Acta N° 801/2020
Resolución
Del Nº 16.869/20 al Nº 16.893/20
En el local de la Intendencia de Florida, la Intendente de Florida, Sra. Andrea BRUGMAN POZZI, asistido por el Secretario General Sr. Álvaro RIVA REY, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 16.869/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00752.
Antecedentes administrativo relacionado con procedimientos disciplinario de carácter reservado.
RESOLUCIÓN Nº 16.870/20.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-03936.
DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA SITUACIÓN DE SOPORTE DE IMPRESORAS.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la prórroga del contrato que se mantiene con la empresa del Sr. Rodolfo ALOY.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar y que por otra parte el contrato es extendido en más de un 100%.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos, a fin de brindar un mantenimiento adecuado al sistema de impresoras, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 16.751/2020.
RESOLUCIÓN Nº 16.871/20.
EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-01066.
MATILDE ESTEBES FICHA 11.422. SOLICITA 30% POR TAREA INSALUBRE AL ESTAR CUMPLIENDO FUNCIONES EN CEMENTERIO DE LA LOCALIDAD.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la compensación del 30% a la funcionaria Sra. Matilde ESTEBES, por cumplir tareas ingratas.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de dar cumplimiento con las normas vigentes, en virtud de las tareas asignadas a funcionarios, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 16.823/2020.
RESOLUCIÓN Nº 16.872/20.
EXPEDIENTE Nº 2018-86-001-02770.
INFRAESTRUCTURA VIAL. LICITACIÓN PÚBLICA OBRAS PLUVIALES DE FRAY MARCOS POR FDI.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la ampliación de la Licitación Pública No. 3/2019, para la ejecución de cordón cuneta, desagües pluviales y pavimentos bituminosos en FRAY MARCOS.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de extender las obras viales, a fin de brindar mejores condiciones a los espacios públicos, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 16470/2020.
RESOLUCIÓN Nº 16.873/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01577.
SERVICIOS VARIOS. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE CONTRATO.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la renovación del contrato que se mantiene con el funcionario Sr. Tobías DE LIMA, manteniendo la compensación otorgada oportunamente.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con vacantes en el escalafón y grado que ostenta.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con recursos humanos destinadas a áreas que por su demanda así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 16.837/2020.
RESOLUCIÓN Nº 16.874/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01519.
CARLOS ENRIQUE SOSA. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DE LA DEUDA DE LA MATRÍCULA 812.203 PADRÓN 036675.
VISTO:
La solicitud de prescripción de deuda de Patente de Rodados sobre vehículo matrícula 812.203 presentada por el Sr. Carlos Enrique SOSA.
RESULTANDO:
Que conforme a la documentación adjunta, la vinculación jurídica del gestionante con el vehículo se inicia el 17 de agosto de 2019, no encontrándose legitimado para presentar la solicitud.
Que conforme a lo establecido en el art. 18 del texto ordenado del SUCIVE el plazo de prescripción del impuesto de Patente de Rodados se unificó en 10 años, por ende, el contribuyente no tendría plazo para prescribir.
ATENTO:
A la normativa vigente y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) NO HACER LUGAR a la prescripción del derecho al cobro del Impuesto de Patente de Rodados respecto del vehículo matrícula Nº 812.202, correspondiendo la regularización de todos los adeudos.
2) NOTIFICADO el contribuyente, continúe a sus efectos al Departamento de Hacienda.
3) DE no abonarse o convenirse, reingrese a la Asesoría Jurídica.
RESOLUCIÓN Nº 16.875/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01160.
LUCÍA TERESITA OCHOTORENA ORTIZ. SOLICITA QUITA DE RECARGOS PARA REALIZAR UN NUEVO CONVENIO.
VISTO:
La nota presentada por la contribuyente Sra. Lucía OCHOTORENA solicitando quita de multas y recargos sobre padrón Nº 5956 de la ciudad de FLORIDA.
