Acta N° 785/2013

Resolución

Del Nº 14.562/13 al Nº 14.577/13

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por el Sr. Prosecretario General, Dr. Ariel DÁRDANO PERDOMO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 14.562/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04703.
ASOCIADO Y COMUNIDAD DE CARDAL. SOLICITA UNA PLACA RECORDATORIA PARA EL 20 OCTUBRE 2013.
RESOLUCIÓN.
1)DEJASE sin efecto la Resolución Nº 14.093/2013, en virtud de lo expresado por la Unidad de Descentralización, aprobándose lo actuado.
2)ARCHÍVESE.

RESOLUCIÓN Nº 14.563/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04628.
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS. SOLICITA VENTAS DE BATERÍAS EN DESUSO.
VISTO:
El planteo realizado por el Director de Obras, Sr. Germán FIERRO de proceder a la venta de baterías en desuso -aproximadamente 2.500 kgs., las cuales no prestan utilidad al presente, ocupando un importante espacio físico en Talleres y Depósitos.
CONSIDERANDO:
I)Que el decreto del Poder Ejecutivo Nº 373/003, regula la gestión de las baterías usadas o a ser desechadas, en el marco de lo previsto por los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 17.283, disponiendo de interés general la protección del ambiente contra las afectaciones que pudieran derivarse del uso, manejo y disposición de sustancias tóxicas o peligrosas.
II)Que se establece la prohibición de colocar, almacenar, transportar, procesar, abandonar o disponer las baterías en lugares no habilitados para ello, disponiéndose que toda persona física o jurídica, que fabrique, arme, ensamble o importe baterías o acumuladores eléctricos de plomo y ácido, deberá elaborar e implementar un plan maestro que comprenda la retornabilidad y destino final de tales baterías, luego de su uso, así como de aquellas que sean desechadas por su tenedor.
III)Que se dispone que los planes maestros deberán ser presentados a la aprobación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y deberán incluir el detalle, la forma y demás condiciones en que se realizará la devolución, la recogida, el transporte, el depósito transitorio y la valorización de las baterías, y el destino final de cada uno de sus componentes, así como los mecanismos de registro y control necesarios para verificar los resultados del plan. A esos efectos, los planes maestros deberán contemplar la integración efectiva de los distribuidores y punto de venta al consumo, como centros de recepción primordiales de las baterías usadas o desechadas.
IV)Que se prevé asimismo sobre registro, autorizaciones, infracciones, etc., que los usuarios o consumidores finales de las baterías, deberán abstenerse de localizar, almacenar o transportar tales baterías, de manera que afecten o pudieran afectar el ambiente.
V)Que los usuarios o consumidores finales y los tenedores de baterías a cualquier título, no comprendidos en otras categorías del decreto, deberán retornar o entregar tales baterías, luego de su uso o cuando se proponga desecharlas por cualquier otra razón, solamente en centros de recepción habilitados para ello.
VI)Que siendo el organismo competente en la materia la DI.NA.M.A., la Asesoría Jurídica y la Dirección General de Salud y Gestión Ambiental, sugieren oficiar a la citada Dirección, realizando la consulta de si la Intendencia puede proceder a la venta propuesta y en tal caso qué acreditación debe exigir a los posibles compradores, indicándose en caso negativo, pasos a seguir con las baterías en desuso.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)CÚRSESE Oficio a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DI.NA.M.A.) del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, remitiendo la consulta del caso de acuerdo a lo expuesto en el Visto y Considerando de la presente resolución, pasando a sus efectos a Prosecretaría.
2)CUMPLIDO, resérvese en la Unidad de Administración Documental.
3)OPORTUNAMENTE y con el informe del caso, reingrese a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 14.564/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-04949.
DEPARTAMENTO DE TALLERES Y DEPÓSITOS, SECCIÓN FLOTA LIVIANA. SOLICITA TRASLADO DEL FUNCIONARIO SR. ROBERTO DANY TRUCIDO, FICHA 9757, PARA EL DEPARTAMENTO DE VIALIDAD.
VISTO:
Lo informado por los Departamentos de Obras y Recursos Humanos.
