Acta N° 827/2020

Resolución

Del Nº 17.511/20 al Nº 17.536/20

En el local de la Intendencia de Florida, la Intendente de Florida, Sra. Andrea BRUGMAN POZZI, asistido por el Secretario General Sr. Álvaro RIVA REY, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 17.511/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02547.

UNIDAD EJECUTIVA. SOLICITA AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DEPARTAMENTAL PARA LA CELEBRACIÓN DEL FIDEICOMISO FONDO FINANCIERO SOCIAL 2021 DESCRIPTO EN EXPEDIENTE EN PAPEL OFICIO 322/2020.

VISTO:

Estos antecedentes relativos al proyecto de fideicomiso financiero para el desarrollo de programas de interés social y desarrollo económico que procuran atender las consecuencias de la pandemia de COVID 19 que generó un estado de “alerta sanitaria”, que se detallan en paquete adjunto.

ATENTO:

A lo dispuesto por los artículos 273 numeral 10, 275 y 301 de la Constitución de la República, artículo 19 numeral 15 de la ley 9515 y Ley 17.703.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) SOLICITAR autorización a la Junta Departamental de FLORIDA para la constitución de un fideicomiso financiero para el desarrollo de programas sociales y de desarrollo económico y en las demás condiciones establecidas en Oficio Nº. 322/2020 adjunto en papel y anexos I y II, suscribiéndose los contratos respectivos.

2) PASE a tales efectos al Legislativo Departamental.

RESOLUCIÓN Nº 17.512/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02424.

MIDES FLORIDA. SOLICITA PAGO DE FACTURAS DE SERVICIOS DE U.T.E. Y O.S.E. DEL REFUGIO GESTIONADO POR LA OFICINA TERRITORIAL DE MIDES EN EL MARCO DEL ACUERDO REALIZADO ENTRE INSTITUCIONES QUE INTEGRAN EL CECOED FLORIDA.

ATENTO:

A lo dispuesto por Resolución Nº. 17.430/20, lo informado por Tesorería en actuación No. 9 en cuanto a las facturas detalladas que se encuentran en condiciones de ser abonadas y lo expresado por Contaduría en actuación Nº. 13.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) PROCÉDASE al pago de las facturas que se encuentran habilitadas en los sistemas de cobranza y que se detallan en actuación Nº. 9 por el Departamento de Tesorería, realizándose la cancelación parcial de la GDI de referencia, de acuerdo a lo expresado por el Departamento de Contaduría en actuación Nº. 13.

2) PASE al Departamento de Hacienda a sus efectos.

3) CONTINÚE, con lo dispuesto por Resolución 17.430/20.

RESOLUCIÓN Nº 17.513/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02006.

UNIDAD EJECUTIVA. SOLICITUD DE PREDIO EN LA LOCALIDAD DE LA CRUZ DONDE FUNCIONABA LA OFICINA DE CORREO LOCAL.

RESOLUCIÓN:

1) CURSESE oficio a la Administración Nacional de Correos, comunicándose que por resolución Nº. 17.477/2020 dictada por este Ejecutivo, se dispuso se diera cumplimiento a la Resolución Nº. 35/2020 de la Junta Departamental de FLORIDA, donde ese autoriza a esta Intendencia a suscribir contrato de comodato con el Organismo de marras, cuyo objeto es el inmueble empadronado con el Nº 300 Localidad Catastral LA CRUZ, por el término de diez (10) años y con destino a la promoción de los programas de extensión cultural, pasando a tales efectos a Prosecretaría.

2) REINGRESE a la Asesoría Notarial a fin de realizar las coordinaciones de estilo.

3) CUMPLIDO y con conocimiento del Departamento de Cultura, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.514/20.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-03728.

SECRETARIO EDUARDO MOREIRA Y PRESIDENTE DARWIN MARTÍNEZ. CLUB DEPORTIVO SOCIAL SARANDÍ SOLICITA APOYO CON UN PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA CLASES DE PISCINA DE LA INSTITUCIÓN.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la contratación del Sr. Maicol D’ELÍA para cumplir 25 horas mensuales como Docente.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de dar continuidad con los programas de extensión cultural en todo el departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el ArtICULO 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con las resoluciones Nos. 17.287 y 17.407 de 2020.

RESOLUCIÓN Nº 17.515/20.

