Se abrió convocatoria para plan de negocios en industrialización de frutas y hortalizas

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), por intermedio de la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) , contando con la aprobación de la Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA) y en el marco de lo dispuesto por  las leyes Nº 17.503 de 30 de mayo de 2002; 17.844 de 21 de octubre de 2004 y 18.827, de 21 de octubre de 2011 y Decretos Nos. 219/002, de 14 de junio de 2002, 52/008, de 29 de enero de 2008 y 267/012, de 16 de agosto de 2012, plantea la presente convocatoria con el objetivo de dar continuidad a las políticas de apoyo al sector agroindustrial para la zafra 2018-2019. La misma tiende a promover el levantamiento de algunas debilidades del sector y a aportar al aprovechamiento de las oportunidades que se presentan a nivel de la industrialización de frutas y hortalizas.

2.- OBJETIVO GENERAL

Consolidar las cadenas agroindustriales y comerciales incentivando la articulación de los negocios entre los distintos agentes.

2.1 OBJETIVO ESPECÍFICO

Apoyar: a) la industrialización de frutas y hortalizas, b) la incorporación y desarrollo de innovaciones en productos y procesos a partir de materia prima nacional y c) la adopción de tecnologías en la fase industrial.

3.- BASES

Se parte de la identificación de un agente industrializador que conozca las características de su demanda y propone el negocio. Se debe contar con un patrocinante responsable de toda la operativa y de la articulación de la cadena

El patrocinante es la figura que coordina los distintos componentes de la propuesta a efectos de ejecutar el plan y gestionar los recursos humanos y económicos. Administra el apoyo financiero del proyecto siendo responsable de la gestión del uso, rendición y devolución de los fondos no ejecutados y/o no documentados, destinados al mismo.

Pueden ser patrocinantes en esta oportunidad aquellos actores (organizaciones e industrias) relacionadas con el sector agropecuario, que presenten un plan de negocios que involucre la industrialización y comercialización de frutas y/o hortalizas provenientes de grupos de productores granjeros, legalmente constituidas, que para poder operar deberán estar inscriptos y al día con DGI y BPS.

Implica la presente convocatoria contar con grupos organizados de productores granjeros abastecedores de la materia prima, que generan la producción en función de la organización de la cadena, procurando satisfacer la demanda, en cantidad, calidad, oportunidad y continuidad.

        3.1 REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios de los fondos no reembolsables

​      A) Los productores: personas físicas o jurídicas que realicen actividad productiva granjera

  • En caso de tratarse de personas jurídicas certificado notarial que acredite la personería jurídica, su vigencia y la representación legal de la misma.
  • Estar registrado ante el Registro Nacional Frutihortícola que administra y gestiona Dirección General de la Granja.
  • Mantener actualizado y disponible el cuaderno de campo.
  • No tener deudas pendientes con el MGAP
  • Poseer carnet que certifique el uso y manejo seguro de productos fitosanitarios, expedido por MGAP/DIGEGRA.
  • Haber contratado con el BSE los seguros granjeros, en todos los cultivos que cuenta la empresa en sus distintos lugares de producción.
  • Contar con constancias de entregas de envases vacíos de plaguicidas en centros de recolección primario o centros de acopio.
  • Que cuenten con un acuerdo documentado con el patrocinante o el agente industrializador de compraventa de la producción de frutas y/u hortalizas con fines de industrialización, agregando el contrato correspondiente.
  • Los productores de frutas de hoja caduca, deberán estar integrados al Programa Manejo Regional de Plagas zafra 2018-2019 cumpliendo, al momento con los requisitos establecidos en el mismo, impulsado por el MGAP-DIGEGRA.
  • Poseer certificado de idoneidad en Buenas Prácticas Agrícolas de frutas y hortalizas.​

     B) Las sociedades de fomento rural, cooperativas, sociedades civiles y/o de hecho, sociedades comerciales e industriales, actuando como Patrocinante, que presenten un plan de negocio y cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que presenten un plan de negocios que involucre la industrialización y comercialización de frutas y/o hortalizas provenientes de grupos de productores granjeros
  • Personas jurídicas: certificado notarial de vigencia de la entidad y su representación.
  • En caso de mandatarios, el documento notarial deberá relacionar lugar y fecha de otorgamiento del poder y su vigencia
  • Constancia de inscripción en DGI y BPS: (formulario 6351 DGI y formulario 0351 de BPS).
  •  Ser titular de una cuenta BROU institucional
  • No tener deudas pendientes con el MGAP.
  • Que hayan cumplido con las rendiciones de gastos y requisitos técnicos exigidos en los correspondientes convenios anteriores.
  • Que cuenten con apoyo técnico para la elaboración, seguimiento y ejecución de la propuesta.
  • Que cuenten con un acuerdo documentado con el agente industrializador y productores de compraventa de la producción de frutas y/u hortalizas con fines de industrialización, agregando el contrato correspondiente.

