Confección de la Guía de Propiedad y Tránsito

Guías

En virtud de tener este documento características de Declaración Jurada, ser sujeto a procesamiento óptico y tener establecido por ley que no pueden ser ilegibles ni contener enmiendas, tachaduras, roturas etc., es que se elabora este documento con instrucciones para el correcto llenado de la misma.  

Tipo de operación. Debe expresarse siempre el tipo de movimiento u operación que se documenta y en cada guía puede documentarse solo un tipo

  • A: Con cambio de propiedad
  • B:  Sin cambio de propiedad 

Siempre debe establecerse en la guía si el movimiento determina o nó un cambio de propiedad del ganado. Solamente puede marcarse uno de los casilleros y siempre debe estar marcado uno de los dos.  Los remates y consignaciones no significan que el propietario ceda la propiedad al rematador o consignatario por lo tanto estos movimientos son sin cambio de propiedad.  Debe marcarse tratando de rellenar el casillero como en el ejemplo. No usar una cruz.

Establecimientos intervinientes. Corresponde a los casilleros A, B, C y D donde se anotaran los números de inscripción en Dicose de las empresas o establecimientos intervinientes.  Siempre se completará el nombre de la Razón Social, Domicilio constituido o Paraje ubicación según corresponda. Deben llenarse los 4 casilleros y de acuerdo al tipo de operación a realizar se completarán como sigue:

Movimientos con Cambio de Propiedad

Movimientos con Cambio de Propiedad

Casillero A. Deberá figurar el número de inscripción del establecimiento o empresa que cede la propiedad del ganado, es decir quien los vende, dona, regala, cede o transfiere por cualquier concepto.  En cualquier caso es el Número de inscripción de quien emite la guía. En el caso de venta de Remate, es el Número de inscripción del rematador, que emite la Guía que transfiere la propiedad del ganado obrando por cuenta y orden del propietario del mismo.

Casillero B. en este casillero deberá figurar siempre el número de Inscripción del establecimiento, empresa o persona que adquiere por medio de esa guía la propiedad del ganado, independientemente del tipo de movimiento por el cual adquiere la propiedad. La única excepción es cuando se trate de una exportación donde se deberá colocar el número de inscripción de la Aduana a través de la cual el ganado sale del país.

Casillero C. en este casillero se colocará el número de inscripción del establecimiento o empresa del cual sale el ganado. Si se sale del establecimiento del vendedor se colocará el mismo número que en el casillero A y si el ganado se encuentra a pastoreo en campo ajeno se colocará el número de inscripción del propietario del campo.

Casillero D. Se anotará el número de inscripción del propietario del campo al cual llega el ganado aunque no sea el mismo del que adquirió el ganado.

Movimientos sin Cambio de Propiedad

Casillero A. Deberá figurar el número de inscripción del establecimiento o empresa propietario del ganado.  En cualquier caso es el Número de inscripción de quien emite la guía. En el caso de Devolución de Remate, es el Número de inscripción del rematador que emite la Guía.

Casillero B. Deberá figurar el número de inscripción del establecimiento o empresa propietario del ganado.  En cualquier caso es el Número de inscripción de quien emite la guía. Dado que no se efectúa ningún cambio de propiedad es el mismo número especificado en el casillero A.

Casillero C. en este casillero se colocará el número de inscripción del establecimiento o empresa del cual sale el ganado. Si se sale del establecimiento del propietario se colocará el mismo número que en el casillero A y si el ganado se encuentra a pastoreo en campo ajeno se colocará el número de inscripción del propietario del campo.

Casillero D. Se anotará el número de inscripción del propietario del campo al cual llega el ganado aunque no sea el mismo del propietario del ganado.

Detalle del ganado a transportar

Se establece en la guía un área donde se deben discriminar las cantidades de ganado vacuno u ovino según la categoría a la que pertenecen.

Origen de la propiedad del ganado no contramarcado.

Esta zona debe rellenarse cuando en el movimiento se encuentre involucrado ganado que no fuera contramarcado por el actual propietario en cuyo caso tiene una marca que identifica al propietario anterior. 

En este caso se debe especificar la Serie y número de las guías por medio de las cuales se adquirió ese ganado indicándose el número de cabezas que circulan con esta guía. El llenado de esta zona es obligatorio para las guías de venta de consignación o de remate.

Discriminación del ganado vacuno por marcas 

Siempre que se emita una guía, deberá figurar la marca del ganado vacuno involucrado en el movimiento indicando el número de registro general de la marca y la cantidad de cabezas del movimiento para cada marca. En el revés de la página figuran más casilleros para utilizar cuando la cantidad de marcas distintas involucradas en el movimiento sea mayor de 2, para que se puedan colocar más. 

Discriminación del ganado ovino por señales 

Siempre que se emita una guía, deberá figurar la señal de los ovinos involucrados en el movimiento indicando el número de registro general de la marca y la cantidad de cabezas del movimiento para cada señal.En el revés de la página figuran más casilleros para utilizar cuando la cantidad de señales distintas involucradas en el movimiento sea mayor de 2, para que se puedan colocar más. 

Control sanitario 

Esta área se utiliza para proveer la información de tipo sanitario requerida por la Dirección General de Servicios Ganaderos en cada oportunidad.  Contiene un área llamada Código de autorización que será utilizada en aquellos casos en que el movimiento requiera de autorización previa por parte de las autoridades sanitarias del MGAP

Firmas

En esta zona se debe especificar la fecha de emisión de la guía, la firma y documento de identidad del emisor de la guía responsable de los datos contenidos en la misma.  

Transporte

En esta área se debe indicar el itinerario establecido, la forma de transporte, el nombre y documento de identidad del transportista y la marca y matrícula en el caso de haber un vehículo involucrado.  En el caso de un movimiento por tropa se debe indicar el itinerario, aún sea un movimiento hasta el embarcadero, y en las Observaciones del remitente se indicara el nombre del tropero a cargo de la tropa.

Autorización Policial.

Al presentarse la guía para que se autorice el movimiento, el funcionario policial estampará el sello correspondiente a la repartición, la fecha y su nombre y cargo junto con su firma.

Observaciones del remitente.

Espacio destinado a constancias para modificaciones o salvado errores excepto en lo que tiene que ver con la cantidad de ganado. Para que sean válidas deben estar firmadas por el remitente del ganado

Observaciones durante el transporte.

Espacio reservado para modificaciones a lo establecido en la guía incluyendo cantidades de ganado (por pérdida o muerte, indicando la categoría), cambio de vehículo, o itinerario. También en este caso para que sean válidas deben estar firmadas por el transportista.

Inspección en ruta.

Esta zona será utilizada por las autoridades competentes cuando efectúen un control para dejar las constancias correspondientes. 

Llegada a destino.

Se deberá establecer la fecha en que se recibió el ganado y dejar constancia de las observaciones si las hubiera. Debe ser firmada en el espacio destinado a la firma.

Recibido para entregar a DICOSE.

Espacio que será nuevamente llenado por el funcionario policial actuante cuando se presente el original de la guía una vez finalizado el movimiento.

 

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