EXPEDIENTE Nº 2019-86-001-00746.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS. GESTIÓN DE COBRO DE ADEUDOS. COMUNICA DEUDA DE PATENTE DE RODADO MATRÍCULA OBF 891 CM: 2791004.

VISTO:

Estos antecedentes relacionados con adeudos vinculados al vehículo matrícula OBF 891.

RESULTANDO:

Que se ha cumplido, infructuosamente, con el procedimiento en vía administrativa, no habiendo sido regularizada la situación.

ATENTO:

A lo dictaminado por la Asesoría Jurídica y a la normativa vigente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ENCOMENDAR a la Asesoría Jurídica dar inicio al juicio ejecutivo tributario para hacer efectivo el cobro de la deuda correspondiente al vehículo matrícula OBF 891.

2) PASE a sus efectos a la Asesoría Jurídica.

3) OPORTUNAMENTE, y con las resultancias del caso, reingrese a Despacho.

RESOLUCIÓN Nº 17.516/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02538.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nº 8320, 8453 de la firma Estación MARY S.R.L. (gasolina) por un importe de $ 1.649 c/u; facturas Nº 160060, 160721 de la firma FERROSUR LTDA. (repuestos) por un importe de U$S 376,90 y U$S 810,99; factura Nº 3576 de la firma Waldermar PASTORINI CAULA S.R.L. (transmisión audio/video) por un importe de $ 5.000, factura Nº 259886 de la firma SUDEL S.A. (repuestos) por un importe de U$S 105,53; factura Nº 542, 547 de la firma William LUCIAN (supergas) por un importe de $ 660 y $ 2.890; factura Nº 59 de la firma Carolina REY (psicólogo) por un importe de $ 12.069.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad contar con servicios externos para el normal funcionamiento de las distintas dependencias, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.517/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02372.

NICOLÁS PENA PEÑA FICHA 11311. SOLICITA SE REVEA SU SITUACIÓN FUNCIONAL.

VISTO:

Que el recurso administrativo acreditado por el funcionario Sr. Nicolás PENA PEÑA Ficha Nº. 11.311, contra las encomendaciones dadas por la Sub – Jefatura de División Servicios, área a donde fue traslado por razones de servicio a través de la resolución Nº. A 1311, dictada por la Dirección General del Departamento de Administración.

RESULTANDO:

Que las tareas asignadas como vestuarista en las instalaciones de Piscina Departamental se ajustan a derecho, conforme al Escalafón y Grado al que pertenece, según consta en su ficha funcional Escalafón Oficios Grado 1.

ATENTO:

A lo expresado y que por tanto no se encuentran fundamentos que determinen la nulidad del acto administrativo impugnado.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) MANTÉNGASE en todos sus términos las encomendaciones laborales recurridas oportunamente por parte del funcionario Sr. Nicolás PENA PEÑA Ficha Nº. 11.311, por lo que deberá continuar cumpliendo funciones como vestuarista en Piscina Departamental.

2) PASE a División Administración Documental para la notificación del interesado.

3) CON conocimiento de División Servicios varios, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.518/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02394.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SOLICITA LA CONTRATACIÓN DE LA EMPRESA LKSUR PARA EFECTUAR LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO “ADECUACIÓN Y MEJORAS DEL ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS ETAPA 2”.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la contratación en forma directa los servicios de la Empresa LKSUR S.A., para la realización del Proyecto Estructural de Muelle.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar, y que por otra parte no se fundamenta en forma detallada los extremos que motivan disponer el procedimiento de excepción invocado para no efectuar el concurso de precios.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad por razones de urgencia de dar cumplimiento con las obras programadas de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº 17.412/2020.

RESOLUCIÓN Nº 17.519/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02392.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SOLICITA LA CONTRATACIÓN DE LA EMPRESA LKSUR PARA ASESORAMIENTO EN EL MARCO DE LAS OBRAS QUE SE PROYECTAN EN LA RAMBLA DEL RÍO SANTA LUCÍA Y SU ZONA DE INFLUENCIA.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la contratación en forma directa los servicios de la Empresa LKSUR S.A., para la realización del Proyecto Estructural de Muelle.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar, y que por otra parte no se fundamenta en forma detallada los extremos que motivan disponer el procedimiento de excepción invocado para no efectuar el concurso de precios.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad por razones de urgencia de dar cumplimiento con las obras programadas de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 17411/2020.

RESOLUCIÓN Nº 17.520/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02323.

SR. MARTÍN AGUILAR. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DE DEUDA DEL VEHÍCULO MAT. OAA 1676.

