Acta N° 946/2014
Resolución
Del Nº 17.328/14 al Nº 17.339/14
En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.
RESOLUCIÓN Nº 17.328/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03095.
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN, COMISIÓN FOMENTO Y LA ESCUELA Nº 33. SOLICITA AUTORIZACIÓN Y COLABORACIÓN QUE SE DETALLA PARA LA 9º EDICIÓN DE LA CORRE CAMINATA JUNTOS CON ESCUELA 33.
VISTO Y CONSIDERANDO:
La petición de colaboración del Consejo de Participación, Comisión Fomento y la Dirección de la Escuela Nº 33 de Contexto Socio Cultural Crítico, Quím. Farm. José V. Mendizábal, del Barrio Fernández Mura de nuestra ciudad, para la realización de la 9va. Edición de la Corre Caminata JUNTOS CON ESCUELA 33 y lo informado por los Departamentos de Cultura y Tránsito y Transporte.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APRUÉBASE lo actuado por los Departamentos de Cultura y Tránsito y Transporte, en relación a la colaboración coordinada, detallada en el Visto y Considerando.
2)CONTINÚE para su conocimiento y efectos a los Departamentos de Cultura y Tránsito y Transporte.
3)NOTIFICAR a los interesados lo informado en actuaciones Nº 3 y Nº 5, y estando de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.329/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03431.
LIGA DEPARTAMENTAL DE BOCHAS DE FLORIDA. SOLICITA COMBUSTIBLE PARA PARTICIPAR EN LOS CAMPEONATOS NACIONALES EN DIFERENTES CATEGORÍAS.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Liga Departamental de Bochas de Florida, solicita colaboración a efectos de participar en los Campeonatos Nacionales con distintos seleccionados del Departamento y teniendo en cuenta los servicios que presta a la comunidad, y la importancia de fomentar la practica de este Deporte tradicional en la vida social de nuestro País.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER una colaboración con la Liga Departamental de Bochas de Florida, consistente en 200 lts. de gasoil, a efectos de participar en diferentes fechas de los Campeonatos Nacionales con distintas Categorías.
2)PASE para conocimiento y registro al Departamento de Talleres y Depósitos.
3)NOTIFICADA la Institución gestionante, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.330/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03474.
PROSECRETARÍA. TRÁMITES DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN AUTORIZADOS POR LA INTENDENCIA Y QUE FUERON PRESENTADOS CON FIRMA FALSA DE PROFESIONAL ARQUITECTA.
VISTO:
Los antecedentes referidos al Expediente Nº 2014-86-001-01284 y la sugerencia de la Dra. Carrión realizada a fs. 77 (numeral IV) respecto de los trámites de Permisos de Construcción autorizados por la Intendencia y que fueron presentados con firma falsa de la profesional arquitecta Sandra Tabarez.
CONSIDERANDO:
Lo indicado por el Asesoría Jurídica al respecto en su dictamen contenido en actuación Nº 16 numeral 8 que se transcribe; “En este aspecto, se comparte parcialmente lo sugerido por la Dra. Sandra Carrión a fs. 77 (numeral IV).
El artículo 201 de la Ordenanza de Construcciones prevé que en las solicitudes de construcción, ampliación y/o reformas de planta o estructurales de edificio y de regularización de éstos, los planos y memoras descriptivas serán firmadas por Arquitecto o Ingeniero Civil. Al no poseer los trámites la firma profesional requerida por la norma, por haber sido falsificada por el Sr. Aguerre, podría concluirse con la Instructora sobre la nulidad de los Permisos otorgados.
Ahora bien, también podría sostenerse que el otorgamiento del Permiso de Construcción, bajo firma de un profesional arquitecto de la Intendencia o en su caso del funcionario público habilitado a tales efectos, operó una suerte de saneamiento de la omisión. Sin perjuicio de estimar que cada uno de estos trámites, así como los restantes en los que el Sr. Agüere participó suscribiendo el control técnico (PM Nos. 19441, 19641 y 20026), deben ser minuciosamente revisados por profesionales dependientes del Departamento de Arquitectura, a los efectos de ratificar o rectificar lo actuado, considero que la intervención y responsabilidad de la Intendencia debe limitarse a los aspectos que se encuentran comprendidos en el contralor habitual de los trámites de construcción.
