Acta N° 955/2014

Resolución

Del Nº 17.486/14 al Nº 17.497/14

En el local de la Intendencia de Florida, el Intendente de Florida, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN, asistido por la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan.

RESOLUCIÓN Nº 17.486/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03605.
CLUB SOCIAL CASUPÁ. SOLICITA SE DECLARE DE INTERÉS DEPARTAMENTAL Y EXONERACIÓN DE IMPUESTOS EL 29º RAID FEDERADO “CASUPÁ AL PRÓCER”, QUE SE LLEVARÁ A CABO LOS DÍAS 4 Y 5 DE OCTUBRE.
VISTO:
La solicitud realizada por el Dr. Diego Salas en su carácter de Presidente del Club Social Casupá de que se declare de Interés Departamental el 29º Raíd Federado “CASUPÁ AL PRÓCER”.
CONSIDERANDO:
1)Que el evento es organizado por El Club Social Casupá conjuntamente con el Grupo de Apoyo de las pruebas hípicas en forma conjunta, poniendo su mejor esfuerzo y dedicación para la concreción del mismo.
2)Que permitirá que el Municipio de Casupá se vea enaltecido con la presencia de competidores y visitantes de todo el país.
3)Que este tipo de acontecimientos otorgan a las ciudades del interior del Departamento un movimiento positivo, tanto en lo que respecta a actividades sociales, deportivas como comerciales.
4)Que es interés del Ejecutivo, estimular, promover y apoyar este tipo de eventos que redundan en beneficio de las localidades, y en particular cuando se trata de exaltar nuestras costumbres y tradiciones.
ATENTO:
A lo expuesto y dispuesto en el Decreto 41 del año 1995.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
Art. 1)Declárese de Interés Departamental el 29º Raid Federado “CASUPÁ AL PRÓCER” a realizarse los días 4 y 5 de Octubre en la ciudad de Casupá, incluyéndose al evento dentro de la Categoría C del Decreto 41/95.

RESOLUCIÓN Nº 17.487/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03607.
DIEGO SALAS, PRESIDENTE. COMISIÓN DIRECTIVA DEL CLUB SOCIAL CASUPÁ, SOLICITA TROFEO Y COLABORACIÓN ECONÓMICA PARA RAÍD “CASUPÁ AL PRÓCER” 29º EDICIÓN. VISTO:
La solicitud de colaboración gestionada por el Club Social Casupá, con motivo de una nueva edición del Raid Hípico Federado “Casupá al Prócer”.
CONSIDERANDO:
Que resulta pertinente acompañar eventos de esta naturaleza, que además de fomentar la actividad deportiva, convoca participantes y aficionados de todo el País generando movimiento turístico y comercial.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER una colaboración económica de $ 12.000 (doce mil pesos) con la Comisión Directiva del Club Social Casupá como contribución a la organización del XIX Raid Federado “Casupá al Prócer”.
2)FACULTAR al Departamento de Descentralización a hacer entrega de un trofeo para la premiación del evento.
3)PASE al Departamento de Hacienda para su registro y demás efectos.
4)SIGA al Departamento de Descentralización para conocimiento y notificación de los interesados y cumplido, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.488/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03635.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS. COMUNICA RESOLUCIÓN ADOPTADA ANTE LA SOLICITUD DE LA INTENDENCIA DE FLORIDA DEL PASE EN COMISIÓN DE LA LIC. MAGDALENA STRANEO ABREU, PERTENECIENTE A ESA SECRETARÍA DE ESTADO.
RESOLUCIÓN.
1)HABIÉNDOSE tomado conocimiento de lo resuelto por el Ministerio de Economía y Finanzas, archívese, previo registro de la Dirección General de Administración: Departamento de Recursos Humanos.

RESOLUCIÓN Nº 17.489/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-02911.
CENTRO SOCIAL RESIDENTES DE SARANDÍ GRANDE. SOLICITA COLABORACIÓN ECONÓMICA Y TROFEO PARA 22º RAID HÍPICO QUE SE REALIZARÁ EL DÍA 17 DE AGOSTO DE 2014.
VISTO:
Que conforme al informe de División Contaduría -Sección Control Presupuestal-, el gasto que insume la colaboración económica en efectivo de $ 20.000 al Centro Social Residentes de Sarandí Grande, no cuenta con disponibilidad presupuestal,
CONSIDERANDO:
I)Que en base a lo expuesto precedentemente y lo establecido en los Arts. 15 y 114 del TOCAF, la Sra. Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el gasto.
II)Que dicho gasto responde a la necesidad de prestar apoyo a instituciones sociales que trabajan al servicio de la sociedad, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el TOCAF reiterándose el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y Unidad de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República.
3)CUMPLIDO, continúese con lo dispuesto precedentemente en la resolución dictada por el Ejecutivo Comunal.