ATENTO:
Al numeral 3 de la Resolución A-1595 del Departamento de Administración.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DEJAR sin efecto la compensación del 30% “a la orden” otorgada oportunamente al Sr. Roberto Dany TRUCIDO, Ficha 9757, a partir de 1º de noviembre de 2013, estableciendo que el citado funcionario continúa percibiendo la diferencia a “Grado 4” del escalafón Oficios, de acuerdo a lo informado por las oficinas competentes.
2)CON registro de los Departamentos de Hacienda, Administración y Vialidad, y notificado el funcionario, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.565/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05517.
MARIA ELBA MUSTO DODERA, POR ORGANIZACIÓN MUSTO S.R.L. SOLICITA HABILITACIÓN URBANÍSTICA PARA LA INSTALACIÓN DE DOS SALAS VELATORIAS EN VILLA 25 DE MAYO, EN EL INMUEBLE PADRÓN 1291, MANZANA 40 DE DICHA LOCALIDAD.
RESOLUCIÓN.
1)OTORGAR habilitación desde el punto de vista urbanístico las salas velatorias a ubicarse en el Padrón Nº 1291, Manzana 40 de la localidad de 25 de Mayo, propiedad de la Sra. María Elba MUSTO DODERA por Organización Musto S.R.L.
2)PASE para su notificación a División Administración Documental.
3)SIGA al Departamento de Agrimensura, para su conocimiento y demás que corresponda.
4)CUMPLIDO de conformidad, y con conocimiento del Departamento de Descentralización, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.566/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05712.
PTE. JUAN MAIDANA Y SRIO. PEDRO LLAGUEIRO, CLUB BARRIO VIÑA. SOLICITA COLABORACIÓN DE UNA O DOS BANDAS DE ROCK PARA 21 Y 22 DE DICIEMBRE.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La petición del Club Deportivo Barrio Viña de Sarandí Grande de colaboración consistente en una o dos bandas de Rock para amenizar la organización de la 5ta. Edición de SG Rock para los días 21 y 22 de diciembre del año en curso y lo informado por el Departamento de Cultura en actuación Nº 4.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APRUÉBASE lo actuado por el Departamento de Cultura en relación a la colaboración coordinada detallada en el Visto y Considerando.
2)CON conocimiento del citado Departamento y notificados los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.567/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05694.
MARTÍN BRESCIA - DIRECTOR. EVENTO NOCHE DE LAS LUCES DE VIDEO CABLE FLORIDA.
RESOLUCIÓN.
1)DEJASE sin efecto la Resolución Nº 14.396/2013, en virtud de la cancelación del evento causa de estos obrados, pasando para su registro al Departamento de Hacienda.
2)CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.568/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-03955.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, DATI, GUILLERMO. SOLICITUD DE INFORMES DEL SR. EDIL DEPARTAMENTAL SOBRE REQUERIMIENTO DE MEVIR PARA REGULARIZAR PREDIOS EN 25 DE AGOSTO.
RESOLUCIÓN.
1)CÚRSESE Oficio a la Junta Departamental de Florida, en respuesta al pedido de informes efectuado por el Sr. Edil Guillermo DATI, pasando a tales efectos a la Unidad Asesora.
2)CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.569/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05850.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, DELLA VENTURA, AMANDA. PLANTEAMIENTO DE LA HORA PREVIA DE LA SRA. EDILA DEPARTAMENTAL REFERENTE A CARENCIAS EN EL HOGAR ESTUDIANTIL 2 DE MONTEVIDEO.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El planteamiento realizado por la Edila Departamental, Sra. Amanda DELLA VENTURA referente a carencias en el Hogar Estudiantil de Montevideo y lo informado por el Departamento de Desarrollo Social.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)CÚRSESE Oficio a la Junta Departamental de Florida, dándose respuesta al planteamiento de la Edila Departamental, Sra. Amanda DELLA VENTURA, pasando a tales efectos a la Unidad Asesora.
2)CUMPLIDO, continúe a Prosecretaría, con posterior archivo.

RESOLUCIÓN Nº 14.570/13.
