Comunicado de DINARA sobre zafra de Camarón

Por esta resolución se establecen un conjunto de regulaciones que rigen para esta zafra 2024, destacándose:
Se fija en 10 g el peso fresco mínimo individual de captura, transporte y comercialización de los camarones.
No se aceptará una captura incidental en las trampas de más de un 30% de camarones por debajo de 10 g, no aceptándose ninguna captura incidental de camarones por debajo de 8 g.
Se establece que para cada permiso de pesca corresponden 8 trampas en el cuerpo de las lagunas costeras salobres y 1 en el arroyo Valizas, detallándose aspectos de su calado y armado.
Se indica que cada vaga o tren de trampas deberá estar identificada con el número de Permiso de Pesca.
Se mantienen las áreas de veda para cada laguna detalladas en la Resolución Nº333/2022 y que son las mismas que en años anteriores.
Se detallan pautas para el tratamiento de otras especies de captura incidental y de cuidado del ambiente.