Comunicado de la Dirección General de Servicios Agrícolas
Nuevo programa para registro de recetas de fitosanitarios
La elección primaria será por el producto comercial
En forma automática aparece la información del activo, la aptitud, los cultivos autorizados y las plagas que tienen registro. También va aparecer la dosis sugerida para cada situación.
El agrónomo llenará la cantidad a tratar y la cantidad recetada
(En función de la aptitud del producto fitosanitario). Ej: curasemillas en cantidad a tratar aparecen ahora las toneladas.
Un cambio importante es que se debe incluir la empresa aplicadora que debe tener registro en la DGSA - MGAP
Como es de conocimiento por Resolución 959/22 las empresas o productores de productos fitosanitarios de aplicación aérea (aviones y drones ) como terrestres de USO PROPIO y con tanque mayor o igual a 1000 litros deben estar registrados en RUO y tener su equipo registrado en el REA (Registro de
En el caso de curasemillas o fumigantes se deberá poner el padrón del lugar del tratamiento y la empresa que realiza
El mismo debe estar registrada en RUO como “Empresa de tratamiento de semillas” o como comerciante.
Las anulaciones escaneadas y con la palabra en diagonal “ANULADA” deben enviarse por correo electrónico
Al correo tecnicasdeaplicación@mgap.gub.uy . La inscripción de un nuevo ingeniero agrónomo en el programa no va a requerir de activación por lo que todo se puede hacer por web.
Ante consultas comunicarse por los siguientes medios a mesa de ayuda
MESA DE AYUDA: Tel.: 23098410 Int. 402, 192, 123 WhatsApp: 098 070 784 Horario de atención: 9:00 a 17:00 horas E-mail: tecnicasdeaplicacion@mgap.gub.uy