Acta N° 793/2020

Resolución

Del N° 16.669/20 al N° 16.695/20

En el local de la Intendencia de Florida, la Intendente de Florida, Sra. Andrea BRUGMAN POZZI, asistido por el Secretario General Sr. Álvaro RIVA REY, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 16.669/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01437.

UNIDAD EJECUTIVA. NOMINAR UNA CALLE DE LA CIUDAD DE FLORIDA CON EL NOMBRE DEL DR. JOSÉ ENRIQUE COSTA LIZASO.

VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con la voluntad del Ejecutivo de incluir el nombre "DR. JOSÉ ENRIQUE COSTA LIZASO" en el nomenclátor departamental de la ciudad de FLORIDA.

CONSIDERANDO:

1) Que el Dr. José Enrique COSTA LIZASO nació el 10 de julio de 1914 en FLORIDA y falleció el 3 de octubre de 1997 en la misma ciudad.

2) Que cursó primaria y secundaria en FLORIDA y luego debió trasladarse a MONTEVIDEO para cursar preparatorios en el I.A.V.A. (INSTITUTO ALFREDO VÁZQUEZ ACEVEDO).

3) Que posteriormente ingresó a la Facultad de Medicina y cursando 4º año comenzó a desempeñarse como practicante y luego como transfusionista en el HOSPITAL MACIEL y también en el PASTEUR. En 1944 finalizó su carrera de Médico.

4) Que se casó con Alcira MARTÍNEZ MEDEIROS y tuvieron siete hijos.

5) Que en agosto de 1955 se radicó en la ciudad de FLORIDA con su familia.

6) Que el 27 de setiembre de 1955 fundó en FLORIDA el PRIMER BANCO DE SANGRE Y PLASMA del interior del país que lleva su nombre en el Hospital local.

7) Que unos años después realizó la primer exanguinotransfusión del interior del país, delicado método que salvó la vida de muchos niños.

8) Que fue integrante desde su fundación de la SOCIEDAD DE HEMATOLOGÍA DEL URUGUAY y de la SOCIEDAD LATINOAMERICANA.

9) Que fue asistente al PRIMER CONGRESO LATINOAMERICANO DE HEMATOLOGÍA DEL URUGUAY EN QUITO, ECUADOR, en marzo de 1977.

10) Que fue accionista fundacional del SANATORIO PIEDRA ALTA e integrante de su Primer Directorio.

11) Que fue fundador del SINDICATO MÉDICO DE FLORIDA en 1960 así como del CENTRO DE ASISTENCIA DEL SMF (CASMEF), precursor de lo que posteriormente sería COMEF.

12) Que fue un incansable trabajador y se jubiló a los 75 años de edad.

13) Que también se hizo tiempo para el deporte, fundando el CLUB LANCEROS, logrando varios lauros departamentales.

14) Que el Gobierno Departamental estima procedente homenajear al Dr. JOSÉ ENRIQUE COSTA LIZASO.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto en el art. 19 num. 31 de la ley 9.515.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental de FLORIDA para su estudio y consideración el siguiente proyecto de decreto:

Art. 1 - Designase con el nombre "DR. JOSÉ ENRIQUE COSTA LIZASO" la calle pública de aproximadamente 500 metros que nace en la continuación de calle de los MOLLES CENICIENTOS, corre paralela a CALLE Nº 60 y se extiende desde el Sureste de la Manzana 628 y culmina en otra calle pública pasando entre las Manzanas 624 y 640, de la ciudad de FLORIDA.

RESOLUCIÓN Nº 16.670/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01447.

DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA. CHÓFER ASIGNADO AL MIDES.

VISTO:

Que habiéndose retomado el funcionamiento habitual de la Comuna, la Dirección de Logística solicita el reintegro del funcionario Sr. Michel PÉREZ quien fuera asignado como chofer a la Oficina Territorial FLORIDA del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) por Resolución Nº 16322/20 como apoyo logístico temporal, durante la situación de emergencia sanitaria en curso.

