Registro de aplicaciones

Registro de aplicaciones en cultivos de Carinata, Colza y Camelina

Registro obligatorio de aplicaciones de fitosanitarios en cultivos de camelina, colza, canola y carinata.
Aplicaciones

Se informa que por resolución Nro 621 de 9 de julio del 2026, a partir del 10 de agosto del 2026  se implementará el registro obligatorio de aplicaciones de productos fitosanitarios para los cultivos de: 

  • Camelina ( Camelina sativa)
  • Colza / Canola (Brassica napus)
  • Mostaza Etiope/ Carinata (Brassica carinata

Periodo de cobertura: Esta obligatoriedad de registro será para todas las personas fisicas o juridicas que realicen aplicaciones propias o como servicio a un tercero, desde el inicio de la floración hasta la cosecha del cultivo.

Para dar cumplimiento a esta medida los aplicadores deberán estar inscriptos en el Registro Único de Operadores  de la DGSA y tener habilitados los equipos de aplicación y utilizar la plataforma informática de registro de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (RAPF), 

Registro de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (RAPF):

 https://web.snig.gub.uy/DGSAProductor/DGSA/Login

Por consultas por el Registro Unico de operadores puede comunicarse con administracion al telefono  de 23098410 o al correo dgssaaadministracion@mgap.gub.uy

El instructivo para que las empresas obtengan su usuario y contraseña para todos los servicios en línea que tiene la DGSA, lo puede descargar aquí con el nombre "INSTRUCTIVO PARA REGISTRO DE SERVICIOS EN LINEA DEL RUO"

Por consultas sobre registro de aplicaciones, puede comunicarse al Dpto de gestion y monitoreo de aplicaciones (GMA), al telefono 23098410, interno 402 o al correo tecnicasdeaplicacion@mgap.gub.uy

El instructivo para el registro de aplicaciones lo puede descargar aquí con el nombre "MANUAL REGISTRO APLICACIONES"

 

 

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