En este sentido, a modo de ejemplo y estando a lo declarado por la Arq. Ana Pastorini a fs. 56 (respuesta a pregunta Nº 11), si los cálculos estructurales quedan fuera de ese control en un trámite común, no deberían integrar el objeto de la revisión y jamás la Intendencia podría responsabilizarse por tal cuestión.
Por otra parte y estando comprometido en dichos expedientes el interés de los particulares titulares de las construcciones, considero, de conformidad con lo sugerido por la Instructora, debe notificárseles en forma individual que la Administración procederá a revisar de oficio el P.M. de su inmueble, informándosele de la causa que amerita tal proceder.
Ante la notificación, el interesado podrá presentarse ante la Administración realizando las consideraciones que estime pertinentes.
Se entiende que para que el Permiso de Construcción pueda ser considerado válido, si de la revisión se concluye el ajuste a las normas constructivas vigentes, debe darse intervención a la Junta Departamental.
Previo a concluir sobre la mejor manera de proceder en este aspecto, sugiero se forme pieza aparte y se recabe la opinión de los funcionarios profesionales afectados al área de Arquitectura y sin perjuicio de las consultas externas que puedan resultar pertinentes realizar.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER que el Departamento de Arquitectura proceda a concluir sobre la forma de proceder respecto a los trámites indicados en el Visto de la presente resolución, con la opinión de los funcionarios profesionales afectados al área y en su caso efectuando consultas externas que puedan resultar pertinentes y de acuerdo a lo sugerido por la Asesoría Jurídica en informe citado.
2)PASE a los fines establecidos precedentemente al Departamento de Arquitectura.
3)OPORTUNAMENTE, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 17.331/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03473.
PROSECRETARÍA. TRÁMITES PRESENTADOS POR EL ARQUITECTO FERNANDO PÉREZ FUERA DEL PLAZO DE CULMINACIÓN DEL RÉGIMEN DE FRANQUICIAS.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Los antecedentes referidos al Expediente Nº 2014-86-001-01284, la sugerencia de la Dra. Carrión realizada a fs. 77 y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 16 numeral 7, respecto a la imposibilidad de que los trámites presentados por el Arq. Fernando Pérez pasado el horario de culminación del régimen de franquicias, sean tramitados bajo tal beneficio.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER que el Departamento de Arquitectura proceda a individualizar los trámites referidos en el Visto y Considerando de la presente resolución.
2)FECHO, corresponde otorgar vista al citado profesional por el término legal de todas estas actuaciones, a través de la Unidad de Administración Documental.
3)CUMPLIDO y previo informe del Departamento de Arquitectura y de la Asesoría Jurídica, reingrese a Despacho.
RESOLUCIÓN Nº 17.332/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03472.
PROSECRETRÍA. TRÁMITES CONVALIDADOS CON LA FIRMA AUTÉNTICA DE LA ARQUITECTA SANDRA TABAREZ, QUE SE ENCUENTRAN RETENIDOS EN EL DEPARTAMENTO DE ARQUITECTURA.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Los antecedentes referidos al Expediente Nº 2014-86-001-01284, la sugerencia de la Dra. Carrión realizada a fs. 76 y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 16 numeral 6, respecto de los trámites convalidados con la firma auténtica de la Arq. Sandra TABAREZ y que se encuentran retenidos en el Departamento de Arquitectura.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER previa verificación que los trámites referidos en el Visto y Considerando cumplan con los requisitos y normas legales del caso, su normal tramitación.
2)PASE a tales fines al Departamento de Arquitectura.
3)CUMPLIDO y estando de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.333/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03468.
