Acta N° 836/2020
Resolución
Del N° 17.719/20 al N° 17.748/20
En el local de la Intendencia de Florida, la Intendente de Florida, Sra. Andrea BRUGMAN POZZI, asistido por el Secretario General Sr. Álvaro RIVA REY, y en su caso por el Prosecretario General, Dr. Ariel DÁRDANO PERDOMO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 17.719/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02766.
SR. RUBÉN FRACHIA. SOLICITA EL PAGO DE LA LIQUIDACIÓN SUBSIDIO PREVISTO LEY 15.900.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Rubén FRACHIA -Alcalde del Municipio de FRAY MARCOS saliente-, solicitando acogerse al subsidio previsto por la ley Nº 15.900 artículo 5to.
ATENTO:
Al dictamen de la Asesoría Jurídica, contenido en actuaciones Nº 8.
LA INTENDENTA DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER el pago al Sr. Rubén FRACHIA, del subsidio correspondiente al amparo de lo establecido en la ley Nº 15.900 - artículo 5to., con sus concordantes y modificativas, conforme lo expresa la Asesoría Jurídica.
2) PASE a tales efectos al Departamento de Hacienda.
3) CONTINÚE luego al Municipio de FRAY MARCOS para la notificación del interesado.
4) CUMPLIDO de conformidad, oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.720/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02759.
MUNICIPIO DE CASUPÁ. REGULARIZAR SITUACIÓN FUNCIONAL.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el traslado de los funcionarios dependientes del Municipio de CASUPÁ.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de racionalizar los recursos humanos a fin de brindar a contribuyentes mejor servicio, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 17.695/2020.
RESOLUCIÓN Nº 17.721/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02449.
DIRECCIÓN DE VIALIDAD. RENOVACIÓN DE CONTRATO DEL FUNCIONARIO CARLOS MARÍA SOUZA FICHA 15314.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la renovación del contrato que se mantiene con el funcionario zafral dependiente del Dpto. de Vialidad, manteniendo la compensación que percibe.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con recursos humanos destinados a áreas donde la dinámica laboral así lo requiere, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución No. 17.545/2020.
RESOLUCIÓN Nº 17.722/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01625.
ANDREA CASTRO. AUTORIZA A ESC. JUAN MANUEL HERNÁNDEZ A ACCEDER A EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE LA PARCELA 884.
VISTO:
La gestión iniciada por la Sra. Andrea CASTRO y otros, solicitando sean devueltos los derechos sobre la parcela No. 884 perteneciente a la Necrópolis local.
RESULTANDO:
1) Que oportunamente le fueron cedidos a los dicentes los derechos de la parcela en cuestión, antecedentes contenidos en expediente Nº. 2009-86-001-00541.
2) Que los contribuyentes se apartaron de lo establecido en el art. 43 de la Ordenanza de Cementerios, por lo que no se cumplió con el plazo de construcción allí establecido, ni tampoco solicitaron prórroga a esos efectos, lo que determinó la pérdida automática de los derechos así como también de las obras que se realizaron las que quedaron a beneficio de la Administración.
ATENTO:
A lo expresado, diligenciada la prueba solicitada, y conforme a lo expresado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº. 29.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) NOTIFÍCASE a la Sra. Andrea CASTRO y otros, haciéndole saber la imposibilidad de acceder a lo peticionado, en virtud de no haber dado cumplimiento con lo establecido en la Ordenanza de Cementerios, pasando a tales efectos a División Administración Documental.
2) CON conocimiento del Departamento de Salud y Gestión Ambiental, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.723/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02042.
DIRECCIÓN ARQUITECTURA NÓMINA COOPERATIVAS DE VIVIENDAS. QUE A LA FECHA HAN SOLICITADO TERRENO PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS.
ATENTO:
Que por Resolución Nº 43/20 de Junta Departamental de FLORIDA se modifica la Resolución Junta Departamental de Florida Nº 03/2020, determinando el precio de las fracciones 1 y 2 del padrón urbano Nº 7345, con destino a construcción de viviendas.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE lo dispuesto por Resolución Nº. 43/2020 de la JUNTA DEPARTAMENTAL FLORIDA, modificativo del artículo 1º de la Resolución JUNTA DEPARTAMENTAL FLORIDA Nº 03/2020, determinando que el precio de la Fracción 1 del padrón 7345 es de 4.465 U.R. (cuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco Unidades Reajustables) y de la Fracción 2 es de 6.620 U.R. (seis mil seiscientos veinte Unidades Reajustables).