EXPEDIENTE Nº 2011-86-001-00159.
JUNTA LA CRUZ, VOLADURA DE TECHOS Y PARTIDURAS DE PARED.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La situación causa de estos obrados, generada por factores climáticos-, y lo informado por la Dirección de Desarrollo Social y el Comité de Emergencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER en forma excepcional una colaboración con la Sra. Julia Teresa GARÍN PEREIRA, C.I. 3.393.953-3, consistente en 7 chapas galvanizadas de 12”; 6 tirantes de 3” por 4” de 4 mts.; 6 tirantes de 3” por 3” de 3 mts.; 15 alfajías de 3” por 2” de 3 mts., para reparar los daños causados por voladura del techo.
2)PASE al Comité de Emergencia -Departamento de Obras-, a efectos de realizar la solicitud de compras correspondiente, y a conocimiento del Departamento de Desarrollo Social.
3)SIGA al Departamento de Descentralización -Oficina Administrativa de La Cruz-, para conocimiento y notificación de la interesada.
4)CONTINÚE a registro del Departamento de Hacienda y al Departamento de Arquitectura a fin de comprobar que los materiales sean utilizados para el fin dispuesto.
5)CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.571/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-01396.
FERNANDO CORTABARRÍA. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA EL CIERRE DE CAMINO CONFORME A DETALLE ADJUNTO.
VISTO:
Estos antecedentes relativos al planteamiento realizado por el Sr. Fernando CORTABARRÍA referente a cierre de camino que detalla en croquis adjunto, dado que lo atraviesa el Arroyo Chacra Vieja, el cual no daría paso.
CONSIDERANDO:
I)Que la División Agrimensura concurrió al citado lugar y recorrido los tramos de Caminos que se pretenden cerrar concluye que: “…En relación al cierre del tramo de Camino individualizado con el Nº 1, de cerrarse no dejaría predios enclavados. Los inmuebles involucrados por tener frente a dicho tramo serían los empadronados con el Nº 18156, Nº 2961, Nº 18158 y Nº 2960 y ellos tienen salida a través de otro Camino…” “…En relación al cierre del tramo de Camino individualizado con el Nº 2, se podría cerrar hasta el límite del inmueble empadronado con el Nº 5452, respetándose la salida del mismo al Camino, por lo que de cerrarse no dejaría predios enclavados.
II)Asimismo sugiere, aportar certificación notarial de los demás padrones involucrados, que no sean propiedad del interesado, que acredite quienes son los propietarios de los inmuebles mencionados, para notificarlos y posteriormente disponerse el procedimiento tendiente a los cierres de camino según el Art. 70 del Código Rural.
III)Que se otorgó vista a los interesados, de acuerdo a lo indicado por la Asesoría Jurídica en actuaciones Nos. 19 y 21, -la que luce en actuación Nº 24-, sin haberse sido evacuada dentro del plazo legal.
IV)Que la Asesoría Jurídica y División Agrimensura estiman que se encuentran dado los elementos para iniciarse el procedimiento de cierre de camino, establecido en el artículo 70 del Código Rural.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)PROCÉDASE por el Departamento de Obras -División Agrimensura-, en acuerdo con la Oficina de Prensa, a realizar las publicaciones de estilo, prevista en el artículo 70 del Código Rural, a costa de los interesados, de acuerdo a texto adjunto a actuación Nº 31 y en la forma indicada en actuación Nº 27.
2)PASE a los efectos de notificar a los interesados y de dar cumplimiento a lo dispuesto, al citado Departamento.
3)VENCIDO el plazo previsto y con los informes técnicos del caso de División Agrimensura y Asesoría Jurídica, vuelva a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 14.572/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05446.
TANIA PATRÓN DEL COLECTIVO LGTB FLORIDA. SOLICITA UN LUGAR PARA REUNIONES.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud del Colectivo LGTB Florida presentada por su Presidenta Tania PATRÓN de un espacio para uso del citado colectivo para sus actividades y las coordinaciones realizadas por el Departamento de Servicios Varios, que surgen en actuación Nº 4.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APRUÉBASE lo actuado por el Departamento de Servicios Varios en relación a la colaboración coordinada detallada en el Visto y Considerando.