RESOLUCIÓN Nº 17.490/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03611.
CR. D.T.C.R. OBSERVA RELACIÓN DE PAGO 29.107.
VISTO:
La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por la adquisición de materiales y otros a Empresas proveedoras.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de contar por razones de urgencia con insumos y servicios para el normal funcionamiento de las dependencias de la Comuna, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el Art. 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.491/14.
EXPEDIENTE Nº 2013-86-001-05979.
JUAN PABLO CAMPS POR JEBELINK S.A. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA FRACCIONAR EL PADRÓN 1272, MANZANA 83 DE LA CIUDAD DE FLORIDA.
VISTO:
Que por Oficio Nº 276/2014 que luce adjunto a actuación Nº 52, se solicitó a la Junta Departamental la devolución de estos antecedentes administrativos por las razones que se exponen en el mismo.
CONSIDERANDO:
I)La solicitud formulada por JEBELINK S.A., a los efectos de que se considere una tolerancia de altura a la obra que se proyecta realizar en el padrón de su propiedad Nº 1272, manzana Nº 83 de la localidad catastral Florida.
II)Que según obra acreditado en la documentación agregada a estas actuaciones, JEBELINK S.A. es propietaria del padrón Nº 1272 de la localidad catastral Florida.
III)Que en Expediente anexo Nº 03543/2013, se solicitó por su representante, una tolerancia de altura para las obras de referencia, fundada en la necesidad de construir un lugar para estacionamiento, teniendo presente la congestión del tránsito existente en la zona centro de la ciudad.
IV)Que previo informe del área técnica del Departamento de Arquitectura en actuación Nº 4, se expidió en la Nº 8 el Área de Ordenamiento Territorial en forma favorable a la petición y se expidió constancia que luce anexa a actuación Nº 9 de la Oficina de Urbanismo y Vivienda.
V)Que con posterioridad, se presenta nuevamente el representante de la sociedad, solicitando un aumento de la tolerancia otorgada hasta 32 metros 35 centímetros, sin contar los servicios (sala de máquinas del ascensor y tanque de agua).
VI)Funda la petición en razones técnicas, resultando, a raíz de un estudio de suelos, la decisión de no excavar y realizar las cocheras en dos niveles por encima del nivel 0.
Se manifiesta que al realizar el estudio de la estructura en el proyecto ejecutivo, la misma requiere que la Planta Baja y el Primer nivel tengan una altura mayor a la mínima reglamentaria de 2,40 mts., debido a una serie de transiciones que deben sufrir los pilares para poder transmitir los esfuerzos a la cimentación.
VII)Que en actuación Nº 16, la Dirección del Departamento de Arquitectura informa que al iniciarse la gestión se solicitó a la propietaria la construcción de estacionamientos aunque no existiera normativa que lo exigiera, dado el congestionamiento de vehículos en la zona, dando por este motivo una opinión favorable a la tolerancia de altura pedida al igual que el Área de Ordenamiento Territorial en la actuación Nº 23 y la Dirección de Urbanismo y Vivienda en la Nº 24.
VIII)Que la Asesoría Jurídica dictaminó en actuación Nº 36, entendiendo que de acuerdo al artículo 31 de la Ordenanza de Construcciones la Intendencia está facultada para no aplicar la prescripción que el mismo establece en cuanto al límite máximo de altura e inclusive para imponer un límite menor, hasta tanto no se disponga de planes reguladores de urbanismo.
IX)Que sin perjuicio de ello y atendiendo a lo informado por el Sr. Director de Urbanismo y Vivienda en la actuación Nº 45, el Ejecutivo Departamental estimó conveniente elevar la petición a consideración de la Junta Departamental.
X)Que en virtud que la Asesoría Letrada del organismo citado precedentemente, consideró que no corresponde al Legislativo Departamental autorizar la construcción peticionada (en tanto dicha potestad está dada exclusivamente a la Intendencia por el artículo 31 de la Ordenanza de Construcciones y que además no resulta preceptivo en el caso planteado requerir su anuencia), se solicitó la devolución de estos antecedentes administrativos, como se indicó en el Visto de la presente Resolución.
ATENTO:
A lo establecido en la Ordenanza de Construcciones y a los informes técnicos efectuados. EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DEJAR sin efecto la Resolución Nº 17.235/14, de fecha 18 de agosto del presente año, por los fundamentos expuestos.
2)AUTORIZAR a JEBELINK S.A., la construcción en el inmueble de su propiedad empadronado con el número 1272, sito en la manzana Nº 83 de la localidad catastral Florida, con la altura máxima de 32,35 metros, además de la sala de máquinas del ascensor y tanque de agua, debiendo tomar conocimiento los Departamentos de Obras, Urbanismo y Vivienda y Arquitectura.
3)PASE a la Unidad de Administración Documental a fin de notificar a los interesados.
4)FECHO, continúe en cuanto al proyecto de fraccionamiento y demás aspectos relativos a la construcción al Departamento de Obras, conforme a sus facultades delegadas.