CONSIDERANDO:

Que la situación de emergencia persistente, amerita la colaboración de la Intendencia con las actividades que desarrolla el MIDES para mitigar los efectos de la crisis sanitaria.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJAR sin efecto a partir de su notificación la Resolución Nº 16322/20, disponiéndose el reintegro del funcionario Sr. Michel PÉREZ Ficha Nº 11.202 a sus tareas habituales a la orden del Departamento de Logística y Áreas Externas, y asignándose al funcionario chófer Sr. Matías DELIZA Ficha Nº 11.189 a la Oficina Territorial en FLORIDA del MIDES de lunes a viernes, en horario de de 09:00 a 16:00 hs. en tanto continúe la emergencia sanitaria COVID-19 en el marco de cooperación que debe existir entre los organismos estatales.

2) PASE para su conocimiento, notificación y demás efectos a los Departamentos de Administración, Recursos Humanos y Logística y Áreas Externas.

3) NOTIFICADA la Oficina Territorial del MIDES en FLORIDA, archívese sin perjuicio.

RESOLUCIÓN Nº 16.671/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01274.

AGUSTINA ROCHA MOLINARI. SOLICITA DESVINCULACIÓN DE VEHÍCULO MAT. OAA 1036.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Agustina ROCHA MOLINARI, solicitando la desvinculación del vehículo matrícula Nº. OAA 1036.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que por tanto resulta necesario disponer en consecuencia.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESVINCULAR a partir del 26 de enero de 2017 a la Sra. Agustina ROCHA MOLINARI, del vehículo matrícula Nº. OAA 1036, en virtud de la documentación acreditada.

2) INTIMAR a la Sra. Jennie Margarita SAUMELL SILVA, a que un plazo de 10 días contados a partir del día posterior al de su notificación y bajo apercibimiento de aplicársele la multa de 3 transferencias dispuesta en el art. 116 de la Ordenanza de Tránsito, a realizar la transferencia vehicular, y en caso de incumplimiento la administración podrá efectuar el acto administrativo de oficio, según lo dispuesto en el art. 114 de la mencionada Ordenanza.

3) PASE a División Administración Documental a fin de notificar a las partes interesadas.

4) CON anotaciones del Departamento de Tránsito y Transporte y Departamento de Hacienda, resérvese por el tiempo establecido.

5) CUMPLIDO y de haberse regularizado la situación archívese, en su defecto vuelva a la Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN Nº 16.672/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01399.

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO1075/20 Y LICENCIAS DE CONDUCIR DEL SR. JUAN JOSÉ BUELA DALTO.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de FLORIDA, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Juan José BUELA DALTO.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Juan José BUELA DALTO, por el término de seis meses contados a partir del 09 de junio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.673/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01427.

JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1123/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. CRISTIAN MARCELO MUÑOZ PÉREZ.

VISTO:

El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de FLORIDA, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Cristian Marcelo MUÑOZ PÉREZ.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Cristian Marcelo MUÑOZ PÉREZ, por el término de seis meses contados a partir del 13 de junio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.

2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.

4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.

5) LUEGO continúe a la Asesora Jurídica, a fin de realizar la correspondiente denuncia, de conformidad al art. 356 del Código Penal en la redacción dada por la ley 19.172.

6) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.674/20.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-01429.

ESCUELA Nº 108. SOLICITUD DE COLABORACIÓN.

VISTO:

La solicitud de colaboración presentada por la Dirección de la Escuela Nº 108 consistente en la reparación del patio escolar y construcción de una platea de madera.

ATENTO:

A lo informado por las Dependencias competentes.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) COMUNÍQUESE a la Institución la imposibilidad de atender su solicitud, notificando lo informado por los Departamentos de Arquitectura y de Espacios Públicos en actuaciones Nº 4 y Nº 6, respectivamente.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.675/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01444.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas al gasto generado mediante las OC 2466 y 2790/20 de fechas 31 de mayo y 22 de junio de 2020 por las cuales dispone el pago de las factura Nº 7, 8, 9, 10 de la firma CONSTANZA ARGUIÑARENA, por servicios médicos prestados, por un importe de $ 26.872, $ 52.690, $ 59.013, $ 32.694 respectivamente.