      C) El agente industrial (persona física o jurídica)

  • Personas jurídicas: certificado notarial de vigencia de la entidad y su representación.
  • En caso de mandatarios, el documento notarial deberá relacionar lugar y fecha de otorgamiento del poder y su vigencia.
  • Constancia de inscripción en DGI y BPS: (formulario 6351 DGI y formulario 0351 de BPS).
  • Que cuenten con el compromiso explícito del patrocinante y/o productor/es mediante la suscripción del contrato correspondiente.
  • Contar con Habilitación Bromatológica del gobierno departamental correspondiente completa y vigente.

Las propuestas deberán incluir:

  • Una descripción concisa de la propuesta, incluidos los objetivos y los logros.
  • Lista de productores proveedores, con el producto y los kilos comprometidos a la industria.
  • Compromisos contractuales con los proveedores (patrocinante, productores agentes industriales).
  • Situación de las industrias que participen (se deberá acreditar en forma fehaciente el cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales).
  • Justificación de la viabilidad técnica, económica y financiera del Plan para el ejercicio 2018/2019.
  • Costos de producción industrial, que justifiquen la presentación de la propuesta.
  • Identificar las posibles restricciones u obstáculos claves para el logro de las metas productivas y los planes de contingencias relacionados a las mismas en el marco de la ejecución del plan.
  • Diagrama de flujo de los procesos y ficha técnica de los productos.

3.2 FINANCIAMIENTO

El apoyo del MGAP se canalizará a través del financiamiento del Plan de negocio.

El FFG tiene asignados recursos concursables entre todos los PN que sean aprobados en la presente convocatoria.

Gastos elegibles

Reembolsables o parcialmente reembolsables (de acuerdo a la justificación de la propuesta y sujeto a evaluación)

Estos gastos se evaluarán en función de la propuesta global del Plan, por lo tanto, su aprobación estará condicionada a la valoración que se haga de la justificación de la propuesta. En la evaluación se podrá modificar la relación de apoyo reembolsable/no reembolsable, de acuerdo a la propuesta que se presente, atendiendo a la sustentabilidad futura de la misma una vez retirados los apoyos del MGAP.

Se tomarán en cuenta emprendimientos industriales que cumplan con mejoras que incorporen agregado de valor, tales como:

  • Aplicación de sistemas de gestión de calidad, que aseguren la calidad de la materia prima y del producto final logrado.

  • Propuestas de mejora de gestión de los procesos industriales que reduzcan costos operativos y aumenten la eficiencia de los mismos.

  • Propuestas de asociación entre empresas nacionales, que apoyen el desarrollo de los eslabones de toda la cadena (producción primaria, procesamiento y comercialización) y la interacción entre ellos.

  • Propuestas de aplicación de nuevas tecnologías (innovación nacional), aplicados en la producción primaria, procesamiento, comercialización, en logística y transporte de productos.

  • Propuestas de desarrollo de productos que aseguren la inocuidad y por ende la salud de los consumidores.

  • Propuestas de desarrollo de nuevos productos en el mercado, que impacten en un aumento de producción primaria.

NOTA: Se condicionará el desembolso de los apoyos al cumplimiento y entrega de la siguiente información:

  • Volumen total de materia prima recibida y procesada durante la zafra.

  • Informes de calidad de materia prima recibida.

  • Volumen total procesado, por productor.

Apoyos no reembolsables

Asistencia Técnica: Refiere a la co- financiación de asistencia técnica en el marco de la mejora de los procesos industriales. El valor a aportar por parte del FFG es el siguiente:

  • Profesionales con seguimiento técnico de campo $ 5.229 /jornada (IVA incluido) y el equivalente a $ 500 de combustible (Nafta o Gasoil). La cantidad de jornadas quedará definida a partir de la evaluación de la propuesta presentada.

  • Profesionales sin seguimiento de campo $ 5.229 /jornada (IVA incluido). La cantidad de jornadas quedará definida a partir de la evaluación de la propuesta presentada.

Pago al/los técnicos/s formulador/es: El FFG se hará cargo del pago de honorarios al/los técnicos/s responsable/s de la formulación del Plan de negocio, únicamente cuando los proyectos resulten aprobados.

  • El monto a pagar por concepto de formulación del proyecto es de $ 7.078 IVA incluido.

El/los técnicos/s deberá/n cumplir con los requisitos legales que le/s correspondan, presentando a la organización patrocinante todas las constancias que acreditan que se encuentra/n al día con sus obligaciones.

Componente de competitividad: refiere a los apoyos necesarios para la concreción del negocio en aquellas propuestas que lo demuestren a través de presentación de flujos de fondos, costos operativos, márgenes por ventas, etc. Los mismos estarán sujetos a evaluación técnico-financiera bajo el criterio de sostenibilidad del negocio una vez finalizados los apoyos MGAP.