VISTO:

Estos antecedentes relacionados a la solicitud de exoneración del impuesto de patente de rodados sobre el vehículo antes matrícula OAA 1676, actualmente OAD 6106, solicitado por el Sr. Martín AGUILAR.

ATENTO:

A que el contribuyente efectivizó el trámite de transferencia vehicular, y conforme a lo expresado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº. 16.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DECLARAR la exoneración del pago del Impuesto de Patente de Rodados sobre el vehículo antes matrícula OAA 1676, actualmente OAD 6106, por el período que va entre el 23 de agosto de 2019 y el 23 de setiembre de 2020 inclusive.

2) PASE a División Administración Documental para la notificación del interesado.

3) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.521/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02523.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, por la cual se dispone el pago de la factura Nº 1359, a la firma Luis CARAMÉS (publicidad), por un importe de $ 10.000 y factura Nº 115 de la firma Lucía PETRUCCI (publicidad), por un importe de $ 13.750.

RESULTANDO:

Que las firmas son contribuyente en la modalidad monotributo.

CONSIDERANDO:

Que razones de servicio y de un mejor funcionamiento de las distintas áreas de la Comuna, ameritan disponer la reiteración del gasto.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B), del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.522/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01238.

O.S.E. SOLICITA EXONERACIONES DE LOS PADRONES RURALES QUE SE DETALLAN COMO ESTÁ ESTABLECIDO EN EL ART. 318 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.

VISTO:

La gestión iniciada por la Administración de Obras Sanitarias del Estado, en relación a la exoneración del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural, sobre los padrones Nos. 14.841 y 19.557.

ATENTO:

A lo establecido en el art. 33 de la Ley Nº. 11.907, y el dictamen de la Asesoría Jurídica.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1)DECLARAR exonerada del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural así como de las tasas de expedición correspondientes, respecto del padrones rurales números 14.841 y 19.557 del departamento de FLORIDA, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Nº 11.907.

2) NOTIFICASE a los gestionantes de lo dispuesto, haciéndoles saber además que para que la exoneración del padrón rural número 19.650 se haga efectiva en el sistema correspondiente, deberán acreditar cédula catastral informada y así poder activar el inmueble en la forma de estilo.

3) SIGA luego al Departamento de Hacienda a los efectos correspondientes.

4) CUMPLIDO de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.523/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02464.

CLUB DEPORTIVO Y SOCIAL BARRIO VIÑA. SOLICITA COLABORACIÓN PARA GASTOS DE ORGANIZACIÓN DE LA 5TA TRAVESÍA POLANCO DEL YÍ - SAN BORJA.

VISTO:

La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la colaboración económica en efectivo de $ 5.000.- otorgada al CLUB DEPORTIVO Y SOCIAL BARRIO VIÑA de SARANDÍ GRANDE.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que el gasto debe afectarse al objeto 555000 del programa 02000000 el cual no cuenta con disponibilidad presupuestal.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de brindar apoyo a instituciones sociales y deportivas afincadas en el interior del departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 17.472/2020.

RESOLUCIÓN Nº 17.524/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02450.

SR. OMAR VERA DIRECTOR UNIDAD Nº 19 INST. NACIONAL DE REHABILITACIÓN. SOLICITA EXONERACIÓN DE 20 LIBRETAS DE CONDUCCIÓN DE MAQUINARIA VIAL CAT. H.

VISTO:

Las presentes actuaciones tendientes a la exoneración total de la expedición 20 licencias de conducir de maquinaria vial categoría H.

CONSIDERANDO:

I) Que el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN UNIDAD Nº 19 de FLORIDA solicita la exoneración total de la expedición de 20 licencias de conducción de maquinaria vial categoría H.

II) Que la exoneración solicitada se realiza en el marco de las propuestas educativas que está llevando adelante la mencionada Unidad con la finalidad de socializar y brindar herramientas a las personas privadas de libertad.

III) Que el Ejecutivo estima pertinente apoyar esta clase de iniciativas.

ATENTO:

A lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 133 y 222 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Elevar a la Junta Departamental de FLORIDA para su estudio y consideración el siguiente proyecto de decreto:

Art. 1- Autorizar la exoneración total de la expedición de 20 licencias de conducir de maquinaria vial categoría H en el marco de las propuestas educativas que está llevando adelante el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN UNIDAD Nº 19 FLORIDA.