RESULTANDO:

Que la misma se fundamenta en que los servicios fueron prestados previamente a la autorización del gasto, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que corresponde el pago de los servicios solicitados, y provistos satisfactoriamente, en el marco de la situación de emergencia sanitaria.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.676/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01337.

SRA. LILIA SANTAMARTA. B.P.S. FLORIDA. SOLICITA DETALLE DE VEHÍCULOS REGISTRADOS A NOMBRE DE CARLOS MA. SALOMONE GONZÁLEZ. C.I.4450146-0.

VISTO:

La gestión iniciada por la GERENCIA DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SUCURSAL FLORIDA, en la que solicita información vinculada a eventuales contribuyentes.

ATENTO:

A lo expresado por el Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, al procedimiento de solicitudes de “Acceso a la Información Pública”, en actuación Nº. 6.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFICAR a la Sra. GERENTE DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SUCURSAL FLORIDA LILIA SANTAMARTA, haciéndole saber la imposibilidad transitoria de acceder a la información peticionada, resultando necesario que se documente previamente un Consentimiento Informado, de acuerdo al artículo 4º literal C y 17º de la citada norma, conforme lo expresa en actuación Nº. 6 el Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CUMPLIDO archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 16.677/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01271.

DIRECCIÓN DE CONTADURÍA Y DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS. RENOVACIÓN DE PASANTES CONTADURÍA Y RECURSOS FINANCIEROS.

VISTO:

La observación realizada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, al gasto generado mediante resolución Nº 16.617 de fecha 22 de junio de 2020 por la cual se dispone se renueven los contratos que se mantienen con funcionarios dependientes del Departamento de Hacienda, al no existir vacantes en el Programa de afectación.

CONSIDERANDO:

Que la necesidad de Recursos Humanos en el Área, y el desempeño satisfactorio de los funcionarios, ameritan la reiteración del gasto, regularizándose la situación observada en una próxima instancia presupuestal.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el art. 114 del TOCAF manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, siga conforme a Resolución Nº 16.617 /20.

RESOLUCIÓN Nº 16.678/20.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-02216.

ÁREA DE ORDENAMIENTO TERRITORRIAL. CONVENIO M.V.O.T.M.A. – I.D.F. “PROYECTO MERCADO MUNICIPAL Y PRADO PIEDRA ALTA”.

ATENTO:

A lo informado por el Área de Ordenamiento Territorial en expediente Nº 2019-86-001-02216 actuación Nº 56.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CURSESE oficio a la Dirección de Ordenamiento Territorial, remitiendo ante-proyecto Integral del Prado y solicitando contra partida acordada en el numeral tercero inciso b del Convenio suscrito entre la Intendencia de FLORIDA y el MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE de fecha 13 de noviembre de 2019, pasando a Prosecretaría a esos efectos.

2) CON conocimiento del Departamento de Hacienda, resérvese en el Área de Ordenamiento Territorial.

RESOLUCIÓN Nº 16.679/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01209.

DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y ÁREAS EXTERNAS. REGULARIZACIÓN DE CHOFERES.

VISTO:

Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas observa el gasto generado por la resolución Nº 16.524/20 por la cual se le otorga la diferencia de sueldo entre su cargo y el Grado 4 del Escalafón Oficios al funcionarios que se desempeñan como “choferes” a la orden de la Dirección de Logística y Áreas Externas.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no existe disponibilidad presupuestal en el cargo y grado otorgado.

CONSIDERANDO:

Que el grado otorgado se corresponde con las tareas que efectivamente realizan los funcionarios, y por criterio de equidad en la retribución y razones de servicio, se considera oportuno reiterar el gasto que la provisión definitiva del cargo se realizará oportunamente por concurso en una nueva instancia presupuestal.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el art. 114 del TOCAF reiterándose el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y Unidad de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.

