Acta N° 772/2020

Resolución

Del Nº 16.164/20 al Nº 16.190/20

En el local de la Intendencia de Florida, la Intendente de Florida, Sra. Andrea BRUGMAN POZZI, asistido por el Secretario General Sr. Álvaro RIVA REY, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 16.164/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00889.

SR. CONO ARRÚA. SOLICITA ENTREGA DE 1000 LITROS DE GAS OIL DESTINADA A TRASLADO DE AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO.

ATENTO:

A que el Comité Departamental de Emergencia de FLORIDA solicita apoyo en combustible para hacer entrega de agua potable para suministro humano.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR al Departamento de Logística y Áreas Externas, a hacer entrega al Comité Departamental de Emergencia de FLORIDA, de 1000 lts. de gas-oil para la distribución de agua potable para suministro humano en situaciones que lo ameriten.

2)PASE a sus efectos al Departamento de Logística y Áreas Externas y al Comité Departamental de Emergencia.

3) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.165/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00893.

SECRETARÍA GENERAL. DISPONER EL CIERRE DE LAS OFICINAS DEPENDIENTES DE ESTA INTENDENCIA EN VIRTUD DE LA PANDEMIA COVID 19 CORONAVIRUS.

VISTO:

Que se han adoptado resoluciones varias, respecto a las medidas a adoptar en ciertos aspectos, a causa de la situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID 19 – CORONAVIRUS.

RESULTADO:

1) Que la situación ha motivado la configuración de una emergencia sanitaria nacional con efecto sobre ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.

2) Que en las últimas 24 horas se ha detectado un aumento significativo de casos positivos.

CONSIDERANDO:

1) Que ha sido de público conocimiento las características de pandemia que posee, dándose con celeridad los eventos de contagio.

2) Que si bien se han tomado medidas de reducción de personal en las diferentes dependencias, y se controla el ingreso de contribuyentes, se ha podido evidenciar junto a otras Intendencias, que tal hecho no resulta suficiente.

ATENTO:

A lo expresado, y la necesidad de preservar la salud de la ciudadanía en su conjunto.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER a partir del día 18 de marzo del corriente el cierre del Edificio Central, anexos, Municipios y Oficinas Administrativas del interior del departamento, permaneciendo los mismos sin funcionarios, salvo los servicios de esencialidad que trabajarán de acuerdo a las disposiciones de sus Superiores a saber: Departamento de Salud e Higiene Ambiental, Comedores de Inda, División Electricidad, Cuerpo Inspectivo de Tránsito, Centro de Monitoreo, Guardia Municipal y División Logística y Área Externa; no obstante, el resto del funcionariado no vinculado a las áreas referenciadas permanecerá en régimen a la orden.

2) REITERAR a la totalidad de los funcionarios que, los días en que permanezca cerrado el organismo, deberán permanecer en sus domicilios durante su horario habitual de trabajo, de acuerdo a la declaración jurada suscrita que reza en tal sentido.

3) PASE al Departamento de Administración a fin de cursar circular de lo dispuesto, notificándose a la totalidad de los funcionarios.

4) SIGA a la Unidad de Comunicaciones a fin de librar las comunicaciones de estilo.

5) SIGA luego a los Departamentos citados en el numeral 1.

6) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.166/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00879.

SECRETARIA GENERAL. DISPONER SEA APROBADA EL ACTA REMITIDA POR EL CONGRESO DE INTENDENTES RESPECTO A LAS MEDIDAS A ADOPTARSE DE CARÁCTER GENERAL POR LA EXPANSIÓN DE LA INFECCIÓN COVID 19 CORONAVIRUS.

VISTO:

El acta remitida por Presidencia del Congreso de Intendentes, donde se adoptan resoluciones varias respecto a las medidas a adoptar en ciertos aspectos, a causa de la situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID 19 – CORONAVIRUS.

RESULTADO:

Que la situación ha motivado la configuración de una emergencia sanitaria nacional con efecto sobre ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.

CONSIDERANDO:

Que independientemente de lo ya dispuesto por cuerda aparte, resulta necesario hacer eco en el documento referenciado a fin de que las oficinas de competencia procedan en consecuencia.

