Historia

Nacimiento y evolución del SRPFFAA

Primer antecedente en el Río de la Plata

El primer antecedente de beneficio social en el Río de la Plata se otorgó en Julio de 1811.
En esa fecha la junta Gubernativa de Buenos Aires, teniendo en cuenta la mísera situación en que quedó la viuda del Capitán Manuel Artigas, le concedió una pensión.

Conceden pensión a la viuda de Manuel Artigas

Buenos Aires, 11 de Julio de 1811
El tribunal de cuentas de Buenos Aires concedió hoy una pensión de 50 pesos correspondiente al grado de teniente coronel a doña Mariana Fernández, viuda del capitán del Regimiento de América, don Manuel Antonio Artigas, fallecido a consecuencia de las heridas que recibiera en el sitio y asalto a la villa de San José, el 24 de mayo pasado.
La medida fue tomada por la Junta Gubernativa (Junta Grande) en consideración a la situación de miseria en que ha quedado la viuda del valiente capitán y sus cuatro hijos, todavía menores de edad, sin otro socorro -dice textualmente la desgraciada doña Mariana- ni amparo que el que deba a la justa piedad de V.E..
La Resolución comentada viene entonces a pagar, en cierto modo una gran deuda para con la familia de Manuel Antonio Artigas, antiguo combatiente, en años juveniles al servicio del Rey, de actuación destacada en las acciones que provocaron las invasiones inglesas de 1807 en Buenos Aires. Al producirse la revolución, ésta lo contó entre los primeros adherentes, participando de la expedición de Belgrano al Paraguay, con el honroso cargo de edecán del General.
La pérdida lamentable de tan señera figura, enluta a las dos bandas ya conocidas familias revolucionarias. Era primo de José Artigas, el héroe de Las Piedras.
Se dice que el pueblo de San José lo acompañó con grandes muestras de dolor hasta su última morada, sepultándolo con la magnificencia y pompa que el momento permitía. Cerraban la triste procesión las fuerzas militares patriotas al mando del Capitán Baltasar Vargas.

Nacimiento y Evolución

Por Ley N°3.739 del 24 de febrero de 1911, se crea la Caja de Pensiones Militares, lo que en los hechos representa, desde el punto de vista orgánico, el nacimiento del Sistema de Seguridad Social Militar.
Por Ley N° 10.273 del 12 de noviembre de 1942, la Caja de Pensiones Militares adquiere personería jurídica y el 13 de octubre de 1956 la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Legisladores, por unanimidad, concluyó que jurídicamente le correspondía la calidad de Servicio Descentralizado, sin perjuicio de su dependencia del Ministerio de Defensa Nacional.
Por Ley N° 12.803 del 30 de noviembre de 1960, se cambió la denominación del Organismo que a partir de entonces pasó a llamarse Caja de Retirados y Pensionistas Militares.
Por Ley N° 14.157 del 21 de febrero de 1974 y Ley N° 14.189 de 30 de abril de 1974, la Caja de Retirados y Pensionistas Militares, que era una persona jurídica estatal con patrimonio propio y descentralización administrativa, pasa a denominarse “Servicio de Retiros y Pensiones Militares” y a depender de una dirección del Ministerio de Defensa Nacional. El Art. 145 de la última Ley mencionada dispone textualmente:
Incorpórase al Inciso 3 “Ministerio de Defensa Nacional” el Inciso 31 “Caja de Retirados y Pensionistas Militares” como un Programa de dicho Inciso y con la denominación de “Servicio de Retiros y Pensiones Militares”.
Esta disposición no modifica el régimen jurídico de las pasividades a su cargo ni el del patrimonio afectado a las mismas.

Finalmente, por Ley N° 16.320 del 1º de noviembre de 1992, adquiere su actual denominacién de “Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas”.
De esta apretada síntesis resulta que la Ley N° 3.739 vino a institucionalizarse el Sistema de Seguridad Social Militar, el que se encuentra a cargo de un Organismo que más allá de la denominación o situación jurídica que a través del tiempo pudo tener, se define por su Misión, por la necesidad que socialmente satisface y en la medida que esto se mantiene vigente, aquella conserva su razón de ser.
Una Institución se justifica cuando es portadora de un destino que le es propio y la distingue de las demás.

Desde el momento mismo de la existencia orgánica de las Fuerzas Armadas en nuestra Nación y en tanto permanezca la Profesión Militar con la singularidad que le es propia, necesariamente tendrá que haber un Instituto que brinde la necesaria cobertura de Seguridad Social con un perfil tan especial como la actividad misma que le da origen.