RESULTANDO:
Que no se encuentra en vigencia ningún régimen de facilidades de pago que permita hacer lugar a lo peticionado, no habiéndose evacuado la vista conferida.
ATENTO:
A lo informado por las oficinas competentes y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) NO HACER LUGAR a lo solicitado conforme a lo expuesto, debiéndose regularizar la situación de adeudos pendientes.
2) NOTIFICADA la gestionante, siga a Contribución y Patente, a los efectos de su determinación.
RESOLUCIÓN Nº 16.876/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01640.
ELBIA GONZÁLEZ CALCERRADA. SOLICITA DESVINCULACIÓN DE LA MOTO MATRÍCULA OAE 784 PADRÓN 046923.
VISTO:
La solicitud de desvinculación de deuda de patente de rodados respecto de la moto matrícula OAE 784, presentada por la Sra. Elbia GONZÁLEZ la documentación aportada y los informes de las oficinas competentes.
ATENTO:
A lo previsto por el art. 18 del texto ordenado del SUCIVE 2020 y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLÁRASE la prescripción de la deuda generada por el Impuesto de Patente de Rodado impago del vehículo matrícula OAE 784, hasta el ejercicio 2009 inclusive, conforme a lo establecido en el artículo 18 del texto ordenado de SUCIVE 2020 y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 6.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro.
3) CUMPLIDO, reingrese a la Asesoría Jurídica a efectos de dictaminar respecto a la desvinculación solicitada por la contribuyente.
RESOLUCIÓN Nº 16.877/20.
EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-01624.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. PALLEIRO ARIEL PLANTEAMIENTO DE LA HORA PREVIA DEL SR. EDIL DEPARTAMENTAL SOBRE TALA DE ÁRBOLES EN CAMPING DE CHAMIZO.
RESOLUCIÓN:
1) REMITASE el presente a la Junta Departamental de FLORIDA, en repuesta al planteo efectuado por el Sr. Edil Ariel PALLEIRO, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.878/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01657.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP. Nº 679/20 FERNÁNDEZ ALICIA PROYECTOS PRESENTADOS POR LA SRA. EDIL EN LA HORA PREVIA DE SESIÓN DE FECHA 09 DE JULIO DE 2020 TENDIENTES A CREAR COMISIONES DE CONTRALOR Y SEGUIMIENTO EN NUESTRO DEPARTAMENTO: 1)EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIA DEPARTAMENTAL 2)EN EL ÁMBITO DE LA INSERCIÓN LABORAL.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Junta Departamental de FLORIDA, remite proyectos presentados por la Sra. Edil, Alicia FERNÁNDEZ, tendiente a crear Comisiones de Contralor y seguimiento de nuestro Departamento:
1) En el ámbito del Sistema de Coordinación de Emergencia Departamental.
2) En el ámbito de la inserción laboral.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
HABIÉNDOSE tomando conocimiento del planteamiento presentado por la Sra. Edil, Alicia FERNÁNDEZ y con conocimiento del Departamento de Administración, CECOED y la Sra. Edil, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.879/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01649.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF EXP Nº 734/20 COMISIÓN DE OBRAS SERVICIOS PÚBLICOS Y PROPIEDADES MUNICIPALES SOLICITA LA PRESENCIA DEL SR. DIRECTOR GRAL. DE OBRAS DE LA INTENDENCIA EN SU REUNIÓN DEL DÍA 28 DE JULIO DE 2020.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y lo informado por la Dirección General de Obras.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR la comparecencia del Sr. Director General de Obras ante la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Propiedades Municipales de la Junta Departamental de FLORIDA el día 28 de julio del corriente.
2) CON conocimiento de la Dirección General de Obras y de la Junta Departamental, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.880/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01580.
GLADYS URRUZMENDI Y OTROS. INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DIRECTIVA DE CREPATEL. SOLICITAN COLABORACIÓN DE CESIÓN DE LOCAL PARA CONTINUAR CON SUS ACTIVIDADES EN EL RUBRO TEXTIL.