ATENTO:

A lo expresado.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)APROBAR el Acta de fecha 16 de marzo de 2020 remitida por la Presidencia del Congreso de Intendentes, tendiente a salvaguardar distintos aspectos en presencia de la situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID 19 – CORONAVIRUS.

2) PASE a la Unidad de Comunicaciones a fin de realizar las publicaciones de estilo.

3) CONTINÚE luego a los Departamento de Administración, Departamento de Tránsito y Transporte, Departamento de Salud y Gestión Ambiental, para la adopción de medidas y debido cumplimiento.

4)CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.167/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00897.

UNIDAD EJECUTIVA. SE AUTORIZA LA INSTALACIÓN SOLO PUESTOS DE VENTA DE ALIMENTOS EN LA FERIA FRANCA DE PLAZA ASAMBLEA POR MOTIVO DE LA SITUACIÓN SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL COVID 19 CORONAVIRUS.

ATENTO:

La situación de emergencia sanitaria nacional generada por la pandemia del COVID-19 (CORONAVIRUS) y el aumento significativo de casos al presente, hace necesario adoptar medidas referidas al funcionamiento de las ferias francas.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER que sólo se autoriza puestos de venta de alimentos en la tradicional Feria Franca de la PLAZA ASAMBLEA que se realiza los días sábados y hasta tanto persista la situación detallada en el ATENTO de la presente resolución.

2) PASE al Departamento de Salud y Gestión Ambiental para su conocimiento y cumplimiento de lo dispuesto.

3) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.168/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00896.

UNIDAD EJECUTIVA. ESTEFANÍA TARTAGLIA PRESENTA RENUNCIA AL CARGO QUE OCUPA EN LA SECRETARÍA PRIVADA A PARTIR DE LA FECHA.

ATENTO:

La renuncia presentada por la Sra. Estefanía TARTAGLIA IBARRA al cargo que ocupa en la Secretaria Privada de la Intendencia, dispuesta por Resolución No. 15.558/20.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACÉPTASE la renuncia presentada por la Sra. Estefanía TARTAGLIA IBARRA al cargo que ocupa en la Secretaria Privada de la Intendencia, a partir de la fecha (18 de marzo del año en curso).

2) COMUNÍQUESE lo resuelto, agradeciéndose y valorándose los importantes servicios prestados.

3) PASE para su notificación a la Secretaria Privada.

4) CUMPLIDO, continúe a los Departamentos de Administración y Hacienda a sus efectos pertinentes.

5) ESTANDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.169/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00898.

UNIDAD EJECUTIVA. SE DISPONE LA PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE LA 1ERA. CUOTA DE CONTRIBUCIÓN RURAL PARA EL DÍA 15 DE ABRIL DE 2020.

VISTO:

Que por Expediente 2019-86-001-03829 resolución No. 15194/19 se estableció el calendario de vencimientos de los tributos de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural para el ejercicio 2020.

ATENTO:

Que la situación de alarma pública mundial provocada por la pandemia del coronavirus (COVID-19) y sus consecuencias en todos los ámbitos, amerita disponer la prórroga del vencimiento del pago de la primera cuota del tributo de Contribución Inmobiliaria Rural del Ejercicio 2020, prevista para el día de la fecha.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PRORROGAR el vencimiento de la Primera Cuota del tributo de Contribución Inmobiliaria Rural del año 2020, hasta el día 15 de abril del año en curso inclusive.

2) PASE a la Dirección General de Hacienda para su cumplimiento, encomendándole asimismo su comunicación a la Unidad de Comunicaciones, para su difusión.

3) CON conocimiento de la Unidad de Descentralización, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.170/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00834

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 127 de la firma G y J Transporte S.R.L. (recolección de residuos-Higiene) por un importe de $ 163.556.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se encuentra el contrato vigente con la empresa para los servicios contratados.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de dar continuidad con los programas en materia de higiene pública, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.171/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00862

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 312 de la firma Dr. Car’s S.R.L.. (guinche) por un importe total de $ 2.244 c/u.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra, y que por otra parte las facturas pertenecer al ejercicio 2019.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los programas promovidos y efectivizar los pagos pendientes, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.172/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00861

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 1278 de la firma Luís CARAMES (Publicidad) por un importe de $ 6.000; factura Nº 10 de la firma Silvana MICHELENA (juegos inflables) por un importe de $ 10.500.