3) CUMPLIDO, continúe conforme a lo dispuesto en la mencionada Resolución.

RESOLUCIÓN Nº 16.680/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01168.

DIRECTOR DE TRÁNSITO. SE SOLICITA TRASLADO FUNCIONARIO SEBASTIÁN NANTES.

VISTO:

El traslado dispuesto por el Departamento de Administración, del funcionario Sr. Alfredo Sebastián NANTES GIMÉNEZ, Ficha 11322, para el Departamento de Tránsito y Transporte.

ATENTO:

A lo informado por la Dirección de Administración en actuación Nº 20.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) MANTENER en todos sus términos, la compensación por mayor extensión horaria que percibe el funcionario Sr. Alfredo Sebastián NANTES GIMÉNEZ, Ficha 11322, en virtud de cumplir 40 horas semanales de labor, a la orden del Departamento de Tránsito y Transporte -División Señalizaciones.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Hacienda para su registro y notificación del interesado.

3) CUMPLIDO, con conocimiento del Departamento de Tránsito y Transporte, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.681/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01157.

ROSSANA GALLO. SOLICITA LA BAJA DEL ESPACIO QUE POSEE EN LA FERIA FRANCA DE PLAZA PISÓN DE LA LOCALIDAD DE SARANDÍ GRANDE.

RESOLUCIÓN

1) DESE la baja a partir del mes de marzo próximo pasado, del permiso por espacio en feria franca de Plaza PIZÓN de la ciudad de SARANDÍ GRANDE, otorgado oportunamente a la Sra. Rossana GALLO.

2) CON conocimiento de la Unidad de Descentralización – Municipio de SARANDÍ GRANDE y notificada la interesada, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.682/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01134.

ÁREA ACUÁTICA. RENOVACIÓN DE CONTRATO DE LA FUNC. ELIANNE ZITTO FICHA 11561.

VISTO:

La Resolución Nº 16.562, de fecha 15 de junio de 2020, por la cual se renueva el contrato que se mantiene con la funcionaria dependiente del Dpto. de Deportes.

RESULTANDO:

I) Que la oficina de Control Presupuestal informa que la renovación del contrato debe afectarse al objeto 021000, del programa 11010000, el cual no cuenta con disponibilidad presupuestal.

II) Que el Dpto. de Recursos Humanos comunica que existen vacantes en el cargo y grado respectivo.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la valoración satisfactoria de desempeño y la necesidad de contar con Recursos Humanos, con el fin de brindar un óptimo servicio, en áreas donde la demanda así lo requiere, dando respuesta a las necesidades de la población en materia deportiva, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda e intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CONTINÚE con lo dispuesto por la Resolución mencionada en el visto.

RESOLUCIÓN Nº 16.683/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00424.

UNIDAD EJECUTIVA. PLANTEAMIENTO DEL CLUB ATLÉTICO AVENIDA DE FECHA 10 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO.

VISTO:

La gestión iniciada por Directivos del CLUB ATLÉTICO AVENIDA, de esta ciudad, en la que solicitan un predio para el desarrollo de actividades deportivos, motivados por el crecimiento de sus planteles.

ATENTO:

A lo expresado por el Departamento de Obras – Área de Ordenamiento Territorial en su actuación No. 4, y de la cual se es conteste por parte de este Ejecutivo.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFICAR a Autoridades del CLUB ATLÉTICO AVENIDA de esta ciudad, haciéndoles saber la imposibilidad de acceder a lo peticionado, en virtud de los elementos esgrimidos por el Área de Ordenamiento Territorial en actuación No. 4, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.684/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01065.

INGENIERO GUILLERMO IGLESIAS POR A.N.T.E.L. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN DE UN MONOPOSTE DESTINADOS A RADIOBASES CELULARES.

VISTO:

La gestión iniciada por AUTORIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, solicitando autorización para la instalación de un monoposte en predio propiedad de A.F.E., padrón Nº. 7333 de esta ciudad, quienes otorgaron su autorización.

