Acta N° 94/2021
Resolución
Del N° 2.279/21 al N° 2.300/21
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ, asistido por el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 2279/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03013.
CONTADORA DELEGADA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 257 de la firma Diego SORIA (ases. técnico); factura Nº 48 de la firma Héctor PEÑA (arrend. inmueble); factura Nº 165 de la firma ERONAL S.A. (triturado residuos); factura Nº 329 de la firma Raúl OLIVERA (vigilancia); factura Nº 47 de la firma Eduardo CASANOVA (arrend. inmueble).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se encuentran vigentes los contratos con las empresas referidas.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos, a fin de dar cumplimiento con los programas que se promueven de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2280/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03011.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de las facturas Nº 6547, 6114 de la firma Estación MARY S.R.L. (nafta).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de lo gasto fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de dar continuidad a los programas que se promueven de bien público en todo el departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2281/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01108.
RUACOR S.A. PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA (P.A.I.) PADRÓN RURAL Nº 19.639 “FLORIDA LOGÍSTICO”.
VISTO:
La gestión iniciada por el Sr. Santiago GAYE PÉREZ en representación de RUACOR S.A., solicitando autorización para la transformación del padrón No. 19.639 cuya categorización es suelo rural potencialmente transformable, en un suelo categoría suburbano de actividades múltiples.
RESULTANDO:
Que la misma fue analizada por el Equipo de Ordenamiento Territorial, la cual no encontró observaciones, en dar prosecución al trámite.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por la Asesoría Jurídica, y en virtud de la potestad otorgada por el Art. 34 de la Ley 18.308, el padrón No. 19.639 que posee el atributo de “potencialmente transformable”, puede ser transformado en suelo categoría suburbano uso actividades múltiples, a través de un programa de actuación integrado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) COMUNICAR el inicio del Programa de Actuación Integrado del Padrón Rural 19.639 del Departamento de FLORIDA, para transformarse en suburbano uso actividades múltiples al amparo de lo establecido por el Art. 21 de la Ley 18.308 y Art. 44 del Plan Local de FLORIDA, a DINACEA y DINOT (junto a Documento de Avance del PAI y Estudio Ambiental Estratégico), cometiéndose a Prosecretaria la elaboración de los oficios pertinentes, remitiéndose los mismos al Área de Ordenamiento Territorial para su envío a dichos organismos, conjuntamente con los documentos citados.
2) COMUNICAR a DINACEA y DINOT que se dispone la puesta de manifiesto del PAI (Programa de Actuación Integrado) desde el día 11/10/2021 hasta el día 12/11/2021, cometiéndose a Prosecretaria la elaboración de los oficios pertinentes, remitiéndose los mismos al Área de Ordenamiento Territorial, para su envío a dichos organismos, con copia de la presente resolución.
3) NOTIFICAR al interesado que debe realizar la publicación correspondiente en un medio escrito de la ciudad y de circulación en el departamento, dando a conocer la puesta de manifiesto del PAI, en coordinación con el Área de Ordenamiento Territorial.
4) CUMPLIDO, resérvese en el Área de Ordenamiento Territorial y oportunamente previo informe de la Asesoría Jurídica, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 2282/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01844.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF. EXP. Nº 779/21. RODRÍGUEZ, GABRIELA. SOLICITUD DE INFORMES DE LA SRA. EDIL SOBRE ACCIONES CONCRETAS Y/O CONVENIOS ENTRE LA INTENDENCIA Y EL MVOT PARA TRABAJOS EN ASENTAMIENTOS.
RESOLUCIÓN:
1) CÚRSESE a la Junta Departamental de FLORIDA, el Oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta a la solicitud de informes efectuada por la Sra. Edil Gabriela RODRÍGUEZ.
2) CUMPLIDO archívese, previo conocimiento de la Junta Departamental.
RESOLUCIÓN Nº 2283/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02066.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF. EXP. Nº 841/21. TORRES LUDELMAR. SOLICITUD DE INFORMES DEL SR. EDIL SOBRE CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS.
RESOLUCIÓN:
1) CURSESE a la Junta Departamental de FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta al pedido de informe efectuado por el Sr. Edil Departamental Ludelmar TORRES.
2) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2284/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02496.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF. EXP. Nº 1008/21. RONDEAU ANÍBAL. SOLICITUD DE INFORMES DEL SR. EDIL SOBRE DESTINO DE UNA VIVIENDA DE MEVIR PADRÓN 769 Y REFUGIO DE CANES UBICADO EN LA MISMA DE LA LOCALIDAD DE CASUPÁ.