Para terminar estimamos que mientras exista el régimen de los Ejércitos Profesionales y no se organice la totalidad de la Nación para la defensa, serán oportunas las elocuentes palabras que Carlos Pellegrini, uno de los más eminentes conductores de la Argentina, pronunciara después de haber sido Presidente de la República, en su banca de diputado (transcripción del Informe sobre el Código Penal Militar de 1943):

Hay algo fundamental, algo que afecta nuestro porvenir como Nación. No es admisible sin trastornar todas las nociones de organización política, equiparar el delito civil al delito militar, equiparar el ciudadano al soldado. Son dos entes completamente diversos.

El militar tiene otros deberes y otros derechos; obedece a otras leyes, tiene otros jueces; viste de otra manera, hasta habla y camina en otra forma. Él está armado, tiene el privilegio de estar armado, en medio de los ciudadanos desarmados. A él confiamos nuestra bandera, a él le damos las llaves de nuestras fortalezas, de nuestros arsenales; a él le entregamos nuestros conscriptos y le damos autoridad para que disponga de su libertad y de su voluntad. Con una señal de su espada se mueven nuestros batallones, se abren nuestras fortalezas, baja o sube la bandera nacional y toda esta autoridad y todo este privilegio se lo damos bajo una sola y única garantía, la de su honor y de su palabra.

Sedes

Desde 1911 hasta 1943: Soriano 972, entre Julio Herrera y Obes y Río Branco.
Desde 1943 hasta 1955: Cuareim 1518, entre Uruguay y Paysandú.
Desde 1955 hasta 1992: Convención 1332, entre 18 de Julio y San José.
Desde 1992 hasta el presente: Uruguay 885. Entre Convención y Andes.

 

Directores SRPFFAA
PeriodoNombre
24/02/1911Gral. de Div. Salvador TAJES
21/06/1912Gral. de Div. Pedro CALLORDA
1912Gral. de Brig. Benigno P. CARAMBULA
1913-1915Gral. de Div. Segundo BAZZANO
1915-1918Gral. de Div. Juan BERNASSA Y JEREZ
1918Gral. de Brig. Benigno P. CARAMBULA
1919Gral. de Div. Sebastian BUQUET
1919-1925Gral. de Div. Segundo BAZZANO
1925-1927Gral. de Div. Juan PINTOS
1927Gral. de Div. Julio DUFRECHOU
1927-1929Gral. de Brig. Coralio ENCISO
1929-1930Gral. de Div. Leopoldo MURO
1930-1931Gral. de Div. Francisco BORQUES
1931-1933Gral. de Div. Leopoldo MURO
1934Gral. de Div. Manuel DUBRA
1934-1935Gral. de Div. Leopoldo MURO
1938-1938Gral. de Div. Francisco BORQUES
1939-1940Gral. de Div. Arturo OLAVE
1940-1941Gral. de Div. José Ma. LOPEZ
1942Gral. de Div. Arturo OLAVE
12/02/1943Gral. de Div. Pedro ONETTI
07/11/1946Gral. de Div. Julio A. ROLETTI
30/10/1953Gral. Alejandro SANDOVAL
01/12/1954Gral. Antonio A. MONTERO
08/01/1959Gral. José CORTESE
10/04/1959C/N Arnoldo CAMPS
19/09/1961Gral. Antonio FRANCESE
05/06/1962Gral. Ricardo BOTTA
18/01/1972Gral. Artigas LOPEZ
28/05/1974Cnel. José FINOQUIO
24/02/1981Cnel. Perfecto CARIDE
24/07/1984Cnel. Rúben GONZALEZ
07/01/1987Cnel. Rubens PEREZ
24/02/1987Cnel. Waldemar TARIGO
17/10/1989Cnel. Mario GARCIA
18/02/1992Cnel. Carlos Nuñéz
11/05/1993Cnel. Luis E. QUINTERO
15/03/1995Cnel. Mario FRACHELLE
19/01/1998Cnel. Heber CAPPI
14/11/2000Cnel. Miguel FERNANDEZ
29/12/2003Cnel. Sergio OTEGUI
03/06/2004Cnel. Humberto FORLI
02/02/2005Cnel. Jorge BEREZ
12/01/2006Cnel. Ney IRIGOYEN
08/03/2007Cnel. Dardo CARSIN
22/01/2009Cnel. Agustín ANDRES
12/05/2010Cnel. Marcelo M. MONTANER
31/01/2013Cnel. Rivera ELGUE
01/02/2014Cnel. Mario STEVENAZZI
01/03/2017Cnel. Gustavo FIGUEREDO   
28/09/2019 Cnel. César Ifrán
13/04/2020 a la actualidadCnel. Gustavo A. Lazo

 

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