Resolución N° 149/012 de DGSG- 10/09/2012- Influenza Equina - Levantamiento totalidad medidas sanitarias transitorias dispuestas

Influenza Equina - Levantamiento totalidad medidas sanitarias transitorias dispuestas.

 

Montevideo, 10 de setiembre de 2012.

RDGSG/Nº149/012

VISTO: la situación sanitaria actual en la República Argentina, en relación a Influenza Equina;

RESULTANDO: I) en el mes de julio del corriente, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, (SENASA), ha comunicado la detección de casos Influenza Equina en Hipódromo del país;

II) en virtud de esta situación, esta Dirección General, ha implementado medidas transitorias, tendientes a la mitigación de riesgo de introducción al país, de la enfermedad;

III) de acuerdo a la información proporcionada por SENASA de Argentina, las medidas de control sanitario aplicadas por dicho país, han arrojado resultados favorables, observándose una incidencia muy baja del número de casos, con cuadros clínicos leves sin hipertermia;

CONSIDERANDO: oportuno, levantar la totalidad de las medidas sanitarias transitorias dispuestas, en relación a Influenza equina;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 13 de abril de 1910; artículo 215 de la ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008; decreto Nº 24/998 de 28 de enero de 1998; resolución DGSG Nº 50/012 de 29 de marzo de 2012; resolución DGSG Nº 52/012 de 3 de abril de 2012; resolución DGSG Nº 59/012 de 17 de abril de 2012 y a lo establecido en las normas y recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE);

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1- Levantar las medidas sanitarias transitorias dispuestas por las resoluciones DGSG Nº 50/012 de 29 de marzo de 2012; Nº 52/012 de 3 de abril de 2012 y Nº 59/012 de 17 de abril de 2012, en relación a Influenza equina.

2- Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, DILAVE y DICOSE, cometiendo a dichas Divisiones, la mayor difusión de las medidas dispuestas, a efectos de proteger la condición sanitaria del país. 3- Comuníquese a los actores involucrados.

4- Dése cuenta a la Dirección General de Secretaría.

5- Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web del MGAP, comuníquese, difúndase.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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