PROSECRETARÍA. REINTEGRO DEL FUNCIONARIO SR. EDUARDO AGUERRE Nº 1213, PARA EJERCER FUNCIONES EN ÁREA DISTINTA AL DEPARTAMENTO DE ARQUITECTURA Y OBRAS, CESE DE SUSPENSIÓN PREVENTIVA Y RETENCIÓN DE MEDIOS SUELDOS ANTECEDENTE EXPEDIENTE Nº 01284/2014.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo expuesto por la Asesoría Jurídica en actuación Nº 16 del Expediente Nº 01284/2014, referente al sumario administrativo dispuesto con fecha 26 de marzo de 2014 al funcionario Sr. Eduardo Agüere y lo establecido en el artículo 125 del Estatuto del Funcionario.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER el reintegro inmediato del funcionario Sr. Eduardo Agüere Nº de Ficha 1213 para ejercer funciones en un área distinta al Departamento de Arquitectura y al Departamento General de Obras, estableciéndose el cese de la suspensión preventiva y de la retención de los medios sueldos, ordenada por el expediente referido en el Visto y Considerando.
2)PASE para su cumplimiento y demás efectos, a los Departamentos de Administración y Hacienda, respectivamente.
3)CUMPLIDO y estando de conformidad, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.334/14.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-02302.
GRUPO INSPECTIVO DE GESTIÓN AMBIENTAL. ACTUACIÓN EFECTUADA EN CALLE FREIRE, NÚMERO 482, POR EVACUACIÓN DE AGUAS SERVIDAS HACIA LA VÍA PÚBLICA. RESOLUCIÓN.
1)CÚRSESE Oficio a autoridades de OSE Departamentales, solicitando se nos informe sobre la posibilidad de que se cuente con red de saneamiento en la calle Freire entre Independencia y Gallinal, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2)PASE al Departamento de Salud y Gestión Ambiental.
RESOLUCIÓN Nº 17.335/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03148.
JUZGADO LETRADO DE 1RA. INSTANCIA DE FLORIDA, OFICIO 1234/2014. SOLICITA INFORMACIÓN EN AUTOS “MARTÍNEZ NOELIA C/VICTOR ADIB. LABORAL”.
RESOLUCIÓN:
1)CÚRSESE Oficio al Juzgado Letrado de 1era. Instancia 3er. Turno en respuesta al propio en autos caratulados “Martínez Noelia c/Víctor Adib. Laboral” remitiendo la información elaborada por las oficinas competentes.
RESOLUCIÓN Nº 17.336/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-01284.
DIRECCIÓN ARQUITECTURA. FUNCIONARIO DANIEL MACHADO CURSA SITUACIONES ACAECIDAS.
VISTO:
Estos antecedentes administrativos relativos al sumario administrativo instruido al funcionario Sr. Eduardo Agüere, Ficha 1213.
CONSIDERANDO:
I)Que del procedimiento disciplinario instruido, surge prueba suficiente de la comisión, por parte del sumariado, de más de una falta disciplinaria.
II)Que como se indica en los informes de la Instructora, Dra. Sandra Carrión que obran agregados de fs. 66 a 80 y 120 a 123 y de la Asesoría Jurídica en actuación Nº 16, surge prueba suficiente de que el funcionario procedió a falsificar la firma de la Arquitecta Sandra Tabárez en los trámites que se individualizan con los siguientes números de Permiso Municipal, fecha, Padrón/Localidad y Propietario, respectivamente:
a)19307 18/09/2008 489 Cardal C. Trujillo.
b)19599 20/01/2010 8569 Florida C. Aragonés.
c)19655 14/04/2010 4230 Florida M. Moreira.
d)19732 29/07/2010 2178 Sarandí Grande Estela De María.
e)19733 30/07/2010 254 Casupá Olga Méndez.
f)19744 09/08/2010 742 Florida Caprese S.A.
g)19916 16/03/2011 1039 Florida Alfonso Costábile. h)19923 29/03/2011 5058 Florida Lourdes Dávila.
i)19980 09/06/2011 386 Casupá Isabel Pacheco.
j)19999 04/07/2011 108 25 de Mayo Gladys de León.
k)20084 26/09/2011 1525 Casupá Ruben Rodríguez.
l)20160 10/01/2012 3170 Sarandí Grande Laura Giordano.
ll)20168 23/01/2012 4311 Florida José Delgado.
m)20191 4/03/2012 448 Florida G. Alvarez. n)20309 02/08/2012 5058 Florida Souza-Dávila.