2) PASE a la Asesoría Notarial a los efectos dispuestos, a fin de dar cumplimiento a lo referido ut-supra, mediante la documentación correspondiente.
RESOLUCIÓN Nº 17.724/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02583.
ARTURO MALAN. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN 1990 DE FLORIDA.
VISTO:
La solicitud de prescripción de deuda del Impuesto de Contribución Inmobiliaria sobre el inmueble padrón urbano Nº 1990 de la ciudad de FLORIDA presentada por el Sr. Arturo MALAN.
RESULTANDO:
Que habiéndose evacuado la vista conferida, se ha acreditado la legitimación para el trámite, no existiendo registros de intimaciones, ni convenios pendientes de pago.
ATENTO:
A lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario, al dictamen favorable de la Asesoría Jurídica, y a lo anteriormente expuesto.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLÁRASE prescripto el derecho al cobro del Impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble padrón urbano Nº 1990 de la ciudad de FLORIDA, por el período que va hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a la documentación presentada y a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, y dar vista a la gestionante de la deuda que resulte desde el año 2015.
3) UNA vez celebrado el Convenio o acreditado el cobro, archívese; en caso contrario reingrese a la Asesoría Jurídica para continuar las acciones pertinentes.
RESOLUCIÓN Nº 17.725/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02593.
SANTIAGO MOLINA Y DAMIÁN GARCÍA. SOLICITAN AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES HÍPICAS (CARRERAS CORTAS) EN EL CAMPO PROPIEDAD DEL SR. VALVERDE UBICADO EN LA 8VA. SECCIÓN JUDICIAL DE LA LOCALIDAD DE LA CRUZ EL DÍA DOMINGO 06 DE DICIEMBRE DEL 2020.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Santiago MOLINA y otro, solicitando autorización para la realización de actividades hípicas el próximo 6 de diciembre en predio del Sr. VALVERDE ubicado próximo a la localidad LA CRUZ.
RESULTANDO:
Que de acuerdo con lo expresado por el Departamento de Salud y Gestión Ambiental, se cuenta con el protocolo correspondiente a cumplir destinado a los eventos de la citada naturaleza.
ATENTO:
A lo expresado y de acuerdo a lo indicado por el Departamento de Hacienda, respecto al pago de impuestos y otros.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR al Sr. Santiago MOLINA y otro a la realización de las actividades hípicas que promueven para el próximo 6 de diciembre, debiendo previamente abonar y acreditar los extremos indicados por el Departamento de Hacienda en actuación Nº. 5.
2) ESTABLECESE que esta Intendencia no será responsable de eventuales accidentes, siendo de responsabilidad de la organización contar con servicios de emergencia médica, debiendo por otra parte aplicar el protocolo sanitario agregado por el Departamento de Salud y Gestión Ambiental en actuación Nº. 2.
3) COMETER al Departamento de Salud y Gestión Ambiental, los controles y acciones que estime convenientes.
4) PASE para su notificación a la Unidad de Descentralización.
5) SIGA luego al Departamento de Salud y Gestión Ambiental y Departamento de Hacienda, para sus registros y demás efectos.
6) CUMPLIDO de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.726/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01926.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 896/20 FERREIRA ANA LAURA PLANTEAMIENTO SOLICITANDO FACILIDADES PARA ACCEDER AL SERVICIO DE BAROMÉTRICAS EN LAS LOCALIDADES DE MENDOZA CHICO Y MENDOZA.
RESOLUCIÓN:
1) REMITASE el presente expediente a la Junta Departamental de FLORIDA, en respuesta al planteo efectuado por la Sra. Edila Suplente Ana Laura FERREIRA, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.727/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02837.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS OBSERVA OC.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 70222 de la firma Laboratorio DISPERT S.A. (medicamento) por un importe de $ 2.267.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización del gasto fue posterior a la prestación del servicio, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar servicios externos para el normal cumplimiento de programas de salud dirigido a funcionarios, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.728/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02700.
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA. RENOVACIÓN DE CONTRATOS.
VISTO:
I) La Resolución Nº 17.653, de fecha 30 de octubre de 2020, por la cual se dispone la renovación de los contratos con los funcionarios dependientes del Dpto. de Logística, manteniendo las compensaciones que perciben.