VISTO:
La gestión iniciada por la Comisión Directiva de CREPATEL, solicitando la cesión de un local con el fin de continuar con las actividades que promueven.
RESULTANDO:
Que se trata de una Cooperativa Textil, formada por ex funcionarias de CURTIEMBRE EL ÁGUILA - DEGANIA-, dedicada a la confección de prendas, uniformes, tapabocas y otros.
CONSIDERANDO:
1) Que de acuerdo a lo expresado por las oficinas de competencia, se cuenta con dos locales disponibles ubicados en el Mercado Municipal de esta ciudad.
2) Que se trata de un emprendimiento productivo, que ha generado puestos de trabajo por lo que sensibles a las situaciones que se atraviesa, resulta para esta Administración de orden prestar apoyo en la medida de las posibilidades.
ATENTO:
A lo expresado.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CEDER sin costo en carácter precario y revocable a la Cooperativa CREPATEL, los locales 1 y 2 ubicados en el Mercado Municipal, estableciéndose que ante trabajos de acondicionamiento de la infraestructura, los costos serán de cargo de los gestionantes.
2) PASE a la Asesoría Notarial a fin de realizar las gestiones administrativas de estilo.
3) CON conocimiento del Departamento de Administración y Departamento de Hacienda, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.881/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00563.
SR. LUIS SASTRE Y OTRA POR COMISIÓN CLUB BABY FUTBOL MENDOZA. SOLICITA APOYO ECONÓMICO PARA CERCADO Y OTROS DE CANCHA.
VISTO:
Que mediante Resolución Nº 16.024/20 se resuelve colaborar con la Comisión directiva del CLUB BABY FÚTBOL MENDOZA, padeciéndose error en el nombre del titular.
ATENTO:
A la nota presentada por la Directiva en anexo a actuación Nº 20 y a lo informado por Control Presupuestal en actuación Nº 23.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) MODIFICAR el numeral 1) de la Resolución Nº 16.024/20 estableciéndose que la colaboración dispuesta se haga efectiva a la Sra. Mirta Beatriz PÉREZ AMANTE.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda.
3) CONTINÚE conforme a lo indicado por Resolución Nº 16.024/20.
RESOLUCIÓN Nº 16.882/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01435.
JORGE ACEVEDO CUELLO. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN 3721 APTO. 02 FLORIDA.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Jorge ACEVEDO CUELLO, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón Nº. 3721 apto. 02 de FLORIDA.
RESULTANDO:
Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el art. 38 del Código Tributario.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón Nº. 3721 apto. 02 de la ciudad de FLORIDA hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2015, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.
3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.883/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01591.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1275/20 Y LICENCIAS DE CONDUCIR DEL SR. ÁLVARO GABRIEL FERREIRA MAFFEI.
VISTO:
El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de FLORIDA, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Álvaro Gabriel FERREIRA MAFFEI.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Álvaro Gabriel FERREIRA MAFEI, por el término de seis meses contados a partir del 28 de junio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.
2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.884/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01592.
JEFATURA DE ZONA OPERACIONAL “V”CUERPO DE POLICÍA DE TRÁNSITO POLICÍA DE MONTEVIDEO. REMITE OFICIO 91/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. HÉCTOR FABIÁN AQUINO FERRÓN.
VISTO:
El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de MONTEVIDEO, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Héctor Fabián AQUINO FERRÓN.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Héctor Fabián AQUINO FERRÓN, por el término de seis meses contados a partir del 19 de junio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.
2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.885/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01559.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1242/20 COMUNICANDO SITUACIÓN DEL SR. KEVIN KATRIEL MEZQUITA AMARO.