RESULTANDO:

Que las firmas son contribuyentes en la modalidad monotributo.

ATENTO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.173/20

EXPEDIENTE 2020-86-001-00860

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual dispone el pago de la factura Nº 28 de la firma Larissa RODRÍGUEZ (amplificación), por un importe de $ 14.000 y factura Nº 58949 de la firma MUSSO Y CIA (Matera) por un importe de $ 2.780.

RESULTANDO:

Que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

ATENTO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.174/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00858

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 129, 130, 131, 132, 133 de la firma G y J Transporte S.R.L. (recolección residuos-Descentralización) por un importe de $ 16.348, $ 14.713, $ 17.983, $ 13.371, $ 13.371.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra, y que por otra parte no se encuentra vigente el contrato correspondiente.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos destinados al control y mantenimiento de la higiene pública, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.175/20

EXPEDIENTE 2020-86-001-00887

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA ARTICULO 13 Y PROC DEL GASTO

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 416 de la firma Deluca José (espectáculo artístico) por $ 15.000.- y la GDI 2020 162 correspondiente al pago de las facturas Nº 1213-1230 y 1275 de la firma Caras y Caretas por un importe total de $ 54.900.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra y que por otra parte del gasto corresponde al ejercicio anterior y se imputó en el 2020.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de hacer efectivo el pago de lo devengado por la contratación de servicios externos para el cumplimiento de los programas promovidos de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.176/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00886

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA ART. 13.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 231631 de la firma Antonio Albanés Ltda (teléfono) por un importe de $ 7.200.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que parte del gasto corresponde al ejercicio anterior y se imputó en el 2020.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de hacer efectivo el pago de lo devengado, con el fin de proveer a las dependencias de elementos necesarios para el normal funcionamiento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.177/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00885

CONTADOR DELEGADO DEL TCR. OBSERVA PROCEDIMIENTO DEL GASTO.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nº 807 y 5178 de las firmas Yocatia SRL (Agencia de encuesta) por $ 17.690.- y de la firma Petrogastronómico Ltda (almuerzos) por un importe de $ 3.145.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para en normal cumplimiento de los programas de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.178/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00883

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA FACTURAS MONOTRIBUTO.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 73 de la firma Jerónimo Idureta (publicidad) por un importe de $ 10.000 y la FCN 2020 1538 de fecha 12 de marzo de 2020, y factura Nº 1276 de la firma Carames Luís (publicidad) por un importe de $ 8.000.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que ambas firmas son contribuyente en la modalidad monotributo.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con medios publicitarios, con el fin de mantener informada a la población del quehacer institucional, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.179/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00883

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 112 de la firma Cono TAPIÉ (Mant. reloj), por un importe de $ 2.848.

RESULTANDO:

Que parte del gasto corresponde al ejercicio anterior y se imputó en el 2020.

ATENTO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.180/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00808

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 113 de la firma Adrián Erchegaray (serv. prof) por un importe de $ 27.450.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el gasto no se encuentra intervenido previamente por la Cra. Delegada del organismo citado.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos con el fin de potenciar las áreas que así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.181/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00820

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 432/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. CRISTIAN FALERO PERERA.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de Florida, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Cristian Falero Perera.

ATENTO:

A lo establecido en los artículo artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Cristian Falero Perera, por el término de seis meses contados a partir del 05 de marzo próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley No. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.182/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00817

JEFATURA DE POLICIA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 431/20 QUE REFIERE A SITUACIÓN DEL SR. LUCAS IMONOEL VAIRO TECHERA.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de Florida mediante Oficio Nº 431/DSG/20/sl, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Lucas Imanoel VAIRO TECHERA.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.

EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Lucas Imanoel VAIRO TECHERA, por el término de seis meses, contados a partir del 08 próximo pasado, conforme a lo establecido por los Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191.