II) Que la Resolución Nº 17.693, de fecha 9 de noviembre de 2020 establece que los mismos continuarán percibiendo la diferencia de sueldo que le fue otorgada en su oportunidad.
RESULTANDO:
I) Que según el informe de Dir. Contaduría -Sección Control Presupuestal- que la renovación de los contratos, compensación y diferencia de sueldo debe afectarse al objeto 021000, 042034, 042014 del programa 06000000, los cuales no cuentan con disponibilidad presupuestal.
II) Que el Dpto. de Recursos Humanos comunica que existen vacantes en los cargos y grados respectivos.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de Recursos Humanos en las Áreas de referencia, teniendo en cuenta la diversidad y cantidad de servicios que se prestan.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en las citadas Resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 17.729/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02838.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA OC.
VISTO:
I) Que conforme al informe de División Contaduría, se han efectuado diversas contrataciones de hs.- de servicio de pala cargadora a la firma ERONAL S.A. las cuales superan el monto autorizado para la Compra Directa, configurando fraccionamiento del gasto.
II) Que en base a lo expuesto precedentemente y lo establecido en el art 32 y art 33 TOCAF, la Sra. Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el gasto generado por las OC 6027 de fecha 31 de octubre de 2020 para el pago de la factura Nº 122, de la firma ERONAL S.A. por un importe de $ 115.900.
CONSIDERANDO:
Que es prioritario para la Administración mantener las condiciones de higiene ambiental, lo que amerita la reiteración del gasto.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el articulo 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, reiterándose el gasto observado.
2) PASE a sus efectos a la Unidad de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas y Departamento de Hacienda.
3) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.730/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02135.
PROSECRETARIA. SOLICITUD DE TOLERANCIA MARÍA DEL CARMEN AGUILAR PADRÓN 284 MANZANA 46, 25 DE MAYO.
VISTO:
La gestión iniciada solicitando Tolerancia calificada sobre la regularización de construcción en el padrón Nº 284, manzana No. 46 de 25 DE MAYO.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Arquitectura y según las irregularidades constatadas corresponde aplicar una alícuota de tolerancia del 25%, habiéndose cumplido con el procedimiento dispuesto por el decreto JDF 43/2018.
ATENTO:
A lo establecido en el Decreto Nº 43/2018 de la Junta Departamental de FLORIDA; al informe contenido en actuaciones Nº 8 y Nº 14 por parte del Departamento de Arquitectura y de la Asesoría Jurídica respectivamente.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DECLARAR la tolerancia calificada respecto al padrón Nº 284, manzana Nº 46 de la localidad de 25 DE MAYO, estableciéndose el cobro de un incremento en el Impuesto de Contribución Inmobiliaria equivalente a un 25%, a partir del día de la fecha, al amparo de lo establecido en el Decreto de la Junta Departamental de FLORIDA Nº 43/2018.
2) PASE a la Oficina Administrativa de 25 DE MAYO, para la notificación de la interesada.
3) CON anotaciones del Departamento de Hacienda y Departamento de Arquitectura, archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 17.731/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02830.
UNIDAD EJECUTIVA. ESTABLECER HORARIO DE VERANO DESDE EL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2020 AL 5 DE MARZO DE 2021 INCLUSIVE.
VISTO:
Que corresponde determinar los horarios para la próxima temporada estival.
ATENTO:
A las disposiciones legales en la materia.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) ESTABLECER para las Oficinas Administrativas de la Intendencia, el comienzo del horario de verano, desde el día 14 de diciembre del corriente año y hasta el día 5 de marzo de 2021 inclusive, de 8:00 a 14:00 horas, siendo la atención al público de 8:15 a 13:30 horas.
2) PASE a la Dirección General de Administración a sus efectos y librar las comunicaciones correspondientes.
3) SIGA luego a la Unidad de Comunicaciones y luego archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.732/20.
EXPEDIENTE Nº 2015-86-001-02778.
LUIS AGUIAR ALEJANDRO SILVA. SOLICITUD DE GENERADOR ELÉCTRICO PARA DATA CENTER.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la prórroga el contrato que se mantiene con la empresa SERVICIOS ELECTROMECÁNICOS S.A. para el mantenimiento del generador.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente en el programa y objeto a imputar, y que por otra parte la prórroga del contrato se realizó sin la intervención preventiva de la Cra. DELEGADA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, por lo que se encuentra viciado del principio de ejecución.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos para el normal funcionamiento de los equipos proveedores de energía, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Articulo 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 17.278/2020.
