Acta N° 313/2024
CONAHSA
CONAHSA - Acta nº 313/2024 (extraordinaria)
CONAHSA - Acta nº 313 (extraordinaria)
En la ciudad de Montevideo, a los 4 días del mes de enero del 2024, siendo la hora 11:00, se reúne la Comisión Nacional Honoraria de Salud Animal (CONAHSA), en forma extraordinaria, en modalidad virtual.
La preside el Director General de la DGSG, el Dr. Diego de Freitas.
Asisten:
- Por la Asociación Nacional de Productores de Leche (ANPL), el Dr. Juan Ramos.
- Por la Asociación Rural del Uruguay (ARU), el Dr. Pablo Zerbino.
- Por la Comisión Nacional de Fomento Rural (CNFR), el Dr. Juan Mangado.
- Por la Federación Rural del Uruguay (FRU), el Dr. Pablo Olagüe.
- Por las Cooperativas Agrarias Federadas (CAF), el Dr. Roque Almeida.
- Por la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay (SMVU), el Dr. Dr. Miguel Chiarlone.
- Por la Asesoría Legal, la Dra. Melissa Agesta.
- Por la División Sanidad Animal (DSA), los Dres. Martín Altuna, Pedro García, Nicolás Simeto, María Iriarte, Cyntia Moreira y Marcelo Rodríguez.
- En la Secretaría Técnica, el Dr. Gustavo Castro.
ORDEN del DIA
Tema a tratar
▪ Tema único: borrador del Decreto sobre tuberculosis bovina.
Varios
Tema único. Borrador del Decreto sobre tuberculosis bovina
- De Freitas expresa que el objetivo de la reunión es consultar a las gremiales sobre si concuerdan con el borrador del Decreto sobre modificación de normas respecto a la situación sanitaria actual de tuberculosis bovina. El texto se trató en la reunión ordinaria de la CONAHSA de diciembre y fue enviado a los delegados de las diferentes gremiales para que fuera discutido en sus respectivas instituciones.
Agesta expresa que se recibieron varios aportes, que fueron incorporados al texto original.
- Simeto lee la nueva versión del borrador del Decreto y comenta los planteos de las gremiales. En el artículo 4º (habilitación o refrendación de establecimientos lecheros), la SMVU consideraba que el plazo máximo de 30 días para la prueba de intradermotuberculinización anocaudal es muy poco. Ese periodo figura desde hace tiempo en el procedimiento de habilitación de tambos, pero era muy flexible y existían excepciones. Ahora se intenta ajustar los tiempos para la presentación de la documentación.
De Freitas concuerda en que el plazo es poco y solicita la opinión a las gremiales al respecto.
Olagüe expresa que también lo considera poco, y si bien está fijado desde hace tiempo y existe flexibilidad, la diferencia es que ahora va a quedar registrado el día y la hora en que se realiza la tuberculina en un sistema y habrá que cumplirlo a rajatabla, sin margen de maniobra como antes. Y a veces no se puede cumplir por razones ajenas a la voluntad del productor y el veterinario.
Simeto pregunta que tiempo le parecería adecuado.
Olagüe responde que 60 días le daría mayor tranquilidad al productor y al veterinario actuante para trabajar tranquilos.
Moreira opina que la intención de este Decreto era actualizar lo expresado en el Decreto N° 441/012 (Modificación de normas relativas a la situación sanitaria actual sobre brucelosis y tuberculosis bovina). Allí se cita que el intervalo es entre 6 meses y 1 año (ella mantendría esas fechas), pero no explicita el tiempo para recibir el certificado. Coincide con las consideraciones que realizó Olagüe.
De Freitas propone colocar un tiempo que en la práctica sea viable.
Chiarlone opina que 60 días sería el plazo mínimo.
Almeida concuerda, pero advierte sobre los predios mixtos, dónde se debe tuberculinizar tanto ganado lechero como de carne.
Simeto comunica que lo de los predios mixtos se sacó del artículo 4°.
García propone que sean 120 días, igual que Brucelosis.
Están de acuerdo todos.
- Simeto considera que en el artículo 5º (pruebas tuberculínicas intradérmicas y otras pruebas diagnósticas), no hay necesidad de aclarar cuáles serían las certificaciones en que se deben aplicar las pruebas tuberculínicas anocaudal y cervical comparada. Serían todas las situaciones que no son foco de tuberculosis. Si se enumeran, primero son muchas y luego se corre el riesgo de omitir algunas.