2) CÚRSESE Oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4)SIGA luego al Departamento de Administración - Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.183/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00482

EF ASSET MANAGEMENT S.A SOLICITA NO SE GRAVE CON IMPUESTO A LA ENAJENACIÓN DE SEMOVIENTES A LA FUTURA TRANSFERENCIA DE GANADO AL FIDEICOMISO AVAL GANADERO II.

VISTO:

La gestión iniciada por el Sr. Diego Rodríguez por EF ASSET MANAGEMENT S.A., solicitando no se grave con el Impuesto a la Enajenación de Semovientes a la futura transferencia de ganado al Fideicomiso Aval Ganadero II.

ATENTO:

A lo expresado por la Asesoría Jurídica y en aplicación del Art. No. 58 de la Ley No. 18.083.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER no sea gravado con el Impuesto a la Enajenación de Semovientes a la futura transferencia de ganado al Fideicomiso Aval Ganadero II, solicitada por la firma EF ASSET MANAGEMENT S.A., al amparo de lo establecido en el Art. 58 de la Ley No. 18.083.

2)NOTIFICADO el interesado a través de División Administración Documental, y con registro del Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 16.184/20

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03460

DIORAMA Y WEGH GROUP SPA. INSTALACIÓN DE PLANTA DE FABRICACIÓN Y ACOPIO DE DURMIENTES DE HORMIGÓN EN FLORIDA.

VISTO:

La solicitud de DIORAMA Y WEGH GROUP de instalar una fábrica de durmientes ferroviarios de hormigón pre modelado en el predio padrón Nº 19.304 propiedad de la Asociación Rural de Florida.

CONSIDERANDO:

I) Que según lo informado por el Área de Ordenamiento Territorial se trataría de construcciones desmontables, utilizando materiales livianos, isopanel y contenedores.

II) Que las actividades a desarrollarse serían la instalación de la planta de producción de prefabricado de estructura de hormigón, zonas de acopio de materiales, de logística, instalaciones de soporte de servicios de bienestar tales como duchas, baños, comedor, salas de reuniones, salón multiuso entre otros, un laboratorio de suelos, ensayos de hormigón, talleres de mantenimiento mecánico, estacionamiento para cargas y descargas de durmientes, acopio de premoldeados para su fraguado.

III) Que para el desarrollo de estas actividades se requerirá la contratación de aproximadamente 85 a 90 trabajadores locales.

IV) Que los efluentes líquidos que se produzcan se trasladarán a la planta de OSE, por lo que no será vertido en el suelo ni tratado, tratándose el resto de los residuos que puedan existir conforme al plan de manejo que acostumbre a utilizar la empresa.

V) Que sólo se afectará una parte del padrón quedando gran parte del mismo en su estado natural y que, pasado los tres años de ejecución de la obra de la vía, el inmueble volverá a su estado original, ya que la capa vegetal para la conformación de la Planta, será acopiado en el perímetro del predio para volverlo a su lugar de origen una vez cese el funcionamiento.

VI) Que según lo informado por el grupo de Ordenamiento Territorial, no sería necesario iniciar un proceso de Recategorización, ya que la intervención tendrá un tiempo definido y al culminar la obra, el predio vuelve a su estado natural, no alcanzando a afectarse el 20% de la superficie del predio ni las tareas rurales de los predios linderos.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 39 inc 2 de la Ley 18.308 y artículo 34 del Plan Local.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR la instalación de una fábrica de durmientes ferroviarios de hormigón pre moldeado en parte del inmueble padrón rural Nº 19.034 propiedad de la Asociación Rural de Florida y por el plazo que dure la construcción de la vía férrea, debiendo a la culminación del mismo dejar el predio en su condición natural.

2)PASE a la Unidad de Administración Documental a los efectos de notificar a los gestionantes.

3)CUMPLIDO, continúe al Área de Ordenamiento Territorial para su conocimiento y fines pertinentes.

4) FECHO, continúe al Departamento de Hacienda y a la Asesoría Notarial, para su registro y efectos pertinentes.

RESOLUCIÓN Nº 16.185/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00829

BATALLÓN SARANDI DE INGENIEROS DE COMBATE Nº 2 SOLICITA MATERIAL PAUTADOS PARA EL MES DE MARZO.