RESOLUCIÓN Nº 17.733/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02845.
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA. PARTIDA POR CAMBIO DE FLOTA LIVIANA.
ATENTO:
Al recambio de flota liviana programada, y al correspondiente pago de peaje de los nuevos vehículos.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR al Departamento de Hacienda a liberar a la Dirección de Logística y Coordinación de Áreas Externas una partida de $ 2.000 para el pago de peajes de referencia, la que deberá ser rendida en forma inmediata.
2) PASE a sus efectos a los Departamentos de Hacienda y de Logística.
3) CUMPLIDO, y efectuada la rendición correspondiente, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.734/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02722.
MIRTA BELIS. SOLICITA PRESCRIPCIÓN DEL PADRÓN Nº 1138 DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Horacio Delfino RODRÍGUEZ, solicitando la prescripción de adeudos generados por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón Nº. 1138 de FLORIDA.
RESULTANDO:
Que fue acreditada la documentación requerida por la Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el art. 38 del Código Tributario.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPÓNGASE la prescripción de adeudos generada por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria, padrón Nº. 1138 de FLORIDA hasta el ejercicio 2014 inclusive, conforme a lo previsto por el artículo 38 del Código Tributario.
2) PASE al Departamento de Hacienda para su registro, donde posteriormente se aprobará e intimará el pago de la deuda a partir del año 2015, de no registrarse la cancelación de lo devengado siga a la Asesoría Jurídica.
3) UNA vez acreditado su cobro, de conformidad archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.735/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02845.
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA. PARTIDA POR INTERCAMBIO DE FLOTA LIVIANA.
VISTO:
La observación realizada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, al gasto generado por la Resolución Nº 17.733 de fecha 13 de noviembre de 2020, por la cual se autoriza una partida de $ 2.000 a la Dirección de Logística para el pago de peajes, por no contar con disponibilidad presupuestal, en el Programa de afectación.
CONSIDERANDO:
Que razones de urgencia ameritan la reiteración del gasto.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el art. 114 del TOCAF manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CUMPLIDO, siga conforme a Resolución Nº 17.733/20.
RESOLUCIÓN Nº 17.736/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-01962.
UNIDAD EJECUTIVA. JUAN MIGUEL SIMÓN SALOMONE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA APERTURA DE UNA ACADEMIA DE CONDUCIR EN LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
Que el Sr. Juan Miguel SIMÓN SALOMONE solicita autorización para la instalación de una academia de conducir en la ciudad de FLORIDA y la documentación adjunta.
ATENTO:
A lo previsto por el Decreto JDF Nº 13/2019, a lo informado por la Dirección de Tránsito y Transporte en actuaciones Nº 5 y Nº 13 respectivamente y por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 16.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) OTORGAR permiso al Sr. Juan Miguel SIMÓN SALOMONE para la explotación de una Academia de Conducir en la ciudad de FLORIDA, condicionada a la obtención en un plazo razonable de la documentación relativa a la constitución (BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL Y DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA) de la empresa, en tramitación, y demás condiciones informadas por la Asesoría Jurídica.
2) PASE a Administración Documental para su notificación.
3) CONTINÚE al Departamento de Tránsito y Transporte para su conocimiento y seguimiento del caso conforme a lo indicado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº16.
4) CUMPLIDO, y con registro del Departamento de Hacienda, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.737/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02716.
ALEJANDRA CHÁVEZ. SOLICITA PERMISO PARA FERIA FRANCA DE LOS DÍAS SÁBADOS Y EXPOSICIONES.
VISTO:
La solicitud presentada por la artesana Sra. Alejandra CHÁVEZ para usufructo de espacio en Feria Franca de la ciudad de FLORIDA y los informes favorables de las Oficinas competentes.
ATENTO:
A lo dispuesto en Junta Departamental de Florida Nº 9/1997 que exonera a los pequeños artesanos de FLORIDA del pago del precio por el uso de espacio en las ferias francas.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CONCEDER autorización a la gestionante Sra. Alejandra CHÁVEZ, para el usufructo de un espacio en Feria Franca de PLAZA ASAMBLEA, con carácter precario y revocable, para la comercialización de las artesanías enumeradas en nota adjunta a actuación Nº 1, declarándose exonerada del pago del precio por uso del espacio conforme a lo dispuesto por el Decreto JDF 9/1997, debiendo ajustarse a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ferias Francas vigente.