Art. 2 - Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN Nº 17.525/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02170.

DIRECCIÓN DE DESARROLLO SUSTENTABLE INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA INSTITUCIONES SOCIAS. PROYECTO DE “CONSOLIDACIÓN DE LA CADENA DE VALOR HORTÍCOLA EN FRAY MARCOS – LA ESCOBILLA FLORIDA” PRESENTADO ANTE LA AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO – FONDO DE DESARROLLO TERRITORIAL 2020.

VISTO:

El Convenio a celebrarse con la AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO (ANDE), EL CONGRESO DE INTENDENTES Y LA INTENDENCIA DE FLORIDA.

CONSIDERANDO:

1) Por Decreto 093/2020 del Poder Ejecutivo se declaró la Emergencia Sanitaria Nacional por COVID - 19 por lo que se lanzó una convocatoria a proyectos en el marco del FONDO DE DESARROLLO TERRITORIAL siendo una iniciativa que trata de apoyar a los territorios impactados por la emergencia sanitaria, lo que se enmarca en los acuerdos generados en el marco del Congreso de Intendentes cofinanciado por la UNIÓN EUROPEA.

2) Que el FONDO DE DESARROLLO TERRITORIAL (FDT) se estructura a través de aportes financieros del Congreso de Intendentes, ANDE y UNIÓN EUROPA y consiste en el otorgamiento de un aporte económico no reembolsable sujeto a determinadas condiciones que tiene por objetivo apoyar la financiación de proyectos de desarrollo económico local con generación de empleo de todos los departamentos del país a través de los gobiernos subnacionales.

3) Que la Intendencia de FLORIDA se presentó a los efectos de obtener el cofinanciamiento para la ejecución del proyecto denominado “CONSOLIDACIÓN DE LA CADENA DE VALOR HORTÍCOLA EN FRAY MARCOS- LA ESCOBILLA, FLORIDA” resultando seleccionado por la Mesa Ejecutiva de Gestión y refrendado por la Mesa del Congreso de Intendentes.

4) Que el plazo de ejecución del referido convenio excede el período de Gobierno.

ATENTO:

A lo dispuesto en el artículo 35 núm. 10 de la Ley 9515.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

Art 1) Solicitase aprobación de la Junta Departamental para la celebración del convenio en los términos que surgen del documento anexo a actuación Nº 18.

Art 2) Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN Nº 17.526/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01181.

UNIDAD EJECUTIVA. ANEP CODICEN AUTORIZAR EL PASE EN COMISIÓN DE LA PROF. GLADYS YOLANDA SOSA COLINA C.I. 3704558-6 DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA CUMPLIR FUNCIONES EN LA SECRETARÍA PRIVADA DE LA INTENDENTE ANDREA BRUGMAN POZZI HASTA LA FINALIZACIÓN DEL MANDATO DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL.

ATENTO:

I) Que por resolución Nº. 16.451/20 se aceptó el pase en comisión a esta Comuna desde la Administración de Educación Pública, -Consejo de Educación Secundaria - de la Profesora Sra. Gladys Yolanda SOSA COLINA, para prestar funciones en la Secretaria Privada.

II) Que razones de servicio motivan la necesidad de que la citada funcionaria preste tareas a la orden del Comité de Emergencia.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ESTABLECER que la Profesora Sra. Gladys Yolanda SOSA COLINA, cumplirá funciones en régimen en comisión hasta el final del actual período del Gobierno Departamental, en el CECOED -Comité de Emergencia Departamental.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos para su registro, notificación de la funcionaria en comisión, así como al Encargado del CECOED, Sr. Cono ARRÚA y demás efectos correspondientes.

3) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.527/20.

EXPEDIENTE Nº 2018-86-001-00229.

TOUR RENT A CAR. SOLICITA SE REVEA LA SITUACIÓN DE DEUDA QUE LA RENTADORA TIENE LA CUAL NO FUE CON DESCUENTO DEL 32%.

VISTO:

El planteo efectuado por la Sra. Doris RODRÍGUEZ por TOUR RENT A CAR, solicitando el descuento equivalente al 32%, al amparo de lo establecido en el Decreto No. 34/2007 de la Junta Departamental de FLORIDA.

ATENTO:

I) Que el giro de la empresa de marras no se enmarca dentro del Decreto citado, conforme lo expresa la Asesoría Jurídica.