2)CON conocimiento del citado Departamento y notificados los interesados, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.573/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05857.
CLUB DE NIÑOS “SAN JOSÉ”. SOLICITUD DE COLABORACIÓN.
VISTO:
La gestión iniciada por el Club de Niños San José de Casupá, solicitando apoyo para el pintado de su planta física.
CONSIDERANDO:
1)Que son múltiples y cada vez mayores las solicitudes de apoyo y donaciones que a diario se reciben de diferentes organizaciones e instituciones sociales, deportivas y culturales, siendo imposible colaborar con todas sin dejar de cumplir con las metas trazadas por la Administración.
2)Que en consecuencia deben arbitrarse las medidas administrativas necesarias en materia de racionalización del gasto por el presente ejercicio, poniéndose en practica criterios de máxima austeridad.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)NOTIFÍCASE al Club de Niños San José de Casupá, haciéndole saber la imposibilidad de acceder a su petición, en virtud del contenido de los considerandos que anteceden, pasando a tales efectos a División Administración Documental.
2)CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.574/13.
EXPEDIENTE Nº 2012-86-001-00971.
SRA. ALEJANDRA NEIRA, TITULAR DEL VEHÍCULO MAT OAY 753. SOLICITA SE REVEA SITUACIÓN REFERENTE A INFRACCIÓN DE TRÁNSITO.
RESOLUCIÓN.
1)DÉJASE sin efecto la multa por infracción de tránsito aplicada por boleta Nº 116098, al vehículo matrícula Nº OAY 753, en virtud de las consideraciones efectuadas por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 8.
2)CON registro del Departamento de Tránsito y Transporte y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.575/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05756.
UNIDAD EJECUTIVA. PLANTEO REALIZADO POR EL SR. EMBER MARTÍNEZ DE POSIBILITAR EL DESARROLLO DE UN PARQUE INDUSTRIAL EN EL ÁREA RESERVADA A TALES FINES POR LAS DIRECTRICES DEPARTAMENTALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
VISTO:
El planteo formulado del Asesor Sr. Ember MARTÍNEZ de posibilitar el desarrollo de un Parque Industrial en el Área reservada a tales fines por las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible aprobada por Decreto 15/2013 de la Junta Departamental de Florida, que luce en paquete adjunto.
CONSIDERANDO:
I)Que el mismo se ubicaría en los padrones Nos. 4313 y 15631 -propiedad de esta Intendencia-, del área de suelo “potencialmente transformable, rural en enclave industrial”. II)Que desde hace años se viene configurando en el suroeste de la ciudad de Florida un área con buenas condiciones para el establecimiento de actividades industriales, “La Lanera Piedra Alta”, la Curtiembre “El Águila”, hoy gestionada por sus trabajadores, y la Zona Franca de Florida, enclave que ha generado cientos de puestos de trabajos.
III)Que sobre el área confluyen una serie de servicios claves, línea de energía eléctrica, saneamiento, agua potable, buena caminería y un entorno social con gran potencial de población para garantizar el éxito de un emprendimiento de estas características.
IV)Que estos elementos sumados a otros, a saber una Escuela Agraria, un Hogar del INAU, un Club de Fútbol y excelentes terrenos para la construcción de viviendas, permiten avizorar a futuro un enclave industrial, con un entorno social positivo, que permita el desarrollo de fuentes de trabajo y riqueza y calidad de vida para el conjunto población que habite en su entorno.
V)Que un compromiso firme con la calidad medio ambiental debe ser una condición ineludible para trabajar en el entorno del Río Santa Lucía Chico y el Arroyo Pintado.
VI)Que estando en las cercanías de las Rutas 5 y 56, a dos kilómetros de la vía férrea cerca de las estaciones Florida y Piedra Alta, definen condiciones logísticas muy buenas.
VII)Que de acuerdo a lo previsto por la ley Nº 17547 del 7 de agosto de 2002, artículo 8 “Los Gobiernos Departamentales podrán por sí o asociados entre sí, instalar Parques Industriales en el territorio de su jurisdicción. En estas situaciones podrán gozar de los mismos estímulos referidos en el artículo 6 de la presente ley”.