ATENTO:

Que de acuerdo a lo expresado por el Departamento de Arquitectura, lo peticionado y la documentación acreditada se ajustan a la ordenanza vigente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, a instalar un monoposte de 40 mts. de altura destinado a equipos de telecomunicaciones, en padrón de FLORIDA Nº. 7333 propiedad de A.F.E., en virtud de cumplir con lo establecido en el Decreto Nº. 42/2005 de la Junta Departamental de FLORIDA.

2) CURSESE oficio al Organismo de referencia comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

3) CUMPLIDO y con conocimiento del Departamento de Arquitectura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.685/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01304.

COORDINADOR MUSEO HISTÓRICO DEPARTAMENTAL. SOLICITAR PLACA RECORDATORIA 19 DE ABRIL DE 1894.

VISTO:

Las presentes actuaciones relativas al planteamiento de colocación de una placa recordatoria en la PLAZA ASAMBLEA de la ciudad de FLORIDA en homenaje a la fecha en la que la VILLA DE LA FLORIDA eleva su categoría a ciudad.

CONSIDERANDO:

1) Que nuestra ciudad ya había crecido lo suficiente como para merecer ésta distinción.

2) Que la llegada del ferrocarril trajo progreso y nos unió regularmente con la Capital y los pueblos.

3) Que sus calles comenzaban a ser mejoradas, los edificios remplazaban los viejos ranchos. La llegada de extranjeros hacía crecer más, la histórica VILLA.

4) Que la ley Nº. 2.258 eleva a la VILLA DE LA FLORIDA a categoría de ciudad, a partir del 19 de Abril de 1894.

5) Que es una buena manera de comenzar a recordar esta magna fecha es erigir una placa recordatoria. Un bronce donde todos los 19 de abril se recuerde éste importante acontecimiento.

6) Que el Ejecutivo Departamental, considera de justicia rendir homenaje a la fecha relacionada.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto por el art. 37 numeral 3ero., de la Ley Nº. 9.515.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la Junta departamental el siguiente proyecto de decreto:

Autorizar la colocación de una placa recordatoria en la PLAZA ASAMBLEA de la ciudad de FLORIDA, con el siguiente contenido: "19 DE ABRIL DE 1894 - LA VILLA DE LA FLORIDA ELEVA SU CATEGORÍA A CIUDAD - HOMENAJE DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL Y DEL PUEBLO DE FLORIDA”, utilizándose las estructuras ya existentes en el lugar.

RESOLUCIÓN Nº 16.686/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01412.

DEPARTAMENTO TURISMO. PODER LEGISLATIVO DECLARASE A LA CIUDAD DE FLORIDA CAPITAL NACIONAL DEL COOPERATIVISMO 2020.

VISTO:

Las presentes actuaciones tendientes a que el homenaje a Florida como Capital del Cooperativismo y al Día Mundial del Cooperativismo, que se realizará el 3 de julio del corriente, sea declarado de interés departamental.

CONSIDERANDO:

1) Que el Poder Legislativo declaró a FLORIDA CAPITAL DEL COOPERATIVISMO del año 2020 el día 17 de marzo del presente año.

2) Que FLORIDA es un departamento con mucha historia cooperativa y asociativa, y en la actualidad con una Mesa Intercooperativa de todo el departamento, de todas las modalidades: trabajo, agropecuaria, ahorro y crédito, sociales, servicios, viviendas, educativas.

3) Que en FLORIDA, las primeras expresiones fueron las Mutualidades, modalidad para cooperativa y de asociatividad: italiana, española, francesa, en el 1880. Luego, las actividades de Cajas Populares (FLORIDA, SARANDÍ GRANDE, CASUPÁ entre otras), SOCIEDADES DE FOMENTO RURAL (en cada pueblo del ferrocarril central), en las dos primeras décadas del siglo XX.