II) Que no fue evacuada la vista conferida oportunamente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) NOTIFÍCASE a la Sra. Doris RODRÍGUEZ por TOUR RENT A CAR, haciéndole saber la imposibilidad de acceder al descuento peticionado, en virtud de no contar con normativas que contemplen empresas como la presentada, pasando a tales efectos a División Administración Documental.

2) CUMPLIDO archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.528/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02572.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas al gasto generado mediante las OC 5315, 2528, 5397/20 de fecha 13 de octubre de 2020, por las cuales se dispone el pago de las siguientes facturas: factura Nº 558 de la firma William LUCIAN por un importe de $ 2.890; factura Nº 22 de la firma Gabriel VALDÉZ por un importe de $ 5.320; factura Nº 2422 de la firma COAA LTDA por un importe de $ 125.651.

RESULTANDO:

Que la misma se fundamenta en que los bienes y servicios fueron provistos previamente a la autorización del gasto, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.

CONSIDERANDO:

Que corresponde el pago de los servicios e insumos solicitados, y provistos satisfactoriamente.

ATENTO:

A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.529/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02565.

CARLOS ENRIQUE LÓPEZ DÍAZ FICHA 8644. PRESENTA RENUNCIA A SU CARGO BAJO EL REGIMEN DE CUENTAS PERSONALES.

ATENTO:

A la renuncia al cargo presentada por el funcionario Sr. Carlos Enrique LÓPEZ DIAZ -Ficha Nº 8644-, y a la normativa vigente.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) ACÉPTASE la renuncia en calidad de funcionario del Sr. Carlos Enrique LÓPEZ DIAZ -Ficha Nº 8644-, con cese al 30 de Noviembre de 2020, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios, bajo el régimen de Cuentas Personales.

2) PASE a División Administración Documental, a fin de notificar al funcionario de lo resuelto.

3) SIGA al Departamento de Hacienda, a los efectos de abonar al funcionario los haberes que a la fecha de aceptación de su cese, tenga pendiente de cobro, el premio previsto en el Artículo 49 del Estatuto del Funcionario, como asimismo, darle de baja.

4) CONTINÚE al Departamento de Administración (Cuentas Personales), a los efectos de cubrir todas las tramitaciones jubilatorias del citado funcionario.

5) CON anotaciones del Departamento de Recursos Humanos, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.530/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02563.

I.N.A.U. SOLICITA INTERVENIR LAS LETRAS. DEL DEPARTAMENTO DURANTE EL MES DE NOVIEMBRE MES EN QUE SE CELEBRA EL ANIVERSARIO DE LA DECLARATORIA DE DERECHOS DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES.

VISTO:

Que el INSTITUTO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL URUGUAY solicita autorización para intervenir las letras del Departamento durante el mes de noviembre, mes en que se conmemora la Convención de los Derechos de los NIÑOS, NIÑAS Y ADOLECENTES.

CONSIDERANDO:

Que la intervención pretende generar sensibilización en la población hacia la protección integral de los niños, niñas y adolescentes del Departamento y del País y hacia el pleno ejercicio de sus derechos.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a las autoridades de INAU a intervenir las letras del Departamento durante el mes de noviembre en atención a los fines perseguidos.

2) CÚRSESE oficio a la Institución anexando la presente Resolución.

3) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.531/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02541.

JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 1253/20 PRESIDENCIA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA COMUNICA AJUSTE DE SALDOS DE LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES DE LOS GRUPOS 1 2 3 5 Y 8 AL 30 DE SETIEMBRE DE 2020.

RESOLUCIÓN:

1) HABIÉNDOSE tomado conocimiento de la Resolución de Presidencia de la Junta Departamental de FLORIDA Nº 1771.05.20, relacionada a los ajustes de saldos de las asignaciones presupuestales de los Grupos, 1, 2, 3, 5 y 8 de la Junta Departamental para el presente trimestre, pase para lo propio al Departamento de Hacienda.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.532/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02460.

SERVICIOS VARIOS. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE CONTRATOS.

ATENTO:

Al error padecido en el numeral 1) de la Resolución Nº 17.467/20 dictada en expediente Nº 2020-86-001-02460, respecto al destino de las funcionarias cuyo contrato fue renovado y lo informado por el Departamento de Recursos Humanos.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) MODIFICAR el numeral 1) de la Resolución Nº 17.467/20, disponiendo que las funcionarias de referencia continuarán cumpliendo tareas a la orden de División Servicios Varios.

