Seis decretos que fortalecen la normativa ambiental
A continuación se detallan los principales aspectos de estos decretos y sus textos completos:
- Decreto N° 213/025: Gestión de residuos de obras de construcción, reforma o demolición (ROCs) - Reglamentación de la Ley nº. 19.829
Promueve la gestión integral de los ROCS: clasificación, reuso, reclclado, valorización, almacenamiento, tratamiento, transporte y disposición final.
Minimiza la generación de residuos de obra, promoviendo la reutilización de materiales, la economía circular y una gestión adecuada a través de operadores habilitados.
Exige mantener registros y aplicar sistemas de trazabilidad para garantizar controles efectivos en todo el proceso.
Obliga a presentar planes de gestión para las obras que requieren permisos, asegurando orden y previsibilidad.
Define criterios claros para las alternativas de destino final, fortaleciendo la transparencia y las buenas prácticas del sector.
Establece la responsabilidad al generador del residuo: titular de las obras o permisos de construcción.
- Decreto N° 227/025: Gestión de baterías usadas o a ser desechadas - Derogación el Decreto nº. 373/003
Incorpora baterías de la movilidad eléctrica en la línea con la segunda transición energética.
Promueve el segundo uso de baterías propiciando alternativas de almacenamiento de energía.
Impulsa la economía circular mediante la recuperación de materiales críticos y la reducción de pérdidas en la cadena.
Actualiza la gestión de las baterías de plomo ácido.
Articula con el decreto de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (292/024).
Establece la responsabilidad al generador del residuo: exige planes maestros de recolección, traslado, almacenamiento, tratamiento y valorización de los residuos.
Esto significa más control, mejor información y una gestión de residuos orientada a la circularidad.
- Decreto N° 179/025: Donaciones de alimentos para el consumo humano - Reglamentación de la Ley n.º 20.177
Promueve la donación de alimentos aptos para consumo, evitando su desperdicio y destinándolos a quienes los necesitan.
Establece beneficios fiscales para las empresas donantes, incentivando su participación y compromiso.
Prohíbe el enterramiento de alimentos como forma de disposición final, impulsando prácticas responsables y sostenibles.
Exige registrar toda la información de las donaciones en un sistema gestionado por el Ministerio, garantizando trazabilidad y transparencia.
Esto significa menos desperdicio, más responsabilidad y un sistema de donaciones con control y respaldo institucional.
- Decreto N° 226/025: Prevención y control de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas
Previene la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas estableciendo objetivos de calidad y condiciones para las actividades potencialmente contaminantes.
Regula, con una mirada integral, no solo los vertidos, sino que actualiza estándares de calidad y parámetros de control, e incorpora nuevos contaminantes y sustancias antes no reguladas.
Incorpora el agua subterránea y promueve su investigación para la mejora de su conocimiento.
Incluye no solo fuentes puntuales de contaminación (industrias, saneamiento, tambos), sino también la contaminación difusa vinculada a actividades productivas como la agricultura.
Actualiza en línea con las exigencias de la OMS, los parámetros microbiológicos para playas y aguas recreativas (enterococos y otros), y la obligación de señalizar lugares no aptos para baño.
Controla la gestión de barométricas, exigiendo que los residuos líquidos se descarguen únicamente en lugares autorizados, con trazabilidad y control. Se termina el vaciado irregular en cursos de agua.
Protege los recursos hídricos con una mirada de cuenca y conservación de los ecosistemas acuáticos.
Esto significa más prevención, mejores controles y decisiones basadas en evidencia.
- Decreto N° 228/025: Declaración de Humedales de Importancia Ambiental - Reglamentación del art. 159 del Código de Aguas
Protege los humedales reconociendo su importancia para la conservación de la biodiversidad y la provisión de servicios ecosistémicos.
Establece 37 humedales de importancia ambiental totalizando 800.000 hectáreas protegidas, en las cuencas Santa Lucía, Río Negro, Río de la Plata, Laguna Merín y Océano Atlántico.
Prohíbe la desecación, el drenaje y cualquier obra o actividad que altere el régimen hidrológico o implique pérdida de vegetación natural, asegurando la integridad de los ecosistemas.
Exige autorización ambiental previa para intervenciones en humedales no declarados de importancia ambiental cuando superen las 50 hectáreas, fortaleciendo el control y la prevención.
Impulsa la creación de un registro de humedales de importancia ambiental para mejorar su identificación, gestión y protección a nivel nacional.
- Decreto N° 187/025: Reglamenta las actividades u obras que puedan afectar el drenaje y escurrimiento de las aguas en entornos urbanos y suburbanos
Regula las actividades y obras que puedan afectar el drenaje y el escurrimiento de aguas pluviales en áreas urbanas y suburbanas, garantizando una intervención responsable del territorio.
Introduce lineamientos para una gestión sostenible del agua de lluvia, orientados a preservar los ciclos hidrológicos naturales.
Conserva y restaura los cuerpos de agua en la ciudad —incluidas las cañadas— promoviendo soluciones basadas en la naturaleza para mejorar la resiliencia urbana.
Fortalece la coordinación interinstitucional para asegurar acciones coherentes y sostenidas en el tiempo.
Orienta la gestión hacia el mantenimiento y la mejora de la calidad del agua como eje central de la política pública.
Esto significa ciudades más resilientes, mejor gestión del agua y decisiones alineadas con la sostenibilidad.