RESOLUCIÓN:
1) CURSESE a la Junta Departamental de FLORIDA, el oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta al pedido de informe efectuado por el Sr. Edil Departamental Aníbal RONDEAU.
2) CUMPLIDO archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2285/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-00614.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. JDF. EXP. Nº 296/21. RONDEAU ANÍBAL. SOLICITUD DE INFORMES DEL SR. EDIL SOBRE COSTO DE CONSULTORÍA DISPUESTA POR LA COMUNA PARA MEJORAR EL TRÁNSITO EN EL PRADO PIEDRA ALTA DE FLORIDA Y ESTUDIOS PROPIOS REALIZADOS.
RESOLUCIÓN:
1) CÚRSESE a la Junta Departamental de FLORIDA, el Oficio elaborado por la Dirección General del Departamento de Asuntos Legales y Transparencia, en respuesta a la solicitud de informes efectuada por los Sres. Ediles Aníbal RONDEAU y Alejo PÉREZ.
2) CUMPLIDO, archívese, previo conocimiento de la Junta Departamental.
RESOLUCIÓN Nº 2286/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02409.
CENTRO TÉCNICO DE EMPLEO ÁREA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO DE DESARROLLO SUSTENTABLE. CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA.
VISTO:
La Resolución Nº 1926 y 2033/21, de fecha 24 de agosto y 3 de setiembre de 2021, por la cual se contrata como empresa unipersonal monotributista MIDES a los trabajadores de la ONG BOQUITA, que quedaron cesantes y por la cual serán afectados a los Departamentos de Administración y Espacios Públicos.
RESULTANDO:
I) Que oficina de Control Presupuestal, informa que las contrataciones deben afectarse al objeto 278000, de los programas 07000000, 1501000000, los cuales no cuentan con disponibilidad presupuestal.
II) Que las contrataciones se realizaron sin la intervención preventiva de la suscrita, por lo que se encuentra viciado del principio de ejecución.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con de Recursos Humanos para efectuar tareas de mantenimiento y limpieza y servicios en función de la necesidad, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) TRAMITADO de conformidad, continúe con lo dispuesto en Resoluciones mencionadas en el visto.
RESOLUCIÓN Nº 2287/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02832.
DIEGO SASTRE. PRESENTA NOTA CON RELACIÓN A TRASLADO DE ESTUDIANTES DESDE CAMINO AL CEMENTERIO A LICEO FAUSTINO HARRISON DE SARANDÍ GRANDE A TRAVÉS DEL CONVENIO QUE MANTIENEN CON EL M.T.O.P.
VISTO:
La nota del adjudicatario de “traslado de estudiantes desde CAMINO AL CEMENTERIO a SARANDÍ GRANDE”, Sr. Diego SASTRE solicitando se revea el kilometraje diario recorrido.
RESULTANDO:
Que conforme a lo informado por el Dirección del Liceo de SARANDÍ GRANDE y por el Municipio se constata que el recorrido que realiza la empresa SASTRE, es de 440 km. promedio mensual por lo que corresponde ajustar la adjudicación a dicho kilometraje.
ATENTO:
A la Resolución Nº 1691/21 y a lo informado por los Departamentos de Desarrollo Social y Abastecimientos.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) MODIFICASE el numeral 8) de la Resolución Nº 1691/21, adjudicando a DIEGO SASTRE el traslado de estudiantes “de Camino del Cementerio a SARANDÍ GRANDE” con un recorrido mensual de 440 Km. a un precio de $ 38 el Kilómetro, conforme a su oferta y a lo informado por el Departamentos de Abastecimientos y por la Dirección General de Desarrollo Social en actuación Nº 8.
2) PASE al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CONTINÚE a Abastecimientos para notificación del adjudicatario, y a reserva en el Departamento de Desarrollo Social para su seguimiento.
RESOLUCIÓN Nº 2288/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02952.
CENTRO SOCIAL 12 DE OCTUBRE. SOLICITA PARA CARRERAS CORTAS A REALIZARSE EL 17 DE OCTUBRE EN EL HIPÓDROMO FLORIDA AMBULANCIA CON ENFERMERO Y DOCTOR.
VISTO:
La nota presentada por directivos del Club Social “12 DE OCTUBRE”, solicitando cooperación de la Intendencia para realizar carreras cortas en el Hipódromo IRINEO LEGUISAMO complementando la programación del clásico RAID HÍPICO BATALLA DE SARANDÍ.
