Registro de aplicaciones

Registro de aplicaciones en cultivos de Carinata, Colza y Camelina

Registro obligatorio de aplicaciones de fitosanitarios en cultivos de camelina, colza, canola y carinata.
Aplicaciones

Se informa que por resolución Nro 621 de 9 de julio del 2026, a partir del 10 de agosto del 2026  se implementará el registro obligatorio de aplicaciones de productos fitosanitarios para los cultivos de: 

  • Camelina ( Camelina sativa)
  • Colza / Canola (Brassica napus)
  • Mostaza Etiope/ Carinata (Brassica carinata

Periodo de cobertura: Esta obligatoriedad de registro será para todas las personas fisicas o juridicas que realicen aplicaciones propias o como servicio a un tercero, desde el inicio de la floración hasta la cosecha del cultivo.

Para dar cumplimiento a esta medida los aplicadores deberán estar inscriptos en el Registro Único de Operadores  de la DGSA y tener habilitados los equipos de aplicación y utilizar la plataforma informática de registro de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (RAPF), 

Registro de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (RAPF):

 https://web.snig.gub.uy/DGSAProductor/DGSA/Login

Por consultas por el Registro Unico de operadores puede comunicarse con administracion al telefono  de 23098410 o al correo dgssaaadministracion@mgap.gub.uy

Por consultas sobre registro de aplicaciones, puede comunicarse al Dpto de gestion y monitoreo de aplicaciones (GMA), al telefono 23098410, interno 402 o al correo tecnicasdeaplicacion@mgap.gub.uy

 

 

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