4) Que las Cajas Populares son los antecedentes de las cooperativas de ahorro y crédito de 1960.

5) Que a partir de la década de 1930, comenzó el desarrollo de CONAPROLE, y las cooperativas agrarias, las cooperativas de trabajo y servicios, también las cooperativas de consumo (MAGISTERIAL, POLICIAL, entre otras).

6) Que en la década de 1960, comienza el cooperativismo de vivienda por ayuda mutua y por ahorro previo, y especialmente en ISLA MALA 25 DE MAYO.

7) Que en las últimas décadas del siglo XX, en FLORIDA es cada vez más importante el cooperativismo agropecuario con GRUCARDAL, GRUMEN Y CAF.

8) Que con la nueva ley general de cooperativas de 2008, se logra avanzar más en otras modalidades.

9) Que en el sector trabajo, en los últimos años se ha avanzado mucho con Molino COOPERATIVO FLORIDA Y COOPCAN 25 (CAIF, y servicios turísticos, culturales y de artistas).

10) Que hay dos experiencias en formación en CARDAL y 25 DE MAYO con INCUBACOOP TURISMO, en un proceso de dos años que sigue actualmente para el sector turismo comunitario vecinal e innovador.

11) Que se ha elegido por INACOOP, CUDECOOP, LA MESA INTERCOOPERATIVA DE FLORIDA Y LA INTENDENCIA DE FLORIDA, actividades protocolares el viernes 3 de julio del corriente y en dicho marco se harán dos actividades: en la explanada del Molino Cooperativo en horas de la mañana y homenaje a la primera cooperativa de vivienda en 25 DE MAYO por sus 50 años a las 14:00 horas.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto departamental Nº. 13/2017.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental el siguiente proyecto de decreto:"Art. 1- Declárese de interés departamental las actividades a realizarse el 3 de julio de 2020 en el marco del homenaje a la declaración de Florida como Capital del Cooperativismo, intuyéndoselo en la Categoría "D" del decreto 13/2017.

RESOLUCIÓN Nº 16.687/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00649.

LUCIANA MELISA COLINA FLORES. SOLICITA DESVINCULACION DE MOTO VINCE MATRICULA OAZ 816.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Luciana Melisa COLINA FLORES, solicitando la desvinculación del vehículo matrícula Nº. OAZ 816.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que por tanto resulta necesario disponer en consecuencia.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DESVINCULAR a partir de abril de 2014 a la Sra. Luciana Melisa COLINA FLORES, del vehículo matrícula Nº. OAZ 816, en virtud de la documentación acreditada.

2) ENCOMENDAR al Grupo Inspectivo de Tránsito, a la incautación del vehículo si fuera visto en circulación, hasta la regularización de su situación.

3) PASE a División Administración Documental a fin de notificar a la interesada.

4) CON anotaciones del Departamento de Tránsito y Transporte y Departamento de Hacienda, archívese de conformidad.

RESOLUCIÓN Nº 16.688/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01458.

MIRIAM GASPAR SUÁREZ FICHA 2004 PRESENTA RENUNCIA A SU CARGO BAJO EL RÉGIMEN DE CUENTAS PERSONALES.

ATENTO:

A la renuncia al cargo presentada por la funcionaria Sra. Miriam GASPAR y a la normativa vigente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACÉPTASE la renuncia en calidad de funcionaria de la Sra. Miriam GASPAR SUÁREZ Ficha Nº 2004 con cese al 30 de setiembre de 2020, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios, bajo el régimen de Cuentas Personales.

2) PASE a División Administración Documental a fin de notificar a la funcionaria de lo resuelto.

3) SIGA al Departamento de Hacienda, a los efectos de abonar al funcionario los haberes que a la fecha de aceptación de su cese tenga pendiente de cobro, el premio previsto en el literal b) del numeral 2 del art. 137 del Estatuto del Funcionario (Decreto 17/05), como asimismo, darle de baja.

4) CONTINÚE al Departamento de Administración (Cuentas Personales), a los efectos de cubrir todas las tramitaciones jubilatorias de la citada funcionaria.