VISTO:
Estos antecedentes relativos al Oficio Nº 1242/DSG/20/ar, de fecha 02 de julio de 2020, remitido por la Jefatura de Policía de FLORIDA, referente a la carencia de Licencia de Conducir del Sr. Kevin Katriel MEZQUITA AMARO.
RESULTANDO:
El resultado del examen de espirometría realizado oportunamente.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo previsto en los Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191 y Art. 1 de la Ley Nº 19.360, al conductor que se le constate conduciendo contraviniendo el límite autorizado de alcohol en sangre se le sancionará con una inhabilitación para conducir -que en caso de ser infractor primario -como en el presente-, corresponderá se una sanción que se gradúe entre un mínimo de seis meses a un máximo de un año.
ATENTO:
A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 4.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la prohibición de conducir vehículos al Sr. Kevin Katriel MEZQUITA AMARO, por el término de seis meses, contados a partir del 24 de junio de 2020, conforme a lo establecido por los Art. 45 y 46 de la Ley Nº 18.191 y Art. 1ero. de la Ley Nº 19.360.
2) CÚRSESE Oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4) SIGA luego al Departamento de Administración - Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
5) CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.886/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01558.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1232/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. CONO RAMÓN BARBOZA GIMÉNEZ.
VISTO:
El oficio Nº 1232/20 de la Jefatura de Policía de FLORIDA, comunicando el resultado del examen toxicológico realizado al Sr Cono BARBOZA y el retiro de su libreta de conducir.
ATENTO:
A lo establecido en los artículo 45 y 46 de la Ley Nº 18.191. y a lo dispuesto por el art. 365 del Código Penal en la redacción dada por la ley 19.120.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER la prohibición de conducir vehículos, al Sr. Cono Ramón BARBOZA GIMÉNEZ por el término de seis meses contado a partir del día 20 de marzo de 2020, conforme a lo establecido por los artículos 45 y 46 de la Ley Nº. 18.191, no pudiendo realizar trámites para renovación de la libreta de conducir por el tiempo estipulado de la interdicción.
2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) AUTORIZAR a la Asesoría Jurídica a hacer efectiva la correspondiente denuncia judicial, de conformidad al art. 365 del Código Penal en la redacción dada por la ley 19.120.
4) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
5) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
6) CUMPLIDO continúe a la Asesoría Jurídica a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el numeral Nº. 3.
7) OPORTUNAMENTE, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.887/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01593.
JEFATURA DE POLICÍA DE FLORIDA. REMITE OFICIO 1282/20 Y LICENCIA DE CONDUCIR DEL SR. WILSON GABRIEL HERNÁNDEZ CABELLI.
VISTO:
El comunicado realizado por la Jefatura de Policía de FLORIDA, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Wilson Gabriel HERNÁNDEZ CABELLI.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la ley 19.360.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Wilson Gabriel HERNÁNDEZ CABELLI, por el término de seis meses, contados a partir del 04 de julio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.
2) INTIMAR al mismo, a comparecer ante el Departamento de Tránsito y Transporte de esta Intendencia, y hacer entrega en un plazo no mayor a las 24 horas contados a partir del día posterior al de su notificación, de la Licencia de Conducir categoría “A” Nº. 13657603 que obra en su poder.
3) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
4) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
5) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
6) CUMPLIDO siga a la Asesoría Jurídica a fin de realizar la denuncia correspondiente, de conformidad al art. 356 del Código Penal en la redacción dada por la ley 19.172.
RESOLUCIÓN Nº 16.888/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01609.
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA DE TRÁNSITO. REMITE OFICIO 316/20 Y LICENCIAS DE CONDUCIR DEL SR. RUBÉN CANDELARIO RODRÍGUEZ MUÑOZ.