Mejora del precio al productor: Se definirá en función de las propuestas presentadas y los volúmenes de frutas y hortalizas de la presente zafra, destinadas a la industria.

Desembolsos

Gastos reembolsables. Se desembolsarán en pesos uruguayos y se gestionarán a través de entidades financieras de acuerdo a las condiciones que DIGEGRA avale de cada propuesta.

No reembolsables. Los montos aprobados se desembolsarán de acuerdo a lo aprobado en cada propuesta y/o sugerido por la Comisión Técnica del FFG siguiendo el cronograma de ejecución de la misma. Las partidas de fondos estarán sujetas a las verificaciones y auditorías que se realicen por parte de DIGEGRA. Los patrocinantes e industrias aceptarán los controles de calidad e inocuidad de los productos elaborados, cuyos resultados serán de uso reservado. Los montos referidos al componente competitividad se irán desembolsando en la medida que el industrial demuestre los kilos ingresados a planta y efectivamente industrializados.

Pago al/los técnicos/s formulador/es. Se realizará una vez aprobado el Plan de Negocio a través del Patrocinante, quien deberá rendir dicho gasto al FFG.

 

4 PROCESO DE EVALUACIÓN

Una vez ingresadas los planes serán analizados por un Tribunal de Evaluación, designado por DIGEGRA. Este Tribunal tiene la función de evaluar y proponer los cambios que estime necesarios para la viabilidad del Plan.

La evaluación se realiza según los siguientes criterios: a) Propuesta del plan de negocio 25 puntos; b) Viabilidad económico-financiera 20 puntos; c) Impacto en la Calidad e Inocuidad del producto 15 puntos; d) Aspectos comerciales 20 puntos; e) Impacto social y ambiental 10 puntos; f) Organización de la cadena 10 puntos. El puntaje mínimo de aprobación es de 60 puntos.

El Tribunal podrá recomendar límites a los montos de apoyo propuestos en los planes en función de las demandas del proyecto, y los fondos disponibles en esta convocatoria.

Superada la instancia anterior, las propuestas serán elevadas a la Unidad de Proyectos y a la Comisión Técnica, quienes toman en consideración lo actuado por el Tribunal de Evaluación y elevan un informe al Consejo Directivo de JUNAGRA, quien finalmente recomienda al MGAP la aprobación.

El MGAP aprueba los proyectos por Resolución Ministerial, lo que habilita a la firma del convenio entre el MGAP y la organización Patrocinante.

Si transcurridos 30 días de la comunicación para efectuar la firma del convenio, ésta no se realizó, el proyecto presentado, no se ejecutará y pasará a su archivo.

Si transcurridos 150 días de la presentación del plan de negocio, no se comenzó con la ejecución del mismo, se procederá a dar de baja al mismo.

 

5 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

5.1 DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

Se deberá entregar la siguiente documentación:

  • Formulario de presentación COMPLETO (2 copias). Firmado en todas sus hojas por el/ los representantes/s del Patrocinante.
  • Certificado notarial de personería jurídica vigente de la organización Patrocinante.
  • Certificados BPS y DGI, del Patrocinante y del Agente industrial.
  • Compromisos contractuales con los proveedores (patrocinante, productores y/o agentes industriales) según corresponda.
  • Contrato suscrito con el/los Técnico/s
  • Fotocopia de CI de los productores y patrocinante de el /los técnicos/s (Asesor y Formulador del plan)
  • Habilitación Bromatológica expedida por el gobierno departamental correspondiente, completa y vigente.

5.2 PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA

El plazo de entrega se extiende hasta el día 26 de abril 2019 a las 15:00 horas.

La documentación exigida deberá entregarse únicamente en las Agencias Zonales de DIGEGRA.

No se aceptarán proyectos fuera de plazo o con documentación insuficiente en relación a la solicitada en la presente convocatoria.

Se deberán entregar 2 copias impresas del formulario de presentación y de la documentación exigida, con la firma del/los representantes/es de la organización Patrocinante en todas las hojas del formulario y timbre profesional de $ 170. Se deberá entregar también el formulario por correo electrónico al correo electrónico:    secretariadigegra@mgap.gub.uy

El formulario está disponible en:  http://www.mgap.gub.uy/

 

6. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO

Las propuestas aprobadas, así como la utilización de los fondos no reembolsables otorgados, estarán sujetas a seguimiento y evaluación de DIGEGRA.

DIGEGRA tendrá derecho a realizar todas las tareas de monitoreo de la propuesta y solicitar la información que estime pertinente durante el período de ejecución del mismo y hasta su finalización.

En caso de constatar incumplimientos en los contratos DIGEGRA tendrá el derecho de suspender los apoyos acordados.

 

7. CONSULTA

Por consultas sobre esta convocatoria dirigirse por correo electrónico a:  secretariadigegra@mgap.gub.uy o al teléfono 23047422.-

 

 

 

 

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