5) CON anotaciones del Departamento de Recursos Humanos, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.689/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01422.

MARTA MARGARITA FLORES GOYEN. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL PADRÓN URBANO Nº 667 DE LA LOCALIDAD CASUPA.

VISTO:

La gestión iniciada por la Sra. Marta FLORES GOYEN, solicitando la prescripción de adeudos generados por el padrón Nº. 667 urbano de la localidad catastral de CASUPÁ.

RESULTANDO:

Que fue acreditada la legitimación del gestionante, mediante la documentación requerida, no existiendo registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.

CONSIDERANDO:

Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº. 8.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 38 y 39 del Código Tributario.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, del padrón Nº. 667 de la localidad catastral de CASUPÁ, hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.

2) PASE para la notificación del gestionante a la Unidad de Descentralización.

3) SIGA al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2015, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.

4) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.690/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01278.

SERVICIOS VARIOS. RENOVACIÓN DE CONTRATOS.

VISTO:

La Resolución Nº 16.619, de fecha 22 de junio de 2020, por la cual se contrata en régimen de función pública a las funcionarias dependientes del Dpto. de Administración -Servicios Varios-, en el Grado 1 Escalafón Oficios, manteniendo las compensaciones que perciben.

RESULTANDO:

I) Que la oficina de Control Presupuestal informa que la contratación debe afectarse al objeto 021000 y 042034, del programa 07000000, los cuales cuentan con disponibilidad presupuestal.

II) Que el Dpto. de Recursos Humanos comunica que no existen vacantes en los cargos y grados respectivos.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de Recursos Humanos, teniendo en cuenta la diversidad de tareas que se prestan.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en Resolución Nº 16.619/20.

RESOLUCIÓN Nº 16.691/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01339.

MUNICIPIO DE CASUPA. RENOVACIÓN DE CONTRATO DEL FUNCIONARIO DIEGO MARCELO RODRIGUEZ FICHA 11652.

VISTO:

La Resolución Nº 16.620, de fecha 22 de junio de 2020, por la cual se dispone la renovación del contrato que se mantiene con el funcionario dependiente del Municipio de CASUPÁ, manteniendo la compensación que percibe.

RESULTANDO:

I) Que la oficina de Control Presupuestal, informa que la renovación debe afectarse al objeto 021000, del programa 09010200, el cual no cuenta con disponibilidad presupuestal, no así para la compensación que debe afectarse al objeto 042034, el cual cuenta con disponibilidad presupuestal.

II) Que el Dpto. de Recursos Humanos comunica que no existen vacantes en el cargo y grado respectivo.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de Recursos Humanos en el Municipio, teniendo en cuenta la diversidad de tareas que se prestan.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en Resolución Nº 16.620/20.

RESOLUCIÓN Nº 16.692/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01052.

SR. WALTER ZEBALLOS. COMUNICA PROYECTO FORESTAL EN PADRONES Nº 7568, 7569, 7570, 19473 Y 19474 DEL DEPARTAMENTO DE FLORIDA.

VISTO:

Estos antecedentes relativos a los Proyectos de Forestación cuyo titular es el Sr. Walter D. ZEBALLOS SILVERA, a ubicarse en lo padrones Nos. 7568, 7569, 7570, 19473, y 19474, del Departamento de Florida.

ATENTO:

1) Que por decreto Nº. 15/2013 sancionado por la Junta Departamental de Florida con fecha 20 de junio de 2013, se aprobaron las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y Categorización Primaria de Suelos del Departamento de Florida, siendo promulgadas por resolución de fecha 25 de junio de 2013.

2) Que el proyecto de referencia cumplen con el marco regulatorio vigente, de acuerdo a lo expresado por Técnicos del Departamento de Desarrollo Sustentable.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) APROBAR el Proyecto de Forestación presentado por el Sr. Walter D. ZEBALLOS SILVERA , a ubicarse en los padrones Nos. 7568, 7569, 7570, 19473, y 19474, del Departamento de FLORIDA, y de acuerdo a lo establecido por Decreto 15/13 de la Junta Departamental de FLORIDA.