2) PASE al Departamento de Salud y Gestión Ambiental - Grupo Inspectivo de Bromatología - a fin de notificar a la interesada, entregar copia de reglamentación e informar fecha de comienzo de actividades.
3) CON registro del Departamento de Hacienda, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.738/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02842.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. RESOLUCIÓN JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA Nº 44/20 APROBACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA EJERCICIO 2019.
ATENTO:
Que por Resolución Nº 44/20 de la Junta Departamental de FLORIDA de fecha 12 de noviembre del año en curso, se aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del citado órgano legislativo, Ejercicio 2019.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) HABIÉNDOSE tomado conocimiento de la resolución adoptada por la Junta Departamental de Florida No. 44/20, relativa a la aprobación de la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal de la Junta Departamental de Florida, Ejercicio 2019, pase para lo propio al Departamento de Hacienda.
2) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.739/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02841.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. RESOLUCIÓN JDF Nº 42/20 INCOMPATIBILIDADES OPCIONES O RENUNCIAS DE LOS MIEMBROS DE LOS MUNICIPIOS DEL GOBIERNO ELECTOS EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE FECHA 27 DE SETIEMBRE DE 2020.
ATENTO:
Que por resolución Nº 42/20 la Junta Departamental de FLORIDA de fecha 12 de noviembre del año en curso, se comunica a los Municipios sobre incompatibilidades, opciones o renuncias de sus miembros electos en los Elecciones Municipales de fecha 27 de setiembre de 2020.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) PONER en conocimiento de los Municipios de SARANDÍ GRANDE y FRAY MARCOS, la situación de eventuales incompatibilidades, opciones y renuncias de sus miembros, de acuerdo con lo expuesto en el Considerando I) de la citada Resolución.
2) SE remite a los Municipios de SARANDÍ GRANDE, CASUPÁ y FRAY MARCOS –formulario tipo de declaración jurada en texto adjunto en actuación Nº 1-, a los efectos de que sus miembros tengan presente el régimen de incompatibilidades y prohibiciones previsto en la Constitución de la República y procedan a su suscripción y posterior entrega en la Asesoría Notarial –Departamento de Asuntos Legales y de Transparencia-, de acuerdo lo dispuesto por Resolución Nº. 42/2020 de la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA.
3) PASE el presente a los Municipios de SARANDÍ GRANDE, FRAY MARCOS y CASUPÁ a los efectos establecidos en los numerales anteriores, con posterior reingreso a la Junta Departamental para su noticia.
4) CUMPLIDO, resérvese en la Asesoría Notarial.
RESOLUCIÓN Nº 17.740/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02834.
MUNICIPIO DE CASUPÁ. SOLICITUD DE LICENCIA REGLAMENTARIA DEL ALCALDE LUIS OLIVA.
ATENTO:
Estos antecedentes y lo informado por la Asesoría Notarial en Actuación Nº 4.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) SE toma conocimiento de la licencia reglamentaria solicitada por el Sr. Alcalde del Municipio de CASUPÁ Luis OLIVA, a partir del día 19/11/2020 y hasta el día 23/11/2020 inclusive, como asimismo que asumirá el cargo de Alcalde la Sra. Concejal Nidia SILVA VIÑOLI, por el plazo de la misma.
2) PASE a sus efectos a los Departamentos de Hacienda y Administración y al Municipio de referencia.
3) DE conformidad oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.741/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02843.
GRUPO INSPECTIVO BROMATOLÓGICO. SUGIERE LA SUSPENSIÓN TRANSITORIA DEL RECIBO DE SOLICITUDES DE ESPACIOS PARA EL INGRESO A LA FERIA FRANCA DE PLAZA ASAMBLEA EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DESDE EL 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 HASTA EL 11 DE ENERO DEL 2021.
VISTO:
El planteo efectuado por el Departamento de Salud y Gestión Ambiental – Grupo Inspectivo Bromatológico, respecto a la necesidad de suspender en forma transitoria las solicitudes de espacios en feria franca de esta ciudad, durante el período de las tradicionales fiestas.
RESULTANDO:
Que lo peticionado se fundamenta en la necesidad de proteger los derechos de los feriantes activos durante todo el año.
CONSIDERANDO:
Que por tanto resulta oportuno disponer el cese de recibo de aspirantes, para usufructuar espacios en ferias francas ubicadas en la ciudad de FLORIDA.
