Resolución Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo N° 12/15: Habilita reserva administrativa de rayas de altura en la ZCP

Habilitar el total de la reserva administrativa de captura (350 t) prevista en el Art 2º) de la Resolución Nº 8/15, para el conjunto rayas de altura.

Norma estableciendo la habilitación de la reserva administrativa de captura para el conjunto de rayas de altura para el año 2015, en el área del Tratado

Visto: El estado del recurso “rayas de altura” y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación y racional explotación en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

Considerando:

  1. Que el Tratado otorga a la Comisión los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies en las aguas de interés común, bajo su jurisdicción.
  2. Que se encomendó al Grupo Técnico “Condrictios” la tarea de sugerir una captura biológicamente aceptable para el año en curso, en base a lo cual se estableció una Captura Total Permisible (CTP) de 3.500 toneladas para el año 2015, por Resolución Nº 8/15.
  3. Que ante eventos que pudieran impactar sobre el desarrollo de la pesquería, fue prevista en dicha Resolución una reserva adicional administrativa de hasta el 10% de la referida CTP.
  4. Que a la fecha los registros de capturas indican que la CTP establecida está próxima a ser alcanzada.
  5. Que analizada la situación, la Comisión concluye que las condiciones socio - económicas de la pesquería hacen recomendable habilitar la reserva prevista.

Atento: A lo establecido en los Artículos 80 y 82 incisos a), c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

RESUELVE:

  1. Habilitar el total de la reserva administrativa de captura (350 t) prevista en el Art 2º) de la Resolución Nº 8/15, para el conjunto rayas de altura.
  2. Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
  3. Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Capitán de Navío (R) Julio Suárez, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia

Doctor Néstor Bustamante, Delegado a/c Delegación argentina.

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