2) PASE a División Administración Documental a efectos de notificar al interesado.

3) CONTINÚE al Departamento de Desarrollo Sustentable y Área de Ordenamiento Territorial- para su conocimiento y efectos que correspondan.

4) ESTANDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.693/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00548.

EMILIO MARTÍN FLEITAS BAUZA. SOLICITA DESVINCULACIÓN DE MOTO MONDIAL MAT. OBK 721 PADRON 902758699.

VISTO:

La gestión iniciada por el Sr. Emilio Martín FLEITAS BAUZA, solicitando la desvinculación del vehículo matrícula Nº. OBK 721.

ATENTO:

Que de acuerdo a lo expresado por la Asesoría Jurídica, la documentación acreditada por el contribuyente no resulta aplicable en la norma vigente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFÍCASE al Sr. Emilio Martín FLEITAS BAUZA, haciéndole saber la imposibilidad de acceder a la desvinculación vehicular solicitada, en virtud de la carencia de documentación probatoria para los fines perseguidos, debiendo hacer efectivo el pago de la deuda del gravamen correspondiente, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) PASE al Departamento de Hacienda para su conocimiento, registro y efectos correspondientes.

3) CUMPLIDO de conformidad archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.694/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01463.

SRA. MIRIAM GOLFARINI JEFA COMERCIAL UTE FLORIDA. COMUNICACIÓN NEGATIVA A ENAJENAR GALPÓN UBICADO EN CALLE RODO 470 DE ESTA CIUDAD.

RESOLUCIÓN:

HABIENDOSE tomado conocimiento del oficio remitido por UTE, donde se manifiesta la imposibilidad de enajenar el inmueble ubicado en calle JOSÉ E. RODÓ Nº. 470 de esta ciudad, que fuera solicitado por esta Intendencia por oficio Nº. 364/2014, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 16.695/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01462.

DIRECCIÓN DE ABASTECIMIENTOS. RECAMBIO FLOTA LIVIANA.

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) Que se estima conveniente proceder al recambio de los vehículos de Flota Liviana de esta Comuna, en las condiciones estipuladas en la oferta de la firma SURIL S.A., en oportunidad de llevarse a cabo la licitación Pública 003/2011, conforme a lo informado por el Departamento de Abastecimientos en actuación Nº 1 y a la nota de aceptación de la empresa en anexo a la misma.

II) Que ello no implica erogación alguna, salvo los gastos por concepto de importación, ya que las unidades se recibirán a valor CIF MONTEVIDEO.

III) Que razones de buena administración ameritan resolver en forma favorable, ya que la Comuna dispondrá de unidades 0 kilómetro, lo que implica que se minimicen los gastos por mantenimiento, desgastes naturales, etc., manteniendo el capital.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PROCEDASE a llevar a cabo el recambio de 11 camionetas de flota liviana de esta Intendencia marca GREAT WALL Motor, modelo WINGLE 5E Doble Cabina Diesel 4 x 2 por once unidades marca GREAT WALL modelo WINGLE 7E Doble Cabina Diesel 4 x 2 0 Km. con la firma SURIL S.A., conforme a su propuesta presentada a la Licitación Pública 003/2011 y a su nota de aceptación anexa a estos antecedentes.

2) PASE a Abastecimientos a fin de obtener Factura Pro - forma.

3) REINGRESE a Prosecretaría a efectos de oficiar al M.E.F., solicitando la exoneración de impuestos correspondiente, siendo de cargo de la Comuna los gastos por despacho de Aduana.

4) CON conocimiento de los Departamentos de Abastecimientos, Hacienda y Logística, archívese.

EN este estado, siendo el día primero de julio de dos mil veinte, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendente, Andrea BRUGMAN POZZI y el Secretario General, Sr. Álvaro RIVA REY.