ATENTO:
A lo informado por las Dirección General de Administración en actuación Nº 7 y al protocolo Sanitario anexo a actuación Nº 9.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR, en forma excepcional y por una única vez, el préstamo de las instalaciones del Hipódromo IRINEO LEGUISAMO al Club Social “12 DE OCTUBRE”, el día 17 de octubre del corriente, para la realización de “carreras cortas “, debiendo la organización prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma, y dar cumplimiento estricto de las medidas sanitarias establecidas en Protocolo adjunto a actuación Nº 9.
2) DISPONER una colaboración consistente en servicio de ambulancia con enfermero y doctor para el evento de referencia.
3) PASE a Administración Documental para notificación de la Comisión Directiva.
4) CONTINÚE a conocimiento del Departamento de Administración –Hipódromo IRINEO LEGUISAMO-, y al Departamento de Salud y Gestión Ambiental para dar cumplimiento a la colaboración dispuesta.
5) CUMPLIDO, de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2289/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02794.
JULIO CABRERA LUIS PÉREZ. CLUB SOCIAL ATLÉTICO FRAY MARCOS SOLICITA COLABORACIÓN ECONÓMICA Y PERMISOS PARA REALIZAR RAID ENDURO DE VAREO.
VISTO:
La gestión iniciada por el CLUB SOCIAL ATLÉTICO FRAY MARCOS, solicitando autorización para realizar actividades hípicas el próximo 10 de octubre.
ATENTO:
A lo expresado por las oficinas de competencia.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) AUTORIZAR la realización de las actividades hípicas promovidas para el próximo 10 de octubre por el CLUB SOCIAL ATLÉTICO FRAY MARCOS, estableciéndose que la organización deberá prever las medidas de seguridad y control que para el caso correspondan, deslindándose a la Comuna de toda responsabilidad por daños que se pudieren ocasionar ante bienes y personas, en el ejercicio de la actividad o en ocasión de la misma.
2) ESTABLÉCESE que se deberá dar cumplimiento con lo expresado por el Departamento de Hacienda en actuación Nº. 4, como así también aplicar los protocolos sanitarios agregados en actuación Nº. 9.
3) PASE a la Unidad de Descentralización para su conocimiento y notificación de los interesados.
4) CON registro del Departamento de Hacienda y Departamento de Salud y Gestión Ambiental, archívese de conformidad.
RESOLUCIÓN Nº 2290/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02270.
SRA. MÓNICA GONZÁLEZ GIBBS Y OTROS. SOLICITA DECLARACIÓN DE INTERÉS DEPARTAMENTAL SALÓN NACIONAL PUERTA GOURMET FLORIDA 1RA. EDICIÓN OCTUBRE 2021.
VISTO:
El Decreto Nº. 14/2021 sancionado por la Junta Departamental de FLORIDA, donde se declara de "Interés Turístico Departamental" a la primera edición del SALÓN NACIONAL PUERTA GOURMET FLORIDA.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA a la Dirección de Turismo para su conocimiento y notificación de los interesados.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2291/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02848.
ALCALDE SR. CAYETANO STOPINGI PRADO. SE SOLICITA LA APROBACIÓN DE LA CÁPSULA DEL TIEMPO PARA SER ENTERRADA EL 12 DE OCTUBRE DE 2021 DENTRO DE ACTOS OFICIALES.
VISTO:
La resolución Nº. 36/2021 adoptada por la Junta Departamental de FLORIDA, donde se autoriza al Municipio de SARANDÍ GRANDE, a colocar placa alusiva a cápsula del tiempo, que se ubicará en PLAZA GALLINAL de la misma ciudad, el próximo 12 de octubre.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA al Municipio de SARANDÍ GRANDE para su conocimiento.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2292/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02526.
SERVANDO ECHEVERRÍA PTE. HORACIO TELLECHEA SRIO. COLECTIVIDAD “VASCONIA FLORIDA” SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA ACTOS CONMEMORATIVOS DE LA DIÁSPORA VASCA DÍA 8 DE SETIEMBRE COLOCACIÓN DE PLACA.
ATENTO:
Que por resolución Nº 35/21 de la Junta Departamental de FLORIDA de fecha 1 de octubre del año en curso se autoriza la colocación de placa recordatoria, por parte de la Colectividad VASCONIA FLORIDA, junto a réplica del cuadro GUERNICA en acceso a la ciudad de FLORIDA.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) CONTINÚE a la Unidad de Administración Documental a fin de notificar a los gestionantes.