RESOLUCIÓN Nº 17.492/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-01852.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE PARA JUNTAS DE CHAMIZO, FRAY MARCOS Y MUNICIPIO DE CASUPÁ.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El vencimiento del contrato que se mantiene con el Sr. Marcelo Rijo y teniendo en cuenta que se ha valorado como positiva su función siendo necesario contar con sus servicios.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)DISPONER sea renovado el contrato que se mantiene con el funcionario Sr. Marcelo Rijo, ficha Nº 11331, a la orden del Departamento de Informática, a partir de su vencimiento y por el término de seis meses, en las mismas condiciones en él establecidas.
2)PASE a los Departamentos de Administración y Hacienda, para su registro, notificación y demás efectos.
3)CON conocimiento del Departamento de Informática, de conformidad, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.493/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03541.
CR. D.T.C.R. OBSERVA RELACIÓN DE PAGO 29.061.
VISTO:
La observación formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, a los gastos insumidos por el pago a Tesorería por un importe total de $ 214.745,42, por concepto de complemento y viáticos.
CONSIDERANDO:
Que dicho gasto responde a la necesidad de hacer efectivo el pago de las obligaciones mensuales, conforme las tareas asignadas a funcionarios, debiendo en consecuencia mantener el gasto observado.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)USAR de las facultades establecidas en el Art. 15 y 114 del TOCAF, manteniéndose en consecuencia el gasto observado.
2)PASE a sus efectos al Departamento de Hacienda y con intervención de la Unidad Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.494/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-02919.
LUISA HERNÁNDEZ. SOLICITA DEVOLUCIÓN DE IMPORTE DE LICENCIA DE CONDUCIR LA CUAL ABONÓ POR ERROR.
RESOLUCIÓN.
1)DISPONER que el Departamento de Hacienda, haga efectiva la devolución a la Sra. Luisa Hernández de lo devengado por trámite de Licencia de Conducir, debiendo acreditar el recibo original de pago, de acuerdo a lo expresado por las oficinas de competencia.
2)NOTIFICADA la interesada y con registro del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.495/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03166.
SHIRLEY CHIRIBALDE. ACREDITACIÓN DE CUENTA CORRIENTE A PADRONES DE SU PROPIEDAD.
RESOLUCIÓN.
1)AUTORIZAR al Departamento de Hacienda a acreditar a los padrones Rurales Nos. 4400 y 4742, lo pagado por el Padrón Rural Nº 605, $ 572, propiedad de la Sra. Shirley Chiribalde, por encontrarse este último exonerado por tener menos de 200 Has. CONEAT.
2)CON registro del citado Departamento y notificada la interesada archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.496/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-03396.
BERNARDO NICOLAS GARCÍA VAIRO. SOLICITA DEVOLUCIÓN DEL COSTO DE LICENCIA DE CONDUCIR POR HABER ABONADO 2 VECES.
RESOLUCIÓN.
1)AUTORIZAR al Departamento de Hacienda a hacer efectiva la devolución al Sr. Bernardo García, de lo devengado por concepto de Licencia de Conducir $ 1.521, en virtud de haber duplicado su pago, debiendo acreditar el recibo original de pago.
2)NOTIFICADO el interesado y con registro del Departamento de Hacienda, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 17.497/14.
EXPEDIENTE Nº 2014-86-001-02233.
CARLOS RENE GERADA CURBELO. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA REPARCELAR EL PADRÓN URBANO Nº 3258, MANZANA 215 DE LA CIUDAD DE SARANDÍ GRANDE.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y los informes que anteceden de los Departamentos de Hacienda, Arquitectura y División Agrimensura.
EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE:
1)APROBAR el presente reparcelamiento del Padrón Nº 3258 de la ciudad de Sarandí Grande, manzana Nº 215, propiedad del Sr. Carlos René GEREDA CURBELO y otra, de acuerdo a la Certificación Notarial adjunta a las presentes actuaciones.
2)PASE a los efectos de su notificación al Municipio de Sarandí Grande.
3)CONTINÚE luego a División Agrimensura a fin de efectuar los registros, control de pago de los derechos correspondientes, librar las comunicaciones de estilo y demás que corresponda.
4)ESTANDO todo de conformidad, archívese.

EN este estado, siendo el día once de setiembre de dos mil catorce, se firma la presente acta conjuntamente por el Sr. Intendente, Sr. Carlos ENCISO CHRISTIANSEN y la Sra. Secretaria General, Dra. Macarena RUBIO FERNÁNDEZ.