VIII)Que la habilitación corresponde en todos los casos al Poder Ejecutivo mediante resolución fundada, previo informe de la Comisión Asesora del Ministerio de Industria, Energía y Minería y con la conformidad del Gobierno Departamental.
IX)Que establecen importantes estímulos a la inversión y beneficios fiscales a promotores de Parques Industriales, artículos 12, 13, 14, 15 del Decreto Nº 524/005 del 19 de diciembre de 2005, artículo 21 del Decreto 2/2012 y ley 16.906.
X)Que varios proyectos de inversión han presentado interés en la instalación en un Parque Industrial, a saber Parque Fotovoltaico, 10 MW, NOLISOL S.A. (Autopartes), Fábrica de Ácido Cítrico e Inducción Magnética S.A., ensamblado y fabricación de luminarias.
XI)Que un Parque Industrial es la herramienta idónea para estos objetivos y la conveniencia de que la propia Intendencia de Florida lidere este proceso.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APROBAR la iniciativa presentada por el Sr. Asesor Ember MARTÍNEZ de estudiar la posibilidad de instalación de un Parque Industrial propiedad de la Intendencia en la zona detallada -sin perjuicio de su eventual ampliación a otros padrones- y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
2)CONFORMAR una Comisión de Trabajo integrada por el Sr. Asesor Ember MARTÍNEZ, Dr. Marcelo MAUTE SARAVIA, Ing. Guillermo LÓPEZ y Cr. Daniel SUREDA a tales fines, quien deberá definir la organización institucional, equipo técnico para elaborar el plan de infraestructura, Reglamento Interno del Parque, Elaboración del Proyecto ante el Intendente para su presentación ante la Comisión Asesora (del Miem) con la obtención de la conformidad del Gobierno Departamental, para gestionar posteriormente la habilitación ante el Poder Ejecutivo, e inserción en la zona en clave de desarrollo local de manera de estructurar una potente área industrial en armonía con los recursos naturales y la calidad de vida de los habitantes de nuestro Departamento.
3)CONTINÚE a sus efectos y coordinaciones establecidas a la Unidad de Planificación Municipal.
4)OPORTUNAMENTE, reingrese a este Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 14.576/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05550.
PÉREZ RAMÍREZ, HEBER DR. SOLICITA PERMISO PARA CONSTRUIR PANTEÓN EN NECRÓPOLIS DE FRAY MARCOS.
RESOLUCIÓN.
1)CONCEDER los derechos de usufructo al Sr. Heber PÉREZ RAMÍREZ, de la parcela Nº 356 de la Necrópolis de Fray Marcos, para la construcción de un panteón, por el término de treinta años, debiendo abonar los derechos correspondientes y cumplir con las disposiciones establecidas en la ordenanza, de acuerdo a los informes precedentes.
2)PASE para su notificación y conocimiento a la Unidad de Descentralización - Oficina Administrativa de Fray Marcos.
3)SIGA luego a los Departamento de Arquitectura y Departamento de Hacienda.
4)ESTANDO de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 14.577/13.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05648.
EDUARDO ARAMBURU, FICHA 1105. PRESENTA RENUNCIA AL CARGO BAJO EL RÉGIMEN DE CUENTAS PERSONALES.
VISTO Y CONSIDERANDO:
I)Que conforme a lo indicado por el Departamento Contaduría, no existe disponibilidad presupuestal suficiente para afrontar el pago de la totalidad de los haberes dispuestos por Resolución Nº 14.379/13 de fecha 28 de noviembre de 2013.
II)Que en base a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en los artículos 15 y 114 del TOCAF, la Sra. Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el gasto.
ATENTO:
Que el normal funcionamiento de los servicios amerita la reiteración del gasto. EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3)CUMPLIDO, continúe con lo demás dispuesto.

EN este estado, siendo el día dieciséis de diciembre de dos mil trece, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y el Sr. Prosecretario General, Dr. Ariel DÁRDANO PERDOMO.