ATENTO:
A lo expuesto.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) DISPONER que en el período comprendido entre los días 30 de noviembre del corriente y 7 de enero próximo, no serán recibidas solicitudes de ciudadanos que aspiren al usufructo de un espacio en la Feria Franca ubicada en la PLAZA ASAMBLEA de la ciudad de FLORIDA, con el fin de salvaguardar la actividad de quienes gozan de los permisos durante todo el año.
2) PASE al Departamento de Salud y Gestión Ambiental, para su conocimiento y registro.
3) SIGA luego a la Unidad de Comunicaciones a fin de dar publicidad de lo dispuesto.
4) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.742/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02826.
CONTADOR DELEGADO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA CAJAS CHICAS.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas observa la rendición de Cuentas de la Caja Chica de los siguientes Departamentos:
a) Departamentos de Vialidad y de Obras por presentar documentación de firmas monotributarias.
b) Administración -Hipódromo- por contener facturas de la misma fecha, artículo e importe.
c) Cultura, Vialidad, Obras y Prosecretaría por exceder el tope establecido en la reglamentación.
CONSIDERANDO:
Que los gastos fueron generados por circunstancias excepcionales que ameritan su reiteración.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.743/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02829.
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA. REGLAMENTO DE USO O INTERVENCIÓN DEL CARTEL DE LAS LETRAS DE “FLORIDA”.
VISTO:
La iniciativa presentada por la Dirección de Cultura para la reglamentación de la intervención ciudadana en las letras del Cartel de FLORIDA.
RESULTANDO:
Que a solicitud de diferentes movimientos y organizaciones, las letras de FLORIDA, ubicadas en el acceso a la ciudad, en la intersección de las Rutas Nacionales N°5 y N°56, han sido intervenidas con aval de la Intendencia de FLORIDA en varias ocasiones, para acompañar expresiones sociales, artísticas, culturales.
CONSIDERANDO:
Que la Administración, entiende conveniente reglamentar la intervención, para ordenar y dar respuesta a las solicitudes que se reciben, dando lugar e importancia a la participación ciudadana.
ATENTO:
A lo informado por la Dirección General de Cultura y al visto bueno de la Asesoría Jurídica.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) APROBAR el “REGLAMENTO DE USO DE LAS LETRAS DE FLORIDA” en anexo a actuación Nº 3 de la Dirección General de Cultura.”
2) CON conocimiento del Departamento de Cultura, de la Asesorías Jurídica y de Unidad de Comunicaciones, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.744/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02542.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. EXPEDIENTE Nº 1269/20 SISTO MARGOT PLANTEAMIENTO DE LA SRA. EDIL REALIZADO EN HORA PREVIA DE SESIÓN DE FECHA 02 DE OCTUBRE DE 2020 REFERENTE A SOLICITUD PARA ERIGIR MONUMENTO A LA BIBLIA.
VISTO:
El planteamiento de la Sra. Edil Margot SISTO que recoge la solicitud de la Asociación de Pastores de FLORIDA tendiente a erigir un "MONUMENTO A LA BIBLIA" en la ciudad de FLORIDA.
CONSIDERANDO:
1) Que la mencionada Asociación considera que tal monumento contribuye a realzar la belleza de los espacios públicos de nuestra ciudad.
2) Que asimismo, dicho espacio agrega valor tanto turístico como cultural a la ciudad de FLORIDA.
3) Que el lugar elegido para levantar el monumento es en el triángulo que apunta hacia Av. ARTIGAS, frente de la PLAZA CONDE FLORIDA BLANCA.
4) Que el Departamento de Espacios Públicos informa que no existe impedimento para tal solicitud.
5) Que el Ejecutivo estima pertinente apoyar esta iniciativa.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en el art. 37 núm. 3 de la ley 9.515.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Elévese a la Junta Departamental de FLORIDA el presente proyecto de decreto:
Art. 1- Autorizar erigir un monumento a la BIBLIA en el triángulo que apunta hacia Av. ARTIGAS, frente de la PLAZA CONDE FLORIDA BLANCA.
Art. 2- Comuníquese, etc.
RESOLUCIÓN Nº 17.745/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02675.
UNIDAD EJECUTIVA. INICIATIVA DE PLANTACIÓN DE ÁRBOL Y COLOCACIÓN DE UNA PLACA PARA SIMBOLIZAR LA LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE MAMA.