VISTO:
El comunicado realizado por la Policía Nacional de Tránsito, respecto al retiro de la Licencia de Conducir perteneciente al Sr. Rubén Candelario RODRÍGUEZ MUÑOZ.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 45 y 46 de la ley 18.191 y Art. 1 de la Ley 19.360.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el retiro de la Licencia de Conducir y la prohibición de conducir vehículos al Sr. Rubén Candelario RODRÍGUEZ MUÑOZ, por el término de seis meses contados a partir del 15 de junio próximo pasado, conforme a lo establecido por el art. 45 y 46 de la Ley Nº. 18191.
2) CURSESE oficio al Congreso Nacional de Intendentes, comunicando lo dispuesto, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
3) PASE para su notificación a la División Administración Documental.
4) SIGA luego al Departamento de Administración – Departamento de Tránsito y Transporte, para su conocimiento y demás que corresponda.
5) CUMPLIDO continúe a la Asesoría Jurídica a fin de proceder conforme a lo expresado en actuación Nº. 4.
RESOLUCIÓN Nº 16.889/20.
EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03160.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBROS COMUNICA DEUDA DE PATENTE DE RODADOS MATRÍCULA OAB 2523 CM: 904289.
VISTO:
Estos antecedentes relacionados a la baja del vehículo matrícula Nº OAB 2523.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Tránsito y Transporte act. Nº 25, el vehículo fue reempadronado en el departamento de DURAZNO.
ATENTO:
A los informes de las oficinas de competencia y conforme a lo expresado por la Asesoría Jurídica act. Nº 27.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DESE la baja de los registros de esta intendencia al vehículo matrícula Nº OAB 2523, dado que el vehículo fue reempadronado de acuerdo a lo detallado en el considerando.
2) PASE para su registro a los Departamentos de Tránsito y Transporte y Hacienda.
3) NOTIFICADO el titular del mencionado vehículo, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.890/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01674.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 4990, 4989 de la firma Juan Carlos UMPIÉRREZ (pan) por un importe de $ 1.930 c/u.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los programas sociales que se promueven, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 16.891/20.
EXPEDIENTE Nº 2016-86-001-04475.
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. SUGIERE RENOVACIÓN DE CONTRATO CON EMPRESA TIERRA VIVA PARA EL TRATAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE LAGUNA DE VOLCADO DE BAROMÉTRICAS.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la prorroga el contrato que se mantiene con la firma TIERRA VIVA, Sociedad de Hecho.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal disponible en el objeto a imputar, y que por otra parte el contrato fue ampliado en más de un 100% y que la firma realizó trabajos sin la intervención preventiva de la Cra. Delegada del TCR, por lo que se encuentra viciado del principio de ejecución.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos destinados al mantenimiento de la higiene pública en el interior del departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 16.720/2020.
RESOLUCIÓN Nº 16.892/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-00644.
DIRECCIÓN LICEO DEPARTAMENTAL 1 DE FLORIDA “I.M.O.” SOLICITA COLABORACIÓN PARA EL TRASLADO DEL ESTUDIANTE CRISTIAN GHAN LASALVIA.
VISTO:
La Resolución Nº 16.838, de fecha 15 de julio de 2020, por la cual se adjudica a Fono Taxi BORCHE S.R.L., el traslado del estudiante a su Centro de estudio.
RESULTANDO:
Que la oficina de Control Presupuestal informa que el gasto debe afectarse al objeto 579000, del programa 13000000, el cual no cuenta con disponibilidad presupuestal.
CONSIDERANDO:
Que estas compras parten del convenio que se mantiene con la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE y del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, tal como es expresado en la actuación Nº 1.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en Resolución Nº 16.838/20.
RESOLUCIÓN Nº 16.893/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01675.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 75 de la firma Lucía PETRUCCI (publicidad) por un importe de $ 7.700.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la firma es contribuyente en la modalidad monotributo.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con espacios publicitarios a fin de mantener informada a la población del quehacer de esta Intendencia, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
EN este estado, siendo el día veintidós de julio de dos mil veinte, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendente, Andrea BRUGMAN POZZI y el Secretario General, Sr. Álvaro RIVA REY.