2) PASE para su registro al Departamento de Recursos Humanos.

3) CONTINUE, conforme a lo dispuesto por Resolución Nº 17.467/20.

RESOLUCIÓN Nº 17.533/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02559.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. SECRETARÍA NACIONAL DEL DEPORTE. RESOLUCIÓN 391 20 SND DECLARA DE INTERÉS DEPORTIVO EL REPECHAJE DEL CAMPEONATO MUNDIAL DE HANBALL MASCULINO A REALIZARSE EN EL ESTADIO 10 DE JULIO.

ATENTO:

Al oficio Nº 391/2020 de la Secretaría Nacional del Deporte, en respuesta a oficio IDF Nº 310/2020 adjunto a actuación Nº 1, en la que se declara de Interés Deportivo el REPECHAJE DEL CAMPEONATO MUNDIAL DE HANDBALL MASCULINO a realizarse en el ESTADIO 10 DE JULIO de FLORIDA en enero de 2021.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) CON conocimiento, siga a lo propio y a sus efectos a la Dirección General de Cultura y Departamento de Deportes.

2) CUMPLIDO, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.534/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02391.

FUNCIONARIA ANTONELLA BERRIEL. SOLICITA SALIR 1 HORA A MITAD DE HORARIO PARA AMANTAR A SU HIJO DE 6 MESES.

VISTO:

La nota presentada por la funcionaria Sra. Antonella BERRIEL solicitando se autorice su salida durante una hora, en la mitad de su jornada laboral, para amamantar a su hijo.

RESULTANDO:

Que hasta el 15 de octubre del corriente la funcionaria cumple régimen de medio horario otorgado según expediente 01211/20, al amparo de lo previsto en el art. 111 del Estatuto del Funcionario, incompatible con la interrupción de la jornada solicitada.

CONSIDERANDO:

Que no existiendo normativa departamental que regule la interrupción del horario por lactancia, por razones de humanidad, justicia e igualdad, podrá aplicarse por analogía el decreto Nº. 234/018 que reglamenta la ley 19.530 cuando la funcionara se reintegre a su jornada normal de labor.

ATENTO:

A lo previsto por el decreto Nº. 234/018 que reglamenta la ley 19.530 y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) AUTORIZAR a la funcionaria Sra. Antonella BERRIEL Ficha Nº 11.526, a interrumpir durante una hora su jornada laboral por lactancia, a partir de su reintegro a su jornada laboral normal y hasta el 23 de febrero de 2021 conforme a la certificación médica adjunta, y a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica.

2) PASE al Departamento de Recursos Humanos y al Departamento de Descentralización, para su registro y notificación.

3) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.535/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02394.

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. SOLICITA LA CONTRATACIÓN DE LA EMPRESA LKSUR PARA EFECTUAR LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO “ADECUACIÓN Y MEJORAS DEL ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS – ETAPA 2”.

VISTO:

I) El error padecido en la observación del gasto que luce en actuación Nº 17, solicitándose por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas dejar sin efecto la misma y la correspondiente reiteración.

II) Que por Resolución Nº 17.412 de fecha 25 de setiembre de 2020 se dispone la contratación en forma directa los servicios de la EMPRESA LKSUR S.A., para la ADECUACIÓN Y MEJORAS DEL ESTADIO CAMPEONES OLÍMPICOS ETAPA 2.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar, y que por otra parte no se fundamenta en forma detallada los extremos que motivan disponer el procedimiento de excepción invocado para no efectuar el concurso de precios.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad por razones de urgencia de dar cumplimiento con las obras programadas de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) DEJAR sin efecto la resolución Nº. 17.518/20 de fecha 9 de octubre por las razones expuestas en el Visto numeral I) de la presente resolución.

2) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

3) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº 17.412/2020.

RESOLUCIÓN Nº 17.536/20.

EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02573.

CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.

VISTO:

La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 1189 de la firma Javier CATTÁNEO (publicidad) por un importe de $ 4.500.

RESULTANDO:

Que la observación se fundamenta en que dicha firma es contribuyente en la calidad de monotributo.

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con espacios publicitarios, a fin de mantener informada a la población del quehacer de esta Intendencia, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.

ATENTO:

A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.

LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:

1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.

2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

EN este estado, siendo el día dieciséis de Octubre de dos mil veinte, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendente, Andrea BRUGMAN POZZI y el Secretario General, Sr. Álvaro RIVA REY.