ATENTO:
Que por resolución Nº 45/20 de la Junta Departamental de FLORIDA de fecha 12 de noviembre de 2014, se autoriza la colocación de placa en el solar nativo de la ciudad de FLORIDA, lindero al puente PIEDRA ALTA, donde se plantará un árbol de JUDEA, que tendrá el siguiente texto: “Este árbol simboliza la lucha contra el cáncer de mama, siendo nuestro aporte hacia la prevención, detección en forma permanente y visibilización de dicha enfermedad, no sólo en el mes de octubre. Gobierno Departamental de FLORIDA. COLECTIVO “SOMOS ROSAS”.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) CONTINÚE para su conocimiento y demás efectos a los Departamentos de Espacios Públicos, Abastecimiento y Hacienda.
4) CON registro de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.746/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02170.
DIRECCIÓN DE DESARROLLO SUSTENTABLE INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA INSTITUCIONES SOCIAS. PROYECTO DE “CONSOLIDACIÓN DE LA CADENA DE VALOR HORTÍCOLA EN FRAY MARCOS – LA ESCOBILLA FLORIDA” PRESENTADO ANTE LA AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO FONDO DE DESARROLLO TERRITORIAL 2020.
ATENTO:
Que por Resolución Nº. 41/2020 se autorizó a la Intendencia de FLORIDA a celebrar convenio con la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), y el Congreso de Intendentes (CNI), para la implementación del programa "CONSOLIDACIÓN DE LA CADENA DE VALOR HORTÍCOLA DE FRAY MARCOS-LA ESCOBILLA-FLORIDA", al tenor del texto adjunto que forma parte de la presente resolución.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, regístrese.
2) PASE a la Asesoría Notarial para que en coordinación con el Departamento de Desarrollo Sustentable, realicen las gestiones de estilo necesarias a fin de dar cumplimiento con la refrenda del convenio causa de estos obrados.
3) CUMPLIDO continúe para su conocimiento, cumplimiento de las obligaciones asumidas y demás efectos a los Departamentos de Hacienda y de Desarrollo Sustentable.
4) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese en la citada Asesoría.
RESOLUCIÓN Nº 17.747/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02497.
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS. CONVENIO ENTRE DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS E INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA.
ATENTO:
Que por Resolución Nº. 39/2020 de la Junta Departamental de FLORIDA, se autoriza la celebración de convenio con la Dirección Nacional de Vialidad, con el fin de facilitar obras en el Municipio de SARANDÍ GRANDE, al tenor del texto adjunto que forma parte de la presente resolución.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, regístrese.
2) PASE a la Asesoría Notarial para que en coordinación con el Departamento de Obras, realicen las gestiones de estilo necesarias a fin de dar cumplimiento con la refrenda del convenio causa de estos obrados.
3) CUMPLIDO continúe para su conocimiento, cumplimiento de las obligaciones asumidas y demás efectos a los Departamentos de Obras, Hacienda y Municipio de SARANDÍ GRANDE.
4) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese en la citada Asesoría.
RESOLUCIÓN Nº 17.748/20.
EXPEDIENTE Nº 2020-86-001-02479.
DESARROLLO SUSTENTABLE. ESTABLECIMIENTO DE RELACIONES AMISTOSAS ENTRE LA CIUDAD DE FLORIDA DEPARTAMENTO FLORIDA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA CIUDAD DE KAIFENG PROV. DE HENAN REPÚBLICA POPULAR CHINA.
ATENTO:
Que por Resolución Nº. 40/20 de la Junta Departamental de FLORIDA, se autoriza el acuerdo de hermanamiento entre las ciudades de FLORIDA y KAIFENG, a fin de realizar intercambio productivo, cultural, deportivo y comercial, al tenor de la carta intención que forma parte de la citada resolución.
LA INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, regístrese.
2) PASE a la Asesoría Notarial a sus efectos correspondientes, actuando en coordinación con el Departamento de Desarrollo Sustentable.
3) CUMPLIDO continúe para su conocimiento y demás fines establecidos al Departamento de Desarrollo Sustentable.
4) OPORTUNAMENTE y estando de conformidad, archívese en la Asesoría Notarial.
EN este estado, siendo el día dieciocho de noviembre de dos mil veinte, se firma la presente acta conjuntamente por la Sra. Intendente, Andrea BRUGMAN POZZI y el Secretario General, Sr. Álvaro RIVA REY.