ATENTO:

Que resulta necesario extender el acuerdo suscrito oportunamente entre esta Intendencia y el Batallón Sarandí de Ing. De Combate No. 2, con el fin de finiquitar los trabajos de mantenimiento y acondicionamiento en el Camping ubicado en el Parque Robaina de esta ciudad.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APRUEBASE la extensión del acuerdo de trabajo suscrito entre esta Intendencia y el Batallón Sarandí de Ing. De Combate No. 2, tendiente a culminar los trabajos de mantenimiento y acondicionamiento del Camping Parque Robaina de esta ciudad.

2) FACULTASE al Departamento de Obras y Departamento de Logística, para su conocimiento y cumplimiento de lo expresado en el numeral 2 de lo convenido.

3)NOTIFICADOS los interesados y con registro del Departamento de Administración y Departamento de Espacios Públicos, archívese en la Asesoría Notarial.

RESOLUCIÓN Nº 16.186/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00822

JEFATURA DE POLICIA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 433/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. JUAN EZEQUIEL AGUILAR NUÑEZ.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de Florida, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Juan Ezequiel Aguilar Núñez.

ATENTO:

A lo establecido en los artículo artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Juan Ezequiel Aguilar Núñez, por el término de seis meses contados a partir del 06 de marzo próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley No. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.187/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00533

RAMIRO HERNAN LOMBARDO CHAVASCO. SOLICITA DESVINCULACION DE LA MOTO ROCKET MODELO CG 125 MATRICULA OAS 224, PADRÓN 53095.

VISTO:

La gestión iniciada por el Sr. Ramiro Lombardo, solicitando la desvinculación del vehículo matrícula No. OAS 224.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que por tanto resulta necesario disponer en consecuencia.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESVINCULAR a partir del ejercicio 2009 al Sr. Ramiro Lombardo, del vehículo matrícula No. OAS 224, en virtud de la documentación acreditada.

2) INTIMAR a la Sr. Matías González, a que un plazo de 10 días contados a partir del día posterior al de su notificación, a realizar la transferencia correspondiente conforme al art. 5.2 del Reglamento Nacional de Circulación Vial, así como a la regularización de los adeudos existentes.

3) PASE a División Administración Documental a fin de notificar a las partes interesadas.

4) CON anotaciones del Departamento de Tránsito y Transporte y Departamento de Hacienda, resérvese por el tiempo establecido.

5) CUMPLIDO y de haberse regularizado la situación archívese, en su defecto vuelva a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 16.188/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00662

MIRIAN OSVALDE SOLICITA BALASTRO PARA SU DOMICILIO EN 25 DE MAYO.

RESOLUCIÓN:

1)DISPONER que el Departamento de Vialidad en coordinación con la Unidad de Descentralización, hagan efectiva la entrega de un viaje de balasto, -en la medida que los trabajos en ejecución lo permitan-, destinados al terreno de la Sra. Miriam Osvalde de 25 de Mayo.

2) CON registro de las citadas dependencias y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.189/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00133

MÓNICA HERNÁNDEZ SOLICITA CAÑOS Y BALASTRO PARA LA CALLE JOSE PEDRO VARELA 543 POR EL MAL ESTADO QUE SE ENCUENTRA.

RESOLUCIÓN:

1)DISPONER que el Departamento de Vialidad en coordinación con la Unidad de Descentralización, hagan efectiva la entrega de 5 caños de 30 y un viaje de balasto de 6 mts3, -en la medida que los trabajos en ejecución lo permitan-, destinados a la Sra. Mónica Mariela Hernández de 25 de Mayo, a fin de minimizar la situación en el ingreso a su hogar. 2) CON registro de las citadas dependencias y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.190/20

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00819

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA REMITE OFICIO 429/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. LUIS ESTEBAN ACOSTA GONZÁLEZ.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de Florida, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Luís Esteban Acosta González.

ATENTO:

A lo establecido en los artículo artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Luís Esteban Acosta González, por el término de seis meses contados a partir del 04 de marzo próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley No. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

EN este estado, siendo el día veinticinco de marzo de dos mil veinte, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendente, Andrea BRUGMAN POZZI y el Secretario General, Álvaro RIVA REY.