- Simeto expresa que en el artículo 6º (interdicción sanitaria por Tuberculosis bovina) habían quedado mal redactadas las situaciones en las que se autorizaba la salida de animales de establecimientos foco o en rastreo y Moreira lo aclaró. Otra solicitud de la SMVU era que hubiera una retroalimentación con la información de los hallazgos de faena, ya que eso es clave para el seguimiento de un foco. Eso se está haciendo desde hace tiempo.
Altuna agrega que se comunican al productor los hallazgos y detalla los procedimientos que sigue actualmente el Servicio Veterinario Oficial y la información que se releva.
- Simeto consulta si el literal b) del artículo 8º (condiciones para el cese de la interdicción por rastreo) sería adecuado. Dice “Cumplida una ronda de pruebas diagnósticas negativas en las situaciones planteadas en los literales a y b del artículo 7”.
Almeida opina que una sola ronda sería riesgoso.
Moreira aclara que se refiere a rastreo, no a foco y que se complementa con estudios epidemiológicos y seguimiento en frigorífico
Olagüe opina que con una ronda alcanza, sino debería interdictar el predio esperando la segunda ronda.
Almeida expresa que si es así concuerda en dejar una ronda.
- Simeto lee otras consideraciones realizadas por la SMVU:
-No está explicitada la sanidad para campos de recría. Responde que eso está explicado en la normativa de campos de recría (Resolución N° 118/012 de DGSG) y siguen vigente.
-Cuando un predio manda a faena animales sanos negativos a las pruebas, los frigoríficos lo castigan con el precio. Este aspecto podría solucionarse si no se informa previamente el DICOSE desde donde proviene. Simeto considera eso es casi imposible de implementar, ya que habría que mover los animales sin guía. Además, considera que no sería la solución para este problema en particular.
-El Servicio Oficial debería exigir que el veterinario acreditado que realiza la prueba diagnóstica y detecta un positivo, haga el saneamiento del predio. De esta manera se evitaría el ocultamiento de los animales positivos. Simeto concuerda con el espíritu de la propuesta, pero no se puede imponer un técnico para un trabajo que contrata un tercero.
Almeida entiende que se pierden las garantías del trabajo.
Simeto entiende que, con esta nueva reglamentación, más la acreditación puede haber más garantías.
De Freitas concuerda con Almeida, pero expresa legalmente no se puede hacer. Pasa también en otras campañas sanitarias (por ejemplo, con el despacho de tropa de garrapata).
Chiarlone opina que esa cuestión deberá ser tomada por el Colegio Veterinario.
7. Chiarlone desea expresar algo que no fue incluido en los aportes de la SMVU. Hay preocupación en varios colegas por la lenta extracción de ganados positivos de los predios, y a su vez por la diferencia entre los diferentes departamentos. También solicita mejorar la dinámica de trabajo en los casos en que se deba proceder a realizar sacrificios de animales en predios pequeños.
De Freitas responde que la extracción de ganado es algo a mejorar. Respecto a los sacrificios en predios chicos, se hacen, pero la logística no depende solo del MGAP, sino que debe intervenir también el Ministerio de Ambiente.
Rodríguez concuerda con lo expresado con Chiarlone respecto a la sacada de animales positivos de los focos. Considera que es el cuello de botella de la campaña sanitaria y hasta ahora no se ha encontrado una solución a mediano y largo plazo, por lo que habrá que redoblar esfuerzos y buscar alternativas. Es una preocupación que se ha planteado en la Comisión del Seguro.
De Freitas concuerda en que se deben buscar otras plantas frigoríficas para la faena de animales positivos. Es algo que preocupa y ocupa a todos.
Ramos recuerda que recientemente las gremiales lecheras enviaron una nota al Ministro expresándole las mismas inquietudes.
Chiarlone opina que sería de vital importancia tener varias fechas de faena fijas y sincronizarlas con las rondas de tuberculina.
García concuerda con Chiarlone, pero expresa que no es fácil llevarlo a la práctica, sobre todo teniendo en cuenta que las oficinas del interior tienen otras tareas que realizar.
8. En resumen, con el voto a favor de los delegados presentes de ANPL, ARU, CAF, CNFR, FRU y SMVU se aprueba el texto del proyecto de Decreto sobre la modificación de normas respecto a la situación sanitaria actual de tuberculosis bovina.
Varios
De Freitas desea dejar planteado para discutir en la próxima reunión el tema del periodo de vacunación antiaftosa de junio. Debido a que en 2023 se generó cierta confusión debido a las categorías que se debían vacunar, se está manejando la propuesta de que se vacunen los animales menores de un año. Solicita a los delegados que lo vayan conversando en sus respectivas gremiales.
Altuna agrega que hay un informe técnico de la Unidad de Epidemiología que respalda este cambio.
Siendo la hora 12:20 se cierra la sesión.