En conferencia se repasó mecanismo de devolución de IVA por consumo de gasoil

El Poder Ejecutivo promulgó, el 16 de febrero de 2018, la ley n.º 19595, que otorga a los productores de leche, arroz, flores, frutas y hortalizas, que no tributen el impuesto a las rentas de las actividades económicas (Irae), la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) incluido en sus adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de esas actividades productivas. La devolución se realiza desde el 1.º de marzo de este año.
Además, el 21 de marzo se promulgó la ley n.º 19602, que otorga a los productores de ganado ovino y bovino que no tributen el impuesto a las rentas de las actividades económicas (Irae) la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) incluido en sus adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de la cría o engorde de animales. La vigencia es de un año a partir del 1.° de marzo.