultura, en virtud de los compromisos contraídos en la sala del TEATRO 25 DE AGOSTO.

2) CON conocimiento del Departamento de Cultura, Departamento de Hacienda y Departamento de Administración, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.691/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02868.

CLUB SOCIAL CASUPÁ. DIFERENTES PETICIONES PARA EL TRIGÉSIMO CUARTO RAID HÍPICO FEDERADO “CASUPÁ AL PRÓCER” A LLEVARSE A CABO LOS DÍAS 11, 12, 13 DE OCTUBRE DEL CORRIENTE.

RESOLUCIÓN:

1) NOTIFICAR a Directivos del CLUB SOCIAL CASUPÁ, haciéndoles saber que de acuerdo a lo informes de las oficinas de competencia, se prestará servicio vial, colocación de balasto, préstamo de baños químicos, y colocación de cartel y cajón para balanza en la llegada, del Raid Hípico Federado “CASUPÁ AL PRÓCER”, a realizarse entre los días 11 y 13 de octubre, pasando a tales efectos al MUNICIPIO DE CASUPÁ.

2) CON conocimiento del Departamento de Vialidad y División Servicios Varios, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.692/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03265.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 13 de la empresa Cono Daniel PINEDA (serv. vigilancia) por un importe de $ 70.150.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el contrato no se encuentra intervenido por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos destinados a la preservación de los espacios públicos, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.693/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03261.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 47 de la firma ERONAL S.A. (pala cargadora, Higiene) por un importe de $ 115.900.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que se han realizado diversas contrataciones por el mismo objeto a esta empresa, por lo cual se está frente a un fraccionamiento del gasto.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los programas promovidos de higiene pública, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.694/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03260.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 103535 de la firma CORRALÓN SUR S.R.L. (repuestos) por un importe de $ 24.181.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el gasto corresponde al ejercicio anterior.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de hacer efectiva la liquidación correspondiente, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, dado el extravío involuntario de la factura emitida oportunamente, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.695/19.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03255.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nos. 37653, 37669, 37618 de la firma María FERNÁNDEZ (frutas, verduras) por un importe de $ 3.263, $ 2.484, 7.178.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad por razones de urgencia contar con artículos alimenticios para el normal funcionamiento de los servicios que se prestan a la población, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.696/19.

EXPEDIENTE Nº 2018-86-001-04545.

UNIDAD EJECUTIVA. RESOLUCIÓN 612/18 DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CASINOS OTORGANDO VISTA PARA LA CELEBRACIÓN DE NUEVO CONVENIO DE ASISTENCIA DE INTEGRACIÓN DEL HIPÓDROMO AL S.I.N.T. ENTRE CASINOS, INTENDENCIA DE FLORIDA Y H.R.U. S.A.

ATENTO:

1) La resolución Nº 483/2019, puesta en vista por parte de la Dirección General de Casinos, donde manifiesta estar de acuerdo en la renovación del convenio de asistencia existente entre la H.R.U. S.A., la Dirección General de Casinos y esta Intendencia, proponiendo que su plazo se extienda hasta un año.

2) Que es voluntad de esta Administración ampliar el plazo a dos años, conforme a lo sugerido por el Coordinador del Hipódromo “IRINEO LEGUISAMO” Sr. Luis MACHÍN.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) EVACUAR la vista conferida por la Dirección Nacional de Casinos, haciéndole saber que este Ejecutivo confirma la voluntad de renovar el convenio referido, solicitándose el mismo se extienda por un plazo de dos años, para lo cual se requerirá la autorización correspondiente ante el Legislativo Departamental, pasando a tales efectos a División Administración Documental, notificándose.

2) RESERVESE en el Departamento de Administración.

EN este estado, siendo el día quince de Octubre de dos mil diecinueve, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General, Cr. Álvaro RODRÍGUEZ HUNTER.