ñ)20474 02/01/2013 830 Florida Julieta Ruy.
o)20553 25/04/2013 2916 Florida Rubén Blanché.
p)20643 31/07/2013 4420 Florida Fernando Barbé.
q)20669 29/08/2013 7464 Florida Carmen Marichal.
r)20714 07/10/2013 1189/001 Florida Luisa Cambio.
III)Que sin perjuicio de las falsificaciones referidas, el funcionario Eduardo Aguerre, además de presentarlos ante la Administración, participó directamente en el procedimiento posterior, suscribiendo el control técnico, previo a la concesión del Permiso. Tales son los casos de los Permisos Nos. 19599 y 20084.
IV)Que también participó suscribiendo el control técnico en los Permisos de Construcción Nos. 19441, 19641 y 20026, trámites de la referida Arquitecta.
V)Que la falsificación constituye delito tipificado por la ley penal y sin perjuicio de que pueda haber eventualmente incurrido en otras figuras delictivas, cuestión a determinar por la Justicia competente.
VI)Que el funcionario ha violado además en forma reiterada la previsión contenida en el artículo 25 numeral 1 del Estatuto del Funcionario del Gobierno Departamental de Florida. VII)Que si bien no existe al presente pronunciamiento de la Justicia, única competente para tipificar una conducta como “delito”, resulta claro que los actos desplegados por el sumariado evidencian ineptitud moral para el desempeño de la función pública.
VIII)Que el Ejecutivo Departamental, de conformidad con lo sugerido por la Instructora Sumariante y por la Asesora Jurídica, estima corresponde sancionar al funcionario con la pena de destitución.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 275 numeral 5 de la Constitución de la República; EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
ELEVAR estas actuaciones a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, solicitando anuencia para destituir al funcionario Sr. Eduardo Agüere, Ficha 1213.
RESOLUCIÓN Nº 17.337/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03029.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, RODRÍGUEZ GABRIELA. SOLICITUD DE INFORMES DE LA SRA. EDILA DEPARTAMENTAL REFERENTE FUNCIONARIOS QUE SE DESEMPEÑARON EN EL DEPARTAMENTO DE TRÁNSITO DE LA COMUNA DESDE 2012 A LA FECHA.
RESOLUCIÓN.
1)CÚRSESE Oficio a la Junta Departamental de Florida, en respuesta al pedido de informes efectuado por la Sra. Edila Gabriela Rodríguez, pasando a tales efectos a la Unidad Asesora.
2)CUMPLIDO, archívese.
RESOLUCIÓN Nº 17.338/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-00792.
JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, AMBROSIO RAMÓN. PLANTEAMIENTO DEL SR. EDIL DEPARTAMENTAL EN LA HORA PREVIA REFERENTE A REPARACIONES DE O.S.E.
RESOLUCIÓN.
1)CÚRSESE Oficio a Obras Sanitarias del Estado, remitiendo el planteamiento formulado por el Sr. Edil Departamental, Ramón Ambrosio, pasando a tales efectos a la Prosecretaría.
2)CUMPLIDO, continúe a la Unidad de Administración Documental a fin de reservarse por un tiempo prudencial en espera de la respuesta pertinente.
RESOLUCIÓN Nº 17.339/14.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05570.
COMISIÓN DELEGADA DE CARDAL. SOLICITA SE REALICEN GESTIONES ANTE O.S.E. PARA CONEXIÓN DE AGUA AL PARQUE CENTENARIO Y AMPLIACIÓN DE RED AL CEMENTERIO LOCAL.
RESOLUCIÓN.
1)CÚRSESE Oficio a Autoridades de OSE Departamentales, a fin de solicitar la conexión de red de agua potable al Parque Centenario y Necrópolis de la localidad de Cardal, adjuntándose las cédulas Catastrales contenidas en paquete, pasando a tales efectos a Prosecretaría.
2)CON conocimiento de la Oficina Administrativa de Cardal, resérvese en División Administración Documental.
EN este estado, siendo el día tres de setiembre de dos mil catorce, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.