4) FECHO, siga para su conocimiento y demás efectos correspondientes para su cumplimiento a los Departamentos de Desarrollo Sostenible, Espacios Públicos y División Agrimensura.
5) CON registro de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2293/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03026.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 1299 de la firma Rafael BERTINI (mant. aire acondicionado).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que el contrato no se encuentra intervenido por la Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicio externos para el mantenimiento de equipos de aires acondicionados, en las distintas dependencias de la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2294/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03057.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 6005, 6855, 6947 de la firma Estación MARY S.R.L. (nafta); facturas Nº 84862, 84742 de la firma AGREMYARTE (esp. artístico).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que la fecha de autorización de los gastos fue posterior a la prestación de los servicios, por lo cual no se cumplió con el procedimiento de compra.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos a fin de dar cumplimiento con los programas de bien públicos promovidos, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2295/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01833.
DIRECCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN. SITUACIÓN FUNCIONAL.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la diferencia de sueldo entre su cargo y el Grado 9 del Escalafón Directivo otorgada al funcionario Sr. Eduardo PEDRAJA.
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se cuenta con vacantes en el grado y escalafón asignado.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de racionalizar los recursos humanos y asignar nuevas tareas en áreas que así lo requieren, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, continúese con la resolución Nº. 2261/2021.
RESOLUCIÓN Nº 2296/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03060.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 33 de la firma Lilián RAMÓN (arrend. inmueble); factura Nº 55 de la firma Antonio SICA (arrend. inmueble), factura Nº 10 de la firma Sonia CHIRIBALDE (recolección residuos).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se encuentran vigentes los contratos con las firmas mencionadas.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicios externos a fin de dar cumplimiento con los programas de bien público, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2297/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03061.
CR.D.T.C.R. OBSERVA CAJA CHICA.
VISTO:
Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa la rendición de cuentas de los fondos fijos de reposición perteneciente a la Oficina Administrativa de 25 DE AGOSTO, dado que se excede el tope establecido en la reglamentación y se incluyeron facturas por bienes cuya adquisición pudo ser prevista.
CONSIDERANDO:
Que los gastos fueron generados por circunstancias excepcionales que ameritan su reiteración.
ATENTO:
A lo dispuesto por el lit. b) del artículo 211 de la Constitución de la República, y a lo establecido en el art. 114 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y a intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.
3) CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2298/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-03028.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 136 de la firma Luciana Amaro (aux. servicio); factura Nº 31 y 30 de la firma Eliana Acosta (espacios verdes).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que no se encuentran vigentes los contratos con las firmas citadas para los servicios contratados.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar con servicio externos a fin de dar cumplimiento con los programas de higiene y mantenimiento de los espacios públicos, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2299/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-01797.
DR. OSCAR CARDOZO, ING. AGR. ÁLVARO SÁNCHEZ DESARROLLO SUSTENTABLE. FLORELAR S.A. TECNOLOGÍA DE VANGUARDIA EN LA PRODUCCIÓN DE FLORES DE CANNABIS CON CALIDAD CERTIFICADA.
VISTO:
El Decreto Nº. 13/2021 sancionado por la Junta Departamental de FLORIDA, donde se declara de "INTERÉS GENERAL DEPARTAMENTAL" el emprendimiento de la empresa FLORELAR S.A., sobre producción de flores de cannabis y sus derivados.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) CÚMPLASE, comuníquese, publíquese, regístrese, etc.
2) PASE para su comunicación y publicación a la Unidad de Comunicaciones.
3) SIGA al Departamento de Desarrollo Sustentable para su conocimiento y notificación de los interesados.
4) CON anotaciones de la Asesoría Jurídica, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 2300/21.
EXPEDIENTE Nº 2021-86-001-02980.
CR. D.T.C.R. OBSERVA FCN.
VISTO:
La observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago de la factura Nº 1126 de la firma AGROVETERINARIA EL ESTRIBO S.R.L (hipoclorito).
RESULTANDO:
Que la observación se fundamenta en que el gasto se efectuó en ejercicio anterior y se imputó en el año 2021.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de regularizar compromisos de pago con proveedores del departamento, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto y las potestades legales conferidas en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1) USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2) PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.
EN este estado, siendo el día ocho de Octubre de dos mil veintiuno, se firma la presente acta conjuntamente por el Intendente Ing. Guillermo LÓPEZ MÉNDEZ y el Secretario General Dr. Marcos PÉREZ MACHADO, designado a tales efectos.